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DIAN - Resolución 9676 de 08-11-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 9676 de 08-11-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 009676 (08 NOV 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA o SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3, 3. ' del Artículo 2 del Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOSMediante radicado No. ESGTA202100347 del 9 de julio de 2021, la señora Blanca Nidia Santa Quintero, identificada con cédula de ciudadanía 24.726.995, representante Legalde la Agencia de Aduanas Siaco S.A.S. Nivel 1, con NIT 800.251.957-1, mandataria de la sociedad ltaú Corpbanca Colombia S.A., con NIT 890.903.937-0, presentó solicitud deresolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente 'BLISTEADORA Y ESTUCHADORA

MOD. INTEGRA220V”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitud de resolución clasificación arancelaria en dos (2) folios, descripción de la mercancía en siete (7) folios, información del producto en treinta y cinco (35) folios, copia del plano de la mercancía en un (4) folio, copia del mandato. en cuatro (4) folios y constancia de pago en

un (1) folio. El solicitante pagó novecientos | nueve mil pesos m/cte (S 909.000) con transferencia No. | 2139448 del 9 de julio de 2021, del Banco de Itaú al Banco de Bogotá. A i Mediante Requerimiento de Información Adicional oficio No. 100227342 - 1960 del 19 de agosto de 2021, radicado 000S2021908407 del 20 de agosto de 2021, la Coordinación de Clasificación Arancelaria, solicitó a la interesada indicar si levanta la reserva a lainformación de la descripción del proceso; ampliar la descripción y explicar paso a paso en orden secuencial las etapas del proceso; señalar como se programa y controla el ciclo del producto; confirmar los componentes del sistema, indicando cantidad exacta, características técnicas, función de los equipos (ampliar información) y aparatos que conforman cada etapa; y remitir imágenes de la mercancia a clasificar. Con escrito radicado virtual No. 000E2021911059 del 13 de octubre de 2021, la peticionaria atiende el. requerimiento de información adicional, renunciando al término restante para responder. | l NN o OS Por medio del formato de solicitud se indicó que se notifique a Blanca Nidia Santa Quintero, en la dirección Avenida Carrera 97 No. 24 € - 80, en Bogotá D.C.

RESOLUCIÓN NÚMERO 009676 de 08 NOV 2021 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016, por el cual se adopta el Arancel! de Aduanas y otras disposiciones. : Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se - clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.22: “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás

recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsularbotellas, tarros, tubos o continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termocontractil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones, artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, Resoluciones 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

RESOLUCIÓN NÚMERO 009676 de 08 NOV 2021 : Hoja No.3

Continuaciódnel acto administrativo por el cuals e expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.

De acuerdo con la información aportada con radicados Nos. ESGTA2021003d4el7 9 dejulio de 2021 y 000E2021911059 del 13 de octubre de 2021, la mercancía a clasificar se

describe como unconjunto de máquinas y equipos, diseñados . para - trabajar conjuntamente en el formado de blíster, llenado y empaque de medicamentos sólidos, mediante el siguiente proceso: Un rollo de película de Aclar, Triplex, PVDC. o Aluminio es instalado e« n la máquina . Blisteadora, que tiene una estación de precalentamiento y una ¡estación de formado, donde : se moldea los alveolos o cavidades por termoformado; el moldeado de los blísteres sehace mediante pre-punzones y/o aire comprimido filtrado a 0,30 micrones. Una vez que el blíster cuente con las cavidades o alveolos, es conducido a un prealimentador fijo, allí se dosifica de manera automática el producto comprimido en el | blister; cuenta con una telecamara para controlar la presencia del producto en el alvéolo. - El blister lleno con los comprimidos, es sellado con película de aluminio, esta cuenta con : placas de enfriamiento para después de la soldadura; estas placas son alimentadas porun fluido frío proveniente de la central de refrigeración. Posteriormente se realiza el corte y perforación en frio del blíster mediante punzones, se : codifica imprimiendo el número de lote en el blister mediante impresora con cámaras parael control del número; codificados los blisters, son transportados. por una cinta de : movimiento continuo a la sección estuchadora, donde un robot con ventosas toma los blisters y los apila dentro de la correa de cangilones de la estuchadora.

En dicha s: ección, la máquina estuchadora toma el estuche (caja) mediante brazo con

ventosas, la acomoda para insertar los blísteres dentro de las cajas con dos empujadores servo-motorizados con movimiento independiente, para luego. cerrarlas por encaste y - descarga a la salida; finalmente se imprime el número de lote-en las cajas mediante impresora con cámaras para el control del número de lote, luego los estuches son pesados mediante pesadora para validar el peso y verificar el producto a la salida por control de : calidad. El ciclo es programado y controlado mediante programación establecida por PC industrial, que trasmite datos, control y acceso de las : máquinas y cambio de formato, entre otros.

Componentes:

1. BLISTEADORA - ESTUCHADORA | 1. 1. Una (1) sección blisteadora, compuesta por: 1.1.1 Una (1) estación de perforación y codificación. de cambio rápido equipada con 100 - púnzones. 1.1.2 Cien (100) punzones de codificación. 1.1.3 Un (1) cargador dedicado sin piezas de formato. 1.1.4 Un (1) cepillo enrasador sobre cinta. 1.1.55 Un (1) cargador universal y planetario, equipado con distribuidor giratorio planetario. 1.16 Un (1) kit cepillos cargador universal, compuesto por cepillos fos, cepillo flap, - rodillo enrasador, láminas y planetarios. - 1.1.7 Una (1) cinta blister en salida conectado a robocombi.

R

RESOLUCIÓN NÚMERO 009676 de 08 NOV 2021 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado

1.1.8 Una (1) lámpara de 3 colores. 1.1.9 Una (1) telecámara color 1.3mpx con iluminador a LED. 1.1.10 Una (1) cámara digital de resolución estándar, blanco y negro, compuesto por mini soporte con iluminador integrado; cables para cámaras e iluminadores y licencia software. -1.1,11 Un (1) primer formato base blisters de PVC+ALU, en acero, para formación de blister estándar. 1.1.12 Un (1) primer formato blíster para PVC+ALU, en acero, para formación de blister estándar. 1. 1. 13 Un (1) formato alimentación dedicado. 1.11.. 11 4 Un (1) formato base para blíster de ALU+ALU, en acero, para formación de blister 40x115 mm. 1.1.15 Dos (2) formatos blíster para ALU+ALU, en acero, para formación de blíster 40x115 mm. 1.1.16 Dos (2) formatos alimentación dedicada con dispositivo de bloque/soltado doble, en - acero, para el correcto funcionamiento de la alimentación de los comprimidos al blíster 40x115 mm. 1.1.17 Siete (7) formatos parciales para la alimentación de comprimidos con dimensión de altura diferente para el blister de 40x115 mm. 1.1.18 Un (1) formato adicional para robocombi, en acero, para el correcto funcionamiento de alimentación de los blister 40x115 a la estuchadora. 1.1.19 Un (1) formato base para blíster de ALU+ALU, en acero, para formación de blister

73x130,5 mm. 1.1,20 Seis (6) formatos blister para ALU+ALU, en acero, para formación de blíster 73x130,5 mm. 1.1.21 Tres (3) formatos de alimentación para el cargador dedicado equipado con dispositivo de bloque/soltado simple, en acero, para el correcto funcionamiento del cargador dedicado para la alimentación de los comprimidos al blister 73x130,5 mm. 1.1.22 Dos (2) formatos de alimentación para el cargador dedicado equipado con dispositivo de bloque/soltado doble, en acero, para el correcto funcionamiento del cargador dedicado para la alimentación de los comprimidos al blister 73x130,5 mm. 1.1.23 Tres (3) formatos parciales para la alimentación de comprimidos con dimensión de aitura diferente para blister de 73x130,5 mm. 1.1.24 Un (1) formato adicional para robocombi, en acero, para el correcto funcionamiento de alimentación de los blister 73x130,5 a la estuchadora. 1.2 Una Y) sección estuchadora, compuesta por: .1,2.1 Un (14) almacén de estuches motorizado, en acero, longitud de 1250 mm, para alimentación de los estuches. 1.22 Una (1) cadena con cangilones regulables. 1.23 Un (1) dispositivo de expulsión de estuche, en acero. 1.24 Un (1) expulsador de producto por falta de estuche, en acero. 1.25 Un (1) contraempujes motorizado rápido. 1.2.6 Un (1) grupo alimentador robocombi, compuesto por: sistema de transporte de los

blíster de movimiento continuo, robot con ventosas, software para sincronizaciónautomática y almacén de carga manual. l 1.2.7 Un (1) almacén prospectos preplegados, de acero, medidas mínimo 20x105 mm, máximo 40x210 mm. 1.2.8 Un (1) control palpador producto en alimentación, en acero. 1.2.9 Un (1) equipo de control prospecto (luminiscencia), en acero. 1.2.10 Una (1) lámpara de 3 colores. 1.2.11 Una (1) cámara digital de resolución estándar, blanco y negro, compuesto por mini soporte con iluminador integrado; cables para cámaras e iluminadores y licencia software

RESOLUCIÓN NÚMERO 009678 de 08NOV2021 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 1.2.12 Un (1) sistema databox, incluye: unidad central en LPW1 y quad core CPU, tarjeta integrada, alimentador 24V para PC, alimentador 24V para ¡luminadores de las cámaras, disco suplementario con software básico y licencia, CFR21 (4.0). 1.2.13 Un (1) Display 10.1 para databox, pantalla ancha de 10.1 pulgadas. 1.2.14 Dos (2) cámaras de resolución estándar, blanco y negro, compuestas de: mini soporte con iluminador integrado, cables para cámaras e iluminadores y licencia software para el control del código. ' 1. 2.15 Un (1) formato de estuche completo (incluido), en acero, para trabajar con un

estuche de 48x18x120. l 1.2.16 Un (1) formato estuche parcial (regulable), en acero, para empaquetar un estuche - de dimensiones donde cambia soto la longitud, dimensión “H”. -1.2.17 Un (1) formato estuche completo (regulable), en acero, para trabajar con un estuche con todas las dimensiones diferentes “A-BH” O bien solo modificación dimensiones ancho “A” y/o altura "B”. - 1.218 Dos (2) formatos estuches parcial (regulable), en acero, para empaquetar un estuche de dimensiones donde cambia solo la longitud, dimensión an

2. Una (1) central de refrigeración externa 2500fr/h, contiene: termostato y bomba con circuito + cerrado del líquido, longitud de los tubos de empalme es de 10 metros máximo, conexión l eléctrica 400V. 50Hz.

3. Una (1) impresora Videojet vi1620 continuos, dimensiones de la sección completa 338 mm -- x345 mm x 533 mm. . 4 Una (1) impresora 4 cabezal, impresora Jet para aplicaciones Track8Trace, dimensiones:

408 mm x 256,1x 116,2 mm. 5. a (4) pesadora modelo C3570, estuches hasta 200/1”, incluye: estructura de aceroModa pantalla táctil grafica TFT 15” en color, célula EMFR, cinta de entrada, cinta desalida, control de expulsión, interruptor de emergencia, columna luminosa, sistema de expulsión, 5.1 Un (1) transformador de > voltajes especiales, transforma a 115/230 Vac 50/60 Hz

monofásica, Del análisis de la información anterior se concluye que la mercancía descrita en los Ítems1.1.18 y 1.1.24, arancelariamente no hacen parte de la unidad funcional, en razón a que, por : tratarse de elementos adicionales, deben ser clasificados en la subpartida arancelaria : siguiendo su propio régimen. De acuerdo con lo anterior, se concluye que arancelariamente la mercancía corresponde aun conjunto de máquinas y aparatos para empacar productos, en aplicación de la Regla General interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.22 de la Nomenclatura del Sistema : Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8422.40,90.90 . del Arancel de Aduanas En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, enla: subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas, como un las demás máquinas y aparatospara empacar mercancías, y de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, y enn aplicación de :

RESOLUCIÓN NÚMERO 009676 de 08 NOV 2021 - - + “Hoja No.6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el

Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DÍAN, a la Sra: Blanca Nidia santa Quintero, identificada con cédula de ciudadanía No. 24.726.995, representante legal de la Agencia de Aduanas Siaco S.A.S. Nivel 1, en la dirección Avenida Carrera 97 No. 24 C - 80, Bogotá D.C., de conformidad con los artículos 763 y 764 del decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirectora Técnica Aduanera, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por el Artículo 314 de la resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1185 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998

ARTICULO QUINTO, Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN. 08 NOV 2021

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

FABÍANALBERTO GARCÍA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: Carol Ximena Duque Beltrán

Revisó: Fidel Raúl Minotta Benitez.

Funcionarios de la Coordinación de Clasificación Arancelaria. e y Coordidne aNotcifiicaócionnes . Mival Fantral Bogotá, D.C. | pSe u bc ler iu cfi ac de u equ ne _ Qés / eal nm oot io, ( i¿ re a al miaso ttr ra ati vn iv opfin e!4 E MNas7 paca 2)

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