DIMAYOR - Resolución 026 de 2020
DIMAYOR
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIMAYOR - Resolución 026 de 2020
- Autor
- DIMAYOR
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN No. 026 de 2020
21 y 23 de noviembre de 2020
Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B”
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos de ida de los cuartos de final de la Liga BetPlay
DIMAYOR 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Rodrigo Ureña AMÉRICA DE CALI Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 2 fechas $380.380,oo Partido de vuelta cuartos de final y partido de ida semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020; o Partido de vuelta cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 y 1ª fecha siguiente competencia.
Motivo: Conducta violenta en contra de un adversario.
Art. 63-D Código Disciplinario Único de la FCF.
Gonzalo Martínez (E.A.) IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha $175.560,oo Partido de vuelta cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido. Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
SC-CER571166
cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido. Art. 58-2 Código Disciplinario Único de la FCF.
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX· 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto a d1mayor com co /www d1mayor com coAMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JHOJAN VALENCIA DEP. CALI Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo YESUS CABRERA AMÉRICA DE CALI Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JHON ARIAS AMÉRICA DE CALI Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo BRYAN ROVIRA ATL. NACIONAL Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JAMES SÁNCHEZ JUNIOR F.C. Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo GERMÁN MERA JUNIOR F.C. Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo FABIÁN ANGEL JUNIOR F.C. Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay
DIMAYOR 2020
$175.560,oo
DIMAYOR 2020 $175.560,oo FABIÁN ANGEL JUNIOR F.C. Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JUAN RIOS DEP. TOLIMA Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo LEYVIN BALANTA DEP. TOLIMA Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo YEISON GORDILLO DEP. TOLIMA Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo LEONARDO APONTE DEP. PASTO Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JEISON MEDINA DEP. PASTO Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo FRANCISCO RODRIGUEZ DEP. PASTO Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo WILLIAM SANTACRUZ (D) DEP. PASTO Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $351.120,oo FAINER TORIJANO IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo ANDRÉS PÉREZ IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JHONATAN HERRERA IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay
DIMAYOR 2020
$175.560,oo
DIMAYOR 2020 $175.560,oo JHONATAN HERRERA IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo EDGAR GÓMEZ IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JERSSON GONZALEZ IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,ooJUAN PEDROZA IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo CARLOS ARBOLEDA IND. SANTA FE Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay
DIMAYOR 2020
$175.560,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA IND. SANTA FE 7 amonestaciones en el mismo partido Partido de ida cuartos de final Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $877.803,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 2º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 1ª fecha de los cuadrangulares del Torneo BetPlay DIMAYOR 2020.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
RAMÓN CORDOBA CORTULUÁ 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
RAMÓN CORDOBA CORTULUÁ 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo CESAR AMAYA CORTULUÁ 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JUAN LOBO CORTULUÁ 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JUAN HURTADO BOGOTÁ F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo DUBÁN PALACIO BOGOTÁ F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo LUIS PÉREZ BOGOTÁ F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo LUIS GÓMEZ LEONES F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo DENNIS MENA LEONES F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
ÁLVARO HERNÁNDEZ
(D.T.) LEONES F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo CRISTIAN MOYA VALLEDUPAR F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,ooJOSÉ BARRIOSNUEVO VALLEDUPAR F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
DIMAYOR 2020 $87.780,ooJOSÉ BARRIOSNUEVO VALLEDUPAR F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo NELSON PALACIO VALLEDUPAR F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JHOHANN YABUR VALLEDUPAR F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JHON BODMER (D.T.) VALLEDUPAR F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo ARLED CADAVID DEP. QUINDÍO 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo DIDIER PINO DEP. QUINDÍO 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JADER QUIÑONES DEP. QUINDÍO 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo YEISON CARABALÍ DEP. QUINDÍO 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo WILLIAM DUARTE ATL. HUILA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo BRAYAN MORENO ATL. HUILA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JORGE LOZANO ATL. HUILA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
DIMAYOR 2020 $87.780,oo JORGE LOZANO ATL. HUILA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo LUIS CHOY ATL. HUILA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo MATEO GARCÍA LLANEROS F.C. 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo STIWAR MENA U. MAGDALENA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JERMEIN PEÑA U. MAGDALENA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo ROBERTO HINOJOSA U. MAGDALENA 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA VALLEDUPAR F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,oo DEP. QUINDÍO 4 amonestaciones en el mismo partido 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,ooATL. HUILA 4 amonestaciones en el mismo partido 1ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos de octavos de final de la Copa BetPlay
DIMAYOR 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Hector Sambueza IND. SANTA FE Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 2 fechas $95.095,oo 1ª y 2ª fecha siguiente competencia. Motivo: Conducta violenta en contra de un adversario. Art. 63-D Código Disciplinario Único de la FCF.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JOAN PARRA ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo FRANCISCO BAEZ ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo SANTIAGO NOREÑA ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JUAN SUAREZ ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JHON DURÁN ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo CARLOS PATERNINA ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay
DIMAYOR 2020
DIMAYOR 2020 $43.890,oo CARLOS PATERNINA ENVIGADO F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MARIO VIERA JUNIOR F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LARRY VÁSQUEZ JUNIOR F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo SHERMAN CARDENAS JUNIOR F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo FABIÁN ANGEL JUNIOR F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo ALDO RAMIREZ AGUILAS DORADAS Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo BRYAN ROVIRA ATL. NACIONAL Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,ooCARLOS ARBOLEDA IND. SANTA FE Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo DANIEL GIRALDO IND. SANTA FE Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo FELIPE JARAMILLO AMÉRICA DE CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LUIS PAZ AMÉRICA DE CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay
DIMAYOR 2020
$43.890,oo
DIMAYOR 2020 $43.890,oo LUIS PAZ AMÉRICA DE CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JUAN REAL (D.T.) AMÉRICA DE CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JEIDER RIQUETT DEP. QUINDÍO Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JHON BALANTA DEP. QUINDÍO Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo DIDIER PINO DEP. QUINDÍO Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo DIBER CAMBINDO DEP. QUINDÍO Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo CARLOS LIZARAZO DEP. CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo BRAYAN MONTAÑO DEP. CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JEAN ARCE DEP. CALI Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo WILFRIDO DE LA ROSA CORPEREIRA Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo CESAR MANZANO CORPEREIRA Partido de octavos de final Copa BetPlay
DIMAYOR 2020
$43.890,oo
DIMAYOR 2020 $43.890,oo CESAR MANZANO CORPEREIRA Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JHERSON MOSQUERA CORPEREIRA Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JUAN DIAZ DIM Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo DIDIER DELGADO DIM Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LUIS MENA DIM Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo EDWIN MOSQUERA DIM Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo RICARDO JEREZ A PETROLERA Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo FREDDY FLOREZ A PETROLERA Partido de octavos de final Copa BetPlay
DIMAYOR 2020 $43.890,oo CLEIDER ALZATE A PETROLERA Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo BREINNER PAZ MILLONARIOS F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo ELVIS PERLAZA MILLONARIOS F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo EMERSON RODRIGUEZ MILLONARIOS F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo ANDRÉS LLINÁS MILLONARIOS F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo KLIVER MORENO MILLONARIOS F.C. Partido de octavos de final Copa BetPlay
DIMAYOR 2020
$43.890,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA ENVIGADO F.C. 6 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo JUNIOR F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo DEP. QUINDÍO 4 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo DIM 4 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo
DIMAYOR 2020 $219.450,oo DIM 4 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo A PETROLERA 5 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo MILLONARIOS F.C. 5 amonestaciones en el mismo partido Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR
DIDIER PINO DEP. QUINDÍO Partido de octavos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha Partido de cuartos de final Copa BetPlay DIMAYOR 2020 o 1ª fecha siguiente competencia.Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 4º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputador por la 6ª fecha de la Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020.
AMONESTADAS
AMONESTADA
CLUB
FECHA
MULTA
ANLLY IGLESIAS AMÉRICA DE CALI 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MARIANA ZAMORANO AMÉRICA DE CALI 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LEIDY CHICA DEP. PASTO 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR
$43.890,oo MARIANA ZAMORANO AMÉRICA DE CALI 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LEIDY CHICA DEP. PASTO 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JOHANNY MUÑOZ JUNIOR F.C. 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MELISA MORALES ATL. BUCARAMANGA 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MARÍA AGUDELO ATL. NACIONAL 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MARLEN GALLEGO REAL SAN ANDRÉS 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MICHAEL FLOREZ (E.A.) DIM 6ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 5º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputador por la 10ª fecha de la Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020.
AMONESTADAS
AMONESTADA
CLUB
FECHA
MULTA
CLAUDIA VERGEL FORTALEZA F.C. 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LAURA RAMIREZ FORTALEZA F.C. 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo
2020 $43.890,oo LAURA RAMIREZ FORTALEZA F.C. 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MARÍA ZAMUDIO FORTALEZA F.C. 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,ooMARÍA ACOSTA MILLONARIOS F.C. 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo DIANA CELIS IND. SANTA FÉ 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo MYRIAM ALONSO DEP. LA EQUIDAD 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LUISA RINCÓN DEP. LA EQUIDAD 10ª fecha Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 6º.- Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. “en liquidación judicial” sancionado con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa, y derrota del partido por retirada o renuncia del encuentro correspondiente por los octavos de final de la Copa BetPlay DIMAYOR 2020 contra el Club Deportes Tolima S.A. (Art. 83-H del CDU de la FCF). El Comité tuvo conocimiento de los hechos materia de investigación a través de los informes de los oficiales de partido. El árbitro central del partido reporta lo siguiente: “Siendo las 13:30 del día 19 de noviembre de
tuvo conocimiento de los hechos materia de investigación a través de los informes de los oficiales de partido. El árbitro central del partido reporta lo siguiente: “Siendo las 13:30 del día 19 de noviembre de 2020 en presencia del comisario y equipo visitante, se levantó acta del juego Cúcuta Deportivo vs Deportes Tolima dejando constancia que el equipo local no se presentó al encuentro” Adicionalmente, el comisario de campo informa: “E l club Deportes Tolima fue el único club que se presentó para el encuentro de Copa BetPlay DIMAYOR fase iv partido único del día 19 de noviembre de 2020 a la 1:00 pm que se disputaría en la ciudad de Armenia en el estadio Centenario, en presencia del juez central, asistente 1, asistente 2, cuarto arbitro, delegado del deportes Tolima, jugadores y comisario deportivo. Se levanta acta y esta queda firmada por los anteriormente nombrados y queda explicito que el único equipo que se presenta es el Deportes Tolima, también dejo constancia que el único equipo que sube planilla a la plataforma es deportes Tolima.”
Analizados en detalle los hechos objeto de estudio, para el caso presente el Comité consid era lo siguiente:
1. En atención a los hechos, el Comité aclara que el caso se analizará de conformidad con la infracción consagrada en el literal h) del artículo 83 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol. Sobre el particular, el mencionado artículo dispone lo siguiente: “Constituye infracción de los clubes sancionable con multa de 20 salarios legales mínimos vigentes al momento de la infracción y derrota por retirada o renuncia: h) Si por actuación de los dirigentes de un club,
infracción de los clubes sancionable con multa de 20 salarios legales mínimos vigentes al momento de la infracción y derrota por retirada o renuncia: h) Si por actuación de los dirigentes de un club, selección municipal o departamental o por un factor del cual es responsable el club u organizador del encuentro, un partido no puede disputarse o se termina anticipadamente por disposición del árbitro.”
2. El Comité tuvo conocimiento que el día 11 de noviembre de 2020 el Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. fue declarado en estado de liquidación judicial por parte de la Superintendencia de Sociedades y por consiguiente se debe dar aplicación a lo previsto en los artículos 48 y 50 de la ley 1116 del
2006. En ese sentido, el Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. en atención a su situación jurídica para
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX· 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto a d1mayor com co /www d1mayor com cola fecha del partido, no se presentó al encuentro deportivo correspondiente por lo octavos de final de la Copa BetPlay DIMAYOR 2020 siendo este responsable que el partido no se pudiera disputar.
Por lo expresado en precedencia, se habrá de sancionar al Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. “en liquidación judicial” con cuatro millones trecientos ochenta y nueve mil quince pesos ($4.389.015,oo) de multa, y derrota del partido por retirada o renuncia del encuentro correspondiente por los octavos de final de la Copa BetPlay DIMAYOR 2020 contra el Club Deportes Tolima S.A.
($4.389.015,oo) de multa, y derrota del partido por retirada o renuncia del encuentro correspondiente por los octavos de final de la Copa BetPlay DIMAYOR 2020 contra el Club Deportes Tolima S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición ante este Comité y de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la DIMAYOR en los términos del artículo 171 del CDU de la FCF.
Artículo 7º.- Club Deportivo Atlético Huila S.A. sancionado con dos millones ciento noventa y cuatro mil quinientos siete pesos ($2.194.507,oo) de multa por no cumplir las disposiciones reglamentarias con relación al uso de uniformes para el partido disputado por la 15ª fecha del Torneo BetPlay DIMAYOR contra el Real Cartagena F.C. S.A. (Art. 78 -F CDU de la FCF). De conformidad con el informe del árbitro central: “El equipo Huila solo presenta un uniforme que es camisa blanca pantaloneta amarilla y medias amarillas, se les pide otra opción de pantaloneta y medias y ellos dicen que no tienen, después nos comunican que tienen una pantaloneta verde pero que no tienen todos los números correspondientes a las camisas que ellos le pegan esparadrapo y unas medias blancas las cuales no servían ya que el equipo real Cartagena iba a salir con medias de este mismo color. Nosotros tomamos la decisión de que jugaran con el uniforme previamente mostrado por ellos ya que se habían agotado todos los recursos.”
El Comité le solicitó al Cl ub Deportivo Atlético Huila S.A. que se pronunciara sobre el particular adjuntado las pruebas que estimara pertinentes. Dentro del término otorgado el Club presentó, entre otros, los siguientes argumentos:
El Comité le solicitó al Cl ub Deportivo Atlético Huila S.A. que se pronunciara sobre el particular adjuntado las pruebas que estimara pertinentes. Dentro del término otorgado el Club presentó, entre otros, los siguientes argumentos:
“Teniendo en cuenta que durante el tiempo que duró suspendido el campeonato, los jugadores tuvieron en su poder éste uniforme para los entrenamientos virtuales y muchos de ellos no los devolvieron, quedando por supuesto el equipo con este uniforme incompleto de todas formas se solicitó al Gerente Deportivo de la DIMAYOR, mediante correo electrónico del 29 de octubre de 2020, la autorización para que el equipo usara el uniforme: camiseta: blanca, pantaloneta: amarilla, medias: amarillas.
Dicha solicitud fue aprobada el sábado 30 de octubre, por esta ra zón el equipo viajó con dicho uniforme, adjunto copia del respectivo email enviado y del recibido por parte del Gerente Deportivo de la DIMAYOR.”
Adicionalmente, se le solicitó a la gerencia deportiva de la DIMAYOR información sobre el uniforme asignado al Club Deportivo Atlético Huila S.A para el partido correspondiente por la 15ª fecha del Torneo BetPlay DIMAYOR 2020.
Para el caso presente el Comité considera lo siguiente:
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX· 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto a d1mayor com co /www d1mayor com co1. El artículo 78 literal f) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol señala:
señala:
“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción, cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
f) Al club que no cumpla con las disposiciones establecidas por el organizador del campeonato para el desarrollo de los partidos, protocolos de seguridad e identificación, premiaciones del certamen y cualquier otra disposición de naturaleza reglamentaria en relación con el partido o espectáculo deportivo.”
2. Como bien se desprende de la norma citada, los clubes afiliados a la DIMAYOR tienen la obligación de cumplir las disposiciones reglamentarias aplicables. El reglamento del Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 en su artículo 49 señala que si a opinión del árbitro o del comisario deportivo, los colores de los uniformes de los clubes se prestan a confusión o resultan inadecuados para efectos de la transmisión del encuentro por televisión, el club local utilizará su uniforme oficial
(Número 1), mientras que el club visitante deberá vestir su uniforme de reserva (Número 2 o 3) o una combinación del uniforme oficial y los de reserva.
3. Si bien el club presentó el uniforme asignado por la gerencia deportiva de la DIMAYOR, es igualmente claro que la misma gerencia le advirtió al club de llevar otro color de uniforme diferente al asignado en caso dado de tener que cumplir con las órdenes del árbitro del partido y que están consagradas en el artículo 49 del Reglamento del Torneo BetPLay DIMAYOR 2020. Situación que se presentó para el caso presente y qu e no se pudo cumplir en atención a que el Club Deportivo
consagradas en el artículo 49 del Reglamento del Torneo BetPLay DIMAYOR 2020. Situación que se presentó para el caso presente y qu e no se pudo cumplir en atención a que el Club Deportivo Atlético Huila S.A. no llevó un uniforme diferente al asignado incumpliendo así con una disposición establecida por el organizador del campeonato.
En este sentido, se habrá de sancionar con el mínim o punible al Club Deportivo Atlético Huila S.A. consistente en dos millones ciento noventa y cuatro mil quinientos siete pesos ($2.194.507,oo) de multa por no cumplir las disposiciones reglamentarias con relación al uso de uniformes para el partido disputado por el partido disputado por la 15ª fecha del Torneo BetPlay DIMAYOR contra el Real Cartagena F.C. S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 8º.- Solicitud de reconsideración presentada por el presidente de la DIMAYOR y recurso de apelación presentado por Atlético Nacional S.A. contra el artículo 2º de la Resolución No. 024 de 2020 con relación a la situación disciplinaria de los señores Andrés Andrade y Jarlan Barrera, jugadores inscritos con Atlético Nacional S.A. en la Liga BetPlay DIMAYOR 2020.
El día 21 de noviembre de 2020 el Comité recibió una solicitud de reconsideración presentada por el presidente de la DIMAYOR contra el artículo 2º de la Resolución No. 024 de 2020. En la mencionada solicitud, el presidente de la DIMAYOR, argumenta, entre otros, lo siguiente:
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL
solicitud, el presidente de la DIMAYOR, argumenta, entre otros, lo siguiente:
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX· 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto a d1mayor com co /www d1mayor com co“En los términos del artículo 44 del CDU de la FCF, la solicitud de reconsideración procede en dos eventos: (i) la decisión adoptada por un órgano disciplinario no corresponda a lo previsto en el CDU de la FCF o, (ii) se fundamente en un informe inexacto. En ese sentido, la presente solicitud se adscribe a la primera hipótesis planteada, por los argumentos que a continuación se presentan.
(…)
Si bien es cierto que el artículo 71 apartado 1 del Código Disciplinario de la FIFA, indica que las disposiciones disciplinarias de las Federaciones deben adaptarse a los principios del Código de la FIFA, también es cierto que en este mismo artículo se señala expresamente que el único apartado de obligado cumplimiento en competiciones nacionales es el apartado 3 del artículo 62 del citado Código. Por esta razón, aunque consideramos que la interpretación del Comité busca armonizar con las disposiciones de la FIFA, ello no puede desconocer la libertad de configuración normativa que tienen las Federaciones y/o Asociaciones miembro, en tanto se encuentran atadas a unos preceptos específicos, sin que necesariamente tengan que encontrar absoluta identidad las normas disciplinarias internas con las de la FIFA.
Por esta razón, la norma en comento corresponde al literal i) del artículo 21, que dispone: “Si se
específicos, sin que necesariamente tengan que encontrar absoluta identidad las normas disciplinarias internas con las de la FIFA.
Por esta razón, la norma en comento corresponde al literal i) del artículo 21, que dispone: “Si se interrumpe, anula o se declara la derrota de un equipo por retirada, renuncia o no presentación en la cancha, la suspensión no se e ntenderá cumplida salvo que los hechos que determinaron aquellas consecuencias no fuesen imputables al equipo al que perteneciere el jugador suspendido.” (Subrayado fuera del texto original).
Por esta razón, en nuestro criterio, la excepción contemplada en el referido literal, hace parte de esas disposiciones que no ostentan el carácter de obligatorio cumplimiento y, en consecuencia, pueden ser modificadas por las Federaciones y/o Asociaciones miembro si lo estiman conveniente. En se sentido, en nuestra opinión el CDU de la FCF, al incorporar esta excepción, la ejecuta dentro de su libertad de configuración normativa sin que ello conlleve necesariamente a que deba desconocerse la excepción al no estar en los términos exactos de la disposición FIFA.”
Adicionalmente, el mismo 21 de noviembre de 2020, el Representante Legal de Atlético Nacional S.A. presentó recurso de apelación contra la precitada resolución solicitando que se conceda la apelación y se revoque en su integridad la decisión apelada.
Previo al estudio del caso, el doctor Francisco Bernate Ochoa, miembro del Comité Disciplinario del Campeonato, presentó una solicitud de impedimento con relación al caso presente. De conformidad, con el artículo 202 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, los demás
Campeonato, presentó una solicitud de impedimento con relación al caso presente. De conformidad, con el artículo 202 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, los demás miembros del órgano disciplinario negaron el impedimento presentado al no encontrar razones que le impidieran al doctor Bernate actuar bajo imparcialidad y conforme a derecho para el estudio del caso. En ese sentido y una vez resuelta la mencionada solicitud, se procedió a sesionar con relación a la situación disciplinaria de los señores Andrade y Barrera, jugadores inscritos con Atlético Nacional S.A.
Para el caso presente el Comité considera lo siguiente:
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX· 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto a d1mayor com co /www d1mayor com co1. Sobre el recurso de apelación presentado por Atléti
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.