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DIAN - Resolución 96 de 05-10-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 96 de 05-10-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

RESOLUCIÓN NÚMERO 000096 (0 5 d e O c t u b r e d e 2 0 2 0) Por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas para el intercambio de información en el cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios operadores de zona franca, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, relacionado con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional. EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en los numerales 12 y 27 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, CONSIDERANDO Que el artículo 24 - Servicios Informáticos Electrónicos, del Decreto 1165 de 2019, establece que los Servicios Informáticos Electrónicos de que trata el citado decreto serán los dispuestos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), acogiendo los estándares internacionalmente aceptados. Que se busca con el Intercambio de datos entre sistemas de información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de los usuarios operadores de las zonas francas, minimizar los registros manuales y los tiempos en las operaciones de recepción de carga, relacionados con el cumplimiento de las operaciones contempladas en la normatividad vigente para los usuarios operadores de zonas francas. Que como parte del Proyecto de Modernización Aduanera, que comprende los servicios de intercambio de Información entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con las zonas

francas, se incluyó la opción de la facilitación de las obligaciones aduaneras, incorporando el servicio de Planilla de Recepción Formulario 1314. Que para el efecto, se hace necesario señalar las características técnicas de los mecanismos de intercambio de información y cumplimiento de obligaciones de los sistemas de información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, así como de los sistemas de información de los usuarios operadores de las zonas francas. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 y el numeral 8 del articulo 8 de la ley 1437 de 2011, Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución se publicó en la pagina web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, durante los días 21 de julio a 11 de agosto de 2020. Por lo anterior y en atención al Principio de Eficiencia indicado en el numeral 1 artículo 2 Decreto 1165 de 2019, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, RESUELVE ARTÍCULO 1. Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica a los servicios de intercambio de información a través de servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, como opción para el cumplimiento de la obligación de presentación de la planilla de recepción, por parte de los usuarios operadores de las zonas francas. RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 0 9 6 de 0 5 d e O c t u b r e d e 2 0 2 0 Hoja No. 2 de 2

Continuación de la Resolución Por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas para el intercambio de información en el cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios operadores de zona franca, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, relacionado con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional. ______________________________________________________________________________________ ARTICULO 2. Servicio de Cumplimiento de Obligaciones. El servicio de intercambio de información al que se refiere el artículo 1, corresponde a entrega de los datos de la Planilla de Recepción Formulario 1314. Anexo 1. El anexo técnico para el intercambio de información de la planilla de recepción hace parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO 3. Tablas Paramétricas. Las tablas paramétricas necesarias para conformar la información de los sistemas de información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cumplimiento de las especificaciones técnicas previstas en la presente Resolución, estarán a disposición en el portal de la DIAN, Sección Otros Servicios Informáticos/Tablas paramétricas/ “importación carga". ARTICULO 4. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los 05 de Octubre de 2020

JOSÉ ANDRÉS ROMERO TARAZONA.

Director General

Proyectó: Carlos Esteban Gómez Berrio

Subdirección de Gestión de Comercio Exterior Revisó. Dagoberto Garzón Martinez Subdirección de Gestión de Comercio Exterior Juan Carlos Rodríguez Valenzuela

Subdirección de Gestión de Comercio Exterior Sonia Victoria Robles Marúm Jefe Coordinación Regímenes Aduaneros Alvaro Ernive Malaver Salamanca Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones Maria Elena Botero Mejia Dirección de Gestión Jurídica

Aprobó: Claudia Patricia Marin Jaramillo

Subdirectora de Gestión de Comercio Exterior Hector Leonel Mesa Lara Subdirector de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones Ingrid Magnolia Diaz Rincón Directora de Gestión de Aduanas Diana Parra Silva Directora de Gestión Organizacional Liliana Andrea Forero Gómez Directora de Gestión Jurídica ANEXO: Corresponde al esquema de los servicios Web Rest de Interoperabilidad DIAN – Zonas Francas Anexo 1.

Cumplimiento de Obligaciones: Planilla de Recepción F1314, asociados a la Zona Franca.

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