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DNP - Conpes 3253 de 2003

DNP - Departamento Nacional de Planeación

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Título
DNP - Conpes 3253 de 2003
Autor
DNP - Departamento Nacional de Planeación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2003

DDooccuummeennttoo CCoonnppeess Consejo Nacional de Política Económica y Social República de Colombia Departamento Nacional de Planeación

IIMMPPOORRTTAANNCCIIAA EESSTTRRAATTÉÉGGIICCAA DDEELL PPRROOGGRRAAMMAA DDEE MMOODDEERRNNIIZZAACCIIÓÓNN EEMMPPRREESSAARRIIAALL EENN EELL SSEECCTTOORR DDEE AAGGUUAA PPOOTTAABBLLEE YY SSAANNEEAAMMIIEENNTTOO

BBÁÁSSIICCOO

DNP: DDUPRE

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Versión aprobada

Bogotá, D.C., Noviembre 10 de 2003

332255332

INTRODUCCIÓN

I. ANTECEDENTES

II. CONCEPTOS BASICOS DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN

EMPRESARIAL – PME–

1. Objetivo

2. Esquema Operativo

3. Esquema de Financiación a Largo Plazo

4. Recursos financieros de la Nación

III. DESARROLLO, METAS Y EXPECTATIVAS DEL PME

IV. CONCLUSIONES

V. RECOMENDACIONES3

INTRODUCCIÓN

Este documento somete a consideración del CONPES los argumentos para declarar de importancia estratégica el Programa de Modernización Empresarial, mediante el cual el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial ejecuta su política de promoción a la

Este documento somete a consideración del CONPES los argumentos para declarar de importancia estratégica el Programa de Modernización Empresarial, mediante el cual el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial ejecuta su política de promoción a la participación del sector privado en los servicios de agua potable y saneamiento básico.

I. ANTECEDENTES

Con el proceso de descentralización, iniciado en Colombia a mediados de los años 80s, los municipios comenzaron a asumir la responsabilidad por la prestación de los servicios públicos domiciliarios. La Constitución de 1991 ratificó esta tendencia y definió un marco legal orientado a separar las actividades de prestación de los servicios, las cuales quedaron en cabeza de los municipios, de las de definición de políticas regulación y control, las cuales quedaron reservadas al Gobierno Central1. La Ley 142 de 1994 desarrolló este ordenamiento legal y reglamentó los fundamentos para promover la participación del sector privado y la competencia en la prestación de los servicios. En este sentido, el CONPES fijó, en 1995, los lineamientos gener ales de la política de participación privada en infraestructura2 y autorizó, en 1997, la creación del Programa de Modernización Empresarial (PME) como parte de la estrategia para promover la participación privada en el sector de agua potable y saneamiento básico3.

En el sector de agua potable y saneamiento básico, se han logrado avances significativos en términos de cobertura y calidad en los grandes centros urbanos. No obstante, quedan aún enormes desafíos por superar, principalmente en las ciudades inter medias y menores, y en las áreas rurales, donde la cobertura y calidad del servicio es aún comparativamente deficiente.

enormes desafíos por superar, principalmente en las ciudades inter medias y menores, y en las áreas rurales, donde la cobertura y calidad del servicio es aún comparativamente deficiente.

En términos generales, pueden identificarse tres causas fundamentales de los problemas señalados: (i) la falta de autonomía de las emp resas, y (ii) la atomización de los recursos, que deriva en un ciclo de bajo nivel caracterizado por tarifas reducidas, estructuras de costos 1 Artículo 367, Constitución Colombiana 2 Documento CONPES 2775 - “Participación del Sector Privado en Infraestructura Física”, abril 26 de 1995. 3 Documento CONPES 2912 - “ La Participación Privada en Agua Potable Y Saneamiento Básico - Política y Estrategia – “, marzo 12 de19974 crecientes, bajos recaudos, inversión escasa e ineficiente, pobre mantenimiento y deficiente calidad de los servicios.

Para enfrentar con éxito las dificultades y los desafíos planteados, la política del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en el sector de agua potable y saneamiento básico ha concentrado sus esfuerzos en dos estrategias de reform a estructural: (i) mejorar la gestión y la productividad de las empresas y (ii) asegurar la eficiente ejecución de los recursos para financiar inversiones prioritarias que beneficien a la población más pobre.

De acuerdo con lo anterior, el Plan Nacional de Desarrollo contempla, entre sus principales programas4, la promoción de la participación del sector privado, los trabajadores y el sector solidario en los servicios públicos domiciliarios. Igualmente, considera la necesidad de masificar los servicios e incentivar la inversión a partir de esquemas regionales. De otro lado, en

sector solidario en los servicios públicos domiciliarios. Igualmente, considera la necesidad de masificar los servicios e incentivar la inversión a partir de esquemas regionales. De otro lado, en cumplimiento de el artículo 6° del Plan Nacional de Desarrollo, fueron asignados a proyectos de inversión en agua potable y saneamiento básico 36,8% ($368.000 millones) de los recur sos de las Inversiones Regionales por Sectorizar. De este monto, $121.024 millones serán utilizados como recursos complementarios para la estructuración de esquemas de vinculación de operadores especializados.

Finalmente, en aras de promover la inversió n y la eficiencia, la Ley 788 de 2002 en su artículo 104 contempla un descuento tributario para empresas de servicios públicos domiciliarios que presten los servicios de acueducto y alcantarillado equivalente al cuarenta por ciento (40%) del valor de la inversión que realicen en el respectivo año gravable, en empresas de acueducto y alcantarillado del orden regional.

4 Artículo 8°, Ley 812 de 20035

II. CONCEPTOS BASICOS DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN

EMPRESARIAL – PME–

1. Objetivo

El objetivo central del Programa de Modernización Empresarial -PMEes incrementar los niveles de cobertura y calidad de los servicios de agua potable y saneamiento básico, mediante la creación o consolidación de entidades prestadoras autónomas, que operen con esquemas de gestión empresarial, aseguren índices crecientes de eficiencia y productividad, así como la calidad de las inversiones.

En cumplimiento de este objetivo, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

gestión empresarial, aseguren índices crecientes de eficiencia y productividad, así como la calidad de las inversiones.

En cumplimiento de este objetivo, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – MAVDT – , cofinancia la estructuración de proyectos sostenibles, con partici pación de operadores especializados y contribuye a la financiación de las inversiones prioritarias en aquellos municipios o empresas interesados en modernizar su gestión.

2. Esquema Operativo

Una vez establecida la voluntad de los entes territoriales para vincularse al programa, el MAVDT financia la contratación de firmas consultoras para la estructuración técnica, financiera y legal de los esquemas de participación de operadores especializados. El concepto desarrollado para la estructuración de cada proye cto se fundamenta en las proyecciones de flujos de caja, a partir de criterios de eficiencia y con unos niveles tarifarios definidos de acuerdo con la capacidad de pago de la población. Para cada proyecto se establecen estándares de calidad y cobertura de los servicios año por año, los cuales deben ser alcanzados por los operadores adjudicatarios mediante la ejecución de su propuesta de Plan de Obras e Inversiones. El MAVDT otorga importancia al establecimiento de metas específicas de mejoramiento de los servicios para los grupos más pobres de la población.

Cabe anotar que el PME presta especial importancia a la promoción de los esquemas regionales, es decir, aquellos en los que un grupo de municipios vecinos se asocia con el6 propósito de contratar un ope rador común, aprovechando de esta forma las economías de escala que la aglomeración de mercados permite.

3. Esquema de Financiación a Largo Plazo

propósito de contratar un ope rador común, aprovechando de esta forma las economías de escala que la aglomeración de mercados permite.

3. Esquema de Financiación a Largo Plazo

El PME considera varios modelos para la estructuración y desarrollo de los esquemas de modernización empresarial y la vinculación de operadores especializados, dependiendo del nivel de inversión del operador, el cual depende, a su vez, del nivel de tarifas acordado con las autoridades municipales. Así mismo, los esquemas pueden variar en la forma de asignar responsabilidades en cuanto a la construcción, rehabilitación y mantenimiento de los sistemas de agua potable y saneamiento básico, y en la gestión y operación de esos sistemas.

El principio básico de estos esquemas es comprometer al operador a financiar las inversiones en la infraestructura de los servicios consistentes con el nivel de tarifas autorizado en el contrato. Es así como, cuando la generación de recursos por los recaudos tarifarios puede soportar únicamente los costos de administración, operación y mantenimiento, el contrato será de gestión y operación exclusivamente. En el otro extremo, cuando las tarifas acordadas generen unos excedentes que puedan soportar todas las inversiones requeridas para la expansión de los sistemas, el contrato tomará las características de una concesión. No obstante, en la mayoría de los casos, los contratos se sitúan en un término intermedio, lo cuál implica que el operador comprometa una parte de las inversiones y el resto se cubra con aportes públicos, tanto del municipio como del Gobierno Nacional.

El operador es seleccionado por el municipio participante a través de un proceso licitatorio competitivo y cumpliendo con lo establecido en los pliegos de condiciones revisados

municipio como del Gobierno Nacional.

El operador es seleccionado por el municipio participante a través de un proceso licitatorio competitivo y cumpliendo con lo establecido en los pliegos de condiciones revisados por la Unidad Ejecutora del Proyecto. Los contratos de operación se pactan a un periodo que oscila entre los 10 y 30 años. La adjudicación se realiza con base en criterios económicos según el tipo de contrato5. 5 Por ejemplo, en los procesos de capitalización el criterio de selección debe ser el precio de la acción; en los de concesión la tarifa al usuario final cuando se fijen unas metas de calidad y cobertura, o la menor exigencia al municipio sobre aportes de recursos cuando se haya establecido una tarifa; en los de gestión el costo de gerenciamiento; y en los de arrendamiento el canon de arriendo, etc.Documento CONPES 2912 - “La Participación Privada en Agua Potable Y Saneamiento Básico - Política y Estrategia – “.7 La supervisión y control de los contratos de participación de operadores especializado s serán responsabilidad de la agencia contratante, el municipio o la E.S.P municipal. Sin embargo, el PME proveerá la asistencia técnica a los municipios para contratar al consultor o la firma consultora que realice la labor de interventoría y seguimiento de los contratos.

4. Recursos Financieros de la Nación

Los aportes de la Nación son regulados por un “Convenio de Subproyecto para Apoyo Financiero” que suscribe el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, los municipios, y en caso de ser necesario, el operador de los sistemas. Estos recursos son destinados principalmente a financiar obras de infraestructura y deben ser ejecutados de acuerdo

Financiero” que suscribe el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, los municipios, y en caso de ser necesario, el operador de los sistemas. Estos recursos son destinados principalmente a financiar obras de infraestructura y deben ser ejecutados de acuerdo con los Planes de Obras e Inversiones propuestos por los operadores, durante los primeros años del proyecto. Los limites del valor del aporte de la Nación, año por año, son definidos de acuerdo con la modelación financiera realizada durante la estructuración del proyecto y son dados a conocer en los pliegos de la convocatoria pública. Los fondos públic os asignados a cada proyecto se transfieren directamente a una entidad fiduciaria contratada por el municipio, la cual contará con la participación de quienes liderarán la junta del fideicomiso.

Para dar inicio a la contratación de los operadores es indis pensable que los municipios cuenten con Acuerdos Municipales mediante los cuales comprometen los recursos provenientes de su participación en el Sistema General de Participaciones (Ley 715 de 2001) y autorizan a los alcaldes a iniciar los procesos de reest ructuración institucional. Así mismo, con el fin de mitigar la percepción de riesgo de los inversionistas y dar señales claras con respecto a la estabilidad de los recursos, es necesario que la Nación comprometa las respectivas Vigencias Futuras.

En la ac tualidad el PME se ejecuta a través de los siguientes proyectos de inversión: i) “Ampliación, rehabilitación y construcción de sistemas de agua potable y saneamiento básico para la modernización de las empresas prestadoras de estos servicios. Plan Caribe” , ii)“Ampliación, rehabilitación y construcción de sistemas de agua potable y saneamiento básico para la modernización de las empresas prestadoras de estos servicios”, iii) Construcción del Plan8

para la modernización de las empresas prestadoras de estos servicios. Plan Caribe” , ii)“Ampliación, rehabilitación y construcción de sistemas de agua potable y saneamiento básico para la modernización de las empresas prestadoras de estos servicios”, iii) Construcción del Plan8 Maestro de Acueducto y Alcantarillado en Cartagena – Boliva r” y iv) “Construcción Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado de Pereira”.

Adicionalmente, los recursos de Inversiones Regionales aprobados por el Plan Nacional de Desarrollo y asignados durante el proceso de Audiencias Publicas a la estructuración d e esquemas de vinculación de operadores especializados, serán ejecutados a través del proyecto de inversión denominado “Ampliación, rehabilitación y construcción de sistemas de agua potable y saneamiento básico para la modernización de las empresas prestad oras de estos servicios. Artículo 6 de la Ley 812 de 2003”.

III. DESARROLLO, METAS Y EXPECTATIVAS DEL PME

En Colombia es necesario diferenciar dos generaciones de proyectos de participación de operadores especializados: la primera generación comprende los pro yectos iniciados antes de la promulgación de la Ley 142 de 1994 y suscritos hasta 1997. La segunda se inicia con la estrategia de estructuración diseñada por el PME a partir de 1998 por el entonces Ministerio de Desarrollo Económico.

Como resultado de la gestión realizada a través del PME, se ha concretado, hasta la fecha, la contratación de operadores especializado en 19 de los procesos adelantados por el programa. Estos implican inversiones por US $355 millones, de los cuales US$152 millones deben se r aportados por los operadores. Los contratos en mención benefician a una población aproximada

la contratación de operadores especializado en 19 de los procesos adelantados por el programa. Estos implican inversiones por US $355 millones, de los cuales US$152 millones deben se r aportados por los operadores. Los contratos en mención benefician a una población aproximada de 1’800.000 personas. (Tabla 1)9 Tabla 1 Proyectos con Participación del Sector Privado – Segunda Generación Aportes PROYECTO Población Esquema de PSP Operador Fecha Inicio Operación Inversiones (U$ mill) Nación Municipio Flujo de Caja ASOAGUAS - (La Guajira) Barrancas, Distracción, El Molino, Villanueva 42.700 Operación con Inversión a 12 años Aguas del Sur de La Guajira S.A. E.S.P. Jun-02 $0,8 $0,3 $0,3 $0,2 ASOSASA - (Atlántico) Sabanagrande y Santo Tomás 44.000 Operación con Inversión a 10 años Acuasasa S.A. E.S.P. Ago-02 $4,6 $0,8 $3,4 $0,4 Buenaventura (Valle del Cauca) 350.000 Contrato de gestión y operación a 20 años HidroestudiosConhydraHidropacífico

S.A. E.S.P.

Ene-02 $62,0 $15,0 $19,0 $28,0 Cumaral (Meta) 9.200 Constructor-Operador a 10 años Consorcio Aguas del Llano Ene-02 $1,5 $0,7 $0,5 $0,3

Cumaral (Meta) 9.200 Constructor-Operador a 10 años Consorcio Aguas del Llano Ene-02 $1,5 $0,7 $0,5 $0,3 El Charco (Nariño) 5.300 Contrato de gestión y operación Minygan - José Sebastián Guerrero Ene-02 $1,6 $0,7 $0,6 $0,3 Guapi (Cauca) 14.000 Contrato de gestión y operación Minygan - José Sebastián Guerrero Ene-02 $1,0 $0,2 $0,4 $0,4 Istmina (Chocó) 13.500 Contrato de gestión y operación a 12 años

F. Velásquez

Ingeniería Civil y Sanitaria S.A. Oct-01 $1,7 $0,1 $0,1 $1,5 Maicao (Guajira) 100.000 Concesión a 30 años Aguas de La Península S.A. Abr-01 $51,3 $6,8 $16,5 $28,0 Montería (Córdoba) 320.000 Concesión a 20 años FCC de España / Proactiva E.S.P. Ene-00 $70,0 $4,0 $28,0 $38,0 Nátaga (Huila) 1.800 Constructor-Operador a 10 años Consorcio Almafama Abr-01 $2,8 $2,2 $0,6 Ponedera (Atlántico) 9.100 Constructor-Operador a 10 años Aguas de la Rivera S.A. Ago-02 $1,2 $0,6 $0,7 $0,0 Puerto Carreño (Vichada) 7.500 Contrato de Gestión y operación 20 años.

a 10 años Aguas de la Rivera S.A. Ago-02 $1,2 $0,6 $0,7 $0,0 Puerto Carreño (Vichada) 7.500 Contrato de Gestión y operación 20 años.

SEPPCA S.A.

E.S.P. Ene-02 $2,2 $0,3 $1,5 $0,4 Riohacha (Guajira) 90.000 Contrato de gestión y operación 20 años Aguas de La Guajira S.A. Nov-00 $36,1 $4,4 $7,5 $24,2 San Juan Nepomuceno (Bolívar) 27.000 Contrato de Gestión y operación 10 años. Aguas de la Costa S.A. E.S.P. Dic-01 $3,0 $0,4 $2,6 $0,0 San Marcos (Sucre) 32.750 Operación con Inversión a 15 años Aguas de la Mojana S.A. Ago-02 $4,1 $1,0 $2,9 $0,2 Soledad (Atlántico) 360.000 Concesión a 20 años Sociedad Triple A E.S.P. Ene-02 $43,2 $2,0 $28,0 $13,2 Tadó (Chocó) 9.100 Contrato de gestión y operación a 12 años F.Velásquez Ingeniería Civil y Sanitaria S.A. Oct-01 $0,6 $0,1 $0,0 $0,4 SincelejoCorozal (Sucre) 280.500 Operación con inversión a 20 años Aguas de la Sabana S.A. Dic-02 $61,0 $1,9 $6,1 $17,0

SincelejoCorozal (Sucre) 280.500 Operación con inversión a 20 años Aguas de la Sabana S.A. Dic-02 $61,0 $1,9 $6,1 $17,0 El Banco (Magdalena) 51.700 Operación con Inversión Operagua El Banco E.S.P. Feb-03 $6,4 $1,8 $4,5 $0,05

TOTAL 1.768.150 $355,0 $43,4 $123,1 $152,5

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial10

En relación con la metas impuestas a los diferentes operadores, es importante destacar que en todos los casos, deben asegurar el cumplimento de la normatividad en relación con la calidad del agua6, continuidad progresiva hasta alcanza r 24 horas, y aumento en las coberturas de ambos servicios. Una muestra de las metas de cobertura para los contratos se presenta en la Tabla 2, donde se puede observar aumentos de cobertura esperados de 24% en acueducto y 36% en alcantarillado, los cuales se alcanzan, en su mayoría, durante los primeros años, cuando se ejecutan los aportes de la Nación.

Tabla 2 Coberturas Esperadas en los Proyectos del PME

COBERTURA

INICIAL COBERTURA META Proyecto Departamento Acueducto Alcantarillado Acueducto Alcantarillado Buenaventura Valle 90% 70% 98% 90% Cumaral Meta 90% 90% 95% 94% El Charco Nariño 75% 75% 100% 100% Guapi Cauca 75% 65% 100% 100% Itsmina Chocó 33% 17% 95% 85%

El Charco Nariño 75% 75% 100% 100% Guapi Cauca 75% 65% 100% 100% Itsmina Chocó 33% 17% 95% 85% Maicao Guajira 55% 56% 95% 95% Montería Córdoba 70% 25% 90% 80% Nátaga Huila 95% 90% 98% 98% Puerto Carreño Vichada 93% 2% 100% 36% San Juan De Nepomuceno Bolívar 70% 13% 96% 43% San Marcos Sucre 60% 0% 90% 75% Soledad Atlántico 70% 49% 94% 90% Tadó Chocó 46% 50% 95% 85% Sincelejo Y Corozal Sucre 80% 77% 98% 90% El Banco Magdalena 85% 25% 90% 80% PROMEDIO 72% 47% 96% 83% Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Igualmente, el interés por el programa ha llevado a que se encuentre un importante número de proyectos en estructura ción (ver Tabla 3), y como resultado de la distribución de los recursos contemplados en la ley 812 de 20037, existe la expectativa de ampliar el programa a otro grupo de municipios en los próximos años (ver Tabla 4). 6 Decreto 475 de 1998 7 Artículo 6, ley 812 de 200311 Finalmente, para facilitar el adecuado funcionamiento del programa y en virtud de la restricción de comprometer vigencias futuras más allá del respectivo periodo de Gobierno 8, es

Finalmente, para facilitar el adecuado funcionamiento del programa y en virtud de la restricción de comprometer vigencias futuras más allá del respectivo periodo de Gobierno 8, es importante declarar de importancia estratégica los siguientes proyectos; (i) ERAS en el departamento de Córdoba (Cereté, Sahagún, Cienaga de Oro y San Carlos) (ii) ASISER en el departamento del Atlántico (Baranoa y Polonuevo) (iii) ARAT en el departamento de Bolivar (Arjona y Turbaco) (iv) Maicao en el departamento de la Guajira (v) San Marcos en el departamento de Sucre (vi) Sincelejo y Corozal en el departamento de Sucre (vii) El Banco, departamento de Magdalena

Tabla 3 Proyectos en Estructuración PME Proyecto Departamento Población Beneficiada 2003 ASISER - Baranoa, Polonuevo Atlántico 53.883 Piojo, Usiacuri, Juan de Acosta y Tubará Atlántico 27.884 ARAT - Arjona y Turbaco Bolívar 102.250 LA LÍNEA - San Estanislao, Santa Rosa, Villanueva y Soplaviento Bolívar 43.239 Mahates Bolívar 9.318 Magangue Bolívar 94.298 ERAS - Cereté, Ciénaga de Oro, Sahagún, San Carlos Córdoba 130.164 ERCA - Chimá, Momil, Purísima, San Andrés de Sotavento y LORICA Córdoba 61.232 Regional Norte de Córdoba - Los Córdobas, Moñitos, Puerto Escondido, San Bernardo del Viento Córdoba 18.626 Agua de Dios – Tocaima Cundinamarca 20.694

Regional Norte de Córdoba - Los Córdobas, Moñitos, Puerto Escondido, San Bernardo del Viento Córdoba 18.626 Agua de Dios – Tocaima Cundinamarca 20.694 Providencia San Andrés 2.251 San Andrés San Andrés 55.168 San Onofre Sucre 32.529 Sampués Sucre 19.773 Ovejas Sucre 12.802

TOTAL 684.111

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

8 Artículo 10°, Ley 819 de 2003.12

Tabla 4 Proyectos en Estructuración PME Proyecto Departamento Población 2003 ATLÁNTICO SUR -OCCIDENTELuruaco y Repelón Atlantico 30.469 Manatí, Candelaria, Santa Lucia, Campo de la Cruz, Suan Atlantico 72.237 Palmar de Varela Atlantico 26.682 Acueducto San Jacinto, Carmen de Bolívar Bolivar 95.101 Astrea, Chiriguaná, Chimich agua, Curumaní, Tamalameque, Pailitas, Pelaya y La Gloria Cesar 86.598 - Fundación , Aracataca y El Reten Magdalena 98.545

REGIONAL DEL ARIARI Meta

Regional NARIÑO - Cumbal, Buesaco, Los Andes, Samaniego, El Tambo, La Florida y La Unión Nariño 51.848 Municipios de Barichara, Villanueva, Cabrera Santander 7.858 Regional Málaga, Municipios de Capitanejo, San jose de Miranda, Molagavita, Cerrito y Malaga

Nariño 51.848 Municipios de Barichara, Villanueva, Cabrera Santander 7.858 Regional Málaga, Municipios de Capitanejo, San jose de Miranda, Molagavita, Cerrito y Malaga Santander 26.426 REGIONAL SUCRE - Chalán Colosó, Morroa Sucre 11.356

TOTAL 507.120

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

IV. CONCLUSIONES

− La promoción de la participación del sector privado y la vinculación de operadores especializados en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado es un elemento fundamental de la estrategia del Gobierno Nacional para incrementar los niveles de cobertura y calidad de estos servicios.

− Los recursos que se perciben por tarifas y por aportes de los gobiernos locales son en algunos casos insuficientes, por lo cual, pueden ser nec esarios aportes de la Nación con el fin de lograr el cierre financiero de los proyectos.13 − Con el fin de mitigar la percepción de riesgo de los inversionistas y garantizar la estabilidad de los recursos, es necesario que la Nación comprometa mediante Vigen cias Futuras los recursos que debe aportar en desarrollo de los contratos de vinculación de operadores especializados.

− Debido a los requerimientos financieros de los contratos, y con el objeto de realizar una inversión eficiente de los recursos, se hace n ecesario que la Nación comprometa Vigencias Futuras por periodos que pueden exceder los cuatro años.

− En virtud de la restricción de comprometer vigencias futuras mas allá del respectivo periodo de Gobierno 9, excepción dada de los casos en que éstas se des tinen a proyectos de

Futuras por periodos que pueden exceder los cuatro años.

− En virtud de la restricción de comprometer vigencias futuras mas allá del respectivo periodo de Gobierno 9, excepción dada de los casos en que éstas se des tinen a proyectos de inversión de importancia estratégica, es necesario que los proyectos a través de los cuales se ejecuta el Programa de Modernización Empresarial del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, sean declarados de importancia estratégica.

V. RECOMENDACIONES

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Departamento Nacional de Planeación recomiendan al CONPES:

Declarar el Programa de Modernización Empresarial en los servicios de agua potable y saneamiento básico y específicamente los proyectos de ERAS en el departamento de Córdoba (Cereté, Sahagún, Cienaga de Oro y San Carlos), ASISER en el departamento del Atlántico (Baranoa y Polonuevo) ,ARAT en el departamento de Bolivar (Arjona y Turbaco) , Maicao en e l departamento de la Guajira, San Marcos en el departamento de Sucre, Sincelejo y Corozal en el departamento de Sucre y El Banco en el departamento de Magdalena como proyectos de inversión en infraestructura de importancia estratégica.

9 Artículo 10°, Ley 819 de 2003.

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