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DIAN - Resolución 9603 de 04-11-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9603 de 04-11-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA. MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO - 009603 (04 NOV 2021 ) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o - Enusode las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicados Nos. ESGTA202100281 y 000E2021903683 del 31 de mayo de 2021, el señor Boris Mauricio Sánchez, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.660.859, representante legal de la Agencia de Aduanas Roldán S.A.S., Nivel 1 con NIT 811.001.2597, mandatario de la sociedad Banco de Occidente con NIT 890.300.279, presentó una solicitud de Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “LÍNEA DE PRODUCCIÓN

-- SELECCION Y ALMACENAMIENTO DE PASTAS CORTAS 2000 kg/h”.

El interesado adjuntó los siguientes documentos: formulariode solicitud de clasificación arancelaria en cinco (5) folios, ficha técnica en trece (13) folios, diagrama de flujo en un (1) folio, plano en tres (3) folios, fotocopia de poder o mandato en cinco (5) folios y soporte de pago en un (1) folio, El solicitante pagó > novecientos nueve mil pesos m/cte ($ 909. 000) mediante transferencia.

con número de transacción 231A3212106900E1 del 10 de marzo de 2021 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá. Con Requerimiento de Información Adicional No. 100227342-1728 radicado No. 00082021907410 del 27 de julio de 2021, la entonces Coordinación del Servicio de Arancel solicitó al interesado una explicación resumida y secuencial del proceso que realiza la línea, mejorar y anexar un diagrama de flujo para observar la interconexión entre los equipos, dar una explicación sobre los equipos pulmón de alimentación sémola con agitador, enfriador - de cinta, grupos de regulación térmica y de enfriamiento, descensor para descarga y anexar una tabla que contenga cantidad, características y función de cada uno de esos equipos. El usuario respondió con radicado 000E2021909235 del 24 de septiembre de 2021, sin renunciar al término restante para dar respuesta. La Dirección de Impuestos y ¡ Aduanas mediante resoluciones 040. y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa decompetencia de la UEA Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó. que se notifique al señor Boris : Mauricio Sánchez en la Carrera 100 No. 25 B-40 en Bogotá D.C. a RESOLUCIÓN NÚMERO 009603 de 04NOV2021 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Arancelaria a Petición de Cualquier interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XV]: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”. Partida 84.38 “Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación O fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación

de aceites o grasas, animales o vegetales fijos.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones, artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se regilamentan las solicitudes de c lasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : CONSIDERACIONEDSEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir del 09 de junio, fecha en la que empezaran a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al x E

RESOLUCIÓN NÚMERO 009603. de 04NOV2021 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años. Revisada la información suministrada mediante radicados Nos. Nos. ESGTA202100281 y -000E2021903683 del 31 de mayo de 2021 y 000E2021909235 del 24 de septiembre de

2021, la mercancía a clasificar se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos que trabajan conjuntamente para transformar sémola y/o harina en producto alimenticio. El proceso inicia con la llegada de la materia prima (harina o sémola) y agua al pulmón de alimentación (tolva) el cual cuenta con un agitador de bobina para mantenerlos en movimiento constante, el pulmón entrega estas materias primas a la amasadora donde se mezclan a determinada humedad, se eliminan los grumos y mediante vacío se elimina el oxígeno. Luego pasa a un extrusor para compactar el amasado y continuar el recorrido hasel tcaabez al de la pasta corta dondee l molde permite darle forma (conchas, fideos cortos etc.). En este punto se realiza el corte de acuerdo a la medida programada para el producto y pasa al trabato (primer secador) mediante calor y con vibración de los bastidores se evita que la pasta se pegue. Posteriormente se eleva al secador principal (galería de secado) que comprende ono ce pisos - de cinta metálica de dos metros de ancho y se somete a alta temperatura (90 C), una vez - seco el producto mediante fluido de aire que pasa por entre las cintas automáticas se estabiliza el producto. Seguidamente el producto se entrega al equipo de enfriamiento con ventiladores y filtros para llevarlo a temperatura ambiente evitando que la pasta se rompa, luego se entrega al pulmón de almacenamiento para ser entregada mediante tolva vibrante: a la siguiente etapa. o En el proceso que realiza la línea de producción de pastas cortas intervienen los siguientes

equipos:

1. Una (1) tolva o ciclón o pulmón de alimentación: con agitador, construida en acero - inoxidable.

2. Una (1) prensa amasadora automática: en vacío total, consiste en una tina amasadora + con ejes de movimiento, elaborada en acero inoxidable y acero al carbono. 3. -Una-(1) bomba para vacío: utilizada para crear del vacío total, elaborada en hierro fundido y acero al carbono.

4. Un (1) molde circular: elemento que le da forma a la pasta, fabricado en bronce y aluminio,

5. Un (1) equipo universal de corte: equipo utilizado para cortar la pasta a la medida - requerida, elaborada en acero inoxidable y acero al carbono. : -6. Un (1) trabato: es un equipo secador de alta temperatura, equipado con ventiladores y radiadores alimentados con agua sobrecalentada, elaborado en acero inoxidable, acero al carbón y fibras plásticas.

7. Un (1) elevador A “Z”: elevador de cangilones, transporta la pasta a la galería de secado. - - elaborado en acero inoxidable, acero al carbón y fibras plásticas. : - 8. Una (1) galería de secado: es un secadero de cinta metálica, elaborado en acero inoxidable, acero al carbón, aluminio anodizado y fibras plásticas. :

9. Un (1) enfriador de cinta: utilizado para enfriar automáticamente la pasta cuando sale del secador, elaborado en acero inoxidable, aluminio anodizado y fi bras plásticas. -10.Un (1) grupo de regulación térmico: distribuye el agua sobrecalentada por toda la galería

  • de secado, fabricado en hierro fundido, acero al carbono y acero inoxidable.

11. Un (1) grupo de regulación de enfriamiento: distribuye el agua enfriada a la salida del secado, fabricado en hierro fundido, acero al carbono y acero inoxidable.

RESOLUCIÓN NÚMERO 009603 de 04 NOV 2021 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 12.Una (1) tolva vibrante: recolecta el producto y lo coloca en el elevador, fabricado en acero al carbono y acero inoxidable. 13.Un (1) elevador a “Z”: elevador de cangilones, transporta la pasta al sistema de almacenamiento, elaborado en acero inoxidable, acero al carbón y fibras plásticas. 14.Un (1) descensor para descarga de emergencia: utilizado para descargar el producto no. conforme, elaborado en acero inoxidable, acero al carbón y fibras plásticas. 15.Tres (3) silos: con capacidad de almacenar 16 m cada uno, espacio donde la pasta termina su estabilización, elaborado en acero inoxidable, acero al carbono, aluminio anodizado y fibras plásticas. 16.Una (1) cinta transportadora: es reversible, transporta la pasta al sistema de envasado, elaborado en acero inoxidable, aceroa l carbono, aluminio anodizado y fibras plásticas. - 17.Un (1) tamiz vibrante: ayuda en el transporte de la pasta al sistema de envasado y selecciona las piezas gruesas y las finas, elaborado en acero al carbono y acero

inoxidable. 18.Un (1) tablero eléctrico de control y mando: controla el sistema mediante PLC/PC. La línea está diseñada para producir 2.000 kg/h de pasta alimenticia corta y seca. En virtud de lo señalado, los equipos listados en los numerales 1 a 18, trabajan conjuntamente para fabricar pasta alimenticia y conducirla hasta el sitio de almacenamiento ' y envasado; que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y de conformidad con la Regla General Interpretativa 1 están comprendidos en la partida 84.38 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa. Os se > clasifican por | la subpartida 8438.10.20.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8438.10.20.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para elaborar pasta alimenticia, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de ' 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Boris Mauricio Sánchez, representante lega! de la Agencia de Aduanas Roldán S.A.S., Nivel 1, en la Carrera 100 No. 25 B-40 en Bogotá D.C, de.

conformidad con los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 y su modificación.

ARTÍCULO TERCERO: Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1185 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo119 de la Ley 489 de 1998.

RESOLUCIÓN NÚMERO 009603 de 04NOV2021 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN,

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 04 NOV 2021

- FABIÁN ALBERTO GARCÍA CASTAÑEDA

Jete (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: Raúl Vargas

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata.

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