DIAN - Resolución 9304 de 02-11-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 9304 de 02-11-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
“DIAN
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 009304 (02 NOV 2021).
Por la cual se expide una Resolución de Clasificaciónn Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100332 del 08 de julio de 2021, el señor Jairo Alberto ¡Rivas López, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.999.140, representante legal de - la Agencia de Aduanas Servadi S.A.S Nivel 1, con NIT 890.317.082-5, mandatario de la sociedad Setas Doradas S.A.S., con NIT 900.138.206-9, presentó una solicitud de - Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL PARA EL: CULTIVO DE CHAMPIÑONES”. - El interesado adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud de resolución de ¡clasificación arancelaria en cuatro (4) folios, catálogo en dieciocho (18) fo1 lios, » Poder O - mandato en diez (10) folios y soporte de pago en dos (2) folios. El solicitante pagó novecientos nueve mil veintiséis pesos mícte ($ 909. 026) mediante comprobantes de consignación con números 20210628111221070001 del 28 de junio de2021 y 20210708082006070000 del 08 de julio de 2021 del Banco de Bogotá. Con Requerimiento. de Información Adicional No. 1002273421950 radicado No. - 000S2021908391 del 20 de agosto de 2021, la entonces Coordinación del Servicio de - Arancel solicitó al interesado una explicación resumida y secuencial del proceso que realiza el sistema, anexar un diagrama de flujo para observar la interconexión entre los equipos, indicar como se articula el vagón de sustrato y los carritos de cosecha a la unidad, confirmar si el árbol de riego del sustrato están anclados permanentemente a la unidad o son removibles y anexar una tabla que contenga cantidad, características y función de cada uno de esos equipos. El usuario respondió con radicado 000E2021909170 del 24 de septiembre de 2021, renunciando al término restante para dar respuesta. Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique al señor Jairo Alberto Rivas López en la Avenida 4 Norte No. 44 N-35 en Cali — Valle del Cauca. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codifi icación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. 9
RESOLUCIÓN NÚMERO 009304 de 02 NOV 2021 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el
Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XV!I: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables - eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”. Partida 84.36 “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura O apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.” - Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente porlos textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas
- del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones, artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado.
Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Revisada la información suministrada mediante radicados Nos. ESGTA202100332 del 08 de jutio de 2021 y 000E£2021909170 del 24 de septiembre de 2021, la mercancía a clasificar RESOLUCIÓN NÚMERO 009304 de 02NOV 2021 HojaNo. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expunai redsoleuci ón de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado se describe como un conjunto de equipos y dispositivos que trabajan conjuntamente para cultivar champiñones mediante un sistema mecanizado. El proceso inicia con la alimentación de la máquina de elaboración de bloques con sustrato, -en ese momento del proceso se agrega el micelio de champiñón, se compacta y pre- - empaca en bloques y se transportan en estibas con grúa manual hasta las estanterías del salón de cultivo, utilizando la banda de llenado de bloques, la malla y el cabrestante de llenado se surten las camas de las estanterías con los bloques. Pasados quince días en la
estantería, con el vagón de aplicación de cobertura, la malla y cabrestante de llenado se - coloca una capa de cobertura (tierra) de 4 cm. El cultivo se riega cada tercer o cuarto día con el árbol de riego. Transcurridos otros quince días inicia la cosecha del champiñón la - cual dura 24 días aproximadamente; su recolección se realiza utilizando los carros de : cosecha inferior y superior diseñados a la medida para acceder a los diferentes niveles de las estanterías.
- Equipos que conforman el sistema:
1. Una (1) máquina de fabricación de bloques de sustrato: sus características técnicas son de 440 V, 60 Hz y 18 kW, se utiliza para prensar bloques de sustrato de 60 cm x 40 cm x 20 cm con peso de 22 a 25 kg cada uno. Prensa hidráulicamente el bloque y lo empaca con plástico termoencogido. Compacta entre 850 a 900 bloques por hora, tiene unas dimensiones de 10,4 m de largo x 6 m de ancho x 3,3 m de alto. Pesa 12 toneladas, la - máquina está elaborada en acero inoxidable y acero ST37.
2. Una (1) banda de llenado de bloques en estanterías: sus características técnicas son de 440 V, 60 Hz y 5 kW, se instala frente a cada estantería para ocuparlas con los bloques - de sustrato. Tiene unas dimensiones de 6,8 m de largo x 1,4 m de ancho x 1,8 m de alto. La banda pesa 1 tonelada y está elaboradaen acero inoxidable y acero al carbono.
3. Un (1) cabrestante de llenaddoe sustrato: sus características técnicas son de 440 V, 60
Hz y 5,5 kW. Su función es halar las mallas con los bloques desde el extremo con ayuda de los rieles de las estanterías. Tiene unas dimensiones de 2,6 m de largo x 2,2 m de ancho x 1,1 m de alto. El equipo pesa 400 kg y está elaborado en acero inoxidable y acero al carbono. :
4. Un (1) vagón de aplicación de cobertura: sus características técnicas son de 440 V, 60
Hz y 13,5 kW. Se utiliza para transportar y aplicar la capa de cubierta de tierra de 4 cm a los bloques de sustrato ubicados en las estanterías del cultivo. Tiene unas dimensiones de 6 m de largo x 3 m de ancho x 3,5 m de alto. El vagón pesa 3 toneladas y está elaborado en acero inoxidable y acero al carbono. o .
5. Un (1) cabrestante de llenado de sustrato: sus características técnicas son , de 440 v,60
Hz y 5,5 kW, se utiliza para vaciar el sustrato de desecho después del ciclo de cultivo de champiñones. Tiene unas dimensiones de 2,4 m de largo x 2,6 m de ancho x 2,5 m - de alto. El equipo pesa 1 .200 kg y está elaborado en acero inoxidable: y acero al carbono. 6 Una (1) banda de vaciado de sustrato: se utiliza para recibir todos los bloques de sustrato usados y dirigirlos a un vehículo de carga para transportarlo fuera de los salones de cultivo. Tiene unas dimensiones de 7,8 m de largo x 1,8 m de ancho x 3,8 m de alto. La banda pesa 1.300 kg y está elaborada en acero inoxidable y acero al carbono.
7. Cinco mil ciento sesenta (5.160) metros de malla de nylon: elaborada con filamentosde polipropileno, es utilizada para colocar los bloques de sustrato con el micelio de
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Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado champiñón en las estanterías, también se emplea para sacar el sustrato del salón luego de la cosecha. Tiene unas dimensiones de 26 m de largo x 1,34 m de ancho y pesa 5 toneladas.
8. Tres (3) árboles de riego: portátiles, se conecta al suministro de agua mediante una manquera y posteriormente se instala en los rieles de las estanterías del cultivo. La bomba se regula según la presión deseada y un operario comienza el proceso de riego.
Contiene una bomba de 3 kW y 120 m de manguera. |
9. Veintiséis (26) unidades de estantería: corresponde a la estructura metálica donde se coloca y: permanece el cultivo de champiñón hasta la recogida de la cosecha.
Elaborados en aluminio, con unas dimensiones de 22,5 m de largo x 1,4 m de ancho x 4,5 m de alto, pesa 5 toneladas. 10.Dos mil (2.000) unidades de rieles: elaborados en aluminio con unas dimensiones de 600 cm de largo x 18 cm de alto x 3 cm de ancho y pesan 8 toneladas. Permiten el desplazamiento de los equipos con las mallas por toda la estantería, también sostienen
- los bloques de sustrato en la estantería y además proporciona rigidez a la estructura en el momento de llenar o vaciar la estantería. - 11.Un (1) carrito de cosecha inferior: diseñado para una carga máxima de 100 kg, con unas . dimensiones de 850 x 1.500 x 575 mm y pesa 50 kg. Se utilizan para movilizar al cosechador (empleado) al momento de recolectar los champiñones de la parte inferior” de la estantería. 12.Seis (6) carritos de cosecha superior: diseñado para una carga máxima de: 150 kg, con unas dimensiones de 2,1 m de largo x 0,65 m de ancho x 3,1 m de alto y pesa 70 kg.
Se utilizan para movilizar al cosechador (empleado) al momento de recolectar los champiñones de la parte superior de la estantería, se instalan sobre los rieles para que el traslado horizontal sea rápido y seguro, igualmente el carrito tiene una Plataforma movible para ajustar la altura. La capacidad de trabajo del sistema está proyectada en 75.000 kg al mes con y producción continua todos los días. De! análisis de la información anterior y teniendo en cuenta que conforme a lo indicado en la Nota 4 de la Sección XV! del Arancel de Aduanas, la función netamente definida en una combinación de máquinas, alcanza solamente a las máquinas o combinación de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto que constituye la unidad funcional; los equipos relacionados en los numerales 11 a 12, no hacen parte de dicha combinación, ya que no contribuyen directamente con el cultivo del champiñon, por lo tanto, deben
seguir su propio régimen de importación. En virtud de lo señalado, los equipos listados en los numerales 1 a 10, trabajan conjuntamente para cultivar champiñones; que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, siendo el cultivo del champiñon la función netamente definida del sistema y de conformidad con la Regla General Interpretativa 1 están comprendidos en la - partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla - General Interpretativa6 se clasifica por la subpartida 8436. 80.90.00 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria - tiene un valor equivalente a un salario mínimo legal vigente, el cual debe ser acercado al 2?
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Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado múltiplo de mil más cercano, es decir novecientos nueve mil pesos m/cte. ($ 909.000), de acuerdo con los comprobantes de consignación con números 20210628111221070001 del 28 de junio de 2021 y 20210708082006070000 del 08 de julio de 2021 del Banco de Bogotá, aportado para el trámite, queda un saldo a favor por valor de veintiséis pesos m/cte. ($ 26), el cual podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación
Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como una de las demás máquinas paracultivo y producción de champiñón, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XV! y las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto -2153 de 2016 y sus modificaciones. : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Jairo Alberto Rivas López, representante legal de la Agencia de Aduanas Servadi S.A.S., en la Avenida 4 Norte No. 44 N-35 en Cali - Valle del Cauca, de conformidad con los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 y su modificación.
ARTÍCULO TERCERO: Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con ' lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, ta publicación de la presente resolución : en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo
319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la -ey 1437 de 2011 y el artículo119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO, Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. -NoppÍQuESS, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 02 NOV 2021
FABIÁN ALBERTO GARCÍA CA j
Jefe (A) Coordinación de Clasificas
Proyectó: Raúl Vargas .
Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata ; Se COrinc: que a ape Hui amo A mstrativo £ "e i pubplicadoen Diane 0 El 3 a