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DIAN - Resolución 9368 de 02-11-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9368 de 02-11-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA bi A MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 009368 ( 02 NOV 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Artículo 2” de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS | Mediante radicados Nos. ESGTA202100401 y 000E2021905828 del 12 de agosto de 2021, la señora Alexandra Arcila Loaiza, identificada con cédula de ciudadanía No. 1037.571.482, apoderada especial de Bancolombia S.A, con NIT 890.903.938-8, presentó solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado pará la mercancía denominada técnica y comercialmente “MÁQUINA FLEXOGRÁFICA”. - La interesada adjuntó con el formato de solicitud, copia de los siguientes documentos: descripción general de las características del producto en quince (15) folios y registro del pago en un (1) folio. | . La solicitante pagó novecientos nueve mil pesos m/cte. ($ 909.000), con transferencia electrónicdael 10 de agosto de 2021 de Bancolombia. O o Mediante Requerimiento de Información Adicional No. 100227342 — 2019 del 23 de agosto de - 2021, radicación virtual No. 0002021908577 del2 5 de agosto de 2021, esta Coordinación

  • solicitó a la usuaria determinar en forma general cuál es el objetivo del sistema, así como el principio de funcionamiento, hacer una descripción secuencial de un ciclo de operación delconjunto en donde.intervengan todas las máquinas y artefactos que hacen parte del proceso y nombras cuáles son los elementos impresores del sistema, entre otros; con escrito radicado virtual No. 0002021908891 del 22 de septiembre de 2021, se responde 'al requerimiento de información, renunciando al término legal restante para responder el mismo.

Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se notifique a Alexandra Arcila Loaiza, en la Calle 16 No. 41 — 210 Of. 404, en Medellín, Antioquia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO : Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, i aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, - Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973.

Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Unico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdode Cartagena.

RESOLUCIÓN NÚMERO 009368 de 02 NOV 2021 Hoja No. 2

Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y . otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” (...) Nota 3 de la Sección XVI: “Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como. las máquinas concebidas para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas O complementarias, se clasifican según la función principal que caracterice al conjunto. ”. Partida 84.43: “Máquinas y aparatos para imprimir mediante planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 84.42; las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; partes y accesorios. ”. Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancias en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandís, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a . petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y su modificación, de la Dirección de impuestos y Aduanas

Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con radicados Nos. ESGTA202100401 del 12 de agosto de 2021 y 000E2021908891 del 22 de septiembre de 2021, la mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria se describe como un arreglo de máquinas con distintas funciones, dispuestas de tal forma que operan conjuntamente en la impresión flexográfica en uno a ocho colores, de películas plásticas de polipropileno biorientado (Bopp), poliéster, polietileno o papel; este arreglo se presenta como una estructura heavy duty de 150 mm de espesor en un solo cuerpo, se ubica en un solo recinto, sus dimensiones son 3 m de ancho X 4,5 m de alto y 14 m de largo y trabaja a 220/400 V de tensión eléctrica, 3 fases, 60 Hz. La flexografía es un método de impresión rotativo caracterizado por su operación veloz y por el rápido secado de las tintas aplicadas, que se lleva a cabo por medio de planchas con RESOLUCIÓN NÚMERO 009368 de 02NOV2021 - HojaNo.3 -- Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado “relieve que se ubican de a una por cada color en los respectivos tinteros; el ancho de impresión es de 1.000 mm y la película a imprimir se coloca en el desbobinador, pasa por el - tambor central, recibe la tinta de cada color y continúa su recorrido hacia el túnel de secado, :

en donde se registra su paso por una cámara de video incorporada que verifica la calidad de la impresión, para llegar al embobinador que lo enrolla; estas operaciones se efectúan en - líneaa una velocidad variable que va de 150a 400 metros | por minuto. La Impresora se compone principalmente de:

1. El desbobinador, donde se sitúa el rollo a imprimir.

2. Alineadores de banda ubicados en diferentes partes con sensor optoeléctrico para. - ayudar a que la impresión sea centrada y la banda del material no se mueva.

3. Rodillo pisón, en acero y recubierto de caucho accionado por pistones neumáticos; l - ayuda a fijar el material al tambor central.

4. El tambor central o cilindro de presión común para los grupos impresores; recubierto en aleación Hastalloy, de doble pared, 1.850 mm de diámetro

5. Grupos impresores, formados por los tinteros y el rodillo anilox (con microsurcos en la. superficie para regular la tinta), que proporcionan la tinta y están dispuestos alrededor del tambor central.

6. Secadores entre tinteros o parrillas de secado, para que la película pueda recibir un color sobre otro.

7. Túnel de secado, donde se eliminan los solventes de las tintas; situado en la parte superior de la máquina.

8. Calandra de refrigeración, que impide la deformación del material.

9. Embobinador de material impreso

10. Tuberías de salida de aire del túnel.

11. Tablero eléctrico, en la parte Izquierda de la máquina.

De acuerdo con la anterior información, se establece que el producto consiste en una

combinación de máquinas que funcionan conjuntamente, formando un solo cuerpo y cuya función principal es la impresión flexográfica mediante cilindros de la partida 84.42, que de acuerdo con la Nota 3 de la Sección XVI y la Regla General Interpretativa 1, está comprendido en la partida 84.43 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y de acuerdo con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8443.16.00. 00 del Arancel de Aduanas. l Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo legal vigente a la fecha de presentación de la solicitud, acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir cuatrocientos cincuenta y cuatro - mil pesos mí/cte. ($ 454.000), queda un saldo a favor de cuatrocientos cincuenta y cinco milpesos m/cte. ($ 455.000), qué podrá utilizar como saldo a favor para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8443.16.00.00 del Arance! de Aduanas, como máquinas y aparatos para imprimir, flexográficos, de acuerdo con la Nota 3 de la Sección XV! y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, contenido en el

Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el - sitio web de la DIAN, a la señora Alexandra Arcila Loaiza, identificada con cédula de SSEM

RESOLUCIÓN NÚMERO 009368 de 02 NOV 2021 Hoja No. 4

Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ciudadanía No. 1037.571.482, apoderada especial de Bancolombia S.A, en la Calle 16 No. 41 — 210 Of. 404, en Medellín, Antioquia, de conformidad con los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución reglamentaria 0046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la resolución 39 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, de acuerdo a to establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido : en los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la

Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. 02 NOV 2021 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | q => d FABIÁN ALBERTO e CAST ÑEDA Jefe (A) Coordinación de Clasificación arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: Luis Alberto Camargo C

Revisó: Claudia A Jurado Z )A N ==

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