DNDA - Resolución 252 de 2021
DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
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Detalles
- Título
- DNDA - Resolución 252 de 2021
- Autor
- DNDA - Dirección Nacional de Derechos de Autor
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO 252
DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2021
¡Protegemos la creación! Por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor
LA JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURÍDICA
ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL DE LA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO
DE AUTOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 3° del Decreto 4835 de 2008, modificado por el Decreto 1873 de 2015, y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que conforme lo indica el artículo 3, numeral 4 del Decreto 4835 de 2008, es función del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (en adelante DNDA), “coordinar y supervisar las actividades a cargo de las dependencias (…)”.
SEGUNDO: Que el artículo 118 del Código General del Proceso establece que “(…) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquéllos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho”.
TERCERO: Que el artículo 2° literal b) del Decreto 546 de 1971, modificado por el artículo 1° de la Ley 31 de 19 71 dispone el cierre de despachos judiciales en “ los días comprendidos entre el 20 de diciembre de cada año y el 10 de enero siguiente,
artículo 1° de la Ley 31 de 19 71 dispone el cierre de despachos judiciales en “ los días comprendidos entre el 20 de diciembre de cada año y el 10 de enero siguiente, inclusive (...)” y que, conforme a lo previsto por el parágrafo 3° del artículo 24 del Código General del Proceso, el tr ámite de los procesos jurisdiccionales que adelantan las autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales debe seguir las mismas vías procesales previstas para los jueces ordinarios.
CUARTO: Que desde el día 20 (inclusive) de diciembre de 2021 y hasta el día 7
(inclusive) de enero de 20 22 estará cerrada la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la DNDA, esto con el fin de adelantar el inventario de los expedientes físicos que aún tiene a cargo , llevar a cabo la digitalización de documentos pendientes, el aborar índices y salidas de los trámites finalizados mediante expediente electrónico y realizar el corres pondiente traslado al archivo central. En consecuencia, durante esas fechas se hace necesario suspender los términos procesales de las ac tuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la mencionada Subdirección.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Encargada de las Funciones del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor,RESOLUCIÓN NÚMERO No. 252 del 10 de diciembre de 2021 “Por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor”
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RESUELVE
Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor”
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RESUELVE
PRIMERO: Suspender los términos procesales de las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor desde el día 20
(inclusive) de diciembre de 2021 hasta el día 7 (inclusive) de enero de 2022.
SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de diciembre de 2021.
CAMILA MARIANA SANTAMARÍA BALEN Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Encargada de las Funciones del Director General