🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 987 de 12-02-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 987 de 12-02-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

Ra O Si ] , . MY ce MN . . . . (rección da impúestos y Aduanas Hecioraios .

RESOLUCIÓN NÚMERO 000587

Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCELDE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 001 1 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes. . HECHOS Mediante radicado No. ESGTA201900565 del 25 de noviembre de 2019, la Sra. Jenny Magnolia Carranza Acosta, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.209.016, - representante legal de la sociedad MEDIREX SAS, con NIT 830.091.676-9, presentó una solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria, para la mercancía denominada técnicamente como “HAKIM PROGRAMMABLE VALVE y comercialmente como “VÁLVULAS PROGRAMABLES CODMAN”. o o : La interesada adjuntó a la solicituldos siguientes documentos: ficha técnicaen once (11) folios, resolución No 20110499355 de diciembre 6 de 2011, porl a cual el INVIMA le - concedeel registro sanitario en tres (3) folios y copia impresa del comprobante de pago en ON UNO (4) Folio. La solicitante pagó cuatrocientos catorce mil cincuenta pesos moneda corriente. - d( e$ 41 B4 o. g0 o5 t0 á) ., con el co em probante No. o9285 0086-0 de! 18 de osep tiembre o de 201 o9 del Banc o o

Mediante oficios Nos. 100227342 - 1766 y 100227342 - 1767 del 05 de diciembre de 2019, se consultó a las Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos, Gestión de Representación Externa y a las Divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera y Gestión de Liquidación Aduanera y Gestión Jurídica de las Seccionales de Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín y a las Direcciones Seccionales de | Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Manizales, Pereira y Santa - Marta, respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de procesos en curso para Il la mercancía objeto de la solicitud “de clasificación arancelaria; no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. eN - Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique a la señora Jenny Magnolia Carranza Acosta en la Calle 85 AH 24-26, Bogotá - Colombia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobadpoor Colombia mediante Ley 646 de 2001... Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. cD íe nc ici os ió dn e 8 la1 2 N od me e nl ca laCo tm ui rs ai ón C omd úe n la dC e om lu osn i Pd aa íd se s An Mdi in ea m, b rom se di da en l te A cula e rc du oal ds ee Ca ap rr to ab gó e nael . Tex | to

RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 90.21: “Artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medicoquirúrgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se implanten para compensar un defecto o incapacidad.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 304, mediante el cual se.

dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas. Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 304 a 312, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información suministrada con radicado No. ESGTA201900565 del 25 de noviembre de 2019, la mercancía $e describe como un dispositivo o aparato, implantable en la cabeza de las personas, que tiene como finalidad regular la presión del flujo del líquido cefalorraquídeo, mejorar la función cerebral y evitar el contraflujo del líquido espinal hacia lós ventrículos. El productó está conformado por los siguientes elementos: O Válvula O Catéter ventricular 14 Cms U Catéter peritoneal 120 Cms O Introductor de la válvula O Adaptador en ángulo recto 1 Conector recto O Adaptador cebador O Programador de la válvula

RESOLUCIÓN NÚMERO 021 0A 987 qe 195 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria El dispositivo funciona a partir del exceso de líquido cefalorraquídeo que se produce en el cráneo el cual es conducido a través del catéter ventricular hacia la válvula que se encarga de regular la cantidad del líquido que se drena y que es finalmente transportado a través del catéter de drenaje hasta la cavidad peritoneal donde es absorbido o eliminado. Del análisis de la información aportada por el solicitante, se establece que el producto corresponde a un aparato con características de prótesis, en tanto que el mismo se coloca

en el cuerpo para mejorar alguna de sus funciones, además, es programable e implantable en la cabeza de personas diagnosticadas con hidrocefalia, comprendido en la partida 90.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1; y se clasifica en la subpartida 9021.39.90.00 del Arancel de Aduanas, según la Regla General Interpretativa 6. o - En mérito delo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 9021.39.90.00 del Arancel de Aduanas, como una válvula programable para el tratamiento de la hidrocefalia, de acuerdo con las Reglas Generales 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Jenny Magnolia Carranza Acosta, identificado con cédula de ciudadanía 52.209.016, en la Calle 85 A H 24 - 26, Bogotá D.C., Cundinamarca, de conformidad con los artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual

deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad . - con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica ...AQUAnera, paralodesucompelencia y publíquese en la página web de la DIAN. HANC oordinación de Kotiñto io ens Mivnt Santral Bogol mE a Se pu blc ier ct ai df oic o eq nu te ue a) la ont enor C ua ect co a sami Anst Srati Avo ]fu MAI de la nao del Servicio de Arancel ENE 2, Pé 2 — dirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Fabián Álberto García Castañeda +

Revisó: Ciaudia Alejandra Jurado Zapata a fo

Consultar sobre este documento ...