DNDA - Resolución 162 de 2025

DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor

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Detalles

Título
DNDA - Resolución 162 de 2025
Autor
DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año
2025

DANacionalDirede Derecho de AutorMinisterio del interior RESOLUCIÓN NÚMERO n 4 6 2 DEL 13 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se adoptan los acuerdos pactados en la negociación del pliego de solicitudespresentado por el sindicato SINEMPRAE y la UAE-Dirección Nacional de Derecho deAutor” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓNNACIONAL DE DERECHO DE AUTOR En ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las conferidas por la Ley 489 de1998; los Decretos 2041 de 1991 y 4835 de 2008, adicionado por el Decreto 1873 de2015.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Ley 411 de 1997, se aprobó el Convenio 151 sobre la protección delderecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo enla administración pública, adoptado en la 64 Reunión de la Conferencia General de laOrganización Internacional del Trabajo, Ginebra, 1978.

Que mediante Decreto 243 de 2024, en lo relativo a los procedimientos de negociación ysolución de controversias con las organizaciones sindicales de empleados públicos. Que en desarrollo de las disposiciones citadas de la organización Sindicato Nacional deEmpleados de la Rama Ejecutiva - SINEMPRAE, presentó ante la entidad el pliego desolicitudes.

Que una vez adelantado y agotado el proceso de negociación frente al pliego de solicitudes,el día 03 de abril de 2025, la organización sindical y la UAE-Dirección Nacional de Derechode Autor suscribieron el acuerdo final al que llegaron las partes sobre el pliego desolicitudes. Que el artículo 2.2.2.4.13 del Decreto 1072 de 2015, indica que la autoridad públicacompetente, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la suscripción del acta final,y con base en esta, expedirá los actos administrativos a que haya lugar, respetando lascompetencias constitucionales y legales. Que en mérito de lo expuesto, se hace necesario adoorganización sindical de la entidad re,Nacional de Derecho de Autor. ptar el acuerdo final pactado entre lapresentada por la comisión negociadora y la Dirección Por lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1. Adopción del acuerdo final. Adoptar el acuerdo final pactado y suscrito el03 de abril de 2025 entre la UAE-Dirección Nacional de Derecho de Autor y la organizaciónSindicato Nacional de Empleados de la Rama Ejecutiva-SINEMPRAE, el cual hace partede la presente resolución. ARTICULO 2. Campo de aplicación.administrativo, será aplicado a todos |Derecho de Autor. El acuerdo adoptado conforme el presente actoos funcionarios de la UAE-Dirección Nacional de ARTÍCULO 3. Socialización y Divulgación. El acuerdo adoptado conforme el presenteacto administrativo, será socializado y divulgado a todos los funcionarios de la DirecciónNacional de Derecho de Autor, a través de la página web institucional.

ARTÍCULO 4. Seguimiento de lo pactado. Se realizará seguimiento a los acuerdosalcanzados con un delegado del sindicato y dos delegados de la UAE-Dirección Nacional SA2025%%-Actos-Administrativost3-Resoluciones|Resolución y acuerdo negociación sindicato SINEMPRAE derecho de autor.doox Página 1 de 113 Dirección Nacionalde Derecho de AutorMinisterio del Interior RESOLUCIÓN NÚMERO PB 46 2 DEL 13 DE JUNIO DE 2025 “Por la cual se adoptan fos acuerdos pactados en la negociación del pliego de solicitudespresentado por el sindicato SINEMPRAE y la UAE-Dirección Nacional de Derecho deAutor” de Derecho de Autor, quienes serán los responsables de efectuar el seguimientopermanente de lo pactado en la negociación, para lo cual la UAE-Dirección Nacional deDerecho de Autor publicará en la página web de la entidad una matriz de seguimiento dondese mantendrá actualizada la información correspondiente. ARTÍCULO 5.Vigencia. El acuerdo pactado tal como se señala en el mismo, tendrá unavigencia contada a partir de la firma de la presente Negociación Colectiva a vigencia 31 dediciembre de 2026.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., el 13 de junio de dos mil veinticinco (2025). EL DIRECTOR GENERAL, HERMAN DE RREZ GUTIÉRREZ SAZ0Z512-Actos-Administrativos\3-Resoluciones\Resolucién y acuerdo negociación sindicato SINEMPRAE derecho de autor.docx Página 2 de 11

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