DIMAR - Caso LEMURIA de 2015
DIMAR - Dirección General Marítima y Portuaria
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Detalles
- Título
- DIMAR - Caso LEMURIA de 2015
- Autor
- DIMAR - Dirección General Marítima y Portuaria
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2015
Bogotá, D.C., Referencic1:
In ves ligación: DIRECCIÓN GENERAL MARÍTIMA 1 7 NOV 2015 1712010005 CP7 /2010
Siniestro marítimo de hundüniento M/N "LEMURIA11 de bandera venezolana -Consulta OBJETO A DECIDIR < Procede el Despacho a resolver en vía de consulta el fallo del 29 de junio de 2012, proferido por el Capitán de Puerto de San Andrés, dentro de la investigación jurisdiccional de siniestro marílimo de hundimiento de la "'lvf/N LEMURIA" de bandera venezolc1na, ocurrido el 1 de abril de 2(l10, previos los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Mediante radiograma No. 081133R-C5KMH-ABRIL/2010 el Comandante del buque ARC "SAN ANDRÉS" de la Armmla Nacional uúorma a la Capitanía de Puerto de San Andrés la existencia de nueve (9) náufragos de la motonave "LEiv[URIA", de bandera venezolana, matrícula ADSS-6607, número OMI 6400408, que fueron recogidos en la Isla Serrana.
2. El 9 de abril de 2010 el Capitán de Puerto de San Andrés ordenó la aperh1ra de la investigación por el siniestro marítimo y dispuso las diligencias del caso.
3. El 12 de julio de 2011 el Capitán de Puerto de San Andrés dispuso el cierre de la investigación y corrió traslado a las partes para alegatos de condusión.
4. El 29 de junio de 20[ 2 el Capitán de Puerto de San Andrés profirió el fallo de primera instancia.
investigación y corrió traslado a las partes para alegatos de condusión.
4. El 29 de junio de 20[ 2 el Capitán de Puerto de San Andrés profirió el fallo de primera instancia.
5. Como las partes no ,1ClH.iieron a la Capitanía de Puerto de San Andrés para ser notificados personalmente luego de lc1 citación, el fallo fue notificado por edicto fijado del 6 al 13 de noviembre de 2012.
6. Con oficio No. 17201201151 del 16 de noviembre de 2012 el Capitán de Puerto de San And!'l;s envió el expQdiente a la Dirección General Marítima, en consulta.
JConsulta siniestro marltímo de hunc!inúento M/ N "LEl'vllJRI A" de b,mdera venezolana Radicado: 1712010005 CP7 / 2010 COM PETENCIA De conformidad con el articulo 57 del Decreto Ley 2324 de 19 84 y el n1..1meral 2(1, ar tículo 2'', del Decreto 5057 de 2009, el Direct or General Mar ítimo es competente para conocer en consulta de las investigaciones por siniestros marítimos ocurridos dentro de la jurisdicción establecida en el ar tículo 2(1 del Decreto Lev 2324 de 1984, en concordancia con el artículo 116 de la Constit uci6n Política, la sentencia C-2Ú de 1994 de la Corte Constih1cionat el Concepto del 4 de noviemb re de 2004 -R adicad o 16 05-, emanado de la Sala de Consult a y Servicio Civil del Consejo de:' Estado, y la sentencia del 9 de diciem bre de 2013 profer ida por la Sección Tercera Su bsección "A" del
de 2004 -R adicad o 16 05-, emanado de la Sala de Consult a y Servicio Civil del Consejo de:' Estado, y la sentencia del 9 de diciem bre de 2013 profer ida por la Sección Tercera Su bsección "A" del Consejo de Estado. ANÁLISIS TÉCNICO No reposa en el expediente peritaje que de tern.1..ine las condi ciones técnicas de la motona ve para el momento de los hechos -1 de abril de 201 0-. No obstante, para de terminar las posibles ca usas que originaron el si.niesh ·o marít imo se encuen tran la ver sión del ca pitán y los b·ip-ulantes 1 así como la copia de los pronós ticos de las condiciones meteorológicas y oceano gráficas del Centro de Investi gaciones Oceano gráficas e Hidrográf icas del Caribe, así:
Test im oniales:
1. El señor Wilton Admiral Coleman Hyde, Capitán de la motonave, en la dili gencia de declaraci ón manifestó, entre otras cosas, que "z nrpcí el 30 de mnrzo" -de 201 0de Vene zuel a, con destino a Roa tan, Honduras, trans portaba "78 mil litros de diésel", que no tenía cono cimiento si la nave había sido subida a dique para mante nimiento porque era su "primer i1 inje con esa nwtonm•e". (Cu rsiva fuera de texto).
Que el 1 de abril de 2010 a las 15: 30, en posición Lat. 14.00 º Longih.1d 74,09º oeste, el barco
empezó a hundirse; "el mar es taba bastant e picado, el ·11ien to tenín wrn velocidad de 20 a 25 1wdos nproximndm nent e y In al tura de lns olas em de S n 10 metros nproxi111nr fnme11 te1 lfm1fn /Jnstn11t e y ns( se mnntum todo el tiempo", y "/ns condi ciones del mnre rmr muy 111nlas" ( ... ) "Nosotros oi111os algo que estnlin pegando e/l la proa, pero no snbe111os realmente cwil f11e e:/ 111otiz10 si111 pleme11 te ingresafra muclw agun ni barco por In parte inferior di:reclw" . (Cur siva fuera dl' texto).
2. El señor Rolando Woods, primer oficial, en declar ación baj o juram ento, enh·e otras cosas, anotó: "Z nrpmnos de Punt o Fijo, yo creo que el 30 de ma rzo a /ns 2 1¡ 30 de la mnFimw , {/inmos rumbo para Roatan Hondums , am1110s por nltamnr y el día miérco/es-31 rle marzo 111i rmnos r¡11 e te11íalllos unn en tmdr1 de ngua .. . ya linbín 11 11n entrada bien grande que no pudimos ca11 trolnr mnn11al111e 11 té, utiliza mos las bo mbas de nclcique. .. logramos sncnr todo d ngun y se II iueló la emlinrcnción, seguimos pero In gasolinn con que aprovisiomibmuos la homl?n se ncnhó ... ".Cons11 lta sinifistro nwr!limo de l1undimic11t o M/ N "LElvlUR!A" de l1andera venezolm1 ¡i
Rndkíldo: 171 2010003 CP7 i 2010 ( ... ) "N osotros esrnchn mos nlgo r¡ue estalm pegmulo en ln pron, pero no sabím1ws que em, hasta que un mnríno bnjó y se dio c11en tn que estnbn mjnndo (sic) el rnsco en la pnrte de proa, pero 1w sé ex11ctm 1w11 te I!! 111o tivo riel lwndi niien tct . (Cursiva fuera de texto ).
3. El se11or Yonso Leonardo 1v[urill o Martí.nez, maquinista, en declaraci ón bajo juramento, rnanifostó. " ... znrpnmo s el dín mnrl'es san tos (sic) no sé qué fecha ern n primern horn del nwelle de ¡mnt o fijo ,1e11c:. 11ela hnsln ese 111on w1 1t o nin g1111a novednd en ln em bnrcnción, ese mism o riín como a /1(1 (sic) eso de las 0600 de la lnrrle comeuzamos a escuchar u11 golpe en In proa ni indo de estribor que se iieriftcó y no snlirnmos de donde salía ... ". (Cu rsiva fuera de texto).
EJ sei1or Walther Martínez, tripulan te, en decla ración bajo juramento, manifestó: " ... 1wPega nzos dos díns ni tercer rffr¡ el bnrco empezó n pre sen tnr problemas donde escucl1muos wws midas que nrmrn pudimo s snber que era, este son ido causo ngujeros que filtraron el agua, que nunc n se pudo achicar por lo cual se rfa11aro11 t<ldns lns motobombns ... In em/Jnrcación comenzó a
midas que nrmrn pudimo s snber que era, este son ido causo ngujeros que filtraron el agua, que nunc n se pudo achicar por lo cual se rfa11aro11 t<ldns lns motobombns ... In em/Jnrcación comenzó a cmitinrse (sic), est o fi,re co1110 n /ns dos y media de In tarde, . .. como n eso de las 330 decidimos desnlo¡or In e11 1bnrcnción .,. ". (Cursiva fuera de texto ).
4. El seúor Leni.n Adon ay Na.jera Alm endarez, marinero de cubierta, en declaración bajo jur ament o, expresó, "el /-lnrco cs tabn deterio mdo y ten(n fisums en un costado" .
El sc11or Aldr in Gcov anni / tv[C Laughli.n, marinero de la motona ve, en declar ación bajo jur amento , expresó: "salimos el 29 de mnrzo ... con ru mbo n Hondum s, nl siguien te dín de snlidn dimos (sic) rne11 tr1 que el buque se e11 trnim agua los (sic) cual e111peznmos a lmmlienr ... había rm golpe tms ot ra en In parte fron tera del buque donde yo y mis compaiierus destnpnm os otros tanques pnrn c/1equen r que em el golpe, pero 110 ,1imos nndn, siguieron los golpes sin que supiérmnos de do11rie prm1e11ínn, luego en u110 de los mísnws tnnques que abrimos se em pezó n llenar COI/ ngun fue cunndo Pin10s que el (lgu(/ estabn en tmndo ni buque ... ". (Cursiva f1.1era de texto).
Docume ntales:
cunndo Pin10s que el (lgu(/ estabn en tmndo ni buque ... ". (Cursiva f1.1era de texto).
Docume ntales:
1. Los repor tes del pronós tico de las condic iones meteoroló gicas y Oceanográficas del Centro de In vestigaciones Oceano gráficas e Hi drográficas del Caribe, señalan lo siguiente: • Para el 30 de mé1r zo de 2010 (folio 43), en cu anto a la si tuación sinóp tica del tiempo presente dice: "Sistema de bnjn presión de 10 07 mb posicionad o en los 10 N S0W, sistema de ni to prefió11 de 101 9 mlJ ni no reste riel Mm· Caribe. Un frente frío se extiende nl este de Cuba, co1wir liémfose en estncionario en el Cnribe, ce rcn n Nicamguo y Homlu ms 21 N 77VV I 9
N81 W, se presentan fuertes vien tos n lo lnrgo de la costn norte de Co/0111/Jin" . El pronóstico del Mar Caribe para el 31 de marzo de 201 0 -dur ante el día: "el vien to será no reste; con z1elocidndes rle 13 n 15 nu dos (bonncible modemdo), la altu ra de ln ola de 1. 5 n 2.0 met ros (fuert e mnrejndn)" , en el ár ea suroeste: "el vien to será nort e con in tensidades en tre 13 y 15 1w dos (bonncible 111odemdo), n nl tnrn del olenje osci!nrñ en tre 1. 5 y 2.0 me tros
(fuerte //ln rejadn)", sobre el noreste "el víen to serri del este, con velocidades en tre 15 y 18 mul os '.Jiwrte mnrcjndn)" , y en el sur est e "el vien to será de compone nt e est e, conConsulta sinieslTo marltitnll de hundimiento M/ N "LEMUR!A" de bander¡i venezolan,1
Radicado: 171 2010005 CP? /201 0 int e11 sidndes entre 18 n 20 nudos (fresqui to), ln nltf!rn de In oln oscilará e11tre 2.0 y 2.5 metros
(fuerte mnrejnrln) ". • Para el 31 de marzo de 2010 (folio 45), en cuanto a la situación sinóptica del tiempo presente dice : "Sist ema de bnjn presión de 1023 mb posicio, wdo nl non:ste riel Mnr Caribe despinzándose nl 11orte en los 25N 90l·V, 111 1 frente frío ccmtinun su desplnznmien to sobn.' el Océano At lán tico, el extremo sur de este sr enc11e1 1t m ocnsionn 11d o l/1 wins sobre Jnnrni cn con tormen ta, asimismo sobre Pnnnnui se prese11t a11 fuertl!s lli wias .pnm el área del lít ornl Cnrihe colombiano se presen tan l/ u¡1ias modenmdas a fuertes so/m:' el golfo" . El pronóstico del Mar Caribe para el 1 de abril de 2010 -durnnle el día: "d z, ie11 to serrí
noreste 1 con 1.docidades de 14 n 16 1111d os (lmnncihle moda11rlo)1 ln nltu m de In oln de 1. 5 n 2.0 me tros (gmesa)" . Se recom ienda extremar las me dida s de seguridad en las act ivida des 11ia1·íti111 as ''.
En el área suroeste : "el vie nto serrí iwres le, con ¡,docídndes de 12 y 15 nu dos (l1on nci/1/e moderado), la nltu m del oleaje oscilará en. tre 1. 5 y 3.0 111et ros (grnl!sn). Se reco 111iend t1 exttema r las me di das de seguf'idad en las nc ti1.1idades mar ítimas ".
Sobre el noreste "el vien to será de componrn te es te, con 11elocidndes e11 tre 13 y 15 nu dos (bonncible modemdo), y unn nltu rn de oln entre 1. 5 y 2.0 1netros (gruesa). Se recomiend a extl'emm' las med idas de seguridad en las acUvidades ma rítimas ". Para el su reste del i\far Caribe "d I1ieJ1t o serrí de componen te cstl', cnJI in tens idades dr: 15 n 18 nu dos (fresqu ito), In nlt u rn de oln osci ltmí e11 tre 1.5 y 2.0 me tros (fuerte mn reJndn) . Se recomi enda extremar las medidas de seguridad en las ac tividades mar íti nrns " . (Cursiva fuera de texto, la negrilla corres ponde al documento). • La situación sinóptica del tiempo prese nte para el día 1 de marzo de 201 0, era la
recomi enda extremar las medidas de seguridad en las ac tividades mar íti nrns " . (Cursiva fuera de texto, la negrilla corres ponde al documento). • La situación sinóptica del tiempo prese nte para el día 1 de marzo de 201 0, era la siguiente: "Sistema de nltn presiá11 de 10 13 111[1 posicionndo ni noreste del Mnr Cnribe desplnzríndose sobre los 22N 55W, un frente frío cont inúa su desplnzm-11i e1 1t o sobn! el Océano At lántico, el extremo s11r de este se cnn11!>1tm ocnsionn ndo l/1wins sobre Repúblicn D0111ini crma, La ZCJT se enrnentm sobre los SºN". (Cursiva fuera de text o). Igualmente, aparece en el expediente el docu mento del 7 de abr il de 201 0, suscri to por el Jefe de Operacio nes del Co mando Específico de San Andrés y Prov idencia, quien hace la eval uación del lugar del siniestro de la 1\.1/ N "L EMURI A", con fundamento fin los antec eden tes suministrados por los náufragos, analiz ando lo siguiente: •
- • ,, El desplazami ent o de los botes sa/var, idns desde la posición reporladn por l!I rnpitri11 de /11 motm1m1e hnsta Cnyo Este debió ser n una ¡,efocirlad de (sic) constan te de 3.2 nud os por lwm (76 millas por dín) parn cubrir In distn.nci n de 34 7 mill as 11611 licas.
motm1m1e hnsta Cnyo Este debió ser n una ¡,efocirlad de (sic) constan te de 3.2 nud os por lwm (76 millas por dín) parn cubrir In distn.nci n de 34 7 mill as 11611 licas. Este tiempo se reduce si se tiene en cuenta que los 11á11fmgos llegaron n Cayo Este de noc fze y pemoct nm 11 en el mismo hast a que _f¡.1e1w1 en contr ados por los pescador es de In !v1(N LA URA AN Y. En totnl est uz¡íeron n la deriun dum1 1t e 11 5 hornsCünfiul líl fin icstro 111.i ril1m o dt• hundimiento M/ N "LElvlURI!\" de bandel'a venezolnní l Rad icado: 1712 0l 0005 CP7,l:2010 5 • l.n ve rificoción de los vien tos, corrien tes, olenje y es tndo del nwr para el Cnribe cen tml y occideni nl segú11 el Cent ro de hmestignciones Ocennográjicns e 1-Iidrogníficas en tre los rlín.s 01 de abril y el 05 de abril de 201 O nrrojó In siguien te información: Corr ien te predominan te hnci11 el 240 Vienttls tJscilrmdo Cll tre 5 y 10 mulos Al t11 rn de /11 o!n rfe 1. 5 n 2 nrt. Es tado del mnr honncible • Al tn improlmbilidnd de que los botes snforwidns mnnt uviemn unn velocidad con stnn le de 3 nudos por lwm con lns an teriores condiciones.
Es tado del mnr honncible • Al tn improlmbilidnd de que los botes snforwidns mnnt uviemn unn velocidad con stnn le de 3 nudos por lwm con lns an teriores condiciones. • El nimbo tmzndo del desplnzm11ient o de los botes snlvrwidas contm dice ln dirección geneml del l1ienlo r¡ue se mnnii ene con Jluclunciones y procede del 070 - 090". Por lo ant erio r, concl uye: • "Teiúe111 Íl1 e11 rnentn lns condiciones meteorológicns y mnrinns del 111nr Caribe cen tral y occident11L el desplnznmicnto de los botes salvavidas hnbrín sido riel orden de menos de r11w n1 illr1 por /wm. • Lo m1lerior nrrojn unn posición probable del siniestro en Lnt. 14º 5D N Long 78º 25 W. • Se corrobom ln infonnnción con los resultndos obtenidos del progm.mn SAR-PC, el nrrojn una IJelncidad de mm11ce de los botes snlva1.1idns del orden de 0.8 nudos por hora. • Ln posición estinm rln del siniestro se encuenlrn a 94 mil/ns de In lsln Menor de Serrnnilla y n 99 mil/n s de /11 lsln Menor de Se¡'mnn ". (Cursiva fuera de texto). Por último, ri.?com.ienda que se efectúe un pa trullaj e aé reo del área est imada donde ocurrió el siniesl l·o con el fin de buscar lc1 posible presencia de ACPM en el agua y su desp !,iz am.ien to ha cia ias islas menores del Archip iéla go.
el siniesl l·o con el fin de buscar lc1 posible presencia de ACPM en el agua y su desp !,iz am.ien to ha cia ias islas menores del Archip iéla go. A folio 53 obra el in.forme de vue lo presentado 14 de abril de 2010, suscrito por el sef1 or Coma ndant e del Grupo Aéreo del Caribe, quien seii.ala como resultado que: " .. , se definió el riren de lnísquedn e11 el terri torio colombiano en los coordenadns N 14 41 00 W 78 40 00, N 14 50 00 l.V 78 40 00, N 14 50 00 \N 78 45 00 y N 14 41 00 W 78 45 00, sin encontrar ras tros o indinos de 1tn ufmgio o ntn ne/ras de combus tible A CPlVI ". (Cursiva fuera de texto). CONSIDERA CIONES DEL DIRECTOR GE NERAL MARÍTIMO Conforme ,, lo ant eri orm.en te de scrito, este Desp acho encuen tra pr oced ente referirse a cier tos as pectos sust anciales y procesales que dieron mérito al Capit án de Puerto de San Andrés para proferir dec isió n de pri rn.era instan cia. Igual mente, se hará el estudio de legalidad que entraña el grado jurisd iccional de con sult a, así: En cua nto a los asrcc tos procesal es y probat orios se refiere, este Desp acho evid encia qu e:Consulta siniestro m..rltimo de hundimiento M/ N "LEMURJA" de b,mdera Hnfi.wla fül
Radicado: 171 2010005 CP7 / 201 O ------- ---------- -- ----- -- --------------- -1. Con aut o del 9 de abril de 2010 el Ca pit án de Pu erto de San Andrés, dis puso la arert ura de la investi gación en conh·a del capitán, ar mador y/ o propie tario de la mot onave "L EMURIA ", por el siniesb :o marít imo de hundimiento .
2. La investi gación por el siniestro marítimo de hun dimiento se llevó a cabo con fun dament o en lo dispuest o en el ar tículo 35 y siguientes del Decre to Ley 2324 de 19 84, encon trándo se que el aut o de apertura del 9 de abril de 2010 fue notificado personalm ente y en la rn..isma fecha al señor Wilton Adrniral Coleman Hyde, capitán de la motonave "L El\1UR IA ".
3. Mediante const ancia secretarial del 9 de abril de 201 0 se anexó al expedient e copia de los do cumentos de nave: Pa ten te de Nave gación, diseño de consh ·ucción del bar co, cer tificado de seg uridad del equipo para buque de carga , certifi cado intern acional de ar queo, cer tificado internacional de prev ención de la cont arn..inación por hidrocarburos, nu meral de rnah·ícttla, certificad o de asignación de num eral (distin tivo o indi cat ivo de llamadn), planilla de liquida ción de derecho de circunscri pción acuá tica de la lvf/ N "L Elv!U RIA", así como copia de la cédula de ciuda danía de 5 tripulantes.
4. El 9 de abril de 201 0 el se11.or Danny Learn Francis Salaz ar, capitán de la nave, rindió la
como copia de la cédula de ciuda danía de 5 tripulantes.
4. El 9 de abril de 201 0 el se11.or Danny Learn Francis Salaz ar, capitán de la nave, rindió la diligencia de declaración bajo juramento y sin apodera do, pues manifestó no requerirlo.
5. Mediante constancia sec retaria! del 4 de abril de 2010 se incorporó al ex pediente los bolet ines de los pronós ticos de las condiciones met eoro lógicas y oceanográficas del Cent ro de Investi gaciones Oceano gráficas e Hidrográficas del Caribe, para los días 30 y 31 de marzo de 201 0, así como del 1, 2 y 3 del mismo m.es y aí"to.
6. Con el documento de fecha 7 de abril de 2010 el Je fe de Op eraciones del Coman do Específico de San Andrés y Prov idencia, hace la eva lu ación del lugar del siniest ro de la M/N "L Ei"v1URIA" , con fundament o en los ant ecedent es suminis trados por los ná ufra gos.
7. A h·avés del informe de vuelo presentado 14 de abril de 2010 , el sei'10r Comand an te del Gru po Aéreo del Carib e, report a los result ados del vu elo efectuado el 8 del mism.o m.es y año, en las coordenadas indicadas de la ocur rencia del siniestro de hun dim .iento de 1fi lvI/ N "L EMURIA ", señalando que no se encon lTaron rastros o indicios del nauf ragio, ni manchas de combust ible ACPM. 8. lvledia nte fallo del 29 de junio de 201 2 el Capitán de Puerto de San Andrés declaró ]a
manchas de combust ible ACPM. 8. lvledia nte fallo del 29 de junio de 201 2 el Capitán de Puerto de San Andrés declaró ]a responsab ilida d por el sinies tro marítimo de hundimiento de la motonave "L E\.J URIA" de bandera venezola na, en cabeza del capitán de la mot onave sefi.or 'vVilt on Adm ira! Cole rnc,n Hyde, se abshn'o de pronunciarse con relación al av alúo de da110s, por cuanto no se apor taro n documentos, facturas, com probantes o cotizaciones que demos lrnran el va lor de la nave, sus aparejos y demás elementos. Igualmente, se11.aló que exist ió infracción a las nmmas de Marina :vler cant c por part e del sefior Wiltan Ad miral Cole man, capitán de la motonave, y le im.puso corno sanción una multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legal es mensuales vi gentes. De oh·a part e se debe tener en cuenta lo siguiente:Cnnsu l t,1 5inicslro mari! ínm de hundi mii'nto M / N "LEl\-1 URI A" de lrnndern venezolana lfiíldic<1do: ·¡ 71 201 00\lS CP7 / 20 1 O 7
1. Duran te la investigación de ttn sinies lTO marítimo se debe acredi tar y verificart , según corres ponda: a) El lugar y hora del accidente o siniestro. b) La visibilid ad, condicion es de tiempo y de mar. e) Et es tado del buque o buques y sus equipos. d) Los libros de bitácora y ór denes a las máquinas y/ o registradores automá ticos.
b) La visibilid ad, condicion es de tiempo y de mar. e) Et es tado del buque o buques y sus equipos. d) Los libros de bitácora y ór denes a las máquinas y/ o registradores automá ticos. e) Los cer tificados de malTícula y pate nte de navegación. f) Los certifi cados de nav egabilidad, segur idad y clasificación que se eslimen necesarios De acuer do con los docun1entos que obran en el expedi ente y versiones de los náufragos el sef10r Capitán de Puert o de San Andrés seüaló que el si.Júesb·o marít imo de hun dim ient o ¡fo la ]VI/ N "L EMURIA" , efectiva mente ocurr ió en el Mar Caribe el 1 de abril de 2010 en la posición geográfica Latitud 14 º 00 N y Longihtd 74° 09 W, que está ubica da a 16 5 m.ifüis náuticas de Santa Marta y a 347 millas náutirn s de la Isla de Serrana , y la ho ra del sinies tro según el capitán de la nave fue a las 15 :30 horas. Las cond iciones del mar según el capitán de la motonave eran adve rsas. Sin embargo, los tripulant es no expresan lo mismo, algunos con,o el señor Aldrin Geovar nú / MC Laughlin dice: "el nmr cstnf;n 111 1 poco picado"; el sefior Lenin A. N ájera A., dice que "era 1111 dín bonita
(sic) con o/ns de! 6 n 8 pies con r1ien to del este" . Igual mente, el pronóstico del CIOH para el Mar Caribe para el 1 de abril de 201 0 durant e el día era de "viento nores te, con velocidades de 14 a 16 nudos (bo1111cible 111odemdo), la nlt11r n de In ola de 1. 5 n 2.0 metros (gntesn)" , pero recomiendan "exfre11u.1r las medidas de seguridad en las acU vidades 1naríti11r ns ". (Cursiva y negrilla fuera de texto ). E! estado del buque, según el tes timonio de los decla rantes no era el apropiad o, pues tenía fisuras en la proa y no se obhlVO información respecto del man tenímiento, ya que tanto el capitán como la mayoría de la h·ipula ción exp resar on que no tenían conocinúento, pues llevab an poco tiempo a bordo. No se obtuv o información respecto de los libros de bitácora y órdenes a las má'-1uinas , ni tam poco de los registradores automát icos, y con relaci ón a los certificados de nav egabilidad no estaban al dí a, pues los aportados indi can que fueron expedidos el 18 de noviem bre de 2005, sítuacíón que fue confirmada por el sef1or Wil ton Admira} Coleman Hyde, quien en declar ación del 9 de abril de 201 0 (folio 28) indicó: "Yo t·engo licencin nl dín y es tri vigrntc hasta d mes de diciemhre y los papeles del bote no están en reglfl.". (Cursíva , negri lla y su bra ya fuera de texto ).
y es tri vigrntc hasta d mes de diciemhre y los papeles del bote no están en reglfl.". (Cursíva , negri lla y su bra ya fuera de texto ).
2. El fallo de prt mern ins tancia del 29 de jun io de 2012 cumple con el contenido previsto en e! artículo 48 del Decreto Ley 2324 de 1984, ya que se encuenh·a debidamente motivado, haciéndo se la decla ración de culpabilidad y respo nsabilidad con respecto al siniestro marít imo investig ado, y no se de termina el av<.llúo de los dafios ocurri dos, por no haberse probado es tos.Consulta siniestro m.a1'ftimo de hw1dímiento M/ N "LEMURJA" de bandem vcnczolan.i Radicado: 1712010005 CP7 /2010 s Igualmente , el Capitán de Puerto advierte que el sefi.or Wilton Admira ! Colernan Hyde, capit án de la mot onave , incurrió en viola ción de normas de l'viarina Mer cant e pre vist as en el Decreto Ley 2324 de 198 4, en el Decreto 15 97 de 19 88 y en el Código de Comercio.
Con relación a lo anterior, el Despacho enc uenh·a el A quo hace mención al artículo 2 del Decreto 1597 de 1988, que alude a la obligato riedad de contar con las licencias de naYeg ación, y el ar tículo 1 de la Resolu ción No. 520 de 19 99, que dispone la necesidad de poseer a bordo las licencias de nav egación de la totalidad de la tripul ación , el docum.ento de zarpe y demás exigidos por la Ma rina :tvkrcante , aspectos que en este caso fueron
poseer a bordo las licencias de nav egación de la totalidad de la tripul ación , el docum.ento de zarpe y demás exigidos por la Ma rina :tvkrcante , aspectos que en este caso fueron omit idos por el Capitán, pues present ó unos document os, pero no la copia del ;;,arpe y el sef\or Rolando \-Vood, primer oficial, declaró que tenía la lice ncia ven cida. Así mísmo, el artículo 14 73, que est ablece el concept o del armador , el ar tículo 1<±7 8 que detalla las obligaciones del armador , y numeral 2 del artículo 1479 del Códig o de Comercio , que describe la obligación del armador de responder por las culpas del capitán , del prác tico y de la tripulación. Empero , a juicio del Ad quem el Capit án de Puerto omitió citar el artículo 110 del Decreto Ley 2324 de 19 84 que dis poríe que las naves y artefactos nav ales deben reu nir las condiciones de seguridad previstas en la Ley , los Convenios In ternacionales íncorpora dos al ordenan úento jurídico nacio nal, y las reglamen taci ones. De igual forma el art ícu lo 11 8 ibídem que prevé que los cer tificados de seguridad hacen parte de los docu ment os exigidos a las naves y deben ser presentados cuando la autoridad marítima lo so licite. El Convenio "SOLAS" establece las normas que deben cumplir las motona ves mer cantes que realizan tráfico internacional para efectuar una navegación con segurid ad. Di chas normas refieren aspectos de dise üo, cons b·ucción, integ ridad de casco , mac¡ui naría, sistemas y equipos para emergencias, prevención y lucha contraince nd io, sal vam ento,
normas refieren aspectos de dise üo, cons b·ucción, integ ridad de casco , mac¡ui naría, sistemas y equipos para emergencias, prevención y lucha contraince nd io, sal vam ento, evacu ación , sis temas y equipos de comunicaciones, sis temas y equipos de nav egación , manejo, estiba de diferentes tipos de car ga y de buques (a granel, gases licuados, químicos, etc), sis temas de gestión op eracional rela tivos a la seguridad y pro tección de las buques y de las instalaciones portuarias. En cons ecu encic 1, se har á la aclaración respec tivci.
3. Es de recordar, que el grado jurisdiccional de consulta de los fallos de primera instan .dél se surte ante el Director General Mar ítimo, cuando no se interpone el recurso de apelacíón.
Además, en esta etapa procesal no existe la posibilidad jurídica de decretar y pract ic ar pruebas, ni de escuchar a las partes interesadas, pues la decisión se toma de plano.
4. Adicionalmente , no se evid encian viola ciones a los derechos del debido proceso y de defe nsa previstos en el artículo 29 de la Const itución Política.
5. Es de tener en cuenta, que de no ser pagada volunt ariamente la mult a, una vez nolificada y ejecut oriada la provide ncia que pone fin a la invest igación de siniestro marí timo adelanta da por la Autoridad Mar ítima, la Capitanía de Puert o debe proceder a realizar el cobro persu asivo y/ o coactivo, acorde con lo est able cido en la Resolución No. 0546 del 14 de febrero de 2007, emanada del Ministerio de Defensa Nacional v de más norm as
cobro persu asivo y/ o coactivo, acorde con lo est able cido en la Resolución No. 0546 del 14 de febrero de 2007, emanada del Ministerio de Defensa Nacional v de más norm as conc ardan tes .Consulta sinie,tromarítimn de hundimiento M/N "LEMURIA" de bandera venezolana Radicado: 1712010005 CP7 / 2010 En mérit o de lo anteriormente expuesto, el Director General Marítimo, siendo competente,
RESUELVE
9 ARTÍCULO 1 ° .- CONFIRMAR en su integ ridad el fallo del 29 de junio de 2012, proferido por el Capitán de Puerto de San Andr és, dentro de la invest igación jurisdiccional por el siniestro marítimo de hundimiento adelantada en conb·a del capi tán y armador de la motonave "L EMURlA" de bandera de Venezuela, Número OMI 6400408, con fundamento en lo expuesto en la parte considerativa de este proveído, haciendo la aclaración de que la violación de normas de Marina Mercante del Decret o ley 2324 de 1984 corresponde a los artículos 110 y 11 8. ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR el pre sente fallo, por conducto de la Capitanía de Puerto de San Ari.d.rés, al señor Wilton Adrrúral Coleman Hyde, capitán de la motonave "LEMUR IA", en Roatán, Sector Sandy Bay, Honduras, teléfono 99074066. Así mismo, al armador, Sociedad Mercai1til TCCA., dirección: "Ed ificio Marbelamar, Nivel L, Avenida Santiago Nariño, Sector Guaragua, Ciudad Porlamar, Estado Nueva Esparta, Venezuela, teléfono 414-7908448, con
Mercai1til TCCA., dirección: "Ed ificio Marbelamar, Nivel L, Avenida Santiago Nariño, Sector Guaragua, Ciudad Porlamar, Estado Nueva Esparta, Venezuela, teléfono 414-7908448, con con tacto en Honduras señor Josue Colernan Hyde, celular (504) 99809083, corúorme a lo establecido en los artículos 46 y 62 del Decreto Ley 2324 de 1984. ARTÍCULO 3° . DEVOLVER el expe diente a la Capit arúa de Puerto de San Andrés, para la correspondiente notificación y cumplimiento de lo resuelto. ARTÍCULO 4° .- COMISIO NAR c:i.l Capitán de Puerto de San Andrés, para que una vez quede en firme y ejecutoriad o el presente fallo, remita copia del mismo al Grupo Legal Marítimo y a la Subdirecc ión de la Marina Mercante, para lo de su competencia. ARTÍCULO 5º .- COMUNI CAR la presente decis ión a la Capit anía de Puerto de CampanoInstituto Nacional de los Espacios Acuáticos - Ministerio de Infraestructura - República Bolivar iana de Venezuela, país bandera de la motonave "LEMU RIA", y a la Dirección General de la Marina Mer{'ante de Honduras, para lo de su competencia. Notifíquese y cúmplase. 1 7 NUV 201 5 Vicealmirante PABLO EMILIO ROMERO ROJAS Director General Marítimo (E)