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DNP - Conpes 4066 de 2021

DNP - Departamento Nacional de Planeación

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Detalles

Título
DNP - Conpes 4066 de 2021
Autor
DNP - Departamento Nacional de Planeación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2021

Documento

CONPES

CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

REAJUSTE DE AVALÚOS CATASTRALES PARA LA VIGENCIA 2022

Departamento Nacional de Planeación Ministerio de Hacienda y Crédito Público Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Departamento Administrativo Nacional de Estadística Instituto Geográfico Agustín Codazzi

Versión aprobada

Bogotá, D.C., 20 de diciembre de 2021

40662

CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL

CONPES

Iván Duque Márquez Presidente de la República

Marta Lucia Ramírez Blanco Vicepresidenta de la República

Daniel Palacios Martínez Ministro del Interior Marta Lucía Ramírez Blanco Ministra de Relaciones Exteriores José Manuel Restrepo Abondano Ministro de Hacienda y Crédito Público Wilson Ruíz Orejuela Ministro de Justicia y del Derecho Diego Andrés Molano Aponte Ministro de Defensa Nacional Rodolfo Enrique Zea Navarr o Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Fernando Ruíz Gómez Ministro de Salud y Protección Social Ángel Custodio Cabrera Báez Ministro de Trabajo Diego Mesa Puyo Ministro de Minas y Energía María Ximena Lombana Villalba

Fernando Ruíz Gómez Ministro de Salud y Protección Social Ángel Custodio Cabrera Báez Ministro de Trabajo Diego Mesa Puyo Ministro de Minas y Energía María Ximena Lombana Villalba Ministro de Comercio, Industria y Turismo María Victoria Angulo González Ministra de Educación Nacional Carlos Eduardo Correa Escaf Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Jonathan Tybalt Malagón González Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Carmen Ligia Valderrama Rojas Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

Ángela María Orozco Gómez Ministra de Transporte Angelica María Mayolo Obregón Ministra de Cultura Guillermo Herrera Castaño Ministro del Deporte Tito José Crissien Borrero Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación

Alejandra Carolina Botero Barc o Directora General del Departamento Nacional de Planeación

Daniel Gómez Gaviria Subdirector General Sectorial Amparo García Montaña Subdirectora General Territorial3

Resumen ejecutivo En uso de las competencias otorgadas al Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) por el artículo 6 de la Ley 242 de 1995 1 que modifica el artículo 8 de la Ley 44 de 19902, le corresponde a través del presente documento emitir concepto sobre el reajuste a los avalúos catastrales para la vigencia 202 2. Acorde con esta normativa, el porcentaje de ajuste del valor de los avalúos catastrales no podrá ser superior a la meta de inflación del año para el que se define el incremento. Si los predios no han sido formados ,

porcentaje de ajuste del valor de los avalúos catastrales no podrá ser superior a la meta de inflación del año para el que se define el incremento. Si los predios no han sido formados , el aumento podrá ser hasta del 130 % de dicha meta. A los predios cuyo avalúo catastral haya sido formado o reajustado durante el año no se les aplicará el reajuste. Asimismo, el parágrafo3 del artículo 9 de la Ley 101 de 19934 dispone que, para los predios rurales dedicados a actividades agropecuarias, el reajuste debe considerar el Índice de Precios al Productor Agropecuario (IPPA) para el reajuste de los predios rurales dedicados a actividades agropecuarias si su incremento porcentual anual resulta inferior a la variación del índice de precios al consumidor. En este contexto, el reajuste de avalúos catastrales propuesto para la vigencia 2022 es del 3 % para los predios urbanos y rurales5. Este reajuste aplica a todos los municipios, con excepción de Bogotá y los catastros descentralizados que decidan calcular un Índice de Valoración Predial diferencial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la Ley 1607 de 20126.

Clasificación: H71, R38

Palabras clave: formación catastral, actualización de la formación, conservación catastral, Índice de Valoración Predial, avalúo catastral.

1 Por la cual se modifican algunas normas que consagran el crecimiento del Índice de Precios al Consumidor del año anterior como factor de reajuste de valores, y se dictan otras disposiciones. 2 Por la cual se dictan normas sobre catastro e impuestos sobre la propiedad raíz, se dictan otras disposiciones

año anterior como factor de reajuste de valores, y se dictan otras disposiciones. 2 Por la cual se dictan normas sobre catastro e impuestos sobre la propiedad raíz, se dictan otras disposiciones de carácter tributario, y se conceden unas facultades extraordinarias. 3 Parágrafo. Para el ajuste anual de los avalúos catastrales de los predios rurales dedicados a las actividades agropecuarias dentro de los porcentajes mínimo y máximo previstos en el artículo 8o. de la Ley 44 de 1990, el Gobierno deberá aplicar el índice de precios al productor agropecuario cuando su incremento porcentual anual resulte inferior al del índice de precios al consumidor. 4 Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero. 5 Aplica tanto para predios rurales dedicados a actividades agropecuarias como a los dedicados a otro tipo de actividad. 6 Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones.4

TABLA DE CONTENIDO

1. INTRODUCCIÓN ................................ ................................ .............................. 7

2. ESTADO ACTUAL DE LA INFORMACIÓN CATASTRAL DEL PAÍS ................................ ......... 8

3. REAJUSTE PARA LA VIGENCIA 2022 ................................ ................................ .... 13

4. IMPACTO FISCAL DEL INCREMENTO DE LOS AVALÚOS CATASTRALES .............................. 17

5. RECOMENDACIONES ................................ ................................ ...................... 19

GLOSARIO ................................ ................................ ................................ ......... 20

ANEXOS ................................ ................................ ................................ ........... 22

Anexo A. Índice de Valoración Predial, 2021 ............................................................. 22 Anexo B. Meta de inflación 2022 .............................................................................. 23 Anexo C. Variación porcentual del Índice de Precios al Productor sección agricultura,

Anexo A. Índice de Valoración Predial, 2021 ............................................................. 22 Anexo B. Meta de inflación 2022 .............................................................................. 23 Anexo C. Variación porcentual del Índice de Precios al Productor sección agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, noviembre 2021 ................................... 24 Bibliografía .............................................................................................................. 255

ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1. Gestores catastrales territoriales habilitados a noviembre 2021 .......................... 9 Tabla 2. Número de predios actualizados y conservados durante 2021 con corte a noviembre ............................................................................................................... 11 Tabla 3. Escenarios fiscales del reajuste de avalúos catastrales, 2022 consistente con incremento de 3 % ................................................................................................... 18

ÍNDICE DE GRÁFICOS Gráfico 1. IVP por ciudades 2020 y 2021 ................................................................. 15 Gráfico 2. Variaciones anuales del IPPA e IVP, 2009-2021 .......................................... 166

SIGLAS Y ABREVIACIONES

AMCO Área Metropolitana Centro Occidente CONPES Consejo Nacional de Política Económica y Social DANE Departamento Administrativo Nacional de Estadística DNP Departamento Nacional de Planeación IGAC Instituto Geográfico Agustín Codazzi IPPA Índice de Precios al Productor Agropecuario Iviur Índice de Valoración Inmobiliaria Urbana y Rural IVP Índice de Valoración Predial POT Plan de Ordenamiento Territorial7

1. INTRODUCCIÓN De acuerdo con lo establecido en el Decreto 148 de 20207, que modificó parcialmente

IVP Índice de Valoración Predial POT Plan de Ordenamiento Territorial7

1. INTRODUCCIÓN De acuerdo con lo establecido en el Decreto 148 de 20207, que modificó parcialmente el Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015, el catastro es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional, de dominio público o privado, independiente de su tipo de tenencia, el cual debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr su identificación física, jurídica y económica con base en criterios técnicos y objetivos. Asimismo, la referida norma define al catastro con enfoque multipropósito como aquel en el que la información que se genere a partir de su implementación (i) sirve como un insumo fundamental en la formulación e implementación de diversas políticas públicas ; (ii) contribuya a brindar una mayor seguridad jurídica, a la eficiencia del mercado inmobiliario y al desarrollo y el ordenamiento territorial ; (iii) esté integrada con el registro público de la propiedad inmueble; (iv) sea digital e interoperable con otros sistemas de información del territorio; y (v) que provea instrumentos para una mejor asignación de los recursos públicos y el fortalecimiento fiscal de los territorios.

Ahora bien, es a través del ejercicio de la gestión catastral que se establece el avalúo catastral, el cual es definido en la citada norma como predio, resultante de un ejercicio técnico que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60 % del valor comercial o superar . Su importancia radica, entre otros, en ser la base para el cálculo del impuesto predial. Por tal razón resulta de vital importancia llevar a cabo anualmente el

ejercicio técnico que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60 % del valor comercial o superar . Su importancia radica, entre otros, en ser la base para el cálculo del impuesto predial. Por tal razón resulta de vital importancia llevar a cabo anualmente el reajuste de los avalúos catastrales, de forma que reflejen la realidad patrimonial de los bienes inmuebles. El artículo 8 de la Ley 44 de 1990, modificado por el artículo 6 de la Ley 242 de 19958 señala que el porcentaje de reajuste anual del valor de los avalúos catastrales se determina por el Gobierno nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES). El porcentaje de incremento no podrá ser superior a la meta de inflación para el año. Al respecto se precisa que para el caso específico dicha meta fue fijada por el Banco de la República en 3 % (ver Anexo B). Por esta razón, este documento establece que el reajuste de avalúos catastrales propuesto para la vigencia 2022 es el 3 % para los predios urbanos y los rurales. Por consiguiente, en concordancia con la normativa vigente, este documento desarrolla la revisión de indicadores relacionados y presenta la

7 Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 79, 80, 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica parcialmente el Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015, 'Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística. 8 Por la cual se modifican algunas normas que consagran el crecimiento del índice de precios al consumidor del

Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística. 8 Por la cual se modifican algunas normas que consagran el crecimiento del índice de precios al consumidor del año anterior como factor de reajuste de valores, y se dictan otras disposiciones.8

recomendación para el reajuste de avalúos catastrales para la vigencia 2022 de los predios cuyo avalúo catastral no haya sido formado o reajustado durante el año 2021. El presente documento tiene cinco secciones, incluyendo esta introducción. La segunda sección presenta la situación catastral del país en la actualid ad, tomando en cuenta la información reportada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) como autoridad catastral. La tercera sección presenta el reajuste de los avalúos catastrales para la vigencia

2022. La cuarta sección muestra los escenarios f iscales correspondientes al reajuste propuesto y, finalmente, la quinta sección señala las recomendaciones al CONPES.

2. ESTADO ACTUAL DE LA INFORMACIÓN CATASTRAL DEL PAÍS La información catastral es dinámica y sus objetivos y alcances trascienden las fronteras de la fiscalidad hasta el punto de convertirse en instrumento multipropósito, clave para la administración del territorio. Por tal razón, su actualización es fundamental para el desarrollo de otras políticas públicas relacionadas con el territorio. En e ste sentido, el Documento CONPES 3859 Política para la adopción e implementación de un catastro multipropósito rural-urbano9 aprobado en 2016 sentó las bases para la conformación, implementación, y sostenimiento de un catastro multipropósito moderno.

Posteriormente, en el marco de l a estrategia de financiamiento de la Nación para

rural-urbano9 aprobado en 2016 sentó las bases para la conformación, implementación, y sostenimiento de un catastro multipropósito moderno. Posteriormente, en el marco de l a estrategia de financiamiento de la Nación para realizar los cambios estructurales requeridos para consolidar el programa de adopción e implementación de un catastro multipropósito, fortalecer institucional y tecnológicamente a las entidades del orden nacional responsables de la ejecución de la política de catastro e iniciar la conformación del catastro multipropósito en municipios priorizados por el Gobierno nacional, mediante el Documento CONPES 3951 aprobado en 2018 se emitió c oncepto favorable a la Nación para contratar operaciones de crédito público externo con la banca multilateral hasta por USD 150 millones, o su equivalente en otras monedas, destinadas a financiar parcialmente el Programa para la adopción e implementación de un catastro multipropósito rural-urbano. Al respecto cabe destacar que en año 2019 se emitió el Documento CONPES 3958 Estrategia para la implementación de la política pública de catastro multipropósito 10, que reemplaza el referido Documento CONPES 3859 , recoge sus avances y propone una estrategia para la implementación de la política pública de catastro multipropósito, que permita contar con un catastro integral, completo, actualizado, confiable, consistente con el

9 Disponible en https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/CONPES/Econ%C3%B3micos/3859.pdf. 10 Disponible en https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3958.pdf.9

sistema de registro de l a propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información.

10 Disponible en https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3958.pdf.9

sistema de registro de l a propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información. En paralelo a la construcción del Documento CONPES 3958, durante el 2019 se elaboraron las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, pacto por la equidad, expedido mediante la Ley 1955 de 2019, en cuyo Pacto XVI Pacto por la Descentralización: conectar territorios, gobiernos y territorios se incluyeron aspectos relacionados con la definición de Catastro Multipropósito como iniciativa transformaciona l, lo cual la denota como de alta prioridad para el Gobierno nacional, así como con el porcentaje de avance en el cumplimiento a las metas de los principales indicadores de la Política Pública de Catastro Multipropósito para el cuatrienio. En la Ley 1955 d e 2019 se incluyeron los artículos 79, 80, 81 y 82 que desarrollan los elementos necesarios para la implementación de la política. Entre los anteriores se destacan: el catastro como servicio público, la habilitación de gestores catastrales, el rol del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) como regulador, autoridad nacional catastral y gestor de última instancia, el catastro como gasto de inversión, la Agencia Nacional de Tierras como gestor catastral y el modelo de Inspección Vigilancia y Control, a c argo de la Superintendencia de Notariado y Registro. Durante 2020 se adoptó el Decreto 148 de 202011, el cual desarrolla las definiciones técnicas para la implementación del catastro multipropósito. Un avance destacable desde 2019 es el aumento en el número de entidades territoriales

202011, el cual desarrolla las definiciones técnicas para la implementación del catastro multipropósito. Un avance destacable desde 2019 es el aumento en el número de entidades territoriales y esquemas asociativos territoriales que se han habilitado como gestores catastrales, al pasar de 5 gestores territoriales (1 departamento y 4 municipios) al expedirse la Ley 1955 de 201912 a 34 gestores catastrales territorial es (6 esquemas asociativos territoriales, 3 departamentos y 25 municipios) con corte a noviembre 2021 (Tabla 1). Esto demuestra una mayor apropiación del catastro por parte del nivel territorial y debería tener un impacto tanto en la dinamización de la actualización catastral como en el uso de la información catastral para la planeación territorial. Es preciso anotar que los gestores habilitados pueden prestar el servicio en cualquier municipio del país que los contrate para tal propósito. Tabla 1. Gestores catastrales territoriales habilitados a noviembre 202 1 Gestor catastral Área Metropolitana de Barranquilla

11 Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 79, 80, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica parcialmente el Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015, 'Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística 12 Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-210

Gestor catastral Área Metropolitana de Bucaramanga Área Metropolitana de Centro Occidente Área Metropolitana de Valle de Aburrá Armenia Asomunicipios Chiriguaná Departamento de Cundinamarca

Gestor catastral Área Metropolitana de Bucaramanga Área Metropolitana de Centro Occidente Área Metropolitana de Valle de Aburrá Armenia Asomunicipios Chiriguaná Departamento de Cundinamarca Departamento del Valle del Cauca Dirección de Sistemas de Información y Catastro Antioquia Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta El Espinal Garzón Gerencia Catastral Distrito de Barranquilla Girardot Ibagué Jamundí Municipio de Fusagasugá Municipio de Envigado Municipio de Rionegro Municipio de San José de Cúcuta Municipio de Soacha Municipio de Zipaquirá Municipios Asociados del Altiplano del Oriente Antioqueño Neiva Sabanalarga Sabaneta Sahagún Sesquilé Sincelejo Subdirección de Catastro Municipal de Cali Subsecretaría de Catastro de Medellín Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Bogotá Valledupar

Fuente: IGAC (2021).

Respecto al estado catastral del país, en el 2021 el Sector Administrativo de Información Estadística solicitó un ajuste a la medición del indicador Porcentaje del área geográfica con catastro actualizado , con el fin de incluir en el cálculo las hectáreas del proceso de conservación catastral (anteriormente solo se incluían las hectáreas del proceso11

de actualización catastral). De acuerdo con esta modificación en la medición, con corte al 1 de enero de 2021 , el IGAC reporta que existen 17.560.382,69 hectáreas actualizadas

de actualización catastral). De acuerdo con esta modificación en la medición, con corte al 1 de enero de 2021 , el IGAC reporta que existen 17.560.382,69 hectáreas actualizadas catastralmente a nivel nacional, que corresponde al 15.39 % del país, que el 36,33 % de la superficie del territorio colombiano no cuenta con formación catastral y que el 51,72 % del territorio se encuentra desactualizado. La falta de formación y actualización catastral impide la adecuada planeación e implementación de diferentes herramientas del Estado tales como el ordenamiento territorial y ambiental, la gestión de tierras, la regularización de la propiedad, la programación y asignación de inversiones y el fortalecimiento fiscal de las entidades territoriales y, en general, la planeación territorial. Respecto a los avances d urante el año 202113, se cuenta con información del IGAC, el Área Metropolitana Centro Occidente (AMCO), Barranquilla, Antioquia, Valle del Cauca, Jamundí, Medellín, Sesquilé y Bogotá. De acuerdo con dicho reporte, en 2021 se adelanta el proceso de actualización en 3.427.630 predios, de los cuales 128.900 corresponden a zonas rurales y 3.298.730 a zonas urbanas cuyos avalúos entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2022. Adicionalmente, se adelanta el proceso de conservación14 en 454.140 predios, de los cuales 140.397 son rurales y 313.743 son urbanos (ver Tabla 2). Tabla 2. Número de predios actualizados y conservados durante 2021 con corte a noviembre Concepto Rurales Urbanos Total Predios sobre los cuales se realizó el proceso de actualización catastral durante 2021

Tabla 2. Número de predios actualizados y conservados durante 2021 con corte a noviembre Concepto Rurales Urbanos Total Predios sobre los cuales se realizó el proceso de actualización catastral durante 2021 128.900 3.298.730 3.427.630 Predios sobre los cuales se realizó el proceso de conservación catastral durante 2021 140.397 313.743 454.140

Fuente: Cálculos del IGAC y reporte de gestores habilitados con corte a noviembre de 2021 (2021).

Nota: solo incluye información de los catastros habilitados de IGAC, el AMCO, Barranquilla, Antioquia, Valle del Cauca, Jamundí, Medellín, Sesquilé y Bogotá. El resto de gestores catastrales habilitados no remitió información a la fecha de elaboración de este documento.

Análisis de la dinámica inmobiliaria

13 Estimado a noviembre de 2021. 14 Como se explicó anteriormente, a partir de la modificación realizada en la medición, la conservación sumará a la actualización.12

Del análisis reportado por los gestores catastrales se destaca: • En el AMCO, integrada por los municipios de Pereira, Dosquebradas y La Virginia, se destaca la dinámica relacionada con turismo y uso residencial. En Dosquebradas la dinámica inmobiliaria se relaciona más con la implementación de infraestructura para el uso industrial y comercial. Adicionalmente, no se observó una desaceleración importante en la dinámica inmobiliaria a causa de la pandemia. • Barranquilla, capital del departamento del Atlántico, muestra una mejora en el mercado inmobiliario impulsado por el progreso y la vivienda No VIS mostró

una desaceleración importante en la dinámica inmobiliaria a causa de la pandemia. • Barranquilla, capital del departamento del Atlántico, muestra una mejora en el mercado inmobiliario impulsado por el progreso y la vivienda No VIS mostró recuperación respecto a 2020 (año afectado por la pandemia) en el equipamiento urbano. De otra parte, s e ha desacelerado la expedición de licencias de construcción de vivienda VIS. • Antioquia incluye los municipios a cargo del gestor Antioquia. Las dinámicas inmobiliarias en el departamento se dividen por subregiones que en su mayoría se están dinamizando por influencia de las vías 4G . Así, las subregiones Suroeste, Nordeste, Occidente se han visto beneficiadas tanto por el diseño y las expectativas de desarrollo, como por la construcción de las vías 4G. En el caso de la subregión de Urabá, además del desarrollo de infraestructura vial, se destaca la construcción de Puerto Antioquia en el Distrito de Turbo, influyendo en la dinámica inmobiliaria tanto urbana como rural. En el caso del Oriente, la dinámica inmobiliaria se manifiesta en el desarrollo de parcelaciones y aumento de construcciones en propiedad horizontal. • Jamundí, municipio del departamento del Valle del Cauca, muestra un importante crecimiento urbano y auge de la construcción , especialmente h acia el sur y occidente. • Medellín, capital de Antioquia , en 2020 mostró estancamiento en la dinámica inmobiliaria, acentuado en los predios con uso comercial; dinámica que ha continuado en 2021. Sin embargo, se espera que la ciudad se reactive a partir de nuevos proyectos de infraestructura vial, de infraestructura de servicios y la

inmobiliaria, acentuado en los predios con uso comercial; dinámica que ha continuado en 2021. Sin embargo, se espera que la ciudad se reactive a partir de nuevos proyectos de infraestructura vial, de infraestructura de servicios y la habilitación de suelos (se destaca el intercambio vial de la Avenida San Juan con la Avenida 80, la proyección del metro, la habilitación del proyecto de Picacho). • Sesquilé, municipio del departamento de Cundinamarca , evidencia que su dinámica principal de oferta de bienes inmuebles está sectorizada en el área rural, en zonas de predominancia campestre y recreativas; en cuanto a la dinámica presente en el área urbana , se encuentra una mayor demanda y a su vez una13

escasez en la oferta de bienes inmuebles , lo que conlleva a un incremento significativo en los precios de este sector. • En Bogotá el choque de la pandemia en la dinámica inmobiliaria en 2020 se vio rápidamente revertido por el incremento en ventas que ha tenido la vivienda nueva en 2021 en Bogotá, con un aumento de 28 %, evidenciando una importante dinámica en la demanda tanto en VIS (32 %) como en No VIS (16 %). El segmento de vivienda usada también recuperó su oferta tras la caída en 2020. Para los centros comerciales grandes se observa que , en general, los valores de venta se han mantenido en el tiempo mientras que la renta sí ha presentado un decremento ocasionado por la vacancia de locales generada por la pandemia, las cuarentenas y los aislamientos preventivos.

3. REAJUSTE PARA LA VIGENCIA 2022

En concordancia con lo dispuesto en la Ley 44 de 1990 (art.8), la Ley 242 de 1995

y los aislamientos preventivos.

3. REAJUSTE PARA LA VIGENCIA 2022

En concordancia con lo dispuesto en la Ley 44 de 1990 (art.8), la Ley 242 de 1995 (art. 6) y la Ley 101 de 1993 (arts. 9 y 10), el proceso para definir el reajuste anual de los avalúos catastrales considera tres criterios básicos: (i) la meta de inflación ; (ii) el Índice de Precios al Productor Agropecuario (IPPA)15; y (iii) el Índice de Valoración Predial (IVP)16. Este proceso tiene el objetivo garantizar que la base imponible para calcular el impuesto predial mantenga una relación con el valor patrimonial de los inmuebles. La metodología de cálculo del IVP consiste en calcular la variación porcentual promedio del valor de los predios urbanos del país con destino económico habitacional, ubicados en 22 ciudades capitales17. Para la recolección de la información de 20 21, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) y el IGAC diseñaron una muestra probabilística de 4.919 predios urbanos, de los cuales fueron efectivos 4.755. Para los predios efectivos de la muestra se utilizó como unidad de observación el avalúo comercial de dichos inmuebles, entre septiembre de 2020 y septiembre de 20 21. En el Anexo A se

15 Índice estimado por el Departamento Adminis trativo Nacional de Estadística ( DANE) con base en la información del Índice de Precios al Productor, indicador coyuntural sobre los precios de los bienes en el primer canal de distribución, es decir, p recios del productor. Reporta la variación promedio de los precios de una

información del Índice de Precios al Productor, indicador coyuntural sobre los precios de los bienes en el primer canal de distribución, es decir, p recios del productor. Reporta la variación promedio de los precios de una canasta de bienes que se producen en el país para consumo interno y de bienes importados. Incluye sector primario y secundario. Para más información: http://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas -portema/precios-y-costos/indice-de-precios-del-productor-ipp. 16 Índice estimado por el DANE con base en la información de las bases catastrales de cada ciudad proporcionada por el IGAC. 17 Para la estimación del IVP se utiliza un diseño probabilístico, estratificado de elementos (un p rimer nivel por ciudades y dentro de este, cinco estratos definidos por la variable puntaje).14

observa la muestra seleccionada y la muestra efectiva para las 22 ciudades que fueron tenidas en cuenta. La variación anual nominal de los IVP para el total de los predios de la muestra en 2021 fue de 3.36 % con una pequeña disminución respecto a la del año anterior (Gráfico 1). Durante la vigencia 20 21, la ciudad en la que más creció el IVP fue Neiva, con un incremento de 4.98 %, mientras que en la que menos creció fue Quibdó, con 1.68 %.Gráfico 1. IVP por ciudades 20 20 y 2021

Fuente: DANE (2021).

Por otra parte, la variación de doce meses a noviembre de 20 21 del IPPA18 fue de 16,88 %19. Este es el indicador de referencia para el ajuste de los predios rurales dedicados

18 Cabe resaltar que, para el cálculo de la variación porcentual del IPPA, se hace uso de la serie histórica del

16,88 %19. Este es el indicador de referencia para el ajuste de los predios rurales dedicados

18 Cabe resaltar que, para el cálculo de la variación porcentual del IPPA, se hace uso de la serie histórica del Índice de Precios al Productos (IPP) del DANE para el sector agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, en el componente de Oferta Interna Total. 19 Para el área rural, el Gobierno nacional, una vez ejecutados los procesos de actualización catastral rural, debe realizar un estudio que permita avan zar en la obtención de un IVP que permita mayor integralidad a la visión de la valoración predial del país. La variación porcentual se encuentra publicada en los archivos anexos

2,81 4,70 3,75 3,06 4,51 3,40 3,56 2,96 4,50 6,20 2,95 2,89 3,67 4,36 6,07 6,63 2,52 5,40 2,75 4,22 4,45 2,20 4,33 3,91 4,02 4,80 3,60 2,36 3,55 3,37 2,39 4,94 4,85 2,93 4,98 4,86 4,28 2,14 1,68 3,58 3,24 2,11 3,36 3,97 3,12 2,44 Armenia Barranquilla Bucaramanga Cali Cartagena Cúcuta Florencia Ibagué

Manizales Medellín Montería Neiva Pasto Pereira Popayán Quibdó Rioacha Santa

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