DIMAYOR - Resolución 027 de 2019
DIMAYOR
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Detalles
- Título
- DIMAYOR - Resolución 027 de 2019
- Autor
- DIMAYOR
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2019
RESOLUCIÓN No. 027 de 2019
21 de mayo de 2019
Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B”
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 2ª fecha cuadrangulares de la Liga Aguila I 2019.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
William Zapata (delegado) AMÉRICA DE CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 4 fechas $3.272.504,oo 3ª, 4ª, 5ª y 6ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019
Motivo: Protestar decisiones arbitrales.
Arts. 64-A y 75-5 Código Disciplinario Único de FCF.
Juan Cobo (delegado) DEP. CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 5 fechas $4.254.255,oo 3ª, 4ª, 5ª, 6ª fecha cuadrangulares y partidos de ida final de Liga Aguila I 2019; o 3ª, 4ª, 5ª, 6ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 y 1ª fecha siguiente competencia.
Motivo: Protestar decisiones arbitrales.
2019; o 3ª, 4ª, 5ª, 6ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 y 1ª fecha siguiente competencia.
Motivo: Protestar decisiones arbitrales.
Arts. 64-A, 75-5 y 48-5 (reincidencia) Código Disciplinario Único de FCF.
.... : 1•,fi• DIMAYOR •• fl, •• C O L O M B I A •• fi
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AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
DANIEL GIRALDO DEP. PASTO 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MARIANO VASQUEZ DEP. PASTO 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019
DANIEL GIRALDO DEP. PASTO 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MARIANO VASQUEZ DEP. PASTO 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo CARLOS SIERRA AMÉRICA DE CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo FERNANDO ARISTEGUIETA AMÉRICA DE CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo LUIS PAZ AMÉRICA DE CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JUAN DAVID PEREZ MILLONARIOS F.C. 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo CESAR CARRILLO MILLONARIOS F.C. 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo FERNANDO BATTISTE U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo FABIÁN CANTILLO U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JULIO MURILLO U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo YULIÁN GOMEZ U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo PABLO CEPPELINI ATL. NACIONAL 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo
Aguila I 2019 $165.424,oo PABLO CEPPELINI ATL. NACIONAL 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo HELIBELTON PALACIOS ATL. NACIONAL 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo RAFAEL CARRASCAL DEP. TOLIMA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MARCO PEREZ DEP. TOLIMA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo ALEX CASTRO DEP. TOLIMA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,ooANDRÉS COLORADO DEP. CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo DARWIN ANDRADE DEP. CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JUAN ANGULO DEP. CALI 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo RAFAEL PEREZ JUNIOR F.C. 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo WILLER DITTA JUNIOR F.C. 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA
U. MAGDALENA 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA
U. MAGDALENA 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares
Liga Aguila I 2019 $818.126,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR FERNANDO BATTISTE U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 1 fecha 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 2º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 3ª fecha cuadrangulares de la Liga Aguila I 2019.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Heinar Zorrilla (K) AMÉRICA DE CALI 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 4 fechas $3.272.504,oo 4ª, 5ª 6ª fecha cuadrangulares y partido de ida final de Liga Aguila I 2019; o 4ª, 5ª ,6ª fecha cuadrangulares Motivo: Protestar decisiones arbitrales.
Arts. 64-A y 75-5 Código Disciplinario Único de FCF.Liga Aguila I 2019 y 1ª fecha siguiente competencia.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
y 1ª fecha siguiente competencia.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
GEISSON PEREA DEP. PASTO 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JOWN CARDONA DEP. PASTO 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MARIANO VASQUEZ DEP. PASTO 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo ANDRÉS ROMÁN MILLONARIOS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo CESAR CARRILLO MILLONARIOS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo CHRISTIAN MARRUGO MILLONARIOS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo FELIPE BANGUERO MILLONARIOS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MATÍAS DE LOS SANTOS MILLONARIOS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo CRISTHIAN SUBERO U. MAGDALENA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo ABEL AGUILAR U. MAGDALENA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo RUYERY BLANCO U. MAGDALENA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo
Aguila I 2019 $165.424,oo RUYERY BLANCO U. MAGDALENA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MARLON TORRES AMÉRICA DE CALI 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JUAN SEGOVIA AMÉRICA DE CALI 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JUAN RAMIREZ ATL. NACIONAL 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo FRANCISCO DELORENZI DEP. CALI 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo ANDRES COLORADO DEP. CALI 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo DARWIN ANDRADE DEP. CALI 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,ooTEOFILO GUTIERREZ JUNIOR F.C. 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo SERGIO MOSQUERA DEP. TOLIMA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MARCO PEREZ DEP. TOLIMA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo JUAN ARBOLEDA DEP. TOLIMA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo YEISON GORDILLO DEP. TOLIMA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo
Aguila I 2019 $165.424,oo YEISON GORDILLO DEP. TOLIMA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo MAICOL BALANTA DEP. TOLIMA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $165.424,oo
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA MILLONARIOS F.C. 5 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo DEP. TOLIMA 5 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
PROTESTA COLECTIVA
CLUB JUGADOR FECHA MULTA DEP. TOLIMA SERGIO MOSQUERA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo DEP. TOLIMA MARCO PEREZ 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo DEP. TOLIMA CARLOS RENTERÍA 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo DEP. TOLIMA DANOVIS BANGUERO 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo
Artículo 68 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
DEP. TOLIMA DANOVIS BANGUERO 3ª fecha cuadrangulares Liga Aguila I 2019 $818.126,oo
Artículo 68 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 2ª fecha cuadrangulares del Torneo Aguila I 2019.SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Nestor Cravi oto (D.T.) CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 2 fechas $818.126,oo 3ª y 4ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 Motivo: Protestar decisiones arbitrales. Art. 64-A Código Disciplinario Único de FCF.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
YAN MOSQUERA LEONES F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo WILMAR CRUZ LEONES F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo LUIS VELEZ LEONES F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo DAVID ALVAREZ LEONES F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JOHAN MONTES CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo EDWIN LASZO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo
$82.812,oo JOHAN MONTES CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo EDWIN LASZO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo WILDER MOSQUERA REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo EDWIN AGUILAR REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JAEN PINEDA REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo LUIS SIERRA REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo MIGUEL MURILLO REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo ROYSCER COLPA BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JESUS CANO BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo MAURICIO GARCÍA BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo IVAN SCARPETA BARRANQUILLA F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo FRANK LOZANO DEP. BOYACÁ CHICÓ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019
Aguila I 2019 $82.812,oo FRANK LOZANO DEP. BOYACÁ CHICÓ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,ooJUAN PEREZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JAROL MARTINEZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo HARLEN CASTILLO CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo CHRISTIAN MEJÍA CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo EDWIN MOVIL CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo DIEGO ALVAREZ CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JHONNY VASQUEZ CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA LEONES F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo REAL CARTAGENA 5 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo
BARRANQUILLA
Aguila I 2019 $409.063,oo REAL CARTAGENA 5 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo BARRANQUILLA F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo CORPEREIRA 5 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR JAROL MARTINEZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 2ª fecha cuadrangulares
Torneo Aguila I 2019 1 fecha 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolArtículo 4º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 3ª fecha cuadrangulares del Torneo Aguila I 2019.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Juan Deusa DEP. QUINDÍO 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 2 fechas $107.665,oo 2ª y 4ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido. Arts. 58-2 y 48-5 (reincidencia) Código Disciplinario Único de FCF.
AMONESTADOS
Torneo Aguila I 2019 Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido. Arts. 58-2 y 48-5 (reincidencia) Código Disciplinario Único de FCF.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JAHIR SCOTT LLANEROS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JUAN BOLAÑOS LLANEROS F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo DIEGO ALVAREZ CORPEREIRA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JHONNY VASQUEZ CORPEREIRA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo FRANCISCO CORDOBA CORPEREIRA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JORGE JAIME CORPEREIRA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo RAFAEL NAVARRO CORPEREIRA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JESÚS CANO BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo CARLOS ESPARRAGOZA BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JOAN CASTRO BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019
Aguila I 2019 $82.812,oo JOAN CASTRO BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JOHAN BOCANEGRA BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo DEIVER PARRA CORTULUÁ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo GUILLERMO MURILLO CORTULUÁ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo EDWIN LASZO CORTULUÁ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,ooWILMAR CRUZ LEONES F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JEFERSON RIVAS LEONES F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo XAVIER GONZALEZ REAL CARTAGENA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo YAMILSON RIVERA REAL CARTAGENA 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo MATEO PALACIOS DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JHONATHAN MUÑOZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo
Aguila I 2019 $82.812,oo JHONATHAN MUÑOZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo JORDY MONROY DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo EFRAIN CORTES DEP. QUINDÍO 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo DIDIER PINO DEP. QUINDÍO 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $82.812,oo
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA CORPEREIRA 5 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo BARRANQUILLA F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 $409.063,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR CARLOS ESPARRAGOZA BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares
Torneo Aguila I 2019 1 fecha 4ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 JOHAN BOCANEGRA BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I
2019 1 fecha 4ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 JOHAN BOCANEGRA BARRANQUILLA F.C. 3ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019 1 fecha 4ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila I 2019Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 5º.- Barranquilla Fútbol Club S.A. sancionado con dos mil lones seiscientos cincuenta y ocho mil novecientos nueve pesos ($2.658.909,oo) de multa por la expulsión de un recogebolas en el partido disputado por la 3ª fecha de cuadrangulares semifinales del Torneo Aguila I 2019 contra la Corporación Club Deportivo Tuluá (Art. 78 -G del CDU). De conformidad con el informe arbitral al minuto 35 es expulsado un recogebolas por conducta inadecuada consistente en retener un balón y evitar así que el equipo visitante reanudara de forma rápida el juego.
Al respecto el artículo 78 literal g) del CDU de la FCF señala:
“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción, cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
g) La conducta de los recogebolas que de cualquier manera interrumpan, obstaculicen o demoren el trámite normal del partido.”
En este sentido, y teniendo presente que en el artículo 15º de la Resolución No. 016 de 2019
g) La conducta de los recogebolas que de cualquier manera interrumpan, obstaculicen o demoren el trámite normal del partido.”
En este sentido, y teniendo presente que en el artículo 15º de la Resolución No. 016 de 2019 el club fue sancionada por la misma conducta, y que el mismo se haya incurso en reincidencia, el Comité impone multa de dos millones seiscientos cincuenta y ocho mil novecientos nueve pesos ($2.658.909,oo) por la expulsión de un recogebolas en el partido disputado por la 3ª fecha de cuadrangu lares semifinales del Torneo Aguila I 2019 contra la Corporación Club Deportivo Tuluá.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 6º.- Asociación Deportivo Cali sancionado con cuatro millones noventa mil seiscientos treinta pesos ($4.090.630,oo) de multa por retardar el comienzo del partido por la 2ª fecha de cuadrangulares semifinales de la Liga Aguila I 2019 contra el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. (Art. 78 -D del CDU). El Comité tuvo conocimiento de los hechos materia investigación mediante el informe suscrito por el árbitro central del partido, en el cual señala lo siguiente: “ El partido se retrasó en iniciar 8 minutos debido a la baja visibilidad causada por un producto llamado bote de humo xxl color verde, los cuales fueron accionados desde diferentes sectores del estadio, ubicados en planta baja y dentro de las tribunas”. Adicionalmente, el arbitro aportó imágenes del producto utilizado en las tribunas del estadio.
El Comité en aras de garantizar el debido proceso y el ejercicio del derecho a la defensa, le
desde diferentes sectores del estadio, ubicados en planta baja y dentro de las tribunas”. Adicionalmente, el arbitro aportó imágenes del producto utilizado en las tribunas del estadio.
El Comité en aras de garantizar el debido proceso y el ejercicio del derecho a la defensa, le solicitó al Representante Legal de la Asociación Deportivo Cali que se pronunciara sobre los hechos reportados. Dentro el término otorgado el club adujo lo siguiente:
“Como es de su conocimiento, en el marco de la 2ª fecha de las cuadrangulares semifinales (primer partido disputado en condición de local por el equipo de la Asociación Deportivo .... : 1•,fi• DIMAYOR •• fl, •• C O L O M B I A •• fi
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“En este caso, un motivo de fuerza mayor, como son las condiciones meteorológicas de lluvia y nulo viento que se presentaron durante la salida de los equipos, ocasionó que el humo se
se puede apreciar en las imágenes y videos que se anexan a la presente.”
“En este caso, un motivo de fuerza mayor, como son las condiciones meteorológicas de lluvia y nulo viento que se presentaron durante la salida de los equipos, ocasionó que el humo se asentase y tardase mucho más de lo habitual en disiparse.”
De igual manera el club aportó videos de otros clubes profesionales en los que se vislumbra el uso de extintores u otras clases de humos en la salida de los equipos al terreno de juego pero que no evidencian lo ocurrido en el caso presente . Igualmente, el Comité obtuvo las imágenes oficiales del partido en las cuales se corrobora el retraso de 8 minutos para iniciar el encuentro.
El literal d) del artículo 78 del CDU de la FCF establece:
“Artículo 78. Otras infracciones de un club. Constituye infracción sancionable con multa de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción, cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
d) Al club que sin autorización del organizador del torneo o sin justa causa aceptada por el árbitro, modifique el horario oficial de realización del partido, retarde su comienzo o continuación o no se presente oportunamente a los actos protocolarios.”
Analizado el caso el Comité encuentra que la utilización del producto denominado bote de humo xxl en los actos protocolarios , condujo a retardar el comienzo del partido. Por consiguiente, habrá de aplicar el mínimo punible que establece el artículo previamente citado y, por lo tanto, sancionar a la Asociación Deportivo Cali con cuatro millones noventa mil
consiguiente, habrá de aplicar el mínimo punible que establece el artículo previamente citado y, por lo tanto, sancionar a la Asociación Deportivo Cali con cuatro millones noventa mil seiscientos treinta pesos ($4.090.630,oo) de multa por retardar el comienzo del encuentro deportivo por la 2ª fecha de cuadrangulares semifinales de la Liga Aguila I 2019 contra el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 7º.- Matheus Henrique de Souza Fontes, entrenador asistente inscrito con el club Atlético Nacional S.A., sancionado con dos millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trecientos setenta y ocho pesos ($2.454.378,oo) de multa y tres (3) fechas de suspensión por incurrir en una conducta incorrecta contra un oficial d e partido en el encuentro disputado por la 2ª fecha de cuadrangulares semifinales de la Liga Aguila I 2019 contra el Club Deportes Tolima S.A. (Art. 64 -B del CDU). El árbitro central en su informe señala que, finalizado el primer tiempo, en las escaleras camino al camerino, Matheus Henrique de Souza Fontes, Asistente técnico, se dirjío a ell con términos injuriosos y desobligantes. .... : 1•,fi• DIMAYOR •• fl, •• C O L O M B I A •• fi
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“Cuando nos disponíamos a ingresar al camerino, nos encontramos con los jueces del partido, y en instante me dirigí a ellos en términos muy calmados y les manifesté que eran “muy mal intencionados”, no hubo ninguna otra frase o palabra, continúe mi camino hacia la parte externa que conduce a la salida de la zona mixta.”
“Lo anterior fue producto de la alteración emocional que vivía, que surgió de las deficiencias técnicas y de los errores arbitrales vividos durante del juego.”
De igual manera, el Comité solicitó ampliación del informe al árbitro central del encuentro, en el cual ratifica los acontecimientos objeto de investigación.
Analizados los elementos probatorios, el Comité en el presente caso considera:
1. Que de acuerdo con el artículo 159 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, lo reportado por el arbitro en su informe goza de presunción de
1. Que de acuerdo con el artículo 159 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, lo reportado por el arbitro en su informe goza de presunción de veracidad. Por consiguiente, el informe arbitral reconoce una conducta sancionable por parte del señor Matheus Henrique de Souza Fontes al dirigirse al arbitro central del partido en términos injuriosos y desobligantes (Art. 64-B del CDU de la FCF).
2. Adicionalmente, el árbitro en su ampliación ratifica lo reportado en su informe inicial.
3. De igual manera, el investigado en su escrito no presenta elementos c ontundentes que permitan desvirtuar o logren crear una duda razonable frente a los acontecimientos reportados por el árbitro central del partido.
Por consiguiente, considerando que el señor de Souza no ha sido sancionado a lo largo de la competencia y en su escrito ofrece disculpas por lo acontecido, el Comité habrá de sancionar con el mínimo punible que establece el Artículo 64 literal b) del CDU de la FCF, consistente en dos millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trecientos setenta y ocho pesos ($2.454.378,oo) de multa y tres (3) fechas de suspensión por incurrir en una conducta incorrecta contra un oficial de partido en el encuentro disputado por la 2ª fecha de cuadrangulares semifinales de la Liga Aguila I 2019 contra el Club Deportes Tolima S.A.
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 8º.- Álvaro Francisco Nájera, director deportivo del club Atlético Nacional S.A. sancionado
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 8º.- Álvaro Francisco Nájera, director deportivo del club Atlético Nacional S.A. sancionado con dos millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trecientos setenta y ocho pesos .... : 1•,fi• DIMAYOR •• fl, •• C O L O M B I A •• fi
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En aras de garantizar el debido proceso y el ejercicio del derecho a la defensa, el Comité le solicitó al señor Francisco Nájera que se pronunciara sobre los hechos materia de
desobligantes en contra de éste.
En aras de garantizar el debido proceso y el ejercicio del derecho a la defensa, el Comité le solicitó al señor Francisco Nájera que se pronunciara sobre los hechos materia de investigación aportando los elementos que considerara pertinente s. Dentro el término otorgado el implicado sostuvo lo siguiente:
“Cuando estaba en el camerino escuché que el juez central Murillo estaba cruzando palabras con el profesor Autori y el presidente Dr. Juan David, Salí ofuscado, y solo atiné a decirle que era un “mal intencionado”, nunca me acerqué a él, ni lo increpé, solamente quise sentar mi más enérgica protesta frente a sus deficiencias arbitrales, de las cuales habíamos sido objeto durante todo el juego.”
“Considero que utilizar la palabra mal intencionado, no es más que producto de la impotencia y de la fragor del momento, que las palabras descontextualizadas pueden ser valoradas desde diferentes aristas, pero que en mi sentir, solo tenía como objetivo principal evidenciar mis inconformidades.”
De igual manera, el Comité solicitó ampliación del informe arbitral en el cual se ratifica lo ocurrido.
Para el caso presente se considera lo siguiente:
1. Conforme a las previsiones del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, el señor Álvaro Francisco Nájera es catalogado como Oficial toda vez que desempeña funciones en un organismo deportivo de fútbol como es el club Atlético Nacional S.A., razón por la cual, el señor Nájera es un sujeto disciplinable de conformidad con el artículo 9 literal h) del CDU de la FCF.
desempeña funciones en un organismo deportivo de fútbol como es el club Atlético Nacional S.A., razón por la cual, el señor Nájera es un sujeto disciplinable de conformidad con el artículo 9 literal h) del CDU de la FCF.
2. De igual manera, el artículo 76 del CDU de la FCF hace extensiva las sanciones por infracciones en las reglas de la Competición a las personas catalogadas como Oficiales.
3. Los hechos reportados por el árbitro gozan de presunción de veracidad conform e a lo establecido en el artículo 159 del CDU de la FCF. Adicionalmente, la ampliación del informe arbitral ratifica los hechos presentados en el informe inicial. Así las cosas, en el caso presenta el árbitro otorga certeza sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos materia de investigación.
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