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DIMAR - Caso THOR de 2017

DIMAR - Dirección General Marítima y Portuaria

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Detalles

Título
DIMAR - Caso THOR de 2017
Autor
DIMAR - Dirección General Marítima y Portuaria
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transporte
Año
2017

DIRECCIÓN GENERAL MARÍTIA1A

Bogotá, D.C., 2 \j Sf.F 20-17

Referencia: Investigación:

14012013018 Jurirdiccional por Siniestro Marítimo - Conscita -; ' OBJETO A DECIDIR Procede el Despacho ?.. resolve, en via de consal.ta la,. decisión del 31 de <liciembre de 2014, proferida por el Capitán de I':.,erto de Santfi Marta, deritro de la investigación por el siniestro marítimo de arribada forzosa de la motonave "IHOR" de bandera Colombiana, ocurrido el 8 de octubre de 2013, previos los sig-.rientes:

1. El Capitán de Pu.erto de Santa 1-ía:'ta tq.,ro ccn.ocintifinto de la oc1.1.rrencia del siniestro mar,timo de arribada forzosa de la mót.:.nave ''Tl'l:JR" a.l puerto de Santa Marta, el día 8 de octubre C:e 2013, r&zón por la cual el dia 10 dEO eneeo de 2013 decretó ,a apertura de la investigación, ordenando la. práctica de las pruebas pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos y fijó :fecha para la audiencia de que trata el articalo 37 del Decreto Ley 2324 de 1984.

2. Con fundamento en las pru2bas practicadas y recoiectaclas, el Capitán de Paerto ele Santa Marta el dí2. 31 de diciembre de 2014 pro.fuió decisión de primera instancia, a tr,,vés de la. cual

decl¡aró legiti..-na la arribada forzosa de la motonave "THOR",. declarando o:es?onsc:ole al señor LUIS ENRIQfJE CUEVAS APON!E en su condición de Capfüil-l. Así mismo de-:laró que no se incurrió en violad6n a.las fitormas de Niatifi2. °Níercante.

3. P.J no ;in.terpontfirse recurso de apelaci6rfi contra de la citada decisión de:rrtrc del término establecido, el Ca.pitár1 de Puertc de S,"1.ta lvforta e:.wió el expeJ.1e;::te a este Despacho en ,'Ía de consulta,. conforn1e lo establece el articulo 57 d,2J Decreto Le} 2324 de 1984.

De conformidad con el artículo 57 dei Decxeto-!:..ey 2324 .de 1984 y el nurneral 2°, articulo 2°, del Decreto 5057 de 2009, esfa .. Dirccdór, Gfi_·ner3.l 2s cnrrfip etente paré. co:cocer fin consulta las IDvestigadones por siniestros rnarífu._1.os 00fi1.:-rid.,:.:.s· der:cro del territo::-iv esi.--,\fi:,lecido en fil artículo ze: del Decreto Ley 2324 de 1984. Dicha coinpetfi.cia tiene el carácter de jurisdi.cc:on2,:, 2n :i.plicación del Decreto Ley 2324 de 1984, en concordanfia con 21 artfr..-ulo 116 de Ía Constitución Política .. lo cual fue ratificado por la CorteConsulta S.iniestro Marítimo de Arribada FÓrzosa de la motonave ✓,1HOR".

Radicado: 14012013018

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concordanfia con 21 artfr..-ulo 116 de Ía Constitución Política .. lo cual fue ratificado por la CorteConsulta S.iniestro Marítimo de Arribada FÓrzosa de la motonave ✓,1HOR".

Radicado: 14012013018

2 Constitucional en. sentencia C-212 de 1994 y mediante. Concepto de.la Sala dE; Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, cori Radicado 1605, del 4 de noviembre de 2004.' . . .. ANÁLISIS TÉCNICO El Perito Naval IGOR ARELLANO LACHARME, en informe pericial rendido el 15 de octubre de 2013, (folios SS al 98), presentó lo siguiente: "CONCLUSIONES La primera emergencia presentada fue c1XUsada por suciedad en el combustible lo que tapono los filtros de los motores. La falla en el casquete se pudo presentar por desplazamiento del casquete, lo que corrió su . punto de lubricación afectando el buen funcionamiento y ocasionando ruido en el niotor.· • . .• Teniendo en cuenta toda la información recopilada y la forma como ocurrieron los hechos me • • permito aclarar los siguientes aspectos: • a. Circunstancias en las cuales se produjo el siniestro marítimo del remolcador "THOR", y análisis de los aspectos técnicos y náuticos relevantes con indicación precisa de las causas. El siniestro se presentó por suciedad en el combustible, esto tapono los filtros de combustible ocasionando Black Out, el daño en el cojinete se presentó por desplazamiento del mismo; afectando la lubricación del mismo, esta desplazamiento se pudo presentar porque al quedarse sin combustible algunos cilindros otros asumieron ese

combustible ocasionando Black Out, el daño en el cojinete se presentó por desplazamiento del mismo; afectando la lubricación del mismo, esta desplazamiento se pudo presentar porque al quedarse sin combustible algunos cilindros otros asumieron ese sobre esfuerzo transmitiendo al cojinete. b. Conducta Técnica y náutica de las personas involucradas. El ingeniero jefe y su personal cuenta con los conocimientos técnicos para solucionar la falla pero al no contar con repuestos, esta solo se puede solucionar en puerto. c. Descripción de los daños. Los daños presentados en el Remolcador "THOR" fueron-taponamiento de filtros y daños en el cojinete de bancada del puesto Nº 3." (Cursiva fuera de texto) CONSIDERACIONES DEL DIRECTOR GENERfiL MARÍTIMO Conforme a lo ·anteriormente descrito, este Despacho encuentra procedente· referirse a ciertos aspectos sustanciales y procesales que dieron mérito al Capitán de Puerto de Santa Marta para proferir decisión de primera instancia, a su vez hará el estudio de legalidad que entraña el grado jurisdiccional de consulta, así: En cuanto a los aspectos procesales y probatorios se refiere, este Despacho evidencia que cada una de las etapas de la investigación de primera instancia, adelantadas por el Capitán de Puerto de Santa Marta, se realizaron en los tiempos y términos establecidos en los artículos 31 al 50 del Decreto Ley 2324 de 1984. Ahora bien, se estima pertinente realizar las siguientes aclaraciones:Consulta Siniestro Ma....'1timo de A...-.ribada Forzosa de la motor.ave ;'1HOR". Radicado, 1401201301S 3

Ahora bien, se estima pertinente realizar las siguientes aclaraciones:Consulta Siniestro Ma....'1timo de A...-.ribada Forzosa de la motor.ave ;'1HOR". Radicado, 1401201301S 3 l. Del material probatorio, se comprueba l:?. ocurrenci& del siniestro marítimo de arribada forzosa de la motonave "THOR" al. puerto de Santa Marta, ccunid.a eJ dia 8 de octubre de 2013, cua:ndc la nave se desplazaba desde Barra:nquilla, hasta ei Ptrerto de Willemstad -- Curacao • (.Art. 26 Decreto Ley 2324 de 198'1).

2. De la revisión. de la decisión de primera insta.T1cia se extrae lo sigaiente: El follador d.e primera instancia declaró legítima la arribada .forzcsa-de la· motonave "THOR" a cargo del Capitán de la nave sefior LL'TS ENRIQUE" CU.S\,.AS APO:NTE, debido a qíie se probó el elemento exonerati.vo de responsabilidad de la fuerz¡:-¡ mayor o caso .fortuitc.

Conforme lo anterior,. _es pertinente refiar J.as sigui2r1tt"':S aclaraciones: El artículo 1540 del Código de Comercio, derir.e la arribada forzosa como:· "Llámese arriba forzosa la entrada necesaria a puerto distinto del autorizado en el permiso de zarpe" (Cursiva fuera de texto) A su turno, el artículo 1541 de la norma ibídem, prevé: "La arribada forzosa es legítill1iL o ilegitima: La legítima es la -que procede en caso fortuito inevitable, e ilegítima la que trae su orizen de dolo o culpa del capitán, La arribada

"La arribada forzosa es legítill1iL o ilegitima: La legítima es la -que procede en caso fortuito inevitable, e ilegítima la que trae su orizen de dolo o culpa del capitán, La arribada forzosa se presumii'á ilegítima, En todo caso, la Capitanía de Puerto investigará y calificaní. los hechos". (Cursiva, negrilla y subraya .fuera d.e texto) De lo anterior y sobre el caso en concreto, se evidencia la ocurrencia del siniestro marítimo de a.'Tibada forzorn de la moh)nave "THOR", pu.es entró al puerto de Santa Marta sin estar autorizad.a para ello, Ahora bien, sobre la exonerac10n de respoe1sabilidad del Capitán de la nave declarada por el fallador de. prin1era i.71.5tarficia. se procederá a su a:nátisis conforme las p1:1ebas vCr,antes en el. expediente, así: -Declaración rendida por el señor LUIS ENPJQUE Cl.iE"VAS APONTE, en condición de Capitán de la motonave "THOR', en la cual se refil'ió a los hechos de la siguiente manera: "Zarpamos de barranquilla e curasao, ya a l:i altura de punta Cano, tuvimos el primer blackout, y después de 5 minutos se arrancó nuevamente, y continuamos el viaje en la posición daila en la protesta, cuando nuevamente se me apagaron los generadores y maquinas, pero a los cinco minutos se pu,sieron las maquinas, se arrancó, pero los generadores no los pude arrancar, quede con máquinas pero no tenía el gobierno en el puente, El ingeniero me informo

los cinco minutos se pu,sieron las maquinas, se arrancó, pero los generadores no los pude arrancar, quede con máquinas pero no tenía el gobierno en el puente, El ingeniero me informo que era por problemas de las bcmbas el.e transferencia de combustibles, ellos supuestamente limpiaron filtro, limpiaron todo, y como a L:,s 04:00 PM logramos prender uno de los generadores,. después que se limpió,. se arrancaron los generadores; !,'° se an'ancó Zas ,dos máquinas, en esos momentos los llego otro remolcador "RAN" de la compañía, y pasamos a bordo el jefe de máquinas del remolcador "RA.N", Pl cual tiene más conocimiento de la máquina de este remola-,.d,or "THOR",. redbc el sistema de propulsión y generación, se notó un ruido en la máquina d.e babor, y se optó por apagaiesa rr.dquina para evitar un ilaiio más grave, el generador de babor corr.enzó a oscilar nue;;arnente y se optó por asegurarlo, hay ya / .-...... fi· '.-,;_,.- \ 1Consulta Siniestro Marítimo de Arribada Forzosa de la motonave "1HOR".

Radicado: 14012013018 nos reunimos, los dos jefes de máquinas y mi persona, y decidimos que el remolcador no podía continuar, por seguridad del personal, por seguridad del buque, y optamos por este, para solucionar los problemas que tenemos, arribando a santa marta a las 00:00 del día 8 de octubre de 2013." (Cursiva fuera de texto)

4 Al ser interrogado por si al momento de zarpar verificó las condiciones en que se encontraba el remolcador, respondió:

de 2013." (Cursiva fuera de texto) 4 Al ser interrogado por si al momento de zarpar verificó las condiciones en que se encontraba el remolcador, respondió: "Si, el remolcador estaba en buenas conp.iciones para navegar, el en Cartagena estaba operativo." (Cursiva fuera de texto) De igual forma al referirse sobre el último mantenimiento realizado a la motonave "THOR" , sostuvo: "Constantemente ha:i; un equipo en tierra que está pendiente, como hacía unos cinco días se le había hecho mantenimiento, revisión de máquinas, luces, salvamento, todo lo concerniente a la navegación." (Cursiva fuera de texto) Conforme a las pruebas citadas anteriormente es posible colegir q ue al zarpar del puerto de Barranquilla con destino el Puerto de Willernstad - Curazao y estando a la altura de Punta Gallina falló la máquina de babor y el generador dejando al remolcador con rnaniobrabilidad restringida con propulsión en un a sola máquina, por lo tanto fue tornada la determinación de recalar en el puerto más cercano que para el caso era el Santa Marta con el fin de salvaguardar la seguridad del personal y de la nave. Ahora bien, con respecto a los daños presentados en la máquina de babor y el generador los cuales impidieron que la nave ·llegara al destino estipulado en el zarpe, se citarán las siguientes pruebas: -Declaración rendida por el señor FREDY REYES CALVO, en condición de jefe de máquinas del remolcador "THOR", en la cual manifestó lo siguiente: "Nosotros zarpamos de Barranquilla para Curasao pera una operación de remolque, 11 se nos presentó un problema inicial el moto-generador de babor, presentándose un apagón total

remolcador "THOR", en la cual manifestó lo siguiente: "Nosotros zarpamos de Barranquilla para Curasao pera una operación de remolque, 11 se nos presentó un problema inicial el moto-generador de babor, presentándose un apagón total cuando nos encontravamos por Punta Gallina, acto seruido se procedió a poner en marcha el ,¡enerador de estribor, mientras se hacia el mantenimiento al generador de babor mientras se ponía en operación, se hizo, cambio de filtros y mantenimiento al sistema de combustible 11 se puso en marcha de nuevo el generador de babor, mientras se hizo esa operación los motores propulsores siruieron en marcha pero el sistema de mando del puente no quedo en funcionamiento, por lo que se procedió a apagar las maquinas mientras se restablecía totalmente los equipos auxiliares de generación de energía 11 neumáticos, cuando se logró restablecer la energía se pusieron en marcha los motores propulsores, espero se detectó que el propulsor de babor tenía un ruido en el carte, a la altura de tren de engranaie, en la proa del motor, se hizo una inspección detallada, se destapó el carte del motor para revisión, 11 al no encontrarse ninruna presencia de algo nuevo, se volvió a tapar y ponerlo en marcha nuevamente, como el ruido continuo en aumento, se procedió a parar el motor, y se le avisó al capitán de que no era conveniente continuar con ese motor en marcha, porque podía hace un daño en el cigüeñal, porque se logró detectar que sobre el recalentamiento del cojinete de bancada número tres, acto seguido se le informó al gerente técnico de las oficinas principales

daño en el cigüeñal, porque se logró detectar que sobre el recalentamiento del cojinete de bancada número tres, acto seguido se le informó al gerente técnico de las oficinas principales en Cartagena, al. ingeniero técnico ALEX GA VEY, de la novedad que presentaba el motor y que si se ponía en marcha podría haber un daño mayor al cigüeñal inclusive hasta su rotura,CortSulta Sir.iestro Marltimo de Ar.dbada Fc!'zosa de ia motona.ve ''1HOR". Radicado, 14012013018 por lo que con una sola maquina no se podría continuar para hace el remolque en curasao, también se le informó de la novedad que ftnía los generadares, la cual presentaba ab,trucción en el sistema de combustible, por todo, que se detectó en las líneas de suministre, por lo c-,,¡al el generador de babor prP.sentaba oscilación y no, permitía ponerlo "en paralelo en el tablero principal de distribución, con esas novedades y como esüíbamos cerca geográfica de santa marta, el ingeniero ALE.XANDER GAVEY, dio la orden que nos regresáramos a puerto seguro, y que recaláramos en santa marta (, .. )" (Cursiva fuera de texto) -Dictamen pericial el señor IGOR A.. 'I\JTONIO ARELLANO LAC.!'LARlvIE, determinó lo siguiente: ,, (,,,) Plan de mantenimiento: Se cuenta con un plan de mantenimiento que es manefado por el cJ.epartam..ento técni_co de la. em;r:esa. esta se en:'.J{a u k,S 1emo.lcadores a las actividades a rea.lizar pero no explica cómo se hace 11 que ec:11.ipos 5: _1,rliliza-r.

cJ.epartam..ento técni_co de la. em;r:esa. esta se en:'.J{a u k,S 1emo.lcadores a las actividades a rea.lizar pero no explica cómo se hace 11 que ec:11.ipos 5: _1,rliliza-r. Se solicitó el ljbro de historiar de los eq:.dpos cun eI fin d'- verific<ir que m,mtenimiento, se presentó 1.1.n libro qv.e relaciona fos .trabajos reálizado$ :,;, la maquina principal dé. -babor::· donde se relacione. que: 01/07¡2011 ''se .comenzó con el desarme del motor para repc.ración general, se desmontad cigüeñal por desg"ste en im.o dz los 111,,ñone:s, por baja presión de acede. Desde el 01 de julio hasta el 01 de aiosio al meto;·· se le realiza;on los si:;uientes trabaios. arregla 11 montaje del cíg-üeñal, desmonte v cambio de los o ríng de las camisas cambio de anillos de los pistones, desmonte de las culatas para cmnbio ue interiores, se :e cambiaron todos los cojinetes de biela y bancada. Manuel de gestión de calid.ad de seguridad: El Capitán y el armador manifiestan que la motonave tiene implementada wi sistema de gestión de seguridad, se presenta ceríificado de cumplimiento expedido por Lloyd's Register. "INSPECCIÓN· Teniendo en cuenta las caracter{sticas del tii10 de siniestro, solo se presentó daño en la maqUina principal de babor del remolcador, lo que iimitó su maniobrabilidad 1i propulsión va que solo puede operar con una sola máquinc,, tambiifi, se evidenció que toda la maquinaria en

maqUina principal de babor del remolcador, lo que iimitó su maniobrabilidad 1i propulsión va que solo puede operar con una sola máquinc,, tambiifi, se evidenció que toda la maquinaria en seróicio se apagó,P._or suciedad en el comb,,stible, !o que ocasiono que se presentare: Biack Out 11 el ruque quedara a fa deriva por más de /:'(es her.Is. (,..) CONCUISIONES La primera emergencia. presentada fuE ca.i::;ada pcr S'./r.iedad en er combusHble lo que taponó los filtros de los motores. La falla en el casquete se pudo presentar por desp!azamiento del casqueie, lo que corrió su punto de lubricación afécta.ndo el buen funcioaamfr,m.to y ocasionando ruido en el motor. Teniendo en cuenta toda !a lnfo-rmación recopiiada y Ia JOnna como ocurrieron los 'hechos me permíto aclarar los siguientes aspectos: ' ';V"\,; 5 \/\ 'Consulta Siniestro Mari timo de Anibada Forzosa de la motonave "TiíOR".

Radicado: 14012013018

a. Circunstancias en las cual.es se produjo el siniestro marítimo del remolcador "THOR", y análisis ele los aspectos técnicos y náuticos relevantes con indicación precisa de las causas. El siniestro se presentó por suciedad en el combustible, esto taponó los filtros de combustible ocasionando Black Out, el daño en· el· coiinete se presentó por desplazamiento del nzismo, afectando la lubricación del mismo, este desplazamiento se pudo presentar porque al quedarse

ocasionando Black Out, el daño en· el· coiinete se presentó por desplazamiento del nzismo, afectando la lubricación del mismo, este desplazamiento se pudo presentar porque al quedarse sin combustible alwnos cilindros otros asumieron ese sobre esfuerzo transmitiendo al coiinete. b. Conducta Técnica y náUtica de /.as personas involucradas. El ingeniero iefe y su personal cuenta con los conocimientos técnicos para solucionar la falla pero al no contar con repuestos, esta solo se puede solucionar en p;<erto. c. Descripción de los daños. Los daños presentados en el Remolcador "THOR" fueron taponamiento de filtros 11 daños en el coiinete de bancada del puesto Nº 3." (Cursiva y subraya fuera de texto) 6 De lo anteriormente citado, se puede concluir que el daño fue causado principalmente por la suciedad del combustible, la cual evitó que alimentara a los generadores y propulsores. Asirrúsmo la falla del casquete, la cual fue atribuida a un desplazamiento que corrió su punto de lubricación afectando de esta manera el funcionamiento y provocando ruidos en el motor, evidenciando de esta manera la causa precursora que obligó a la nave a recalar en ·el puerto de Santa Marta. Otro de los aspectos examinados por el perito corresponde al plan de mantenirrúento de los equipos del remolcador, evidenciando que la nave si contaba con estefi el cual es manejado por el departamento técnico de la empresa, sin embargo en él no se explica cómo se hace y que equipos se utilizan para llevarse a cabo. Lo anterior, teniendo en cuenta que fue aportado a la investigación documentación concerniente al último trabajo de mantenirrúento al que fue sometida la nave el cual

utilizan para llevarse a cabo. Lo anterior, teniendo en cuenta que fue aportado a la investigación documentación concerniente al último trabajo de mantenirrúento al que fue sometida la nave el cual data al 1 de julio de 2011, en el cual fueron realizaron trabajos de over haull a los motores propulsores tanto de estribor como de babor. Ahora bien, al analizar las _circunstancias en las que se presentaro_n los hechos es claro que la nave al no contar con uno de los dos motores propulsores le era imposible llegar al puerto de destino dispuesto en el zarpe, por Jo que fue tomada la decisión de ingresar al puerto de Santa Marta en aras de garantizar la seguridad de la tripulación y de la nave. Sin embargo, no se puede dejar de lado que el origen de las fallas presentadas en el sistema de propulsión con el primer "Blackout" fue como consecuencia de · la suciedad del combustible, lo que evidencia una falta de mantenirrúento en sus filtros y tanques de almacenamiento. Así las cosas, el Despacho concluye en grado de certeza que las circunstancias que rodearon la mencionada arribada forzosa no se encuadran en situaciones inesperadas (caso fortuito o fuerza mayor), por cuanto fueron previsibles y resistibles para el Capitán de la citada nave, toda vez, que el arribo al puerto de Santa Marta obedeció a un daño en la máquina de babor causada por suciedad del combustible la cual podía ser previsible en la medida de que los filtros y tanques en se encontraran en buen estado y con sus respectivos mantenirrúentos. Sobre el anterior aspecto, la jurisprudencial ha indicado que son requisitos ineludibles para configurar un caso fortuito o fuerza mayor, los siguientes:

encontraran en buen estado y con sus respectivos mantenirrúentos. Sobre el anterior aspecto, la jurisprudencial ha indicado que son requisitos ineludibles para configurar un caso fortuito o fuerza mayor, los siguientes: 1 Corte Suprema de Justicia en sentencia del 27 de febrero de 2009, magistrado ponente Arturo Solarte RodríguezConsulta Siniestro Marítimo de .Arribada Forzos..i. de la xri.otonave "THOR''.

Radicado: 14012013018 "r 1 r d \ ... , LOS os presupuestos -ex Iege-· q:te estereotiptin,. como u.r..-i.Cr.il'd conc:ptu.al 1,, com,Q Ei'rr.onimic:. lex:·,7 ·l "aso ¡ ,ór,-,·'i- •• , • · • • ·• ' • ·r " ' •• .... v.i., ir..• l..fi . ...•,h.O o )1!..1:.1 za mayor, son w: Pnptivisitr'.fiÚ:tCiÓ.. y ¡g_· irte:;'i.:;íibilidad d.fil acontecirnu..rn.tc .. , Respecto de la P"0me-ra de esas exigenci,.ls .. tonsi_der6 q-«,e "[l] (sic) a imprevisibfrzdc.:c( re.ctamenZe entend!dafi no 'P.u.e:J.e se7 desentrtuiada -en lo r¡Ue atmie G. s;,¡; concepto, ver_,+iles y .rz.lcance- -can ::t.rfieglo a s u significaao meramente semántico, se2:,-ún el cual,. imprevfr;;ltile es aquello 'Qui no se pi:.ede prever', y p rever, a su turno,. es "Ver con anticipación' (Diccionario de Za R.fial Academia. r,,1.e la

a s u significaao meramente semántico, se2:,-ún el cual,. imprevfr;;ltile es aquello 'Qui no se pi:.ede prever', y p rever, a su turno,. es "Ver con anticipación' (Diccionario de Za R.fial Academia. r,,1.e la Lengua Española), par manera que apl;_'car..do este criten·o ser{a menester Cl;,-i=;.nnar que es imprevisible, ciertamente, el acor:.tecirrfiento que no sea t:iable conten:plar de antemano, o sea previamente a su gestación material (contemplación ex ante) .. Si se aplicase literalmente l:;. dicción en referencia, se podría llegar a extremos irritantes, a fuer (sic) que infurídicos, habida cuenta el.e que una interpretación tan restrictiva haría r:ugato?'ia la posibiZidad real de que un deudor, según el caso, se liberara de responsabiíidad en virtud del surgimiento de uniz causa a e1 extraña, particularmente de un caso fortuito o fuerza ;11m;or ( .. .) (C::1rsivas fuera de texto). Respecto al criterio de irresistibilidad, la menc{onada sentencia expresó lo siguiente; ,,,,( ... ) Aquel estad.:; predicable del sujefo -:-f5pitctívD i:fi-te fi-fit(a.fi.a la impos;,hilidad· objetiva de eT ;rltár ciertos efectos e consecuencias derfr.fiados de la 1nareYiaZizad.án de hechos -exófi.Q§_:Ji.J!.QI ello a él

g.j_gJiosL. así como extraños en eL vlano iu'ríd::.r.,>- {,(J)t'. ?fi:_'!J.LJ'id?_,r.. ef ect:aar d..e.ti:rnnfinadu. actuación, lat o sen.su. En tal virtud, e ate pre.sz.:-,:ruesf:o IegrJ se encC:ntrtú,·a configurado cv..andó, • de cará -al suceso pertinente no puéda. o pu.do r::z1i±'a;-, ni eluáfr .:ius :-:,ff:ctos2 ( ... _J'., (C1J:rsi•,7a fuera de.te::<.to )fi Dror lo arth>r·;c·• 01 ra,,.l.;z---· e·, 'Ot:'>;,-- '"-"""''- " fi- , .,.,,,. ,., .,;, ... ...., .,d,:, .:..:, ... ,:s ' 1x-fi--:...,.,.,.,.., .4c,,.-fi.¡ ... "! ...... .,.. el ac0.IVO ' fi-=· .,. .,,1. r ,:t.. ...,.C-1.,,.. ,Ce- . L ' C; ,; é.Ld .. .l fi ,._,;,¡ L ...•. fi; .• •'•. ' ,,..., ,.,fi ,., fi.:::.:.-;,;. . ·' ' ... .:.•.t' J,. .. ....... 1:: ..... , fi ..... _e __ • \.· '-'-fi ,. fi, probatorio r8colectad.c, s,=.. pi.1.edt ent::-fi:v2r fip.: ... .::, 1.fits ·,:.i;:-::u:.::1st2.ncias tn1.e :r:cd2a.ron el f;iníestro no con.stituyen un.a fus:tza 1nayor in.evitable. ••

con.stituyen un.a fus:tza 1nayor in.evitable. •• En virtud de aquello, se com-plementa el 2studio del caso con lo estipulado en el artículo 1541 del Código de Comercio, qi.:e establece: "( ... ) La anibada. forzosa se pYesumirá ilegitú;ia ( .. )'' (Cursiva fuera de texto). Por esta i:aión le correspon¡:.:a al Capitán de la motonave "TtlOR", desvirtuar dicha presunción probando la oc-.L."Tencia de un caso fuerza :nayor irresistible e inevitable, circunstancia oue no se demostró con las oruet,as recafi1..tdadas en el proc.=:=.:so, de_clara...7.do así al sefi_or • • ~ LUIS ENRIQUE CUEVAS APONTE civilrnente responsable, razón por la que se procederá a modificar el primer artículo del fa!lo de primera instancia.

3. Ahora bien, en relac:'.ón con el avalúo de los dai"í.os; se puede evidenciar que no obra dentro del expediente de la refere ncia prueba e:,1 la cuaJ. se rela"ion,; el valor -de los daños ocasionados con el siniestro.

Sin embargo, ·y atendiendo a que en '"l gradD jurisdiccio,:,.al de consulta exfiste i.Inposibilidad jurídica para decretar y practicar pruebas, y de cib.l· a lr.'.S partefi.- pc;rr .. cuant0 fie debe pr,oferir una decisión

de plano, en virtud de la r_o,tura,l¿z;a del sini.,:":sti.·:"J y .:ie que no obra.'")_ en. el proceso pruebas que perfitai7. hacer ei respectiv.o avcJ!J,o., el Despé3:cho se .:,.fi::-stendrá de referirse al respecto.

4. Por su parte. en lo relácic nado con p.resttr1ti.s· violaciones a las n9r.mas de Marma Mercante por parte del Cs.pitéin de la n1otona7e ·•''TIfiIOR" sé ,e·,.;id.enda que no cu..mp1ió con lo '2stablecido -::n el numeral J. .'del articule 150fi.- el cfi.aJ: establee¿fi de:rrb,fio d.:: Ias fundones-y obligacioD.es del Capitán lo 7 ... fi, ..-:, ,-•¡ \ ,·) . ' 'Consulta finiestro Marítimo de Arribada Forzosa de la.motonave "1HOR".

Radicado: 14012013018 8 siguiente: "Cerciorarse de que la nave está en buenas condiciones de p.avegabilidad para la navegación que va a emprender". Lo anterior por cuanto se pudo establecer' que las fallas ·presentadas en los. motores surgieron por un mal estado de mantenimiento en los filtros y tanques de almacenarrúento de combustible, sin embargo, teniendo en cuenta · que . a la fecha· de estudio del asunto existe imposibilidad de sancionar, toda vez, que han transcurrido más de tres años desde la ocurrencia del hecho, el Despacho se abstendrá de realizar tal análisis.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Director General Marítimo, RESUELVE ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo primero de la decisión del 31 de diciembre de 2014,

del hecho, el Despacho se abstendrá de realizar tal análisis. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Director General Marítimo, RESUELVE ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo primero de la decisión del 31 de diciembre de 2014, proferida por el Capitán de Puerto de Santa Marta, con fundamento en la parte considerativa del presente proveído. "DECLARAR civilmente responsable por la ocurrencia del siniestro marítimo de arribada forzosa de la motonave "THOR", al señor LUIS ENRIQUE CUEVAS APONTE, identificado con cedula de ciudadanía No. 7.470.336 de Barranquilla, en su condición 'de Capitán de la citada nave, con fundamento en lo expuesto enJa parte motiva del presente pro.veído." ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR personalmente por conducto de la Capitanía de Puerto de Santa Marta el contenido de la presente decisión al señor LUIS ENRIQUE CUEVAS APONTE, Capitán de la motonave "THOR", al señor ELKIN DARIO BAUTISTA PINEDA, en condición de Administrador principal INTERGUG S.A., al señor JULIO CESAR VALLES FRANCO en condición del Representante legal de la Agencia Marítima FRONTIER AGENCIA MARITIMA DEL CARIBE, al Apoderado del Armador, Capitán y Tripulación del citado remolcador y demás partes interesadas, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 4f y 62 del Decreto Ley 2324 de 1984. ARTÍCULO 3° .- DEVOLVER el presente expediente a la Capitanía de Puerto de Santa Marta, para la correspondiente notificación y cumplimiento de lo resuelto.

1984. ARTÍCULO 3° .- DEVOLVER el presente expediente a la Capitanía de Puerto de Santa Marta, para la correspondiente notificación y cumplimiento de lo resuelto. ARTÍCULO 4°.- Una vez quede en firme y ejecutoriado el presente fallo, el Capitán de Puerto de Santa Marta debe remitir copia del mismo al Grupo Legal Marítimo y a la Subdirección de la Marina Mercante de la Dirección General Marítima. Notifíquese y cúmplase. 2 D Stf 20H, Director

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