DPS - Resolución 01101 de 2025
Detalles
- Título
- DPS - Resolución 01101 de 2025
- Autor
- Departamento para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2025
Prosperidad Social RESOLUCIÓN No. o 1 1 o 1 DEI; '1 9 MAY 2025 « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027» LA DIRECTORA (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 61 y 65 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.2.14.2.1 del Decreto 1083 de 2015, el numeral 4 del artículo 8 del Decreto 0017 de 2025, el Decreto 0505 de 2025, y CONSIDERANDO Que el artículo 16 de la Ley 909 de 2004 "por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones" señala que: ( ... ) l. En todos los organismos y entidades reguladas por esta ley deberá existir una Comisión de Personal, conformada por dos (2) representantes de la entidad u organismo designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa y elegidos por votación directa de los empleados. En igual forma, se integrarán Comisiones de Personal en cada una de las dependencias regionales o seccionales de las entidades. ( ... )" Que, adicional a lo anterior, el artículo 2.2.14.1.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del
en cada una de las dependencias regionales o seccionales de las entidades. ( ... )" Que, adicional a lo anterior, el artículo 2.2.14.1.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública, modificado por el artículo 3 del Decreto 498 de 2020, se establece que"( ... ) En las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la comisión de personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales". Que mediante Resolución No. 00053 del 14 de enero de 2020 se fijó el procedimiento de elección de los representantes de los empleados ante las comisiones de personal regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Así mismo, se convocó la elección de los representantes de los empleados ante las comisiones de personal de las Direcciones Regionales ubicadas fuera de la ciudad de Bogotá. Que mediante Resolución No. 01354 del 23 de junio de 2023, se conformaron las Comisiones de Personal de las Direcciones Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca para la Prosperidad Social" para el período 2023-2025. Que en desarrollo de las consideraciones precedentes, se hace necesario convocar y fijar el procedimiento para la elección de los representantes principales y suplentes de los empleados ante las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales de Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca, anteriormente denominadas Direcciones Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca. Que en mérito de lo expuesto, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social,
Cauca, anteriormente denominadas Direcciones Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca. Que en mérito de lo expuesto, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social,
RESUELVE:
CAPÍTULO I
Convocatoria e Inscripciones Artículo 1. Convocatoria. Convocar a los servidores públicos que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación ubicados en las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magd alena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, para que elijan los representantes de los empleados ante cada una de las Comisión de Personal de éstas Gerencias Regionales con sus respectivos suplentes; elecciones que se llevarán a cabo el día lunes (14) de julio de 2025. qf Página 1 de 7 .. 1• Prosperidad Social RESOLUCIÓN No O 11 O 1 DE r1 9 MAY 2025
Continuación de la Resolución: « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027» Artículo 2. Funciones de las comisiones de personal regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social. De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 6 del Decreto Ley 760 de 2005, son funciones de las Comisiones de Personal Regionales, las siguientes: a) Velar porque los procesos de selección para la provIsIon de empleos y de evaluación del
el artículo 16 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 6 del Decreto Ley 760 de 2005, son funciones de las Comisiones de Personal Regionales, las siguientes: a) Velar porque los procesos de selección para la provIsIon de empleos y de evaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios y con los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la comisión de personal deberá elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera. b) Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección y evaluación del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimiento especial. c) Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes. [".] f) Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa. g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en la ley. h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento.
de la función administrativa. g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en la ley. h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento. i) Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional. j) Las demás funciones que le sean atribuidas por la ley o el reglamento. Artículo 3. Apertura y divulgación de la convocatoria. La convocatoria se realizará entre el 06 de junio de 2025 y hasta el 12 de junio de 2025 período en el cual se divulgará ampliamente a través del correo institucional, la intranet y la página web de Prosperidad Social el procedimiento de elección de los servidores públicos con derechos de carrera administrativa del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social ante las comisiones de personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria. Artículo 4. Requisitos que deben acreditar los aspirantes. Los aspirantes a ser representantes de los empleados en la Comisión de Personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria, deberán acreditar las siguientes calidades: a) Ser servidor público de Prosperidad Social con derechos de carrera administrativa y cuyo centro de trabajo corresponda a la sede de la respectiva Gerencia Regional a la que se postule. b) No haber sido sancionado disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura. Artículo 5. Inscripción de los aspirantes. Los candidatos a representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria, deberán inscribirse y acreditar las calidades exigidas por el Decreto 1083 de 2015 y en la presente resolución,
la Comisión de Personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria, deberán inscribirse y acreditar las calidades exigidas por el Decreto 1083 de 2015 y en la presente resolución, ante la Oficina de Talento Humano del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social desde las 8:00 a.m. del 13 de junio de 2025 y hasta las 5:00 p.m. del 19 de junio de 2025. Parágrafo 1: La inscripción se realizará mediante el formulario dispuesto por la Oficina de Talento Humano, el cual deberá ser diligenciado, firmado, digitalizado en formato pdf y remitido a través de correo electrónico a la dirección: thumano@prosperidadsocial.gov.co, el cual debe contener como mínimo la siguiente información: nombres y apellidos completos del candidato, número de documento de identidad, dependencia, ubicación geográfica, cargo, manifestación expresa que reúne los requisitos exigidos para ser candidato y firma del candidato como garantía de seriedad de la inscripción. Página 2 de 7 r----''. . fi Prosperidad Social RESOLUCIÓN No O 11 O 1 DE Continuación de la Resolución: « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027>► Parágrafo 2:. Si dentró del término previsto no se inscriben por lo menos cuatro (4) candidatos o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, para cada una de las Gerencias Regionales convocadas,
Parágrafo 2:. Si dentró del término previsto no se inscriben por lo menos cuatro (4) candidatos o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, para cada una de las Gerencias Regionales convocadas, este término se prorrogará automáticamente por un lapso igual, es decir, desde las 8:00 a.m. del 20 de junio de. 2025 y hasta las 5:00 p.m. del 27 de .junio de 2025. Parágrafo 3: Los candidatos que no se encuentren en condiciones de seguir en el proceso, deberán manifestar por escrito hasta fiI 27 de junio de 2025, ante la Oficina de Talento Humano su decisión de abstenerse de participar, con el fin de anular su candidatura. Parágrafo 4: En caso de que no se logre la inscripción del número mínimo de candidatos requeridos o no existan servidores interesados en ser candidatos en alguna de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria. se dará aplicación a lo señalado en Criterio Unificado del 22 de mayo de 20_18 "Comisiones de Personal" expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Artículo 6. Publicación listas de candidatos inscritos. Al día hábil siguiente al vencimiento del término previsto para la inscripción de los candidatos, es decir, el día 01 de julio de 2025, la Oficina de Talento Humano de Prosperidad Social, divulgará ampliamente la lista de candidatos inscritos que cumplan con los requisitos exigidos para las comisiones de personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria. Artículo 7. Difusión de las propuestas de los candidatos. Los candidatos inscritos a la Comisión de Personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria podrán remitir vía correo
de la presente convocatoria. Artículo 7. Difusión de las propuestas de los candidatos. Los candidatos inscritos a la Comisión de Personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria podrán remitir vía correo electrónico a la Oficina de Talento Humano a thumano@prosperidadsocial.gov.co máximo dos (2) piezas de divulgación de sus propuestas en formato Word o pdf, que no superen una cuartilla de extensión (página), acompañado de una fotografía reciente del candidato (a) y/o un video en formato horizontal de máximo 1 minuto 30 segundos de duración. El material que no cumpla con estas condiciones no será publicado. Parágrafo 1: Las solicitudes de publicación podrán remitirse el día hábil siguiente a la publicación de los listados de los candidatos inscritos, es decir, a partir de las 8:00 am del 02 de julio de 2025 y hasta el 10 de julio de 2025 a las 5:00 pm. Parágrafo 2. Estos mensajes serán publicados por la Oficina Asesora de Comunicaciones en la Intranet de la entidad. CAPÍTULO .II Jurados de votación, electores habilitados, testigos electorales y observadores. Artículo 8. Designación de jurados de votación. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.14.2.5 del Decreto 1083 de 2015, la Oficina de Talento Humano seleccionará y designará a los servidores públicos de Prosperidad Social que ejercerán como jurados de votación para la vigilancia de las elecciones. Parágrafo 1. La selección se realizará de manera aleatoria, mediante la utilización herramientas estadísticas de Excel y la designación será efectuada dentro de los tres (3) días siguientes a la
las elecciones. Parágrafo 1. La selección se realizará de manera aleatoria, mediante la utilización herramientas estadísticas de Excel y la designación será efectuada dentro de los tres (3) días siguientes a la divulgación de los candidatos inscritos, es decir, el 04 de julio de 2025. Parágrafo 2. La notificación de los jurados se efectuará mediante la publicación de la lista respectiva en la intranet de la entidad, el día hábil (1) siguiente al de su designación, es decir, 07 de julio de 2025, y se les enviará correo electrónico informando la designación. Artículo 9. Capacitación de los jurados de votación. Previo a la real ización de las elecciones, la Oficina de Talento Humano de Prosperidad Social citará a los jurados de votación para que asistan a una capacitación por la plataforma "Microsoft Teams", con la finalidad de suministrar instrucciones frente a la jornada de elección garantizando así los mecanismos idóneos de seguridad, control y auditoría de la información que garanticen la transparencia y veracidad dél proceso electoral. Página 3 de 7 1• r1 ·g MAY 20'25• I --- e Prosperidad ·social ' .
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DE Continuación de la Resolución: « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, -principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para !a Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027»
los representantes, -principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para !a Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027» Artíc.ulo 10. Funcione·s de los jurados. Los jurados de votación tendrán las ·siguientes func.iones: a) . .Verificar que, al momento de inicio de la votación, la herramienta dispuesta por la Oficina. de Talento Humano reporte cero (O) número de votos. fi) Insta lar la votación. • c) Vigilar el proceso d.e votación. d) Verificar que los votantes efectúen una sola elección. e) Verificar que los votantes coincidan con los que corresponden en la lista de sufragantes. f) Realizar el escrutinio de los votos y consignar los resultados en el acta de escrutinio. g) Firmar la$ actas. Artículo 11: Elfictor.es. En cumpl¡'miento del artículo 2.2.14.1. 1 del pecreto 1083 de 20.15 modifi'cado por el 'articulo' 3 del Decreto 498 de 2020, en la presente elección· podrán participar como electores, todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma 9e vinculación (carrera administrativa, encargos de carrera administrativa, provisionales, período de prueba y ascenso en período de prueba), independientemente si se encuentran en vacaciones, permisos, licencias de maternidad o enfermedad, entre otras, cuyos cargos estén prestando sus servicios en la sede de la respectiva de la Gerencia Regional objeto de la presente convocatoria y
permisos, licencias de maternidad o enfermedad, entre otras, cuyos cargos estén prestando sus servicios en la sede de la respectiva de la Gerencia Regional objeto de la presente convocatoria y exceptuando: a quienes estén en licencia ordinaria o suspendidos en el ejercicio de sus funciones. Artículo 1.2. Publicación de los listados generales de electores. Dos (2) días antes de la elficción, es decir e·I 10 de julio de 2025, la Oficina de Talento Humano publicará en la intranet el listado de los electores habilitados en cada una de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria para participar en las elecciones de los representantes de los empleados ante las comisiones de personal de las Gerencias Regionales y sus respectivos suplentes. Artículo 13. Designación de testigos electorales. La Oficina de Talento Humano solicitará a la Oficina de Gestión Regional la designación de dos (2) testigos electorales en representación de todos los aspirantes inscritos como candidatos ante la comisión de personal de la Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria, para lo cual informarán la deslgnación de los mismos a través dé correo electrónico a la Oficina de Talento Humano hasta el día 04 de julio de 2025. Ar'tículo 14. Funciones de testigos electorales. Los testigos el_ectorales tendrán las siguientes funciones: a) Verificar q"ue el enlace se encuentre en cero (O) número de votos. b) Verificar-que los votantes efectúen una sola elección. e) Verificar· que los votantes coincidan con los que corresponden en la lista de sufragantes. d) Acompañar y verificar el proceso de votación en las etapas de apertura,· cierre· -.¡ escrutinio de votación.
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e) Verificar· que los votantes coincidan con los que corresponden en la lista de sufragantes. d) Acompañar y verificar el proceso de votación en las etapas de apertura,· cierre· -.¡ escrutinio de votación. • • Artículo 15. Designación de observadores. La Oficina del Talento Humano solicitará a la Secretaría General y a la Comisión de Personal Nacional para que designe cada uno un observador quien asistirá al proceso de apertura, cierre y escrutinio el día de las elecciones, para lo cual informarán la designación de este a través de correo electrónico a la Oficina de Talento Humano hasta el día 04 de julio de 2025. Artículo 16 .. Funciones de observadores. Los observadores tendrán las siguientes funciones: a) Visualizar que el enlace se encuentre en cero (O) número de votos. b) Visualizar que los votantes efectúen una sola elección. c) Visualizar que los votantes coincidan con los que éorresponden en la lista de sufragantes. d) Acompañar el proceso de votación en las etapas de apertura, cierre y escrutinio de votación. Artículo 17. Delegado de la Oficina de Control Interno. El jefe de la Oficina de Control Interno designará_ a un servidor público de esa oficina para que acompañe el proceso de elecciones de lás comisiones de personal en el proceso de apertura, cierre y escrutinio. Página 4 de 7 -- • ..• Prosperidaq_ Social
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Contin uación de la Resolución: « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, principalesy-suplentes de los empleados en las Comisiones dePersonal de las Gerencia __ s Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle d_el Cauca del Departamento Administrativo para la • • • Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027» CAPÍTULO III Eleccifin, conformación y período de las Comisionfis de Personal Artículo 18. Votaciones. Las votaciones se efectuarán en medios virtuales· el día 14 de julio de 202·5 desde las 9:00 a.m. y. s·e cerrarán a las 4:00 p.m. del mismo día, a través del aplicativo dispuesto por la Oficina de Talento Humano, al cual podrá acceder cada servidor público habilitado para votar a través de su correo electrónico institucional para la elección de los representantes de los empleados ante las comisiones d_e personal de las Gerencias Regionales objeto d(;? la presente convocator_ia.
Parág rafo 1: La Oficina de Talento Humano divulgará las orientaciones necesarias para la utilización dei aplicativo de votación y divulgará mediante correo electrónico el enlace internet habilitado, el día de la votación. Par ág rafo 2. El voto es personal, indelegable, secreto y una vez emitido no podrá realizarse nuevamente. La i11formación que se reciba a través del aplicativo wel? de votación es de carácter confidencial y será utilizada solamente para confirmar la identidad y cargo desempeñado por. los votantes de acuerdo con los listados de funcionarios habilitados para cada Gerencia Regional objeto_d"e la presente convocatoria.
confidencial y será utilizada solamente para confirmar la identidad y cargo desempeñado por. los votantes de acuerdo con los listados de funcionarios habilitados para cada Gerencia Regional objeto_d"e la presente convocatoria. Artí culo 19. Escrutinio. Cerradas las votaciones, los jurados de votación, en presencia de los testigos electorales, los observadores y el servidor público designado por la Oficina de Control Interno de Prosperidad Social, procederán a realizar el escrutinio de los votos de acuerdo con los reportes del aplicativo utilizado para la elección y dejarán constancia del número de votos emitidos a favor de cada candidato, así como el número de votos en blanco. Una vez terminado él escrutinio se leerá en voz alta y los jurados entregarán al Jefe de Oficina de Talento Humano las actas y demás documentos utilizados. De lo anterior, se dejará constancia en el acta _de escrutinio que será firmada por los miembros de los jurados dfi votación de Prosperidad Social. ' Parág rafo: La sesión de escrutinio se realizará por la plataforma "Mic rosoft Teams" y podrá ser grabada para garantizar fiª- conf!a.bilidad y validez del proceso de votación y escrutinio. Artículo 20. Sistéma dfi elecciónfi Para la elección de los representantes de los empleados principa les y · suplentés ante las comi siones de personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria, se aplicará la mayoría simple, es decir, aquellos dos (2) candidatos que obtengan el mayor n_úmero. d·e votos en estricto orden, serán elegidos como representantes princi pales, y como suplentes será elegidos los candidatos q·ue obtengan el tercer y cuarto lugar en la votación, quienes en
mayor n_úmero. d·e votos en estricto orden, serán elegidos como representantes princi pales, y como suplentes será elegidos los candidatos q·ue obtengan el tercer y cuarto lugar en la votación, quienes en su orden reemplazarán a los comisi onados principales en el evento de faltas temporales y definiti vas, respectivamente. Parág rafo. En caso de empate, la elección se definirá mediante sorteo, a través del mecanismo que determine el designado por la Oficina de Control Interno de Prosperidad Social, del cual se dejará constancia en la respectiva acta de escrutinio. Artí culo 21. Coor dinación. El proceso de elección, votación y escrutinio será coordinado por el Jefe de Talento_ Humano, con apoyo del personal del Grupo Interno de Trabajo de Administración del Talento Humano. Artículo 22. Reclamaciones. Los candid atos y/o testigos electorales podrán en el mismo acto de escrutinio, presentar reclamaciones, las cuales serán resueltas por el Jefe de Talento Hum ano dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la elección. Artí culo 23. Información de Resultados Una vez resueltas la s reclamaciones o solicitudes, la Oficina de Talento Humano de Prosperidad Social publicará los resultados de la votación en la intranet de la entidad e informará los mismos mediante correo electrónico enviado a los servidores públicos ubicados en las sedes de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria. Página 5 de 7
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Conti nuación de la Resolución: « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, principales y suplentes de los empleados en las Comisione s de Personal de las Gerencias Regio nales Amazonas, Boyacá, Mag dalena y Valle del Cauca del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027» Artículo 24. Período. Los represen tantes principales de los empleados ante las comisiones de personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria y sus suplentes respectivos serán elegidos por el término de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación del acto administrativo de conformación de las comisiones de personal objeto de la presente convocatoria.
Artículo 25. Vacancias. Las faltas temporales de los representantes de los miembros principales de los empleados ante las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria serán cubie rtas por el (los) suplente(s) en caso de que sea(n) elegido(s) en el presente proceso de elecciones. Parágrafo. En caso de falta absoluta de un representante de los empleados, el suplente asumirá tal calidad hasta el fin del periodo. En caso de que por alguna circunstancia el número de los repres entantes de los empleados a la Comisión de Personal no se ajuste a lo establecido en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2005, se iniciará el proceso de convocatoria a elecciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de tal hecho.
Decreto 1083 de 2005, se iniciará el proceso de convocatoria a elecciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de tal hecho. Artículo 26. Acto Administrativo de conformación de las com1s1o nes de personal de las Gerencias Regionales. Una vez resueltas las reclamaciones, la Oficina de Talento Humano proyectará para la firma del Director del Departamento Administrativo, el acto administ rativo que conforma las comisiones de personal de las Gerencias Regionales objeto de la presente convocatoria. Artículo 27. Comunicación de la conformación de las comisiones de personal de las Gerencias Regionales. La Oficina de Talento Humano de Prosperidad Social comunicará el Acto Administrativo de conformación de las comisiones de personal de las Gere ncias Regionales objeto de la presente convocatoria. CAPÍTULO IV Disposiciones finales Artículo 28. Cronograma. De acuerdo con lo establecido en los artículos anteriores, el cronog rama es el siguiente: ETAPA FECHA Divulaación de la convocatoria Entre el 06 de iunio v el 12 de iunio de 2025 Inscripción de candidatos Desde las 8: 00 a.m. del 13 de junio de 2025 y hasta las 5:00 p.m. del dí a 19 de junio de 202 5. Período de prórroga para Inscr ipción de Desde las 8: 00 a.m. del 20 de junio de 2025 y candida tos hasta las 5: 00 o.m. del día 27 de iunio de 2025 Desistimiento de la candidatura Hasta las 5:00 p.m. del 27 de junio de 2025 Publicación de listas de candidatos inscritos 01 de julio de 2025
Desistimiento de la candidatura Hasta las 5:00 p.m. del 27 de junio de 2025 Publicación de listas de candidatos inscritos 01 de julio de 2025 Solicitud y publicación de propuestas de los Desde las 8: 00 am del 02 de julio de 2025 hasta candid atos las 5:00 pm de l 10 de julio de 2025 Desiqnación iurados de votación 04 de julio de 2025 Notificación de la desig nación a los jurados de 07 de julio de 2025 votación Capacitación jurados de votación Hasta el 11 de julio de 2025 Designación de testioos electorales Hasta el 04 de iulio de 2025 Desionación de observadores electorales Hasta el 04 de julio de 2025 Publicación listados generales de electores 10 de iulio de 2025 Votaciones Desde las 9:0 0 a.m. hasta las 4: 00 p.m. del 14 de julio de 2025. Escrutinio Desde las 4:0 0 P.m. del 14 de iulio de 2025 Resolución de reclamaciones Hasta el 17 de iulio de 2025 Página 6 de 7 ' - . . . 1 1 1 - ,- -Prosperidad Social
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Continuación de· la Resoluci ón: « Por medio de la cual se convoca y se fija el procedimiento de elecciones de los representantes, principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departament o Ad minis trativo para la
los representantes, principales y suplentes de los empleados en las Comisiones de Personal de las Gerencias Regionales Amazonas, Boyacá, Magdalena y Valle del Cauca del Departament o Ad minis trativo para la Prosperidad Social, para la vigencia 2025-2027» ETAPA FECHA Publicación e In formación de resultados Hasta el 18 de iulio de 2025 Expedición del. acto admini strativo mediante el cual se conf ormen las comisiones de personal de Hasta el 31 de julio de 2025 las Gerencias Regionales objeto de la presente conv ocatoria Artículo 29. Nor matividad aplicable. En los asuntos no regulados por el presente acto administrativo y en desarrollo del presente proceso de elección de los representantes de los empleados ante las comisio nes de personal de las gerencias regionales objeto de la presente resolución, se aplicará lo establecido en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado, entre o
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