DIMAYOR - Resolución 048 20 11 de 2018
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Detalles
- Título
- DIMAYOR - Resolución 048 20 11 de 2018
- Autor
- DIMAYOR
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2018
RESOLUCIÓN No. 048 de 2018
(Noviembre 20)
Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO DE FÚTBOL PROFESIONAL CATEGORÍAS “A” y “B”
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la ida de cuartos de final de la Liga Águila II 2018.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
CARLOS HENAO IND. SANTAFE Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 VÍCTOR GIRALDO IND. SANTAFE Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 ARLEY RODRÍGUEZ IND. SANTAFE Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 ALVARO MONTERO DEP. TOLIMA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JULIÁN QUIÑONES DEP. TOLIMA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 MARCO PÉREZ DEP. TOLIMA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 CARLOS ROBLES DEP. TOLIMA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 YULIÁN ANCHICO DIM Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
CARLOS ROBLES DEP. TOLIMA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 YULIÁN ANCHICO DIM Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 MARVIN VALLECILLA ATL. BUCARAMANGA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 GABRIEL GÓMEZ ATL. BUCARAMANGA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40JOHAN CABALLERO ATL. BUCARAMANGA Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
DANIEL PADILLA DEP. LA EQUIDAD
Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
DANIEL MUÑOZ RIONEGRO
Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
FRANCISCO RODRÍGUEZ RIONEGRO
Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 DIEGO PERALTA ONCE CALDAS Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN NIETO ONCE CALDAS Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 EDER STEER ONCE CALDAS Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 MARCELINO CARREAZO ONCE CALDAS Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
MARCELINO CARREAZO ONCE CALDAS Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA DEP. TOLIMA 4 amonestaciones en el mismo partido Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo ONCE CALDAS 4 amonestaciones en el mismo partido Ida cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 2º. Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la vuelta cuartos de final de la Liga Águila II 2018.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Guillermo Sanguinetti (D.T.) IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Aguila II 2018 3 fechas $2.343.726, oo 1ª, 2ª y 3ª fecha Motivo: Emplear lenguaje ofensivo contra oficial de partido. Siguiente Art. 64-B Código Disciplinario Único de FCF. competenciaAMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
CÉSAR AMAYA ONCE CALDAS Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
CÉSAR AMAYA ONCE CALDAS Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 EDER STEER ONCE CALDAS Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JOHAN CARBONERO ONCE CALDAS Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN VALENCIA RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 FREDY HINESTROZA RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 HUMBERTO OSORIO RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN PÉREZ RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 FRANCISCO RODRÍGUEZ RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 CARLOS RAMÍREZ RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 LUIS MOSQUERA RIONEGRO Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JULIÁN QUIÑONES DEP. TOLIMA Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 DANOVIS BANGUERO DEP. TOLIMA Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
2018 $156.248,40 DANOVIS BANGUERO DEP. TOLIMA Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 CARLOS ROBLES DEP. TOLIMA Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN ROA IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 ARLEY RODRÍGUEZ IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 YEISON GORDILLO IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 FACUNDO GUAICHON IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 MICHAEL RANGEL ATL. BUCARAMANGA Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JEISSON QUIÑONES ATL. BUCARAMANGA Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 ELIS PERLAZA DIM Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40BRYAN CASTRILLON DIM Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 SEBASTIÁN MACIAS DIM Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 DIEGO NOVOA DEP. LA EQUIDAD Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 STALIN MOTTA DEP. LA EQUIDAD Vuelta cuartos de final Liga Águila II
$156.248,40 DIEGO NOVOA DEP. LA EQUIDAD Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 STALIN MOTTA DEP. LA EQUIDAD Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 WALMER PACHECO DEP. LA EQUIDAD Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 JUAN MAHECHA DEP. LA EQUIDAD Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40 RAFAEL PÉREZ JUNIOR F.C. Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
MARLON PIEDRAHITA JUNIOR F.C. Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $156.248,40
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA IND. SANTAFE 4 amonestaciones en el mismo partido Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo
RIONEGRO
7 amonestaciones en el mismo partido
Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo
DEP. LA EQUIDAD
4 amonestaciones en el mismo partido
Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
4 amonestaciones en el mismo partido
Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 $781.242,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR
ARLEY RODRÍGUEZ IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018
1 fecha 1ª fecha siguiente competencia
JUAN ROA
IND. SANTAFE
Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 1 fecha 1ª fecha siguiente competenciaYEISON GORDILLO IND. SANTAFE Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 1 fecha 1ª fecha siguiente competencia
FRANCISCO
RODRÍGUEZ
RIONEGRO
Vuelta cuartos de final Liga Águila II 2018 1 fecha
Ida semifinal Liga Aguila II 2018
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 3º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 6ª fecha de los cuadrangulares del Torneo Aguila 2018.
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JOHNNY MOSTASILLA CÚCUTA DEP. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JOHNNY MOSTASILLA CÚCUTA DEP. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 EDISON DUARTE CÚCUTA DEP. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 LUIS MIRANDA CÚCUTA DEP. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DUMA HERRERA LLANEROS F.C. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 CLAUDIO RUBIANO LLANEROS F.C. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 XAVIER GONZÁLEZ REAL CARTAGENA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 CRISTIAN OSORIO REAL CARTAGENA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DUVÁN VIÁFARA CORTULUÁ 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 LUCAS SOTERO CORTULUÁ 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 MATEO PUERTA CORTULUÁ 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 YEINER OROZCO DEP. QUINDÍO 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DIDIER PINO DEP. QUINDÍO 6ª fecha cuadrangulares Torneo
$78.124,20 YEINER OROZCO DEP. QUINDÍO 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 DIDIER PINO DEP. QUINDÍO 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 BRAYAN BLANDON VALLEDUPAR F.C. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 ANDRÉS LLINAS VALLEDUPAR F.C. 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20ANDRÉS ÁLVAREZ CORPEREIRA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 MARCELO VIDAL UNIÓN MAGDALENA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20 FERNANDO BATISTE UNIÓN MAGDALENA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Águila 2018 $78.124,20
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR DIDIER PINO DEP. QUINDÍO 6ª fecha cuadrangulares
Torneo Aguila 2018
1 fecha 1ª fecha siguiente competencia LUCAS SOTERO CORTULUA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila 2018 1 fecha 1ª fecha siguiente competencia
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
SOTERO CORTULUA 6ª fecha cuadrangulares Torneo Aguila 2018 1 fecha 1ª fecha siguiente competencia
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 4º.- Imponer las sanciones correspondientes a un partido disputado por la ida de la final del Torneo Aguila 2018.
SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSION MULTA A CUMPLIR
Jhojan Valencia UNIÓN MAGDALENA Ida final Torneo Águila 2018 1 fecha $78.124,20 Vuelta final Motivo: Juego brusco grave contra un adversario. Torneo Aguila Art. 63-C Código Disciplinario Único de FCF. 2018
AMONESTADOS
AMONESTADO
CLUB
FECHA
MULTA
JULIO MURILLO UNIÓN MAGDALENA Ida final Torneo Águila 2018 $78.124,20 DIEGO CHICA CÚCUTA DEP. Ida final Torneo Águila 2018 $78.124,20 JAMES CASTRO CÚCUTA DEP. Ida final Torneo Águila 2018 $78.124,20 ROBERT CARVAJAL CÚCUTA DEP. Ida final Torneo Águila 2018 $78.124,20 CARLOS SINIESTRA CÚCUTA DEP. Ida final Torneo Águila 2018 $78.124,20
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolCONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA CÚCUTA DEP. 4 amonestaciones en un mismo partido
Art. 58-5 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de FútbolCONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES
CLUB MOTIVO FECHA MULTA CÚCUTA DEP. 4 amonestaciones en un mismo partido Ida final Torneo Águila 2018 $390.621,oo
Artículos 77-A Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
QUINTA AMONESTACIÓN
SANCIONADOS CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR
JAMES
CASTRO
CÚCUTA DEP.
Ida final Torneo Águila 2018 1 fecha
Vuelta final Torneo Aguila 2018
Artículo 58-3 Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol
Artículo 4º.- Solicitud enviada por representante legal del club Equipo del Pueblo S.A. de apertura de procedimiento en contra del club Atlético Bucaramanga S.A. por presunto incumplimiento a las obligaciones frente a la organización de partidos y al juego limpio en el encuentro disputad o por la vuelta de cuartos de final de la Liga Aguila II 2018 contra el club Atlético Bucaramanga S.A. (Arts. 78, 79, 84 y 164 CDU). El Comité tuvo conocimiento de la solicitud presentada por el Equipo del Pueblo el cual, en su escrito señala, entre otros, los siguientes argumentos:
(…) “ Esta Comisión deberá considerar el estado de falta de garantías y seguridad para nuestro club en el partido correspondiente a los cuartos de final de la Liga Aguila II 2018, lo cual se visualizó por las sustancias encontradas en el camerino del club visita nte que
(…) “ Esta Comisión deberá considerar el estado de falta de garantías y seguridad para nuestro club en el partido correspondiente a los cuartos de final de la Liga Aguila II 2018, lo cual se visualizó por las sustancias encontradas en el camerino del club visita nte que generaron en los jugadores irritación en los ojos y vías aéreas, además de dolor de cabeza.
(…) “Por lo expresado solicitamos a esta respetada Comisión Disciplinaria se examine en el presente asunto la procedencia del principio de verdad real o material, el cual consagra que debe establecerse de forma certera la realidad histórica de los hechos investigados, siendo necesaria su reconstrucción por medio de la prueba recopilada. La verdad consiste en determinar las verdaderas razones sobre las cuales se dieron los hechos, es decir, cuál fue el cuadro fáctico que propició los hechos descritos. La verificación de esta verdad real debe ser el fundamento sobre la cual se imponga una sanción” (…).
El Comité se permite señalar que:
1. Frente a los hechos descritos por el club Equipo del Pueblo en su escrito, el árbitro del partido no menciona nada en su informe. Por su parte, el comisario de campo indica : “en el día de ayer se hizo una averiguación con un operario de mantenimiento del Estadio Alfonso López con respecto a los supuestos químicos que olían en el camerinoy este dijo que esa información solamente la podía dar el jefe de escenarios del Indersantander y anoche nos comunicamos con el señor Greco (jefe de escenarios de Indersantander) y dijo que en el día de hoy enviaban un comunicado oficial directo a la Dimayor al respecto”.
Indersantander y anoche nos comunicamos con el señor Greco (jefe de escenarios de Indersantander) y dijo que en el día de hoy enviaban un comunicado oficial directo a la Dimayor al respecto”.
2. La DIMAYOR recibió comunicado oficial a la opinión pública de fecha del 19 de noviembre de 2018 del Instituto Departamental de Recreación y Deportes SantanderINDERSANTANDER en el que se manifiesta que:
(…) “Las sustancias químicas encontradas en el camerino se debe a un proceso de aseo y control de malos olores que efectuamos normalmente en todas las baterías sanitarias que tiene el escenario (baños de espect adores, camerinos) como normalmente es utilizado en diferentes sitios de alta afluencia de público tales como bares, discotecas, cinemas, aeropuertos, por citar a algunos, esto con el único fin de brindarle un mejor ambiente en esas áreas que están expuest as a olores fétidos causados por el uso de las personas o en su defecto por algunos animales que merodean el escenario (gatos).
3. Así las cosas, para el Comité resulta claro que los hechos acontecidos obedecieron a controles de olores y sanitarios adelantados por el administrador del escenario deportivo y, por tanto, no se evidencia alguna acción de mala fe por parte del club Atlético Bucaramanga, o a algún incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol referentes a la organización y medidas de seguridad que se deben adoptar para el desarrollo de los partidos que se disputan en el marco de las competencias oficiales organizadas por la DIMAYOR.
4. Por las razones aquí expuestas, el Comité no encuentra mérito para iniciar algún tipo
y medidas de seguridad que se deben adoptar para el desarrollo de los partidos que se disputan en el marco de las competencias oficiales organizadas por la DIMAYOR.
4. Por las razones aquí expuestas, el Comité no encuentra mérito para iniciar algún tipo de investigación y, en consecuencia, decide ordenar el cierre del caso.
Contra la presente decisión procede recurso de reposición.
Artículo 5º.- En investigación. Edwin Velasco, jugador inscrito con el club Once Caldas S.A., por presunta conducta incorrecta en contra de oficial de partido consistente en actuar con intención de causar una decisión incorrecta de un oficial de partido o contribuir en un error de juicio y en consecuencia hacerlo adoptar una decisión incorrecta (Art. 64-F CDU). El Comité decide dejar en investigación el caso a fin de obtener imágenes oficiales de la jugada analizadas desde diferentes ángulos que le permitan a este Comité adoptar una decisión en derecho.
Artículo 6º.- En investigación. Club Deportes Tolima S.A. por presunta conducta incorrecta de un espectador en el partido disputado por la 19ª fecha de la Liga Aguila II 2018 contra el club Patriotas Boyacá S.A. (Art. 84 CDU). El Comité decide dejar el caso en investigación con el objetivo de obtener la evidencia probatoria frente a las medidas de seguridad adoptadas por el club Deportes Tolima en el partido en mención, así como también los informes de los miembros de a la comisión local de seguridad.
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“Artículo 20. Ejecución de la multa.
1. Los clubes o personas que hayan sido multados deberán cancelar el valor correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de la sanción. De no hacerlo quedarán inhabilitados para actuar en las fechas subsiguientes y si se tratare de un club, el m ismo será sancionado con deducción de puntos de los obtenidos en el campeonato en curso o del siguiente campeonato.
Para tal efecto, la comisión o autoridad disciplinaria correspondiente, a través de resolución, hará la respectiva publicación sobre los inhabilitados por esta causa."
Fdo. Fdo.
MARGARITA CABELLO BLANCO
Presidenta CLAUDIA E. GUERRERO SÁNCHEZ Secretaria •• .. , .. .. ,.,fi . ... ,. . ••••
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