DIMAYOR - Resolución 042 30 10 de 2018
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Detalles
- Título
- DIMAYOR - Resolución 042 30 10 de 2018
- Autor
- DIMAYOR
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2018
RESOLUCIÓN No. 042 de 2018
(Octubre 30)
Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B”
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputado por la 17ª fecha de la Liga Águila II 2018.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR Jerson Malagón PATRIOTAS F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 2 fechas $338.538,20 18ª y 19ª fecha Motivo: Conducta violenta contra un adversario. Liga Águila II Art. 63-D Código Disciplinario Único de FCF. 2018
Avimiled Rivas AMÉRICA DE CALI 17ª fecha Liga Águila II 2018 2 fechas $338.538,20 18ª y 19ª fecha Motivo: Conducta violenta contra un adversario. Liga Águila II Art. 63-D Código Disciplinario Único de FCF. 2018
Jhon Arboleda DEP. BOYACÁ CHICÓ 17ª fecha Liga Águila II 2018 2 fechas $338.538,20 18ª y 19ª fecha Motivo: Conducta violenta contra un adversario. Liga Águila II Art. 63-D Código Disciplinario Único de FCF. 2018
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
Art. 63-D Código Disciplinario Único de FCF. 2018
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JAIME AYALA DEP. BOYACÁ CHICÓ 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN DUQUE DEP. BOYACÁ CHICÓ 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JORDY MONROY DEP. BOYACÁ CHICÓ 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40JHON GONZÁLEZ DEP. BOYACÁ CHICÓ 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 ANDREY ESTUPIÑAN DEP. PASTO 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JOSÉ ORTÍZ DEP. PASTO 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN VÁZQUEZ DEP. PASTO 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 FELIPE JARAMILLO LEONES F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 SEBASTIÁN SALAZAR IND. SANTAFE 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN ROA IND. SANTAFE 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JORGE AGUIRRE IND. SANTAFE 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 ARLEY RODRÍGUEZ IND. SANTAFE 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DEIBER CAICEDO DEP. CALI 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
ARLEY RODRÍGUEZ IND. SANTAFE 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DEIBER CAICEDO DEP. CALI 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 OLMES GARCÍA JAGUARES F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 ANDRÉS CADAVID MILLONARIOS F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN DOMÍNGUEZ MILLONARIOS F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN SALAZAR MILLONARIOS F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 RAFAEL CARRASCAL DEP. TOLIMA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DANVIS BANGUERO DEP. TOLIMA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DANIEL CATAÑO DEP. TOLIMA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JOSÉ CUADRADO ONCE CALDAS 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 CÉSAR AMAYA ONCE CALDAS 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 EDER STEER ONCE CALDAS 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 ANDRÉS PEREA ATL. NACIONAL 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 REYNALDO LENIS ATL. NACIONAL 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DIEGO NOVOA DEP. LA EQUIDAD 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
REYNALDO LENIS ATL. NACIONAL 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DIEGO NOVOA DEP. LA EQUIDAD 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 HENRY MIER DEP. LA EQUIDAD 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 WALMER PACHECO DEP. LA EQUIDAD 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JEIDER RIQUETT DEP. LA EQUIDAD 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 NICOLÁS PALACIOS PATRIOTAS F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 GERMÁN GUTIÉRREZ JUNIOR F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 ENRIQUE SERJE JUNIOR F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 RAFAEL PÉREZ JUNIOR F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
CRISTIAN DÁJOME AMÉRICA DE CALI 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
KEVIN AGUDELO ATL. HUILA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JEN PESTAÑA ATL. HUILA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 NEYDER MORENO ENVIGADO F.C. 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 WILLIAM PARRA DIM 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 LARRY ANGULO DIM 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 •• .. , .. .. ,.,fi . ... ,. . ••••
WILLIAM PARRA DIM 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 LARRY ANGULO DIM 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 •• .. , .. .. ,.,fi . ... ,. . ••••
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FABIO RODRÍGUEZ ATL. BUCARAMANGA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
JUAN VALENCIA RIONEGRO 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 FREDY HINESTROZA RIONEGRO 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 FREDDY FLOREZ A PETROLERA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 LUCIANO OSPINA A PETROLERA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 PABLO VRANJICAN A PETROLERA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
LUCIANO OSPINA A PETROLERA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 PABLO VRANJICAN A PETROLERA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 LEONARDO SALDAÑA A PETROLERA 17ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA DEP. BOYACÁ CHICÓ 4 amonestaciones en el mismo partido 17ª fecha Liga Águila II 2018 $781.242,oo IND. SANTAFE 4 amonestaciones en el mismo partido 17ª fecha Liga Águila II 2018 $781.242,oo DEP. LA EQUIDAD 4 amonestaciones en el mismo partido 17ª fecha Liga Águila II 2018 $781.242,oo A PETROLERA 4 amonestaciones en el mismo partido 17ª fecha Liga Águila II 2018 $781.242,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR
RAFAEL
CARRASCAL
DEP. TOLIMA
17ª fecha Liga Águila II 2018 1 fecha
18ª fecha Liga Águila II 2018
ANDRÉS CADAVID
MILLONARIOS
F.C.
15ª fecha Liga Águila II 2018 1 fecha
16ª fecha Liga Águila II 2018
Águila II 2018
ANDRÉS CADAVID
MILLONARIOS
F.C.
15ª fecha Liga Águila II 2018 1 fecha
16ª fecha Liga Águila II 2018
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolArtículo 2º.- Imponer las sanciones correspondientes a unos partidos disputados por la 2ª fecha de cuadrangulares del Torneo Águila 2018.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
YEISON CARABALI DEP. QUINDÍO 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DIDIER PINO DEP. QUINDÍO 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JUAN DEUSA DEP. QUINDÍO 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 PABLO ESCOBAR DEP. QUINDÍO 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DAVID FERREIRA U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JHOJAN VALENCIA U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 ERWIN CARRILLO U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JUAN FLOREZ CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018
ERWIN CARRILLO U. MAGDALENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JUAN FLOREZ CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 EDWIN MOVIL CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DIEGO ECHEVERRI CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 LUIS MENA CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 YOIVER GONZÁLEZ CORPEREIRA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 SARAMYS RODRÍGUEZ VALLEDUPAR F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 ODACIR PÉREZ VALLEDUPAR F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JHONNY BUELVAS VALLEDUPAR F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 ORLANDO OSORIO REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 LEONARDO LAZARO REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 ELKIN MOSQUERA REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20
Águila 2018 $78.124,20 ELKIN MOSQUERA REAL CARTAGENA 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JHON ARIAS LLANEROS F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20JULIÁN MILLÁN LLANEROS F.C. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JHONNY MOSTASILLA CÚCUTA DEP. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 JHON VÁSQUEZ CÚCUTA DEP. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DARWIN CARRERO CÚCUTA DEP. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 MATEO MUÑOZ CÚCUTA DEP. 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 GUILLERMO GÓMEZ CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DUVÁN VIÁFARA CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 LUCAS SOTERO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 MAYER CANDELO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 FEIVER MERCADO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018
MAYER CANDELO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 FEIVER MERCADO CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 YHONNY RAMÍREZ CORTULUÁ 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA DEP. QUINDÍO 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $390.621,oo CORPEREIRA 5 amonestaciones en el mismo partido
2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $390.621,oo CUCUTÁ 4 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $390.621,oo CORTULUÁ 6 amonestaciones en el mismo partido 2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $390.621,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolQUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR
DIEGO
ECHEVERRI
CORPEREIRA
2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 1 fecha
3ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018
DIEGO
ECHEVERRI
CORPEREIRA
2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 1 fecha
3ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018
JUAN FLOREZ
CORPEREIRA
2ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 1 fecha
3ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 4º.- En investigación. Solicitud presentada por el Representante Legal del club Unión Magdalena S.A. frente a la situación disciplinaria de l jugador Ricardo Márquez originada en el partido disputado por la 2ª fecha de los cuadrangulares del Torneo Aguila 2018.
Artículo 5º.- Recurso de reposición presentado por el representante legal del club América de Cali S.A. contra la Resolución No. 041 de 2018 por medio de la cual se decide sancionar al señor Fernando Castro, director técnico inscrito por el club, con quinientos veinte mil ochocientos veintiocho pesos con veinte centavos ($520.828,20,oo) de multa y dos (2) fechas de suspensión por emplear lenguaje ofensivo y grosero contra una persona que no es oficial de partido en el partido disputado por la 16ª fecha de la Liga Aguila II 2018 contra el club Talento Dorado S.A. (RIONEGRO) (Art. 63-G CDU). Dentro del termin o reglamentario, el representante legal presentó escrito argumentando, entre otros, lo siguiente:
Aguila II 2018 contra el club Talento Dorado S.A. (RIONEGRO) (Art. 63-G CDU). Dentro del termin o reglamentario, el representante legal presentó escrito argumentando, entre otros, lo siguiente:
(…) “De acuerdo con todo lo anterior, solicitamos respetuosamente que la circunstancia de atenuación punitiva sea valorada de conformidad con la normativida d disciplinaria vigente, que en ningún momento dice que no puede ser estudiada al momento de imponer la sanción mínima determinada por la norma, porque en términos prácticos, al momento de la determinación de la sanción, en realidad el CDC lo que hizo fue imponer la sanción mínima, frente a una conducta que no puede ser valorada como reincidente, y por ende, no se valoró a profundidad en qué consistió la aplicación de la causal de atenuación. De este modo, solicitamos en este recurso que, en consideración a la circunstancia de atenuación, se imponga únicamente 1 fecha de suspensión y que el profesor Castro pueda ser inscrito en la planilla de juego en el partido correspondiente a la 18ª fecha de la Liga Águila II 2018 ”.
Frente a lo anterior el Comité precisa:
1. Es indiscutible la conducta desplegada por el señor Castro frente a las provocaciones recibidas por parte de un aficionado. Así ha sido reconocido por el sancionado y por elrecurrente en esta oportunidad con base en el artículo 4 6, C del CDU por lo que, es claro el lenguaje ofensivo y grosero que utilizó el señor Castro contra un aficionado.
2. La sanción que reprocha el tipo de conductas cometidas por el señor Castro se indica
claro el lenguaje ofensivo y grosero que utilizó el señor Castro contra un aficionado.
2. La sanción que reprocha el tipo de conductas cometidas por el señor Castro se indica en el artículo 63-G del CDU, la cual se materializa con la mera conducta, es decir, por el hecho de pronunciarse los improperios.
3. Así las cosas, en el evento en que se produzcan situaciones que puedan encontrarse dentro del marco del artículo 63-G del CDU, el Comité debe dar aplicación a la sanción prevista considerando todas las circunstancias de atenuación o agravación que tengan cabida.
4. En este caso, como bien se mencionó, para el Comité no hay lugar a dudas que existe el reconocimiento de la comisión de la conducta o confesión como lo señala el recurrente y la situación que presidió y desencadenó la reacción del señor Castro pero, es igualmente cierto, que por tratarse de un espectáculo deportivo abierto al público, en el que asisten niños y familias con el fin de disfrutar un momento agradable, y que por el nivel de profesionalismo que ostentan las competencias que organiza la DIMAYOR y el grado de compromiso ético y con los reglamentos a los que se han acogido las personas involucradas en las competencias, deben reflejar en su actuar la responsabilidad adquirida, con el fin de propender por la protección de la buena imagen del fútbol profesional colombiano, la integridad de sus competencias, el fair play , y el respeto; situación que evidentemente no ocurrió en esta ocasión y que puede ser corroborada en las palabras pronunciadas por el director técnico Fernando Castro.
5. Todo lo anterior sumado a que en esta competencia el señor Castro no contaba con
situación que evidentemente no ocurrió en esta ocasión y que puede ser corroborada en las palabras pronunciadas por el director técnico Fernando Castro.
5. Todo lo anterior sumado a que en esta competencia el señor Castro no contaba con antecedentes disciplinarios, le permitió analizar al Comité el alcance que debía realiz ar de la norma aplicable para el caso en particular, artículo 63 -G del CDU, y lo llevó a concluir que la dosificación correspondía a la sanción mínima estipulada, esta es, 2 fechas de suspensión y $520.828,20,oo de multa.
6. En este orden de ideas, el Comité decide no reponer su decisión y, en consecuencia, confirmar la sanción inicial adoptada mediante Resolución No. 041 de 2018.
Contra la presente decisión no procede recurso alguno en vía federativa.
Artículo 6º.- En investigación. Situación disciplinari a del jugador Andrés Pérez con ocasión a la sanción impuesta por el Comité en la Resolución 041 de 2018, por la conducta desplegada en el partido disputado por la 15ª fecha de la Liga Aguila II 2018.
Artículo 7º.- Cúcuta Deportivo sancionado con dos millones quinientos treinta y nueve mil treinta y seis pesos con cinco centavos ($2.539.036,05) de multa por incumplir las disposiciones establecidas por el organizador del campeonato para el desarrollo de los partidos relacionadas con los actos protocolar ios en el encuentro disputado por la 2ª fecha de los cuadrangulares del Torneo Aguila 2018 (Art. 78 -F CDU). Mediante informe de oficiales de partido , el Comité tuvo conocimiento que , a la salida a los actos
la 2ª fecha de los cuadrangulares del Torneo Aguila 2018 (Art. 78 -F CDU). Mediante informe de oficiales de partido , el Comité tuvo conocimiento que , a la salida a los actos protocolarios, jugadores del club pasaron por alt o las normas emitidas por la Dimayor relacionadas con la salida de menores de edad a los actos de protocolo pues algunos de ellos salieron con niños en brazos.
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En este sentido, y tomando en cuenta las pruebas que constan en el expediente, el Comité concluye fehacientemente que el club incumplió con las normas establecidas para la salida de menores de edad en los actos de protocolo al permitir su salida en brazos de los jugadores.
En consecuencia, de acuerdo con lo reportado, el Comité habrá de imponer la sanción
de menores de edad en los actos de protocolo al permitir su salida en brazos de los jugadores.
En consecuencia, de acuerdo con lo reportado, el Comité habrá de imponer la sanción aplicable del artículo 78 -F del CDU, incrementada en los términos de reincidencia establecidos en el artículo 48 del CDU por la sanción impuesta previamente en Resolución No. 029 de 2018, es decir, sancionar al club con con dos millones quinientos treinta y nueve mil treinta y seis pesos con cinco centavos ($2.539.036,05) de multa por incumplir las disposiciones establecidas por el organizador del campeonato para el desarro llo de los partidos relacionadas con los actos protocolarios en el encuentro disputado por la 2ª fecha de los cuadrangulares del Torneo Aguila 2018 (Art. 78-F CDU).
Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
Artículo 8º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la DIMAYOR dentro del término previsto en el artículo 20° del Código Disciplinario Único de la FCF, el cual señala:
“Artículo 20. Ejecución de la multa.
1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato.
Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de
subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato.
Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa."
Fdo. Fdo.
EYDER PATIÑO CABRERA
Presidente-E CLAUDIA E. GUERRERO SÁNCHEZ Secretaria •• .. , .. .. ,.,fi . ... ,. . ••••
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