DIAN - Resolución 9436 de 22-12-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 9436 de 22-12-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
POR UNA COLOMBIAMÁ S HONESTA 0
RESOLUCIÓN NÚMERO 9438
Por la cual se expide | una Resolución dé Clasificación Arancelaria a Petición d€ e Cualquier Interesado : LA JEFE ((AA ') DE LAA COORDINACIÓN DEL. SERVICIO DE ARANCEL DE La _ SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA | o En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 00m o de 2008 NA teniendo. en cuenta los siguientes, HECHOS - . Mediante. radicados - Nos. ESGTA20200449. del. 22 de septiembre de 2020. y -000E2020916269 del 23. de septiembre - de 2020, el Sr. Guillermo Alfonso Toledo: -Roncancio, identificado con cédula de ciudadanía: No. 70.062.603, presentó una. solicitud. de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier. interesado. para la: mercancía denominada técnica y comercialmente como “NEUMATICO OTR-(OFF.THE
ROAD/FUERA DE CARRETERA] / 295/80 R22. 5. 18PLY CPD86 COMPASAL”..
El interesado adjuntó los siguientes documentos: “formato de solicitud e« n “trés (3) folios, — Características técnicas en siete (7) folios, y copia del comprobante: de pago: en un M folio. o El solicitante: pagó: cuatrocientos! treinta: y nueve mil ciento: dos pesos: m/cte ( 430. 102) según comprobante - de trasferencia. No: 9842966: del 7 de: septiembre de: 2020 y -
- comprobante : de consignación No. 97760082O: del 21 de. «septiembre. de 2020, del Banco de Bogotá. ES o o o o e Con oficio No. 1002273421428: del 7 de octubre de 2020, radicado No. 000S2020905754 : E del 8 de: octubre: de 2020, esta: Coordinación solicitó al. usuario explicar claramente las características. dé la llanta, especialmente en lo referido al. diámetro interno y externo quenose encuentra incluido en las características técnicas aportada con la solicitud, especificar el uso para el que está destinada la mercancía a clasificar, señalando claramente si sonexclusivamente O para fudee crarreater a, ex licar el índice: de velocidad (SS). K y G al b que hacen referencia en las: características técnicas del: producto, ¿su significado y su - relación con el tipo de vehí ículos en los que se utilizará la llanta: y aportar imágenes de la mercancía, en donde se aprecie claramente la información de marcación (nomenclatura) - de la llanta, y donde se señale a que corresponde : cada sigla, letra, número y nombre. El : requerimiento fue atendido con escrito radicado No. 000E2020917557 del 22 de octubre de : que no renuncian al flémpo restante para dar. respuesta. a see notifique. al Sr; Guillermo: Alfonso |
bartamento: 104. Edificio Los. Mangos, en Medellín, Antioquía. | RESOLUCIÓN NÚMERO | 9436 E o de 22 DIC 2020 Hole Nos. !
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - FUNDAMENTOSDE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646d e 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1 973. D úne icc oi s di eó l 8 an1 2 N od me e nl ca laCo tm ui rs ai ó Cn od me úla n deC om lou sn i Pd aa íd se s An Md iin ea m, b rom se di da en l te A cula e rc du oal ds ee Ca ap rr to ab gó e nael . Texto Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cuals e adopta el Arancel de Aduanas y -. : e : otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarálnas siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor: - indicativo, ya quel a clasifiestcá adecteirmóinanda legalmente por los textosde las partidas .. py a rtd ie d al sa s y No Nt oa tas s , de d e Se ac cc ui eó rn d o o cod ne lC asa pí Rt eu gl lo a s y, sis gi uin eo n tes so :n ” contrarias Aa S l os textosde d oicha s Partida 40.11: “Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho. no
“Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada. legalmente por los textos de estas 'subpartidas y de las Notas de subpartidaasí como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican. las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” o - Decreto 1185 de 2019 del Gobiemo Nacional - artículos 304 a 306, medianteel cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. 2. 0 Ñ o EE Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuesy tAdouansas Nacionales - Artículos314 y 315, mediante la cual se reglamentan las solicitudedse clasificación arancelaria a. petición de cualquier interesado. - = CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | De acuerdo con la información aportada con radicados Nos. ESGTAZ0200449 del 22 de - septiembre de 2020, 000E202091626d9el 23 de septiembre de 2020 y 000E2020917557 _ del2 2 de octubre de 2020, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como neumático (llanta neumática) nuevo, de caucho, con las siguientes características: - - Referencia: 295/80R22.5 18PLY CPD8G COMPASAL | - Lonas 18PR A A - Índice de carga 1 52/149 - Ancho de sección: 298 mm
- E cn ses _de 22 Dic 2020 ¿0 No.3
Clasificación Arancelaria a Petición de. Cualquier Interesado EE - Diámetro interno: 571, 5 em “- Diámetro externo: 1.028,7 mm E -- Carga: máxima 3.550/3. 250 O Presión: 135 psi. Ñ - Profundidad de labrado: 22, o mm: - Índice: de velocidad: K (equivale ea velocidad. máxima de 1 10 ku). El neumático, de construcción radial está especialmente destinado para actuár en terrenos : anormales y severos, comúnmente en Operaciones fuera de carretera. Este. neumático Eo cuenta con diferencias en su banda de rodamiento: o piso y es fabricado con un compuesto | de caucho especial, composición rica en reforzador. del negro de carbón sobre goma. natural, en tanto que la goma natural es preferible: para este tipo. de llantas resistente al corte, diseño con bloques separados para operación en terreno fangoso y mayor protección o de la base, cinturones estabilizadores, carcasa con mayor cantidad de acero por pulgada cuadrada, paredes : más robustas para soportar agresión ceja o talón (doble refuerzo). Son. recomendables. para: aplicación: de tracción espe: almente : 3n Volquetas : offeroad: (fuera de: carretera), en sectores:como.la construcción, minería, en operaciones cortas y terreno sin -pavimentar, también: para: maquinaria amarilla. siempre y cuando el diámetro. del r1 in sea l compatible. a IA E Apartir de la formación alegada. se establece que la llanta neumática, nueva, de caucho,
marca Compasal, referencia 295/80R22.5, lonas 18PR, modelo CPD 86, radial, con índice de velocidad k: (equivale a. velocidad: máxima de 110 km/h), de categoría OTR, recomendada para uso: en volquetas para. circulación fuera de. carreteras. (fuera de pavimento, camino de: tierra, ripio, barro).
En la nomengiatúra: del Sistema Armonizado. las l llantas neumáticas nuevas s de caucho se. “clasifican en la: partida 40.11, dentro de la cual hay una “subpartida: específica: para los: neumáticos “De los tipos utilizados en. autobuses. O camiones” y otra para los neumáticos . ; “De los tipos utilizados..en.. vehículos. y máquinas. bara da construcción, minería o . mantenimiento industrial”. o En cuanto al tipo de vehículos . para los. cuales está recomendada la llanta descrita, las volquetas son vehículos automóviles provistos de una caja articulada que puede girar para - vaciar su contenido, y. están desti adas. principalmente. al transporte de material particulado para la: construcción, dentro y. fu ra: de: la ciudad, PoR: as pavimer tadas o no, incluso aaltas velocidades (1 10 km). topadáras, “nlveladoras, balas. e artadoras, traíllas y similares, que circulan” a e “velocidades y utilizan neumáticos de diversas. características, diferentes a las del producto descrito ee n la presente Resolición.
Del análisis de la información, se: establece que la. mercancíaa objétodd e estudio corresponde a un neumático. (llanta neumática) nuevo de caucho, de los: tipos usados en camiones, que
está comprendido en la partida: 40.11 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en. aplicación de la Regla General interpretativa 6, se clasifica en. la: subpartida 4011 20, 10. 00. AESOLUCIÓN NUMERO 9438, e pic 2020 HolaNo a Continuación del. acto “administrativo por: el cúal se expide. una” resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado — Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación “arancelaria tiene un valor equivalentea medio salario mínimo mensual legal vigente, el cual debe ser . acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos treinta y nuevemil pesos m/cte ($439.000); de acuerdo con los comprobantes de transacción aportados . para el trámite, el interesado pagó la suma de cuatrocientos treinta y nueve mil ciento dos : pesos m/cte ($439.102), quedando un saldo a favor del solicitante por valor de ciento dos : pesos m/cte ($ 102); el cual podrá. utilizar Para presentar una nueva solicitud, oensu. defecto solicitar la devolución. EN e En'mérito de lo anteriormente expuesto, a Jefe (Ay del la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, TE oo RESUELVE a ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía2 descrita en la presente resolución, en la: “subpartida 4011.20.10. 00 del Arancel de Aduanas, como un neumático nuevo, fabricado en “caucho, de los tipos usados en camiones y de construcción .radial, en aplicación de las
Reglas Generales interpretativas 1-y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2193 de 2016 VES modificaciones. o ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o der manera «subsididha. mediante aviso. enel: sitio web de la DIAN, al Sr, ¡Guillermo Alfonso Toledo Roncancio, identificado coh cédula de ciudadanía No. 70.062.603 en la Carrera 35.No. 2 SUR 67 Apartamento 104 Edificio Los Mangos, en Medellín, Antioquia, de conformidad con los artículos 756,.763 y 784 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la resolución reglamentaria 0048 de 2019. : ARTÍCULO TERCERO. informar. al interesado 0 que: contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica: Aduanera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 clel Decreto 1165 de 2019; reglamentado por :. el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, € Ñ ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una: vez en irme, la bublicación de la presente resolución : en el Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y -764 del Decreto 1165 de 2019, - artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, artículos 6€ 5 de la. Ley” 1437 de 2011 y 119 de:
| | ln Ley 489.de 1998. ARTÍCULO QUINTO. 1R emitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo; por : medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos :: Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN,
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPL ASE
A Y AMADO FLÓREZ o Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera o A o o 'Proyectó: Fabián Alberto García Castañeda PI :