DNDA - Concepto 1-19016-2007
DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
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Detalles
- Título
- DNDA - Concepto 1-19016-2007
- Autor
- DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2007
Bogotá, D.C C 1.1.
Asunto: Contenido circular complementaria del 16 de abril de 2007
Al respecto, nos permitimos manifestarle que se ha dispuesto en nuestra página web, para consulta del público en general, la Circular Conjunta del 24 de abril de 2006 y la Circular Complementaria del 16 abril de 2007, en la cual se aclara que por gestión individual “...debe entenderse el ejercicio que hace una persona en nombre propio y de manera directa”1. En este sentido, se indica que cuando el sector público organice o promueva eventos en los cuales se comuniquen públicamente obras musicales que sean gestionadas de manera individual, las entidades públicas deben obtener la autorización del titular de la creación. Igualmente, en los casos en donde se comuniquen públicamente interpretaciones o ejecuciones, y fonogramas musicales que fueren gestionados individualmente, las entidades públicas deberán reconocer a favor de los titulares de los derechos una remuneración de tipo económico. Esperando dar respuesta a sus inquietudes, lo invitamos muy comedidamente a visitar nuestra página web www.derautor.gov.co y consultar la normatividad referida. Cualquier duda o inquietud con mucho gusto será atendida. Cordialmente, FERNANDO ZAPATA LOPEZ Director General 1 Circular Complementaria del 16 de abril de 2007, pag 2. P:\JULIAN_USabana\CONCEPTOS WEB\TODOS\1-2007-19869 y 1-2007-19016, Carácter de las circualres de la DNDA.doc