DIMAYOR - Resolución 004 de 2020
DIMAYOR
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Detalles
- Título
- DIMAYOR - Resolución 004 de 2020
- Autor
- DIMAYOR
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN No. 004 de 2020
11 de febrero de 2020
Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B”
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 4ª fecha de la Liga BetPlay
DIMAYOR I 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Michael Rangel AMÉRICA DE CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 1 fecha $175.560,oo 5 ª fecha Liga BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
Rafael Carrascal AMÉRICA DE CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 3 fechas $2.633.409,oo 5ª, 6ª y 7ª fecha Liga BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Emplear lenguaje ofensivo y grosero contra oficial de partido.
Art. 64-B Código Disciplinario Único de la FCF.
Jonathan Lopera CORPEREIRA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 1 fecha $175.560,oo 5 ª fecha Liga BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
Freddy Flórez A PETROLERA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 1 fecha $175.560,oo 5 ª fecha Liga BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
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AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
RAY VANEGAS DEP. PASTO 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo HOMER MARTINEZ ATL. BUCARAMANGA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo DANIEL CATAÑO DEP. TOLIMA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo SANTIAGO NOREÑA ENVIGADO F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo IVÁN ROJAS ENVIGADO F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JHON DURÁN ENVIGADO F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo
IVÁN ROJAS ENVIGADO F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JHON DURÁN ENVIGADO F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo ADRIÁN ARREGUI DIM 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo ANDRÉS RICAURTE DIM 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo MAICOL BALANTA DIM 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo DANIEL MANTILLA PATRIOTAS F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JESÚS ARRIETA DEP. CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JUAN ROA DEP. CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo CARLOS LIZARAZO DEP. CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 EDER CHAUX AMÉRICA DE CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo FELIPE JARAMILLO AMÉRICA DE CALI 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo CARLOS ARBOLEDA IND. SANTA FÉ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo DIEGO VALDES IND. SANTA FÉ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo HECTOR SAMBUEZA IND. SANTA FÉ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo DIDIER MORENO JUNIOR F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo
HECTOR SAMBUEZA IND. SANTA FÉ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo DIDIER MORENO JUNIOR F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JEFERSON GÓMEZ JUNIOR F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo TEOFILO GUTIERREZ JUNIOR F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo PABLO SABBAG DEP. LA EQUIDAD 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo STALIN MOTTA DEP. LA EQUIDAD 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo ALEX RAMBAL DEP. LA EQUIDAD 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JOAN CASTRO DEP. LA EQUIDAD 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo WALMER PACHECO DEP. LA EQUIDAD 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo KEVIN SALAZAR DEP. LA EQUIDAD 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo WILFRIDO DE LA ROSA CORPEREIRA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JHONNY VÁSQUEZ CORPEREIRA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo FRANCISCO CORDOBA CORPEREIRA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo
JHONNY VÁSQUEZ CORPEREIRA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo FRANCISCO CORDOBA CORPEREIRA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo LEONARDO ESCORCIA JAGUARES F.C. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,ooGILBERTO GARCÍA CÚCUTA DEP. 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo VICTOR MORENO A PETROLERA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo CARLOS PÉREZ A PETROLERA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo ELBIO PÉREZ A PETROLERA 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JUAN RODRIGUEZ ONCE CALDAS 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo MARCELINO CARREAZO ONCE CALDAS 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo ELVIS MOSQUERA ONCE CALDAS 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo SEBASTIÁN GUZMÁN ONCE CALDAS 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo BRAYAN FERNÁNDEZ RIONEGRO 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo CARLOS RAMIREZ RIONEGRO 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JHONATHAN MUÑOZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo
CARLOS RAMIREZ RIONEGRO 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JHONATHAN MUÑOZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JUAN VELA DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo NELINO TAPIA DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JORDY MONROY DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JUAN PÉREZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo JHON MENA DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo BELMER AGUILAR (E.A.) DEP. BOYACÁ CHICÓ 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo GEISSON PEREA ATL. NACIONAL 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo YERSON CANDELO ATL. NACIONAL 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo BRAYAN CORDOBA ATL. NACIONAL 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $175.560,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA DEP. LA EQUIDAD 6 amonestaciones en el mismo partido 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $877.803,oo
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA DEP. LA EQUIDAD 6 amonestaciones en el mismo partido 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $877.803,oo ONCE CALDAS 4 amonestaciones en el mismo partido 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $877.803,oo DEP. BOYACÁ CHICÓ 6 amonestaciones en el mismo partido 4ª fecha Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 $877.803,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolArtículo 2º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 1ª fecha del Torneo BetPlay
DIMAYOR I 2020.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
HAROLD RIVERA ATL. HUILA 1ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo BRAYAN MORENO ATL. HUILA 1ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo DUVÁN URIBE REAL SAN ANDRÉS 1ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 2ª fecha del Torneo BetPlay
DIMAYOR I 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Edward Cuernú FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay
DIMAYOR I 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Edward Cuernú FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 1 fecha $87.780,oo 3ª fecha Torneo BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
José García (D.T.) REAL SAN ANDRÉS 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 1 fecha $87.780,oo 3ª fecha Torneo BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
Leider Berrío REAL SAN ANDRÉS 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 1 fecha $87.780,oo 3ª fecha Torneo BetPlay
DIMAYOR I
2020
Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.
Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JHON CHAVERRA FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JORK BECERRA FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo SEBASTIÁN ACOSTA FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo
JORK BECERRA FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo SEBASTIÁN ACOSTA FORTALEZA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo DAVID LOAIZA LEONES F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,ooMATEO MUÑOZ LEONES F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JUAN CARVAJAL REAL SAN ANDRÉS 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo EDWIN TORRES REAL SAN ANDRÉS 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo DONOVAN FORBES REAL SAN ANDRÉS 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo CESAR AMAYA CORTULUÁ 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JOSE MUÑOZ CORTULUÁ 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo FABIO DELGADO CORTULUÁ 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo EDWIN LASZO CORTULUÁ 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo SANTIAGO CORTES ORSOMARSO S.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo LUIS BECERRA ORSOMARSO S.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo
HERNANDO PATIÑO (E.A.) ORSOMARSO S.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo TOMÁS VELASQUEZ VALLEDUPAR F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JOHAN RESTREPO VALLEDUPAR F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo LUIS MORENO VALLEDUPAR F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo CARLOS PALACIO DEP. QUINDÍO 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo EVER MEZA LLANEROS F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JORGE MOSQUERA LLANEROS F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo ROBERT HARRYS REAL CARTAGENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JUAN SALCEDO REAL CARTAGENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo CLAUDIO RUBIANO ATLÉTICO F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo ANDRÉS ÁLVAREZ ATLÉTICO F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JHONIER VIVEROS U. MAGDALENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JAMES CASTRO U. MAGDALENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo RUYERY BLANCO U. MAGDALENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo
JAMES CASTRO U. MAGDALENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo RUYERY BLANCO U. MAGDALENA 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JULIÁN ANAYA TIGRES F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo LUIS BELLO TIGRES F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo CARLOS DE LA SALAS TIGRES F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo DOMINGO ORTIZ TIGRES F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JHON PAJARO BOCA JUNIORS CALI 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo FREDY VALENCIA BOCA JUNIORS CALI 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo KEVIN CARDONA BOCA JUNIORS CALI 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JHAN TORRES BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo JOSE MARTINEZ BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo CARLOS TEJEDOR BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $87.780,oo
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CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA CORTULUÁ 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $438.901,oo TIGRES F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR I 2020 $438.901,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 4º.- Caso pendiente. Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. sancionado con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa por i ncumplir las disposiciones reglamentarias con relación al uso de uniformes en el partido disputado por la 3ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 contra El Equipo del Pueblo S.A. (Art. 78-F del CDU de la FCF). De conformidad con el infor me arbitral “El guardameta del Atlético Junior solamente presentó dos opciones de colores de uniforme, negro y violeta. Ante la solicitud del grupo arbitral de que jugara con el uniforme violeta, hizo caso omiso y tapó con el uniforme negro.”
presentó dos opciones de colores de uniforme, negro y violeta. Ante la solicitud del grupo arbitral de que jugara con el uniforme violeta, hizo caso omiso y tapó con el uniforme negro.”
El Comité le solicitó al club que se pronunciara sobre el particular adjuntando las pruebas que estimara pertinentes. Dentro del término otorgado, el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A., presentó, entre otros, los siguientes argumentos:
“En respuesta al inform e arbitral d la referencia queremos decir que somos un club que respeta las autoridades en cada uno de nuestros partidos, el 4 oficial se dirigió a los camerinos para solicitar que colores utilizarían los guardametas durante el partido, le presentamos las dos opciones el negro y el morado en su totalidad (buzo, pantaloneta y medias), el mismo fue a consultar con el central y dijo que sino tenías otra opción, nuestra respuesta fue que solo hablan las dos opciones ya mencionadas.
Solo faltando 10 minutos para el inicio del partido el 4 oficial anunció que no podía salir de negro, ya el equipo se dirigía hacia el campo, como nuestro arquero es el capitán le pregunto al juez, ya en el terreno de juego si se quedaba con el uniforme negro y le dijo que no había inconveniente, por esa situación nos sorprende lo expuesto en el informe arbitral.”
Una vez valorados los hechos materia de investigación y el escrito presentado por el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. el Comité para el caso presente considera lo siguiente:
1. El artículo 78 literal f) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol señala:“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco
1. El artículo 78 literal f) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol señala:“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción, cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
f) Al club que no cumpla con las disposiciones establecidas por el organizador del campeonato para el de sarrollo de los partidos, protocolos de seguridad e identificación, premiaciones del certamen y cualquier otra disposición de naturaleza reglamentaria en relación con el partido o espectáculo deportivo.”
2. Como bien se desprende de la norma citada, los club es afiliados a la DIMAYOR tienen la obligación de cumplir las disposiciones reglamentarias aplicables. Sobre el particular el Reglamento de la Liga BetPlay DIMAYOR I y II 2020, en su artículo 69 señala que si en opinión del árbitro o del comisario deportivo los colores de los uniformes de los c lubes se prestan a confusión o resultan inadecuados para efectos de la transmisión del encuentro por televisión, el club local utilizará su uniforme oficial (Número 1), mientras que el club visitante deberá vestir su uniforme de reserva (número 2 o 3) o una combinación del uniforme oficial y los de reserva.
3. Revisados los hechos materia de investigación, el árbitro central del encuentro, bajo sus potestades le solicitó al aquero del club local la utilización de un uniforme determinado. Así las cosas, una vez consultado con la gerencia deportiva de la DIMAYOR, el Comité encuentra que el uniforme
le solicitó al aquero del club local la utilización de un uniforme determinado. Así las cosas, una vez consultado con la gerencia deportiva de la DIMAYOR, el Comité encuentra que el uniforme solicitado por el árbitro ésta registrado como el uniforme oficial para las competencias organizadas por la DIMAYOR. Por consiguiente, la solicitud del árbitro, al encontrarse ajustada a lo dispuesto en el artículo 69 del Reglamento de la Liga BetPlay DIMAYOR I y II, generaba el deber por parte del club local de cumplir con el requerimiento del juez central.
De esta manera, si bien el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. alega que la solicitud del cuerpo arbitral se presentó momentos previos al inicio del partido y que el mismo jugador consultó con el árbitro central sobre la necesidad de cambiars e de uniforme, es igualmente claro que el club investigado no presenta elementos probatorios suficientes que permitan desvirtuar la presunción de veracidad de la que gozan los informes de los oficiales de partido (Art. 159 del CDU de la FCF).
Por lo anterior, se habrá de sancionar al Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa por incumplir las disposiciones reglamentarias con relación al uso de uniformes en el partido disputado por la 3ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 contra El Equipo del Pueblo S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 5º.- Carlos David Lizarazo, jugador inscrito con la Asociación Deportivo Cali, sancionado con ocho millones setecientos setenta y ocho mil treinta pesos ($8.778.030,oo) de multa por despojarse de la
Artículo 5º.- Carlos David Lizarazo, jugador inscrito con la Asociación Deportivo Cali, sancionado con ocho millones setecientos setenta y ocho mil treinta pesos ($8.778.030,oo) de multa por despojarse de la camiseta en el momento de celebrar un gol en el partido disputado por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 contra el América de Cali S.A. (Art. 69 del CDU de la FCF). De conformidad con el artículo 164 del CDU de la FCF, el Comité tuvo conocimiento de los hechos a través de las imágenes oficiales del partido. 01fi:iNetfi
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“Artículo 69. Levantarse o despojarse de la camiseta en el momento de celebrar un gol. Al jugador que en el momento de celebrar un gol se levante la camiseta o se despoje de la misma será sancionado con diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción.”
Consecuentemente, habrá de aplicarse la multa que establece el artículo previamente citado y por lo tanto, sancionar al señor Carlos David Lizarazo, jugador inscrito con la Asociació n Deportivo Cali con
Consecuentemente, habrá de aplicarse la multa que establece el artículo previamente citado y por lo tanto, sancionar al señor Carlos David Lizarazo, jugador inscrito con la Asociació n Deportivo Cali con ocho millones setecientos setenta y ocho mil treinta pesos ($8.778.030,oo) de multa por despojarse de la camiseta en el momento de celebrar un gol en el partido disputado por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 contra el América de Cali S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 6º.- Jaguares Fútbol Club S.A. sancionado con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa por la expulsión de un recogebolas en el partido disputado por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYO R I 2020 contra Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. (Ar t. 78-G del CDU de la FCF). El Comité tuvo conocimiento de los hechos a través de los informes presentados por los oficiales de partido. El árbitro central del encuentro reportó lo siguiente: “Fue expulsado un recogebolas al minuto 67, por no cumplir adecuadamente su labor.” De igual manera, el comisario de campo en su informe indica: “en el minuto 67 fue retirado un recogebolas por el árbitro central.”
Al respecto, y como se ha señalado en anteriores ocasiones, el artículo 78 literal G) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol dispone:
“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5)
Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol dispone:
“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción, cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
g) La conducta de los recogebolas que de cualquier manera interrumpan, obstaculicen o demoren el trámite normal del partido.”
De conformidad con la norma citada, el Comité habrá de aplicar el mínimo punible que establece el artículo previamente citado y, por lo tanto, sancionar a Jaguares Fútbol Club S.A. con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.0 15,oo) de multa por la expulsión de un recogebolas en el partido disputado por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 contra Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
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nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa por no presentarse oportunamente a los actos protocolarios del partido por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 c ontra Independiente Santa Fe S.A. (Art. 78-D del CDU de la FCF). El Comité tuvo conocimiento del hecho a través del informe del comisario de campo, en el cual reportó lo siguiente: “ El equipo Junior F.C. no se presentó a tiempo al túnel de salida al terreno de juego. Los jugadores salieron a la cancha antes de comenzar los actos protocolarios, pero cuando árbitros y equipo local ya estaban formados .”
El artículo 78 literal D) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol dispone:
“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción, cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
d) Al club que si n autorización del organizador del torneo o sin justa causa aceptada por el árbitro, modifique el horario oficial de realización del partido, retarde su comienzo o continuación o no se presente oportunamente a los actos protocolarios.”
Como se aprecia de las imágenes oficiales de partido, el club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. no se presentó oportunamente a los actos protocolarios al no salir de manera conjunta con la terna arbitral y el club local al campo de juego para l levar a cab o los actos protocolarios. Por consiguiente y de conformidad con la norma citada, el Comité habrá de aplicar el mínimo punible que establece el artículo
el club local al campo de juego para l levar a cab o los actos protocolarios. Por consiguiente y de conformidad con la norma citada, el Comité habrá de aplicar el mínimo punible que establece el artículo previamente citado y, por lo tanto, sancionar al Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa por la no presentarse oportunamente a los actos protocolarios del partido por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020 contra Independiente Santa Fe S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 8º.- Caso Pendiente. Comportamiento del señor Eduardo Pimentel una vez finalizado el partido entre el Envigado Fútbol Club S.A. y Deportivo Boyacá Chicó Fútbol Club S.A. por la 1ª f echa de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020.
Adelantadas las averiguaciones pertinentes, recibido el testimonio del implicado y valorados los hechos del caso, el Comité no encuentra mérito para imponer sanción disciplinaria y por consiguiente ordena el archivo de las diligencias.
Artículo 9º.- En indagación. Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. frente al cumplimiento de las disposiciones reglamentarias con relación a la entrega de entrevistas en el partido disputado entre Independiente Santa Fe S.A. y Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2020.
Artículo 10º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la DIMAYOR dentro del
BetPlay DIMAYOR I 2020.
Artículo 10º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la DIMAYOR dentro del término previsto en el artículo 20° del Código Disciplinario Único de la FCF, el cual señala: 01fi:iNetfi
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PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX: 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto"ald1mayor com co /www d1mayor com co“Artículo 20. Ejecución de la multa.
1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato.
Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa."
Fdo. Fdo.
JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
Presidente
ORLANDO MORALES LEAL
Secretario-E 01fi:iNetfi
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