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DIAN - Resolución 9094 de 11-12-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9094 de 11-12-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

POR UNA COLOMMÁSB HIONEAST A 0 - RESOLUCIÓN NÚMERO 9094 ar pic 2020

Por la cual se expide. una Resolución de: Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | e -LAJEFE (A) DELA COORDINACIÓN DELL SER ado: DE ARANCEL DE LA o “SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA ( En uso de las facultades legalee s que:l e confiere. el Artículo 42 de la Resolución 0011m M : de 2008 y teniendo e€ n cuenta los siguientes, : HECHOS | Mediante radicado ESGTA202000955 del 21 de agost de 2020, la Sra. Claudiea le] . pr clasificación arañicelaria £ a petición de. cualquier interesado para | la mercancia denominada : “técnica y comercialmente “LLANTAS DE VEHÍCULOS: PARA LA. CONS ; UCCIÓN”. E La interesada adjuntó a la solicitud: copia formulario de: solicitud €e n dos e) folios, copia formato. FT-OA-2354 en dos (2) folios, copia pantallazo: radicado SIE-SARP en un (1) folio, copia ficha técnica “Qvation VÍ- 768" en un.(1) folio, copia: certificaciones de uso.en cinco (5). - folios, copia escrito Redllantas “carta: explicativa -— resolución de clasificación arancelaria” en cuatro (4) folios, copia Apoyo Técnico (sin: número, fecha, y: firma), de la División de : Gestión « de la Operación Aduanera — Dirección Seccional de Aduanas de Cali en cinco (5) -

folios, copia de la: Resolución DIAN: No. 005026: del 27 de junio de 2018 en nueve (9) folios, : copia del: mandato aduanero. en cinco. (5) folios y copla d€ elc omprobante dd e pago: en un: 1 . folio. . ETA Dn an E Z - La solicitante. pagó. cuatrocientos treinta y nueve mil pesos m/cte. (s 439, 000), mediante ] sto de 2020 de Ba olombia al Aods, Bogotá. Mediante oficio No, 100227342-1342 del 25 dé septiembre de 2020 - radicado. No. ' 128: eptiembre de 2020, este. Despacho: solicitó. con respecto a la: orta Ñ algunos aspectos : técnicos descritos en la solicitud. Con escrito radicado 000E2020917063 del 09 de octubre de 2020, la interesada dio alcance. le la “ficha técnica lanta VI-768"”, en tres (3) folios, e ción contenida en la precitada: ficha. Bajo peine RESOLUCIÓN Número 9094 _ o 11 DIC 2020 z Hoja No, 2 Continuación n del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de solicitud, se indicó. que se notifique a Claudia Patricia Viana Montoya, en la Calle 16 No. 41 — 210, en Medellín — Antioquia. - FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena, aprobado por. Colombia mediante Léy 83 de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las sguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos oo de los - Suboapítulos solo tienen Uh valor indicativo, % ya que lá clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo : con las Reglas siguientes:” “Partida 40.11. "Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho.” Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancias en las subpartidas dd e una misma ¡partida está determiada legalmente Ñ por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos. . de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional — Artículos 303 a 306, mediante el cual se: dictan las disposiciones relacionadas con la atención de | lass olicitudes de clasificaciónarancelaria á petición de cualquier interesado. - Resolución 0046 de 2019, de la Dirección de impuestos y Adúanas' Nacionales - Artículos o 313 y 314, mediante la cual se. reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. l - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - , En la: información allegada medianté radicados 000E2020917063 del 09 de octubre de A -2020, y 000E20209170954 del 03. de noviembre de 2020, la mercancía objeto de clasificación ' arancelaria : se describe como un neumático (llanta neumática) nuevo, : compuesto por una mezcla de caucho natural (en mayor proporción) y caucho sintético, ' «negro de humo, fibras, relleno, aceleradores VA altisonantes, que presenta las siguientes. o caracteristicas: | nececito, _ 9094 110p ic 2020 Hoja No,3 Continuación del acto admi nistrativo fp or.r el cual se expide uu na resolución dd e Clasificación Arancelaria. a Petición de: A Interesado : - Código de diseño: VI768 ASI 2% si OR - Referencia: 12R22.5 18PR 152/149 M ve 768 TRAC OTR OVATION --Peso promedio: 7 KG co - Ancho de la sección: 12 pulgadas - Construcción: radial. - Diámetro del rin: 22.5 pulgadas - 18 (PR): 18 lonas/capas p hna de carga (IC): 152/149 (equivale a1 3, 550 kg de carga máxima individual y 3. 250 1 z - de carga máxima dual) EN

a velocidad redsimna, d > 133 0 kmo) - Índice de velocidad: M (equival fundl ad de lá Banda de : miento: 20m A iámetrt o tolera1 085 mm | - características : i | | mezclador (mezcladora. de concreto = “mixers”); vehíicu os que . Htansporian residuos y materiales propios de la construcción, con un desempeño del: 80 POE: ciento: (%) fuera de. o carretera Y Un 120. por ciento Pos dentro de carretera. E "De losa os! en venioos Yy más : mantenimiento industrial”. o | En cuanto al tipo de vehiculo : ! . volquetas' son vehículos automóv vaciar su contenido, das. cuales. se. destinan principalmente al trans tte: de material de camiones, por lo tanto, este. Despacho E« ncuentra. ue dadas las anteriores precisiones,a |. elproducto objeto de clasificación se enmarca adi ecuada y especificamente dentro del texto: de la subpartida armonizada 4011.20, neumáticos “De los tipos utilizados en autobuses O. camiones”, contrario: al texto de la subpartida armonizada 4011 :80 “De los tipos utilizados. en vehículos yA iáqui as. pa ía. 0. mantenimiento industrial” o autopropulsadas, de | circulan a bajas: tes señalado, se establece que. la 1m ercancía a objeto dd e la clasificación onde. a un neumático (tanta. neumática) nuevo, de caucho, de los tipos E ] rmidad con: la Regla General. interpretativa 1 está:

RESOLUCIÓN NÚMERO 9094 de 11 DIC 2020 y Hojano.a Continuación del acto administrativo por. el cual: se xpidá una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. - aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifica por la subpartida 44 011 .20, 10. 00 : del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la. Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, o : RESUELVE | : ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución. en la subpartida 4011.20.10.00 del Arancel de Aduanas, como un neumático nuevo de caucho, o de construcción radial, del tipo utilizado en camión, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de : diciembre de 2016 y sus modificaciones. : : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo 0 der manera subsidiaria mediante aviso enel sitio web de la DIAN, a la Sra. Claudia Patricia Viana Montoya, identificada con cédula de : ciudadanía No. 43.726.577, representante legal de la Agencia de Aduanas ML.S.A.S Nivel . 4, en la Calle 16 No. 41 — 210, en Medellín - Antioquia, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 Y: el Artículo 319 de la Resolución

Reglamentaria 0046 de 2019, dr, ARTÍCULO TERCERO. Informar: a la interesada que coritra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual | deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad -- con lo establecido en el Artículo: 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314 de laResolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la ey 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resólición en el Diario Oficial, de conformidad con el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo . -319 de la Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de e 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir: una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por o medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinaciódne l Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - -

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQY UCEÚMSPLEAS E a Y1DIC2020

MARÍA TRADE ASS Jefe (A) de la Coordinación deervicio de Araricel o l Subdirección de Gestión Técnica. Aduanera a

Proyectó: Ricardo Herrera Daza

Revi só: Claudia Alejandra Jurado Zapata

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