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DIAN - Resolución 9357 de 18-12-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9357 de 18-12-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

VICIO DE ARANCEL DE LA E: Alquier Interesado para a Y "AS DE VEHÍCULO! ARA: o e ono para. | e h nera en E Ñ RESOLUCIÓN NÚMERO 9357 de 18DIC 2020 HojaNo.2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973, Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual. se “adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las: siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy delas Nofas de Sección o de Capítulo y,. sí no.son: SOmtranas: a los textos de. dichas - : partidas y Notas, de acuerdo con: las: Reglas siguientes.” e Partida 40.11: “Neumáticos (llantas neumáticas) nuevosde caucho.” Regla General interpretativa 6: - “La clasificación de mercancias: en. las subpartidas de una: misma partida está. detérminada

legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden cómpararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican: las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos. 304. a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de « clasificación arancelaria a petición de cualquier. interesado. Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de impuestos y Aduanas Naciohales - Artículos 314 y 315, mediante la cual.se reglamentan las solicitudes de clasificación. arancelaria a petición de cualquier interesado, ] | CONSIDERACIONES DEL DESPACHO uN N De acuerdo con. la información aportada - con radicados Nos. ESGTA20200366 del 25 de agosto de 2020, 000E2020917067 del 9 de octubre de 2020 y000E2020917950 del 3 de noviembre 2020, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un neumático (llanta neumática) nuevo, de caucho, coh las siguientes características: a “Marca: FULLRUN - e -< Modelo: TB709 - Referencia: 295/80 R 22,5 - Lonas (PR): Q) Ss Y culos mencionados, RESOLUCIÓN NÚMERO 9387 de 18 DIC 2020 HojaNo , 4 Continuación del. acto administrativo. por el cual. se expide una! “resolución de

Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado son camiones con carrocerías especiales, para el transporte de materi ale s de construcción, dentro y fuera de la ciudad, por vias pavimentadas 0 no, incluso” a altas velocidades. - De acuerdo con lo anterior, tanto volquetas como mezcladoras satisfacen la denominación de camiones, por lo tanto, este Despacho encuentra que dadas las anteriores precisiones, el producto objeto de clasificación se enmarca adecuada y especificamente: dentro:del texto de la subpartida armohizada 4011;20, neumáticos “De los tipos utilizados:en autobuses O camiones”, contrario al texto de la subpartida armonizada 4011.80: “De Jos:fipos utilizados en vehículos y máquinas para la construcción, minería o mantenimiento industrial”, propuesto por la interesada, que «se refiere, por ejemplo, a vehículos..o. Máquinas “autopropulsadas, del tipo topadoras, niveladoras, palas. cargadoras, traíllas y similares, que circulan a bajas velocidades y utilizan neumáticos de diversas características, diferentes a las del producto descrito e€ n la presente Resolución. Del análisis de la información, se ostabledo que la mercancíaa objeto de estudio corresponde ¿un neumático (llanta neumática) nuevo de caucho, de los: tipos usados en camiones, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la. partida 40.11 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en acorde.con: la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 4011.20. 10. 00, e En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de

: Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, | RESUELVE q o. o a? ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía desertá en.l a a presente resolución. en la -subpartida 4011.20.10.00 del Arancel de Aduanas, comó un neumático. nuevo, fabricado en caucho, de los tipos usados en camiones y de construcción radial, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arandelário, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus: modificaciones, o ARTÍCULO SEGUNDO, Notificar: por. correo o de manera: subsidiaria. ediante aviso en el “sitio web de la DIAN, la Sra. Claudia Patricia Viana Montoya, identificadá.con cédula de ciudadanía No. 43.726.577, representante legal de la Agencia de. Aduanas ML. S.A.S. Nivel 1, en la Calle 16 No 41 — 210, Edificio La Compañía, Oficina 404, en Medellín, Antioquia, : de confórmidad con los artículos 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319: -de la resolución reglamentaria 0046 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el predshio acto admihistrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de - acuerdo con lo establecido en el artículo.305-del Decreto-1165 de 2019; reglamentado por “el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los

diez (10) días: siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la bresehte resolución: - en el Diario Oficial, de conformidad con los artí culos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, tícul la Ley 480 de lia] artículos s 65 de la Ley 1437 de 2011 y 119 de EL Sa M AV A e eFo r . No Contra Bogotá, B.C-- o

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