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DIAN - Resolución 9137 de 14-12-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9137 de 14-12-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

, D A P POR UNA COLOMBIA Más HONESTA - RESOLUCIÓN No, 009137 a e (14D E pIcismsRe DE 2020) Por la cual ss e> decide el Recurso de Apelación interpuesto: por lay : sociedad. Edópeiiós SA; contra la Resolución 1 Anticipada de Clasificación Arancelaria No. 008754 del 29 de : o Luto. septiembre de 2020.

A TEMA: eN CERO RN “Recurso de Apelación «c ontra Resolución Anticipada. de

o RA Clasificación . Arancelaria. : RECURRENTE: E o Alex Sandro Millan Ochoa. o IDENTIFICACIÓN 079.897.921 00 CALIDAD EN QUE ACTUA “Apoderado General.

He EMPRESA TN .. ECOPETROL S.A. | NET 2 899:999.068-1

DIRECCION PROCESAL: Carrera 13 No. 36-24 Piso 12. AS ACTO IMPUGNADO: . Resolución No.006754: del 29 de septiembre de 2020 : | - FECHA DE NOTIFICACIÓN o 06 de octubre de 2020 :

FECHA PRESENTACIÓN JPL RECURSO: o 21 de octubre ( LA SUBDIRECTORA DE GESTION FECÑICA ADUAN ERA “artículo. 298 del. Decreto 1165 de 2019, reglementado por el inciso 4 del artículo 306 de la resolución 000046 de 2019, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 74 y siguientes «de la Ley 1437 de 2011. (Código de Procedimiento: Administrativo Y de: 10: Contencioso | Administrativo), teniendo en cuenta los siguientes E o o IA o

HECHOS Mediante radicado 000E2020901495 del 24 de abril de 2020, presentado á , través del Sistema de Radicación de Solicitudes de Clasificación. Arancelaria: SIE SARP, el señor Alex Sandro Millán Ochoa, en calidad. de apoderado general de la sociedad: Ecopetrol. S.A. con NIT 899:999:068-1, presentó a'la Coordinación del Servicio..de Arancel dela Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelariall “| para la mercancía denominada técn icamente y comercialmente como PO INTEGRAL a DE RECUPERACIÓN DE CONDE ADOS Y: GENERACIÓN DE ENERGIA”. EN | Para tal efecto, el interesado aportó información sobré la mercancía correspondiente a za erceada ción de. Existencia yy cado. .dee diferentes productos, así mismo presentar uu n lista lo) de los equipos, que realizan el proceso, indicar uso o disposición del: gas natural y aclarar aspectos relacionados con la comercialización del producto yo sub:p pregueto... RESOLUCIÓN NÚMERO 009137 de DICIEMBRE DE 2020 | Hoja No. 2 o Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por el señor Alex Sandro Millán Ochoa, apoderado generade ll a sociedad Ecopetrol SA, contra la Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria No.006754 del 29 de septiembre de 2020. : El interesado dio respuesta a la solicitud de información a través del radicado no. 000E2020915455 de8l d e septiembre de 2020. o

Mediante Resolución No.008754 del 29 de septiembre de 2020, la Coordinación del Servicio de |. «Arancel determinó “Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución salvo la excepción . keitada en los considerandos, en la subpartida 8421.39.90.00 del arancel de aduanas de acuerdo : con la nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones.”. La citada Resolución fue notificada por correo certificado el día 06 de octubrede 2020 con Número de entrega PC018737547C0, al señor Alex Sandro Millan Ochoa, identificado con la Cédula de ciudadanía No; 79.597.921, en calidad de apoderado general de la sociedad - Ecopetrol S.A. con NIT. 899.999.068-1. 0 o -JEl señor Alex Sandro Millan Ochoa, identificado con la Cédula de ciudadanía No. 79.597.921, " lactuando en calidad de apoderado general de la sociedad Ecopetrol S.A. con NIT. 899.999.068-: 4 mediante escrito radicado con el No.000E2020917490 del 21 de octubre re de 2020 interpuso recurso de apelación contra la Resolución No.006754 del 29 de septiembre de 2020. + - PRESUPUESTOS PROCESALES Para efectos de la admisión del Recursode Apelación, se procede a verificar si se cumplen los requisitos señalados en artículo 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. o o “Art, 77. Requisitos. Por regla general los recursos se interpondrán por escrito que no requiere de

presentación personal si quien lo presentaha sido reconocido en la actuación. Igualmente, podrán . presentarse por medios electrónicos. o : o Los recursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

1. Interponerse dentro del plazo legal, por el interesado o su representante o apoderado debidamente constituido. NN La ÓN 2, Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad. - .

3. Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer. . o o

4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio...” e : Respecto al requisito consagrado en el numeral 1 “Interponerse dentro del plazo legal...” revisada la documentación obrante en las diligencias y el escrito que nos ocupa el recurso de apelación fue interpuesto por el señor señor Alex Sandro Millan Ochoa, identificado con la Cédulade ciudadanía No. 79.597.921, actuando en calidadde apoderado general de la sociedad Ecopetrol S.A. con NIT. 899.999.068-1, mediante escrito radicado con el el No.000£2020917490 del 21 de octubre re de 2020, dentro de los diez (10) días siguientes al 06 de octubre de 2020 (fecha de notificación).

En relación con la personería y presentación, El escrito contentivo del recurso fue presentado [por señor Alex Sandro Millan Ochoa, identificadcoon la Cédula de ciudadanía No. 79.597.921, actuandoen calidad de apoderado general de la sociedad Ecopetrol S.A. con NIT, 899,999,0881, calidad que validó a través del RUT verificado el día 3 de diciembre de 2020, el cual se incorporaa las diligencias: ÓN o ¿RESOLUCIÓN NÚMERO 109197 de DICIEMBRE, E 2028 a o Hoja No. go Continuación de la Resolución por la cual se decide: el. Recurso de Apelación interpuesto or el señor Alex Sandro Millán Ochoa, apoderado general de la sociedad Ecopetrol S.A. contra: la Resolución Anticipada. de Clasificación Arancelaria No.9 .006754 del 29: de septiembre deo 2020. as | Ñ Es En este sentido, para efectos de: la procedibilidad del Recurso de apelación ss e cumplen los requisitos. establecidos enel artículo 17 del Código: de Procedimiento Adrninistrativo y de lo: Ñ Contencioso Administrativo, Ei, MOTIVOS DE INCONFORMIDAD CS ¡Dentro delos argumentos del presente Recurso de Apelación interpuesto: contra la: Resolución -¡No.006754 del 29 de septiembre: de 2020, el recurrente entre. otros, los siguientes motivos de inconformidad: ti 0% Que la decisión adoptada. por la Coordinación del Servicio de Arancel al excluir de la unidadfuncional los equipos comprendidos en el ítem 6 es eqt dy cada: por cuanto desconoce que: > -Las 2 unidades. .compresoras reciprocantes impulsadas por, motores eléctricos comprimen. el gas que sale d la parte supe LS A A Z «Tras esta comprensión una del s corrientes de salida: se:> direccion a al separador de gas de descarga y se obtienen dos productos DI | -De todos los separadores. sale mezcla que es llevada al separador trifásico

-Que desde los motogeneradores: de 3.2.MW se logra. alimentar de manera permanente los. | dos motores eléctricos de 1000HP cada uno y a una tensión de. 4, 16kv . Igualmente, manifiesta gue enel esquema básico (Anexo 3) remitido con la solicitud confirma. que "las máquinas, aparatos y dispositivos descrí s en los documentos aportados operan como un solo sistema en ciclo. cerrado para: el” ocesamiento del fluido: multifásico que. permite la recuperación de líquidos combustibles y “el aprovechamiento: de: gas combustible do obtenido para generar. electricidad de manera. autosuficiente y en operación continua.

En este: sentido afirma el impugnante que “ la mercancía. descrita en el ítem 6. de la Resolución o 006754: del 29: de septiembre. de-2020si hace parte: del proceso de. depuración d gasespuestos: que: estos equipos forman parte. del. equipamiento. eléctrico que. proporciona la energía hecesaria para mover los: motores eléctricos que impulsan aa los compresores cd e gas : para. permitir: el: procesamiento «d e: gas: del yacimiento... Dm SEN o Igualmente aclara el recurrente q e “son (4) cuatro unidades molegineradioras aa gas de 3. 2 e MW cada una que incluyen - entre otros sus sistemas auxiliares, cabina, Signciador, escaleras, plataformas, panel de. control, tablero de. baja tensión, aéreo enfriador... | Finalmente: solicita: se revoque: la decisión: tomada: y se expida una. hueva resolución en la |; que se incluya: dentro de la unidad funcional los: equipos. señalados. en rel: item 18 excluidos. en :

: la resolución 006754 del 29 de septientore de 2020. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Conforme: “a la normatividad vigente, Y los antecedentes que originaron el acto administrativo que: nos cupa se procede a realizar. el análisis. corre diente, así. o de la.c e ap dis afi de deteri a Í: | 1. “" Dos 0) unidades compresoras 5 reciprocantes:; impulsadas p£ or temotores. eléctricos, cada”: unidad cuenta los siguientes componentes: unn r motor eléctrico de 700 KW Q90O rom, RESOLUCIÓN NÚMERO 009137 de DICIEMBRE DE 2020 HojaNo.4 Continuación de la Resolución por la cualse decide el Recude rApselaoció n interpuestpoor el señor Alex Sandro Millán Ochoa, apoderado generalde la sociedad Ecopetrol S.A. contra la Resolución Anticipaddae Clasificación Arancelaria No.006754 del 29 de septiembrede 2020. un (1) compresor reciprocantdee cuatro (4) cilindros, divididos en: (2) Cilindrosen la primera etapa un (1) cilindro en la segunda etapa y un (1) cilindro en la tercera etapa, cada cilindro incluye variadores de flujo (VVCP), un (1) “cooler” o aero-enfriador, un (1) panel. de control y recipientes a bifásicos sujetos a presión. -— Un (1) separador trifásico con bomba centrifuga: separa todos los líquidos que pudieran generarse por condensación, este proceso lo realiza por gravedad y densidad,e l gas

sale por la parte superior del separador, el agua y los condensados se separan debido a su diferente densidad teniendo salidas independientes. del separador, los - condensados incrementaran su presión a través de dos (2) bombas centrifugas, para ser enviadas al límite de la batería, o - Un (1) separador bifásico: el gas proveniente de los compresores será recibidas en el separador bifásico, donde el gas es separado por gravedad de las corrientes liquidas |. (agua y condensados); el flujo de gas que sale de la parte superior del separador y se envía al filtro de separación. OS : - Un (1) filtro separador: limpia el gas proveniente del separador bifásico de sólidos o contaminantes que pudiera tener la corriente, la corriente de gas depurada se envía a un calentador eléctrico. ' ES e - Un (1) calentador eléctrico: tiene la funciónde recibir el gas proveniente del filtro separador para elevar su temperatura a través de resistencia, esto debido a ser un requerimiento parae l funcionamiento de los generadores. o - Un (1) sistemdae control e instrumentación: el sistemade control tiene como finalidad mediante un software a ser instalado en un centro de cómputo el integrar todos los equipos mencionados en los item's anteriores además de la siguiente instrumentación conectada mediante cables: válvulas de paro: de .emergencia tipo ESDV y BDV, medidores tipo coriolis, medidores tipo meter run :con multivariable, cromatógrafo, ¡indicadores de presión, indicadores de temperatura, válvulas de control de presión, válvulas de seguridad, válvulas de nivel, válvulas de flujo, válvulas de control de nivel,

transmisores de presión, transmisores de temperatura, transmisores de flujo, válvulas manuales.” .' eN Po. A o Igualmente, dentro del cuerpode la mencionada resolución, se indica que no hacen parte de la unidad funcional los equipos relacionado en el numeral 6 por cuanto los mismos no participan en proceso de depuración de gases pues “arancelariamente corresponden a una . copnación de máquinas que trabajan conjuntamente para depurar una corriente de gas natural...” : o Así las cosas, la coordinación el servicio de Arancel, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1 y la Nota 4 de la Sección XVI de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, clasificó la mercancía en la partida 84.21; con fundamento en la Regla General interpretativa 6, correspondiéndole la subpartida 8421.39.90,00 del Arancel de Aduanas... Del análisis realizado por este despacho a lo planteado en el recurso de apelación, .es necesario precisar que el recurrente no tiene reparo alguno sobre la subpartida arancelaria asignada a la mercancía objeto de la controversia, sino sobre los equipos excluidos, los cuales afirma, hacen parte de la unidad funcional. o o 2 _RESOLUCIÓN NÚMERO osetaL os DISENO PE 0 A Hoja No OS | Continuación de la , Resolución por la. cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por - el señor Alex Sandro Millán Ochoa, apoderado general de la sociedad Ecopetrol S.A. contra la Resolución Anticipada de je icaci a No. 006754 del 29 de septiembre de 2020. de Se observa en esta instancia, que, concordante c« on. lo anterior, la Unidad fanoi onal q« ue nos

ocupa se. ubica efectivamente en la partida 8421. e : ON Ahora bien, el interesado solicitó la clasifi icaci ión aranceláHá de un sisterna deriormitiado “SOLUCION INTEGRAL. DE RECUPERACIÓN DE CONDENSADOS Y GENERACIÓN DE ENERGIA”, en este sentidó es necesario tener en cuenta que, revisados los antecedentes, se +. | trata de equipos que llevan a cabo dos procesos diferentes, cada uno de los cuales requiere | de equipos especializados que €e n aplicación de la Nota Legal 4 4 de la Sección Sy se clasifican en partidas diferentes. : Así las cosas, debe tenerse en cuenta que, para: el disioma de recuperación de condensados: a través de la depuración de gases de una corriente multifásica, sólo se deben involucrar los equipos correspondientes a este proceso, ya que, como se anotó anteriormente, los elementos -que hacen “parte del proceso de generación de energía deben ser clasificados de manera independiente, ES o 0% Al respecto, desde el punto de vi ta técnico | no es dable. como lo. pretende el impúghañte; que do en la clasificación del proceso: de recuperación de condensados de una corriente multifásica se incorporen también los equipos del sistema de generación de energía, porque serfa como decir que por ejemplo se soli cita la. clasificación de un equipo de computación y también se así pues, lo. determinado: en la o Corolario de lo anterior, al detallar el esquema básico del anexo 3, se tiene que el sistema de generación eléctrica (los motogeneradores) produce 3.200.kw tal como: se relacionó. en el numeral 6 de la resolución que nos ocupa, y solamente se utilizan 4,15 kw para el sistema de

recuperación, es decir que la mayor parte va destinada al sistema de interconexión: eléctrica de ECP 34,5 Kv para uso final en los yacimientos productores del fluido multifásico. Finalmente, encuentra el despacho que le asiste razón al impugnante en cuanto al número de motogeneradores de gas natural relacionados en el item 6, como él lo señala se trata de cuatro (4), motogeneradores, pero independiente a su cantidad, como ya se manifestó, estos no hacen parte de la unidad funcional. En mérito de lo expuesto, la Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Gestión de Aduanas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, RESUELVE o ARTÍCULO PRIMERO: CON FIRMAR en todas sus. paras] la Resolución No.008754 del 293 de a «septiembre de 2020, expedida por la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, “mediante la cual se determinó clasificar la mercancía descrita “en dicha resolución por la subpartida. 8421.39.90.00 del Arancel de Aduanas, como un depurador de gases, de acuerdo a la Nota 4 de la sección XVI, en aplicación de las Reglas o Generales interpretativas 1 y 6 del: mencionado. tt exto: arancelario, contenidas «e nel Decreto 2153 de 2016 y. sus modificaciones. .

ARTÍCULO. SEGUNDO: Notificar por correo o de manera”a subsidiaria mediante aviso en el : sitio web de la DIAN, el contenido de la presente resolución al señor Alex Sandro Millán Ochoa identificado con. ¿la cédula de ciudadanía 79, 597. 921, en calidad de ; apoderado general de la

RESOLUCIÓN NÚMERO 009137 de DICIEMBRE DE 2020 HojaNo6

Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por. el señor Alex Sándro Millán Ochoa, apoderado generalde la sociedad Ecopetrol S.A. contra la Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria No.006754 del 29 de septiembre de o 2020. sociedad EcopetroSl.A . con NIT 899.999:088-1, conforme a lo solicitadeon el recurso de apelación,en la Carrera. 13 No.36-24 piso 12 en la ciudad de Bogotá, de conformidad con lo “establecido en los artículos 756, 763 y 764 del Decreto 1165, de 2019

ARTICULO TERCERO: Contra el presente acto administrativo ho procede recurso, quedando así. agotadas las actuaciones administrativas...

ARTICULO CUARTO: Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia. o e e o OS NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE - . O, sn . Fina > digitalmente - ANACEILA LON ANA CILA BELTRAN BELTRAN o o 2 Fecha: 2020.12. o AMADO po 5525-0500 : o - ANA CEILA BELTRAN AMADO o

SUBDIRECTORA DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA

Proyectó: Betty Castillo Sanjuan

Revisión técnica: Magda Rodriguez, .:

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