DIAN - Resolución 9106 de 20-11-2017
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 9106 de 20-11-2017
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2017
18 morñánde impuestos y Aréganas Masieralas RESOLUCIÓN NÚMERO 009106 (—20NOY 207? "Por medio de la cual se delegan funciones en materia contractual y de Ñ ordenación del gasto" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial de las dispuestas por el Art. 209 y 211 de la Constitución Política, Art.12 de la Ley 80 de 1993, Art. 9 de la Ley 489 de 1998, Art. 49 del Decreto 4048 de 2008, y Art.21 de la Ley 1150 de 2007,
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el Art. 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;
2. Que de conformidad con el Art. 211 de la Constitución Política, la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquél, reasumiendo la responsabilidad correspondiente;
3. Que de conformidad con el Art. 12 de la Ley 80 de 1993, los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la
realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes; de Que el inciso primero del Art. 2 del Decreto 1071 de 1999 dispone que la representación legal de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE e IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (UAE-DIAN) está a cargo del DIRECTOR GENERAL, quien podrá delegarla.
5. Que de conformidad con el Art. 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Para el efecto, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por ley y los actos orgánicos .respectivos, en los empleados de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente. l | RESOLUCIÓN NUMERO: 00910 6 | 20 NOV 207 Hoja N?. 2 Hoja No. 2 de la Resolución "Por medio de la cual se delegan unas funciones
6. Que mediante la Resolución 126 de 2015, el DIRECTOR GENERAL de la UAE-DIAN delegó funciones en materia contractual por objeto y cuantía, en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica, en el Subdirector de Gestión de Recursos Físicos y en los Directores Seccionales de la entidad.
7. Que la DIRECCIÓN SECCIONAL DE ADUANAS DE BARRANQUILLA, la DIRECCIÓN SECCIONAL DE ADUANAS DE MEDELLÍN y la DIRECCIÓN SECCIONAL DE ADUANAS DE
CALI de la UAE-DIAN necesitan contratar el Servicio de transporte terrestre automotor especial de servidores públicos de sus respectivas Direcciones Seccionales, para garantizar el cumplimiento de sus funciones, sin exponerlos a riesgos de seguridad. Con fundamento en lo expuesto,
RESUELVE
PRIMERO: Delegar en el DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS _DE BARRANQUILLA, DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE MEDELLÍN y DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE CALI de la UAE-DIAN, la competencia para expedir actos y realizar actuaciones necesarias de la etapa precontractual, contractual y postcontractual del Proceso de Contratación del Servicio de transporte terrestre automotor especial de servidores públicos de sus respectivas Direcciones Seccionales, de conformidad con la normatividad vigente, sin límite de cuantía, desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías del contrato, e incluye entre otras facultades, la competencia para: : (1) Ordenar la apertura del Proceso de Contratación, realizar las actividades inherentes al proceso de selección del contratista, adjudicar el contrato o declarar desierto el proceso; (2) Suscribir el contrato, aprobar las garantías constituidas, verificar el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato y designar su supervisor; (3) Durante el plazo de ejecución del contrato, podrá modificar, prorrogar, adicionar o terminar el contrato, si se requiere, de conformidad con la normatividad vigente: (4) Obrar como delegado del DIRECTOR GENERAL en el desarrollo de la audiencia a que se refiere el Art. 86 de la Ley 1474 de 2011, desde su inicio y hasta su
terminación, y de expedir los actos administrativos a que dicha disposición se refiere; (5) Declarar mediante acto administrativo motivado, el acaecimiento de los siniestros amparados en las garantías del contrato, y ordenar su pago, cuando resulte procedente, de conformidad con el Art. 7 de la Ley 1150 de 2007 y Art.2.2.1.2.3.1.19 del Decreto 1082 de 2015, o las que las sustituyan O modifiquen; (6) Ejercer oportunamente las cláusulas excepcionales pactadas; (7) Tener a disposición de las autoridades de control la documentación correspondiente a la actividad. contractual que adelanten; (8) Enviar mensualmente a la Cámara de Comercio del respectivo domicilio ta información de que trata el Art. 31 de la Ley 80 de 1993, Art. 6.2 de la Ley 1150 de 2007 y Art. 2.2.1.1.1.5.7 del Decreto 1082 de 2015, o las que las sustituyan o modifiquen; $ (9) Liquidar bilateral o unilateralmente el contrato, dentro del término legal; RESOLUCIÓN NUMERO: 091056 2 0 NOV 2017 Hoja N. 3 Hoja No. 3 de la Resolución "Por medio de la cual se delegan unas funciones SEGUNDO: COMUNICAR por parte de la Coordinación de Notificaciones de la UAEDIAN la presente resolución, al DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE BARRANQUILLA Capitán de Fragata Alfonso Eliecer Orozco Díaz y/o quien haga sus
veces, a la Directora Seccional de Aduanas De Medellín Dra. Sonia Cristina Uribe Vasquez y/o quien haga sus veces y al DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE CALI Dr. Luis Carlos Cañas Ortega y/o quien haga sus veces de la UAE-DIAN.
TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C alos 29 yoy 2017
Y SANTIAG JA ROYO
Directo Genefal Vo. Bo.: duardo Andres González Mora - Director de Gestión de Recursos y Administración Económica (E) Revisó: Diego Armando Chitiva Sánchez, Subdirector de Gestión de Recursos Fisi e Ana Sofía Martínez Castro, Jefe Coordinación de Contratos IA Proyecto: Rossy Liliana Ascencio Pachón, Inspector IV, Coordinación de Contratos