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DIAN - Resolución 927 de 17-09-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 927 de 17-09-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 00092% ( 17 SEP. 2021 ) Por la cual se modifica una Resolución LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE PEREIRA De conformidad con el Decreto-Ley 0071 del 24 de enero de 2020, Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 y el artículo 3 de la Resolución 84 del 27 de agosto del 2021 y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con la Resolución No. 842 del 01 de septiembre de 2021 se autoriza habilitar el horario de atención al público, para los funcionarios División de Servicio al Ciudadano de esta Secciona!, de lunes a viernes a partir del 01 hasta el 30 de septiembre de 2021, desde las 06:00 a.m. hasta la 08:00 p.m., con el fin de dar cumplimiento del memorando 149 de 30 de julio de 2021, la temporada de renta personas naturales y sociedades canceladas. Que, en la solicitud de la Jefe de la División de Servicio al Ciudadano (A), se solicitaba horario de atención al público también para los días sábados, 04,11,18 y 25 de septiembre de 2021, en la misma hora que de lunes a viernes y con el mismo fin como aparece en la Resolución mencionada en el considerando anterior. Que, en la Resolución en cita, por error de omisión de palabras, no se colocó que la modificación del horario de atención al público para los funcionarios de la División de Servicio al Ciudadano es del 01 al 30 de septiembre de lunes a sábado desde 06:00 a.m. hasta la 08:00 p.m., con el fin de dar cumplimiento del memorando 149 de 30 de

julio de 2021 y formalizando trámites fuera del horario para culminar la campaña de actualización de RUT y sociedades canceladas Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece: “Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” En consecuencia, la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira,

RESOLUCIÓN NUMERO ev0 921 de 17 SEP. 2021 HOJA No. 2

Continuación de la Resolución que modifica una Resolución. RESUELVE ARTÍCULO 1.- Modificar el Artículo 1? de la Resolución No. 842 del 01 de septiembre de 2021, de conformidad con los considerandos anteriores, el cual quedará así “ARTÍCULO 1”.- Habilitar el horario de atención al público de lunes a sábado a partir del 01 y hasta el 30 de septiembre de 2021, a partir de las 06:00 a.m. hasta la 08:00 p.m., para los funcionarios de la División de Servicio al Ciudadano, de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, de conformidad con los considerandos anteriores ARTICULO 2. Los demás artículos de la Resolución No. 842 del 01 de septiembre de

2021 quedarán iguales. ARTICULO 3". A través del GIT de Documentación de la División de Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, comunicar el contenido de la presente Resolución a todos los funcionarios de la División de Servicio al Ciudadano, a la Jefe de la División de Servicio al Ciudadano (A), a la Directora Seccional y a la División de Talento Humano. ARTÍCULO 4”. Publicar el contenido de la presente Resolución en la página WEB de la Entidad. ARTICULO 5". La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre de 2021

Ó Ci D

STELLA CECILIA ZULUAGA/DUQUE

Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira ANAMA so Proyectó: Luz Stella Vallejo Revisó: Gloria Herminia Rengifo R 17/09/2021 Jefe División de Talento Humano (A)

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