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DIMAYOR - Resolución 045 14 11 de 2018

DIMAYOR

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Detalles

Título
DIMAYOR - Resolución 045 14 11 de 2018
Autor
DIMAYOR
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2018

RESOLUCIÓN No. 045 de 2018

(Noviembre 14) Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B” En uso de sus facultades legales y estatutarias,

RESUELVE:

Artículo 1º. Imponer las sanciones correspondientes a un partido disputado por la 14ª fecha de la Liga Águila II 2018. SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR José Moreno ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 2 fechas $338.538,20 19ª fecha e ida de cuartos de final Motivo: Conducta violenta contra un adversario. Liga Aguila II Art. 63-D Código Disciplinario Único de FCF. 2018

AMONESTADOS

AMONESTADO

CLUB

FECHA MULTA LUIS GONZÁLEZ DEP. TOLIMA 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40

CARLOS ROBLES DEP. TOLIMA 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 DANIEL CATAÑO DEP. TOLIMA 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 LUIS SIERRA ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN RODRÍGUEZ ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 LUIS SIERRA ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN RODRÍGUEZ ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 ISRAEL ALBA ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 $156.248,40 Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolQUINTA AMONESTACIÓN

SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR

CARLOS ROBLES

DEP. TOLIMA 14ª fecha Liga Águila II 2018 1 fecha 19ª fecha Liga Águila II 2018

JUAN RODRÍGUEZ

ONCE CALDAS 14ª fecha Liga Águila II 2018 1 fecha 19ª fecha Liga Águila II 2018 Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 2º.- Imponer las sanciones correspondientes a un partido disputado por la ida de la final de la Copa Aguila 2018.

SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR

Helibelton Palacios ATL. NACIONAL Ida final Copa Águila 2018 1 fecha $39.062,10 Vuelta final Motivo: Recibir una segunda amonestación en el mismo partido. Copa Aguila Art. 58-2 Código Disciplinario Único de FCF. 2018

AMONESTADOS

AMONESTADO

CLUB FECHA MULTA Art. 58-2 Código Disciplinario Único de FCF. 2018

AMONESTADOS

AMONESTADO

CLUB FECHA MULTA DIEGO PERALTA ONCE CALDAS Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 JUAN RODRÍGUEZ ONCE CALDAS Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 EDER STEER ONCE CALDAS Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 CÉSAR AMAYA ONCE CALDAS Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 ANDRÉS RESTREPO ONCE CALDAS Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 FELIPE AGUILAR ATL. NACIONAL Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 JORMAN CAMPUZANO ATL. NACIONAL Vuelta final Copa Águila 2018 $39.062,10 Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolCONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO FECHA MULTA ONCE CALDAS 5 amonestaciones en el mismo partido Vuelta final Copa Águila 2018 $195.310,10 Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 3º.- Las sanciones económicas impuestas en esta resolución deberán cancelarse a la DIMAYOR dentro del término previsto en el artículo 20° del Código Disciplinario Único de la FCF, el cual señala:

“Artículo 20. Ejecución de la multa. dentro del término previsto en el artículo 20° del Código Disciplinario Único de la FCF, el cual señala:

“Artículo 20. Ejecución de la multa.

1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el mismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato.

Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa." Fdo. Fdo.

MARGARITA CABELLO BLANCO

Presidenta

CLAUDIA E. GUERRERO SÁNCHEZ

Secretaria

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