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DNDA - Concepto 2-10324-2010

DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor

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Detalles

Título
DNDA - Concepto 2-10324-2010
Autor
DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año
2010

Bogotá, D.C. C 1.1

Asunto: Objeto de protección del derecho de autor Respetado señor: Hago referencia a su comunicación radicada en esta Dirección el día 25 de febrero de 2010, con el número 1-2010-7809, donde nos consulta sobre la protección de una frase que ha sido acuñada como título de una obra.

Atendiendo a la consulta, resulta pertinente señalar que el derecho de autor protege las obras, entendidas como “toda creación intelectual, original, expresada en una forma reproducible”1. En este mismo sentido la Decisión Andina 351 de 1993 en su artículo 3º define a la obra como “Toda creación intelectual originaria, de naturaleza artística, científica o literaria susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma” De las anteriores definiciones podemos decir que las obras deben cumplir con los siguientes requisitos: • Que se trate de una creación intelectual: es decir que sea el producto del ingenio y de la capacidad humana. • Que sea original. La originalidad, no puede confundirse con la novedad de la obra, la originalidad se constituye en el sello personal que el autor imprime en su obra y que la hace única. • Que sean de carácter literario o artístico, esto se refiere a la forma de expresión de la obra, es decir, del lenguaje utilizado. • Que sea susceptible de ser divulgada o reproducida por cualquier medio conocido o por conocer. Debe advertirse que la protección concedida por el derecho de autor recae sobre la obra como expresión del espíritu del autor y no se protegen las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. Lo anterior de conformidad con lo señalado en

los artículos 2 del Tratado de la OMPI sobre derecho de autor; 9, numeral 2, del ADPIC; y 7 de la Decisión Andina 351 de 1993. 1 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Glosario del Derecho de Autor y Derechos Conexos. Autor Principal Gyorgy Boyta. Ginebra, 1980. Voz 262., p. 268. ¡Protegemos la creación!

Dirección: Calle 28 No.13A 15 Piso 17 Teléfono 341 81 77 Fax 286 08 13

Página web: www.derechodeautor.gov.co - Correo electrónico: info@derechodeautor.gov.co Línea de atención de quejas y reclamos: 01 8000 127878

Bogotá, D.C. - Colombia - América del Sur En este orden de ideas, podemos concluir que una frase2 en si misma considerada no es objeto de protección por parte del derecho de autor, pues como tal no constituye una obra literaria o artística. Ahora bien, acorde con el artículo 86 de la Ley 23 de 1982, “cuando el título de una obra no fuere genérico sino individual y característico, no podrá sin el correspondiente permiso del autor ser adaptado a otra obra análoga”. En todo caso, es pertinente señalar que si un autor advierte la vulneración de sus derechos, puede oponerse al infractor, e incluso solicitar la indemnización de los perjuicios que se le hubieren causado por dicho acto. Para ello cuenta con la posibilidad de iniciar acciones judiciales de carácter Civil3 o Penal4, según la situación en concreto. Acorde con el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, las respuestas a las

consultas formuladas en virtud del derecho de petición, no comprometen la responsabilidad de la entidad que las atiende, ni son de obligatorio cumplimiento o ejecución. Cualquier otra inquietud o aclaración adicional será atendida con gusto. Cordialmente,

GERMÁN ALFONSO SÁNCHEZ SAAVEDRA

Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Rad. 1-2010-7809 2 Las frases puede ser consideradas de uso común, como los dichos populares. 3 Para la protección efectiva de sus derechos, los autores cuentan con una pluralidad de medidas civiles, de las cuales conoce la jurisdicción ordinaria y eventualmente la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información se sugiere consultar: BEJARANO GUZMAN, Ramiro, El Proceso Civil en el Derecho Autoral, publicado en: El derecho de Autor Estudios. Revista del Centro Colombiano del Derecho de Autor CECOLDA, No. 2, Bogotá. 1993. Pág. 27 a 35. 4 La acción penal tiene como objetivo reprimir las infracciones al derecho de autor reguladas en el Código Penal, Título VIII, Capitulo Único, artículos 270 a 272. P:\JULIAN_USabana\CONCEPTOS WEB\TODOS\2-2010-10324, Objeto de Protección del Derecho de Autor.doc 2

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