DNDA - Resolución 058 de 2023
DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
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Detalles
- Título
- DNDA - Resolución 058 de 2023
- Autor
- DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2023
A A Dirección Naciona! Ministerio del Interior DEL 2 DE FEBRERO DE 2023 "Por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones administrativas, conciliatorias y jurisdiccionales que se tramitan ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor y la prestación de algunos servicios ofrecidos por la entidad” EL. DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR En ejercicio de las facultades legales, en especial] las conferidas por el numeral 4) del artículo 3” del Decreto 4835 de 2008, modificado por el Decreto 1873 de 2015 y CONSIDERANDO: Que conforme lo indica el artículo 3, numeral 4 del Decreto 4835 de 2008, es función del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (en adelante DNDA), ftoordinar y supervisar las actividades a cargo de las dependencias (...). Que el proveedor de la nube pública de la DNDA, Microsoft Azure, informó que realizará mantenimiento y mejoras tecnológicas de sus servicios del 10 al 15 de ' febrero de 2023. Que el Subgrupo de las Tecnologías de la Información de la entidad, con el fin de mitigar la duración de la suspensión de los servicios del proveedor Microsoft Azure, realizará trabajos de infraestructura tecnológica los días 9 y 16 de febrero de 2023, para lo cual requiere suspender la prestación de algunos servicios prestados por la entidad. Que el referido Subgrupo de la DNDA deberá adelantar labores de migración de información tecnológica desde las (19:00) horas del 31 de marzo hasta las (5:00) horas del 10 de abril de 2023, para lo cual también requiere suspender la prestación de algunos servicios prestados por la entidad.
Que el artículo 118 del Código General del Proceso establece que “f...) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquéllos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho”. Que el artículo 2? literal b) del Decreto 546 de 1971, modificado por el artículo 1” de la Ley 31 de 1971 dispone el cierre de despachos judiciales en la Semana Santa y “los días comprendidos entre el 20 de diciembre de cada año y el 10 de enero siguiente, inclusive (...) y gue, conforme a lo previsto por el parágrafo 3 del artículo 24 del Código General del Proceso, el trámite de tos procesos jurisdiccionales que adelanten las autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales debe seguir las mismas vías procesales previstas para los jueces ordinarios. Que desde el día 3 (inclusive) y hasta el día 5 (inclusive) de abril de 2023 y entre el el día 20 (inclusive) de diciembre de 2023 y hasta el día 10 (inclusive) de enero de 2024 estará cerrada la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la DNDA, esto con el fin de adelantar el archivo de los expedientes físicos que aún tiene a cargo, llevar a cabo la digitalización de documentos pendientes, elaborar Índices y salidas Página 1 de 2RESOLUCIÓN NÚMERGE (5 8 DEL2DE FEBRERO DE 2025 "Por fa cual se suspenden los términos legales en las actuaciones administrativas, conciliatorias y jurisdiccionales que se tramitan ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor y se suspende la atención al público en general” de los trámites finalizados mediante expediente electrónico y realizar el correspondiente traslado al archivo central. En consecuencia, durante esas fechas se hace necesario suspender los términos procesales de las actuaciones
Autor y se suspende la atención al público en general” de los trámites finalizados mediante expediente electrónico y realizar el correspondiente traslado al archivo central. En consecuencia, durante esas fechas se hace necesario suspender los términos procesales de las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la mencionada Subdirección. Que es necesario articular los términos de la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la DNDA con los de la Rama Judicial para garantizar el trámite oportuno de todas aquellas actuaciones que se deban surtir ante esta última y que no podrían ser remitidas durante la Semana Santa y la vacancia judicial, como lo son: las apelaciones, recusaciones, conflictos de competencia y remisiones por competencia. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, RESUELVE PRIMERO: Suspender los términos legales de las actuaciones, conciliatorias y jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor los días 9 y 18 de febrero de 2023, e igualmente en los periodos comprendidos desde el día 3 (inclusive) de abril de 2023 hasta el día 5 (inclusive) de abril de 2023 y desde el día 20 (inclusive) de diciembre de 2023 hasta el día 10 (inclusive) de enero de 2024.
SEGUNDO: Suspender los términos legales de las actuaciones administrativas y la prestación de los servicios que ofrece la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, con excepción de las asesorías jurídicas presenciales, los días 9 y 18 de febrero de 2023, e igualmente en el período comprendido desde las 19:00 horas del día 31
Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, con excepción de las asesorías jurídicas presenciales, los días 9 y 18 de febrero de 2023, e igualmente en el período comprendido desde las 19:00 horas del día 31 de marzo de 2023 y hasta las 5:00 horas del día 10 de abril de 2023, TERCERO; La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogoté, D.C., al segundo 2 día del mes de febrero de 2023,
EL DIRECTOR GENERAL, 7
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