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DIAN - Resolución 9091 de 14-08-2006

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9091 de 14-08-2006
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2006

RESOLUCION No. 09091 (14 de Agosto de 2006) Por la cual se fija el precio de venta al público de unas publicaciones LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las facultades legales en especial la que le confiere el literal d) del artículo 21 del Decreto 1071 de 1999 y el literal c) del artículo 27 de la Resolución 164 de 1999, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el literal n) del artículo 18 del Decreto 1071 de 1999, "Por el cual se organiza la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como una entidad con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y se dictan otras disposiciones", le corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales interpretar y actuar como autoridad doctrinaria y estadística en materia de impuestos nacionales, aduanera y de control de cambios por importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones. Que para el desarrollo de esta función, la Entidad adelanta actividades y programas tales como editar libros y documentos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, que sirven de herramienta de consulta y fuente de investigación para los usuarios tanto internos como externos. Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de la facultad de interpretación atribuida editó la publicación "Nueva Clasificación de Actividades Económicas - Códex Especial" y

la publicación "Manual de Derecho Penal Fiscal" Que el literal d) del artículo 21 del Decreto 1071 de 1999, le asigna a la Secretaría General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales planear, organizar, dirigir y supervisar las labores de enajenación de bienes y servicios cualquiera que sea su naturaleza. Que el Director General a través del literal c) del artículo 27 de la Resolución 164 de 1999 delegó en el Secretario General, fijar las tarifas para las publicaciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con destino a la circulación externa.

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Fijar como precio de venta al público de la publicación "Nueva Clasificación de Actividades Económicas", la suma de treinta mil pesos moneda corriente

($30.000). ARTÍCULO SEGUNDO.- Fijar como precio de venta al público de la publicación "Manual de Derecho Penal Fiscal", la suma de veinte mil pesos moneda corriente ($20.00O). ARTÍCULO TERCERO.- Los interesados en adquirir los bienes objeto de la presente Resolución deben consignar el valor establecido en los artículos 1 y 2 en la cuenta corriente nacional denominada DTN Recaudo Formularios DIAN No. 03339619-3 del Banco de Bogotá. ARTÍCULO CUARTO.- La Subsecretaría Comercial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, coordinará a nivel nacional la entrega de las publicaciones objeto de la presente Resolución, para lo cual el interesado deberá presentar y entregar una copia del recibo de consignación correspondiente en los siguientes sitios: En Bogotá D.C., en la División de Recursos Físicos y Financieros de la Administración Local de

Impuestos Nacionales de las Personas Naturales, ubicada en la Calle 75 No. 15-43 y en la División Mercadeo de Bienes y Servicios de la Subsecretaría Comercial ubicada en la Carrera 7 No. 6-54, Piso 11.

En el resto del país: en la División de Recursos Físicos y Financieros y/o Administrativas y Financieras de las Administraciones Especiales, Locales y Delegadas de Impuestos y Aduanas

Nacionales. PARÁGRAFO.- Las publicaciones a que se refiere esta resolución también podrán ser adquiridas, en forma directa y mediante pago en efectivo, en los puntos autorizados a nivel nacional por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para la venta de formularios, cartillas y publicaciones. ARTÍCULO QUINTO.- El valor de venta al público de estas publicaciones, se reajustará periódicamente, mediante acto administrativo que así lo determine. ARTÍCULO SEXTO.- La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARIA DE LOURDES BENAVIDES BEQUIS

Secretaria General

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