DNDA - Concepto 1-61651-2012
DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
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Detalles
- Título
- DNDA - Concepto 1-61651-2012
- Autor
- DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2012
Bogotá, D.C. C 1.1.
Asunto: Trabajos de Grado e Investigaciones
I. Generalidades del derecho de autor: El objeto de protección del derecho de autor son las obras, entendidas como “toda creación intelectual, original, expresada en una forma reproducible”1, en este mismo sentido la Decisión Andina 351 de 1993 en su artículo 3º define a la obra como “Toda creación intelectual originaria, de naturaleza artística, científica o literaria susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma”.
De las anteriores definiciones podemos decir que las obras deben cumplir con los siguientes requisitos: • Que se trate de una creación intelectual: es decir que sea el producto del ingenio y de la capacidad humana. • Que sea original. La originalidad, no puede confundirse con la novedad de la obra, la originalidad se constituye en el sello personal que el autor imprime en su obra y que la hace única. • Que sean de carácter literario o artístico, esto se refiere a la forma de expresión de la obra, es decir, del lenguaje utilizado. • Que sea susceptible de ser divulgada o reproducida por cualquier medio conocido o por conocer. De la autoría se desprenden dos tipos de derechos: los morales y los patrimoniales. Los derechos morales facultan al autor para reivindicar en todo tiempo la paternidad de la obra, oponerse a toda deformación que demerite su creación, publicarla o conservarla inédita, modificarla y a retirarla de circulación; estos se caracterizan por ser intransferibles, irrenunciables e imprescriptibles. 1 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Glosario del Derecho de Autor y Derechos
Conexos. Autor Principal Gyorgy Boyta. Ginebra, 1980. Voz 262., p. 268. ¡Promovemos la creación!
Dirección: Calle 28 No. 13 A 15 Piso 17 Teléfono 341 81 77 Fax 286 08 13
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Bogotá, D.C. - Colombia - América del Sur Por su parte los derechos patrimoniales son el conjunto de prerrogativas del autor que le permiten explotar económicamente la obra. Constituye una facultad exclusiva para realizar, autorizar o prohibir cualquier, utilización que se quiera hacer de la creación, como la reproducción, la comunicación y distribución pública, la importación, la traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra. Estos derechos son susceptibles de transmitirse tanto por acto entre vivos como por causa de muerte a los herederos o causahabientes. El titular del derecho patrimonial respecto de la obra tiene el control sobre las formas de utilización, en consecuencia está facultado para autorizar o prohibir cualquier explotación que sobre su obra se realice.
II. Transferencia de derechos: Ahora bien, tratándose de los derechos patrimoniales de los autores, es preciso distinguir dos clases de titulares. Por un lado se encuentran los autores o titulares originarios, es decir las personas naturales que realizan la labor intelectual de creación artística o literaria2. A ellos el ordenamiento jurídico les reconoce desde el mismo momento de creación de la obra las prerrogativas de carácter moral y patrimonial que hemos enunciado.
Por otro lado se encuentran los titulares derivados, definidos como “las personas físicas o jurídicas que han recibido la titularidad de algunos de los derechos de autor”3. En otros términos, son terceros diferentes al creador, que han adquirido total o parcialmente los derechos patrimoniales que le correspondían a aquél. Dicho titular del derecho patrimonial tiene el control sobre las formas de utilización de la obra, y en consecuencia, está facultado para realizar, autorizar o prohibir cualquier explotación que sobre ella se realice.
III. Trabajos de Grado o Investigación Como quedó expuesto, el derecho de autor es una forma de propiedad privada que reconoce una protección jurídica especial al autor como creador de una obra literaria o artística, entendida como tal, toda expresión personal de la inteligencia manifestada en forma perceptible y original.
El derecho que emerge de una obra, brinda protección a su autor sin considerar el fin con el que se creó la misma y en tal virtud le concede prerrogativas de índole moral y patrimonial, siendo irrelevante la calidad del autor, es decir, la ley no distingue si es un alumno, un profesor o un investigador, así como 2 La Decisión Andina 351 de 1993 en su artículo 3º define al autor como: “Persona Física que realiza la creación intelectual”. 3 LIPSZYC, Delia, Derecho de Autor y Derechos Conexos. Buenos Aires, Obra Editada por la UNESCO, el Cerlalc y Víctor
P. Zavalia, 1993, p. 122.
2 P:\JULIAN_USabana\CONCEPTOS WEB\TODOS\1-2012-61651, Trabajo de grado.doc tampoco tiene en cuenta el lugar o el tiempo que haya utilizado para crear su
obra. Así, el derecho de autor sobre una obra literaria (monografía o tesis) es de la persona que la realizó, es decir, el alumno, ya que es él quien la elabora imprimiéndole todo su ingenio e inteligencia. Es su expresión la que queda plasmada en lo producido, siendo por lo tanto el titular de los derechos morales y patrimoniales de la creación. Sin embargo, es posible que los estudiantes, como autores de sus tesis, otorguen licencias a la universidad, para lo cual determinaran las condiciones de uso específicas sin que por ello deba entenderse que ceden sus derechos patrimoniales de autor o bien ceder los derechos patrimoniales sobre su obra a la institución educativa.
Conclusiones: Acorde con las anteriores consideraciones y descendiendo al objeto de su consulta, es pertinente concluir lo siguiente: • Una tesis de grado sea considerada como obra literaria o artística, será objeto de protección por el derecho de autor, generando para su creador derechos morales y patrimoniales. • El estudiante, en su calidad de autor de la tesis de grado se encuentra facultado de manera exclusiva para disponer de ella conforme a sus intereses, siendo el titular de los derechos morales y patrimoniales sobre su creación. • No son válidas las cláusulas de los reglamentos universitarios que establezcan cesiones previas de derechos de autor, o licencias de uso, sobre las obras
(trabajos de grado) a favor de la universidad pues no cuentan con la voluntad expresa del autor. • Una Universidad no podrá utilizar o publicar una tesis de grado sin la respectiva autorización del autor (estudiante) o titular de los derechos, salvo que hay adquirido los derecho patrimoniales de dicha obra por cualquiera de
las formas de transferencia existentes en la ley. • Para que una Universidad pueda ser titular de los derechos patrimoniales sobre una tesis de sus estudiantes es necesario que los hubiera adquirido por un contrato de cesión de derechos o por una obra por encargo. 3 P:\JULIAN_USabana\CONCEPTOS WEB\TODOS\1-2012-61651, Trabajo de grado.doc • La cesión de derechos puede ser exigida por la universidad como requisito para otorgar el grado al estudiante, y será válida siempre y cuando esta condición este plasmada en el reglamento institucional; siendo así, no podrá el autor (estudiante) negarse a firmar la cesión de derechos, puesto que desde el momento en que formalizó su matrícula, acepto todas las condiciones impuestas por la institución educativa. • La cesión de derechos patrimoniales faculta al titular para realizar ajustes a la obra siempre y cuando no se vulneren los derechos morales del autor. • Finalmente le recomendamos consultar la circular 06 expedida el día 15 de abril de 2002 por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, la cual puede ser consultada en nuestro sitio Web www.derechodeautor.gov.co. Cualquier información adicional estaremos atentos a suministrarla. Acorde con el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución. Cordialmente,
MANUEL ANTONIO MORA CUELLAR
Jefe Oficina Asesora Jurídica 4 P:\JULIAN_USabana\CONCEPTOS WEB\TODOS\1-2012-61651, Trabajo de grado.doc