Directiva Presidencial 03 de 2006
Detalles
- Título
- Directiva Presidencial 03 de 2006
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2006
Sresidencia de la República de Colombia
DIRECTIVA PRESIDENCIAL 13
PARA: MINISTROS DEL DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO Y SUPERINTENDENTES, DIRECTORES, GERENTES, Y
PRESIDENTES DE ENTIDADES CENTRALIZADAS Y DESCENTRALIZADAS
DE LA RAMA EJECUTINA DEL NIVEL NACIONAL.
DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
ASUNTO: — Ejercicio de la facultad nominadora.
FECHA (= 4 AGO. 2006
En desarrollo de la facultad constitucional señalada en el artículo 189 de la Constitución Política, de Suprema Autoridad Administrativa y de conformidad con lo establecido en los decretos 2539 y 1601 de 2005, sin perjuicio de la facultad nominadora, y con el fin de contribuir a la profesionalización de la administración pública, a la transparencia en los procesos de vinculación de servidores del Estado y al control ciudadano de los actos de la administración, los destinatarios de la presente Directiva, a partir de la fecha, deberán atender la siguiente instrucción: Toda designación en empleos de libre nombramiento y remoción, asi como los contratos de asesoria y consultoría, deberán estar precedida de la publicación de la hoja de vida de las personas que vayan a ser nombradas, en las páginas web de la Entidad correspondiente y del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica
2. Para el efecto, las Entidades deberan enviar al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República las respectivas hojas de vida, junto con los antecedentes disciplinarios, penales y fiscales, con la debida anticipacién.
3. Antes de su designación, las hojas de vida deberán permanecer durante tres (3)
Presidencia de la República las respectivas hojas de vida, junto con los antecedentes disciplinarios, penales y fiscales, con la debida anticipacién.
3. Antes de su designación, las hojas de vida deberán permanecer durante tres (3) días en la pagina web de la respectiva entidad y del DAPRE, para el conocimiento de la ciudadanía y la formulación de observaciones al respecto.
4. Pasados los tres (3) días y tras la consideración y evaluación positiva de los comentarios ciudadanos recibidos, la autoridad nominadora podrá formalizar la designación correspondiente,
SD