DIMAYOR - Resolución 029 de 2020
DIMAYOR
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Detalles
- Título
- DIMAYOR - Resolución 029 de 2020
- Autor
- DIMAYOR
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN No. 029 de 2020
14 de diciembre de 2020
Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B”
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos de vuelta de las semifinales de la Liga BetPlay
DIMAYOR 2020.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JAMES SÁNCHEZ JUNIOR F.C. Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo MIGUEL BORJA JUNIOR F.C. Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo MARLON TORRES AMÉRICA DE CALI Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo LUIS PAZ AMÉRICA DE CALI Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JEISSON PALACIOS IND. SANTA FE Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo HENRY MIER DEP. LA EQUIDAD Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo STALIN MOTTA DEP. LA EQUIDAD Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay
DIMAYOR 2020
$175.560,oo
DIMAYOR 2020 $175.560,oo STALIN MOTTA DEP. LA EQUIDAD Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay
DIMAYOR 2020
$175.560,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolQUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR LUIS PAZ AMÉRICA DE CALI Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 1ª fecha siguiente competencia MARLON TORRES AMÉRICA DE CALI Partido de vuelta semifinal Liga BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 1ª fecha siguiente competencia
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 2º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 3ª fecha de la liguilla BetPlay
DIMAYOR 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Víctor Moreno A PETROLERA 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha $175.560,oo 1ª fecha siguiente competencia Motivo: Malograr una oportunidad manifiesta de gol. Art. 63-B del Código Disciplinario Único de la FCF.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
FRANCISCO BAEZ ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
FRANCISCO BAEZ ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo SANTIAGO RUIZ ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JHON DURÁN ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo SANTIAGO JIMENEZ ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JUAN ZAPATA ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JESÚS MORELO ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo CARLOS HENAO RIONEGRO 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JADER OBRIÁN RIONEGRO 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo ANDRÉS RODRIGUEZ DIM 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo ANDRÉS CORREA ONCE CALDAS 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo JUAN RODRIGUEZ ONCE CALDAS 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,ooDAVID GÓMEZ ONCE CALDAS 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo
ELVIS MOSQUERA ONCE CALDAS 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo FRANK LOZANO DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo VICTOR GIRALDO DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo FREDDY FLOREZ A PETROLERA 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo CARLOS PÉREZ A PETROLERA 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo HAYEN PALACIOS A PETROLERA 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo ANDRÉS RENTERÍA A PETROLERA 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo LEONARDO ESCORCIA JAGUARES F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo ISREAL ALBA JAGUARES F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo FABIÁN MOSQUERA JAGUARES F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo DIONAR DIAZ JAGUARES F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $175.560,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA ENVIGADO F.C. 6 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $877.803,oo
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA ENVIGADO F.C. 6 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $877.803,oo ONCE CALDAS 4 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $877.803,oo A PETROLERA 4 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $877.803,oo JAGUARES F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 $877.803,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR FRANK LOZANO DEP. BOYACÁ CHICÓ 3ª fecha liguilla
BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 1ª fecha siguiente competencia SANTIAGO JIMENEZ ENVIGADO F.C. 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 1ª fecha siguiente competenciaANDRÉS CORREA ONCE CALDAS 3ª fecha liguilla BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha Semifinal liguilla BetPlay
DIMAYOR 2020
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 5ª fecha de los cuadrangulares del Torneo BetPlay DIMAYOR 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 5ª fecha de los cuadrangulares del Torneo BetPlay DIMAYOR 2020.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Aldair Arnedo
U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares
Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 2 fechas $292.600,oo 6ª fecha Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 y 1ª fecha siguiente competencia.
Motivo: Emplear lenguaje ofensivo y grosero contra un adversario.
Art. 63-G del Código Disciplinario Único de la FCF.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
DAVID LOAIZA LEONES F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo DUVÁN VIVEROS BOGOTÁ F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo BRANDON CAICEDO BOGOTÁ F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo RAMÓN CORDOBA CORTULUÁ 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo CRISTIAN MOYA VALLEDUPAR F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo ALDAIR GUTIERREZ VALLEDUPAR F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
DIMAYOR 2020 $87.780,oo ALDAIR GUTIERREZ VALLEDUPAR F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo DELMAN CAJIAO VALLEDUPAR F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo TOMÁS VELASQUEZ VALLEDUPAR F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo CRISTIAN MINA LLANEROS F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo ROBERT ARIZALA LLANEROS F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo EDSON VÁSQUEZ LLANEROS F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,ooJEAN BECERRA ATL. HUILA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo BRAYAN MORENO ATL. HUILA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo WILLIAM DUARTE ATL. HUILA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JESÚS FIGUEROA DEP. QUINDÍO 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JEIDER RIQUETT DEP. QUINDÍO 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
DIMAYOR 2020 $87.780,oo JEIDER RIQUETT DEP. QUINDÍO 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo YEISON CARABALI DEP. QUINDÍO 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo JOSÉ SÁNCHEZ U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo ROBERTO HINOJOA U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo BRAYNNER GARCÍA U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo FABIÁN CANTILLO U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $87.780,oo HERNÁN LUNA U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
$87.780,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA VALLEDUPAR F.C. 4 amonestaciones en el mismo partido 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,oo
U. MAGDALENA 5 amonestaciones en el mismo partido 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
U. MAGDALENA 5 amonestaciones en el mismo partido 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 $438.901,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION A CUMPLIR BRANDON CAICEDO BOGOTÁ F.C. 5ª fecha cuadrangulares
Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020RAMÓN CORDOBA CORTULUÁ 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
BRAYAN MORENO ATL. HUILA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
CRISTIAN MINA LLANEROS F.C. 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
FABIÁN CANTILLO U. MAGDALENA 5ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay DIMAYOR 2020 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
DIMAYOR 2020 1 fecha 6ª fecha cuadrangulares Torneo BetPlay
DIMAYOR 2020
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 4º.- Imponer las sanciones correspondientes al partido de ida de la Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020.
AMONESTADAS
AMONESTADA
CLUB
FECHA
MULTA
MILDREY PINEDA AMÉRICA DE CALI Partido de ida final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo LEIVIS RAMOS IND. SANTA FE Partido de ida final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo JESSICA PEÑA IND. SANTA FE Partido de ida final Liga Femenina BetPlay
DIMAYOR 2020
$43.890,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 5º.- Imponer las sanciones correspondientes al partido de vuelta de la Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020.
AMONESTADAS
AMONESTADA
CLUB
FECHA
MULTA
LEIVIS RAMOS IND. SANTA FE Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,ooIVONNE CHACON IND. SANTA FE Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo FANY GAUTO IND. SANTA FE Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo
BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo FANY GAUTO IND. SANTA FE Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo KENA ROMERO IND. SANTA FE Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo ADRIANA LÓPEZ AMÉRICA DE CALI Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $43.890,oo
Art. 58-6 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA IND. SANTA FE 4 amonestaciones en el mismo partido Partido de vuelta final Liga Femenina BetPlay DIMAYOR 2020 $219.450,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 6º.- Caso Pendiente. Solicitud de investigación al Comité en contra del señor Walmer Pacheco, jugador inscrito con Club Deportivo La Equidad Seguros S.A., por presunta infracción del artículo 64 literal f) del CDU de la FCF en el partido de ida de la semifinal de la Liga BetPlay DIMAYOR 2020 entre Club Deportivo La Equidad Seguros S.A. e Independiente Santa Fe S.A. En virtud de la solicitud de investigación al Comité, se le solicitó al jugador que presentara una respuesta sobre el particular adjuntando las pruebas que estimara pertinentes. Dentro del término previsto el señor Pacheco presentó, entre otros, los siguientes argumentos:
“La jugada de referencia del video adjunto entre el minuto 15 con 48 segundos y el minuto 16 y 1
Pacheco presentó, entre otros, los siguientes argumentos:
“La jugada de referencia del video adjunto entre el minuto 15 con 48 segundos y el minuto 16 y 1 segundo, se puede observar en esta jugada defensiva que llego antes a rechazar el balón (imagen adjunta 1), el jugador contrario a pesar que ya se había rechazado y no tenía forma de ganar la lucha por el balón, continúa con la fuerza de inercia normal por la lucha del balón y aunque ambos apartamos los botines, el contrario si alcanza a darme un golpe con su pie izquierdo en mi pantorrilla izquierda (imagen 2), que es la parte de mi cuerpo que me toco de dolor en la secue ncia siguiente de la jugada.
Se puede observar que no pido amonestación al contrario y de ninguna forma mi actuar fue “… con intención de causar una decisión incorrecta de un oficial del partido o contribuir en un error de juicio y en consecuencia hacer lo adoptar una decisión incorrecta.” En referencia al artículo 64 literal f del CDU de la FCF al que se refiere la queja.”
Adicionalmente, el jugador Walmer Pacheco adjuntó unas imágenes de la jugada objeto de estudio.
Analizados en detalle los hechos materia de investigación, así como el acervo probatorio, para el caso presente el Comité considera lo siguiente:1. Una vez revisadas detenidamente las diferentes imágenes aportadas al expediente, se encuentra que en el curso de la jugada se presenta una disputa del balón en la cual se produce un contacto de juego entre el pie del jugador de Independiente Santa Fe S.A. y la pantorrilla del jugador del Club Deportivo La Equidad Seguros S.A. En ese sentido, el Comité encuentra que para este caso en particular, la jugada objeto de investigación es una acción de partido en la que existe un contacto
Deportivo La Equidad Seguros S.A. En ese sentido, el Comité encuentra que para este caso en particular, la jugada objeto de investigación es una acción de partido en la que existe un contacto que se encuentra dentro del ámbito de interpretación del árbitro como suprema autoridad; en la cual, a criterio del Comité, no se exhibe una conducta explicita o inequívoca por parte del jugador Pacheco, que se encuadre dentro de lo previsto en el artículo 64 literal f) del CDU.
Por consiguiente, al no estar dados los elementos que contempla el artículo 64 literal f) del CDU de la FCF, el Comité considera que no existe mérito para imponer una sanción al investigado.
Por lo anterior se ordena el cierre de investigación y el archivo de las diligencias.
Artículo 7º.- Denuncia presentada por el América de Cali S.A. en relación con el partido de ida de la semifinal de la Liga BetPlay DIMAYOR 2020 entre América de Cali S.A. y el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A.
El Comité recibió el escrito de denuncia el 11 de diciembre de 2020. Sobre el particular, es importante recordar que el parágrafo del artículo 83 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol dispone un término especial para la interposición de denuncias con relación a las infracciones que se consagran en los literales del mencionado artículo.
Concretamente, dicho parágrafo señala:
“Parágrafo: Las conductas tipificadas en este artículo podrán ser conocidas por la autoridad competente en los términos del artículo 164 del presente Código o mediante queja o denuncia formulada por persona (natural o jurídica) con interés legítimo dentro de los dos ( 2) días
competente en los términos del artículo 164 del presente Código o mediante queja o denuncia formulada por persona (natural o jurídica) con interés legítimo dentro de los dos ( 2) días hábiles siguientes a la celebración del partido denunciado con indicación clara los hechos y las pruebas correspondientes.” (subraya fuera del texto)
Para el caso presente, resalta el hecho que la interposición de la denuncia, en fecha 11 de dicie mbre de 2020, es extemporánea ya que el término previsto en la norma culminaba el día 8 de diciembre de 2020. De igual manera, no puede perderse de vista que el América de Cali S.A. en su escrito reconoce la interposición de la acción de manera posterior a l término reglamentario, alegando que los hechos materia de denuncia se conocieron el día 10 de diciembre de 2020. No obstante, para este Comité es igualmente claro que en el evento en que prima facie no se cumpla con el término dispuesto en la norma, se considera como asunto central a valorar que el marco factico relevante se rija por un criterio de inmediatez que debe ser analizado por el Comité caso a caso; aspecto que no concurre en la situación planteada por el América . Lo anterior, en virtud de que los hechos alegados por el denunciante fueron de conocimiento público en la s primeras horas de la mañana del día 10 de diciembre de 2020, y la presentación de la denuncia fue remitida a altas horas de la noche del viernes 11 de diciembre de 2020.Finalmente, el Comité también observa que el América de Cali S.A. presentó un desistimiento de la denuncia.
En mérito de lo expuesto, el Comité procede al archivo de las diligencias.
denuncia.
En mérito de lo expuesto, el Comité procede al archivo de las diligencias.
Artículo 8º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la DIMAYOR dentro del término previsto en el artículo 20° del Código Disciplinario Único de la FCF, el cual señala:
“Artículo 20. Ejecución de la multa.
1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor corre spondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato.
Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa."
Fdo. Fdo.
JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
Presidente
DANIEL CARDONA ARANDA
Secretario 01fi:iNetfi
SC-CER571166
PATROCINADOR OFICIAL CERVEZA OFICIAL BALÓN OFICIAL AEROLÍNEA OFICIAL CANAL OFICIAL Cra 45A # 94-06 / Bogotá, Colombia PBX: 518 5510 / FAX 518 5512 / contacto"ald1mayor com co /www d1mayor com co