DPS - Resolución 00315 del 2 de febrero de 2015
Departamento para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 00315 del 2 de febrero de 2015
- Autor
- Departamento para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2015
'oPSDepartamento_ , I plJr~ la Prosperrdad Socla\ RESOLUCION No fijlTODOSPORUN ~ ~,l!!~~,~~00315 DE O2FEB.2015 "Por medio de la cual se establecen y definen los factores para el acceso al nivel sobresaliente en la evaluación del desempeño laboral de los servidores públicos de carrera administrativa" LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 40 de la Ley 909 de 2004, el Decreto 1227 de 2005, artículo 4° del Acuerdo 137 de 2010 y el numeral 15° del artículo 10 del Decreto 4155 de 2011, Y C O N S I D E R A N DO: Que el artículo 39° de la Ley 909 de 2004, establece que la evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa deberá hacerse siguiendo la metodología contenida en el instrumento y en los términos que se señale en el reglamento que para el efecto se expida. Que el artículo 40° de la Ley 909 de 2004, dispone que la Comisión Nacional del Servicio Civil desarrollará un sistema de evaluación del desempeño como sistema tipo, que deberá ser adoptado por las entidades mientras desarrollan sus propios sistemas de evaluación. Que a través del Acuerdo 137 del 14 de enero de 2010, la Comisión Nacional del Servicio Civil estableció el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los servidores de carrera
administrativa y en período de prueba, que rige a partir del período anual u ordinario de evaluación del desempeño que inició el 1° de febrero de 2011. Que por medio de la Resolución 1098 de mayo 15 de 2012, el Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialDPS, adoptó el Sistema Tipo de Evaluación de Desempeño Laboral previsto por la Comisión Nacional del Servicio Civil en el Acuerdo 137 del 14 de enero de 2010, para los servidores públicos de Carrera Administrativa y en Período de Prueba. Que el Acuerdo 137 de 2010, en el artículo 4°, numeral 4.2.2, literal b), señala que el evaluado podrá acceder a nivel sobresaliente, siempre y cuando haya alcanzado el 95% o más de la escala de cumplimiento de los compromisos laborales y demuestre que genera un valor agregado a través del logro de algunos de los siguientes factores:
1. Evaluación de la gestión por dependencias.
2. Por calidad y oportunidad.
3. Por aportes, propuestas o iniciativas adicionales.
4. Por iniciativas tendientes a acciones proactivas en las actividades que cumpla.
5. Por participación y aprovechamiento de capacitación relacionada con las actividades propias del empleo y que genere un valor agregado para la entidad o la dependencia.
6. Por participación en grupos o en actividades que requieren de disposición voluntaria.iDPSDepartamento 1': par~ la Prosperidad
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RESOLUCION No 00315 DE
Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se establecen y definen losfactores para el acceso al nivel sobresalienteenlaevaluacióndeldesempeñolaboraldelosservidorespúblicosdecarreraadministrativa"
7. Por cumplimiento de competencias comportamentales.
Que el parágrafo del literal b) del numeral 4.4.2 del artículo 40 del Acuerdo 137 de 2010, señala que para cada periodo anual de evaluación, la Entidad deberá definir como mínimo la utilización de tres (3) factores de los contemplados en dicho literal, factores que determinan el acceso al nivel sobresaliente. Que en virtud de lo anterior, es necesario definir los factores que serán tenidos en cuenta, para que los servidores de carrera del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, puedan acceder al nivel sobresaliente durante el período comprendido entre el 10 de febrero de 2015 y 31 de enero de 2016. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, R ES U E LV E: ARTíCULO PRIMERO. Establecer los siguientes factores para el acceso al nivel sobresaliente en la evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa y los nombrados en período de prueba del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para el período comprendido entre el 1de febrero de 2015 yel 31 de enero de 2016, así:
1. Por calidad y oportunidad.
2. Por aportes, propuestas o iniciativas adicionales.
3. Por participación y aprovechamiento de capacitación relacionada con las actividades propias del empleo yque genere un valor agregado para laentidad o la dependencia.
4. Por participación en grupos o en actividades que requieren de disposición voluntaria.
Para el cumplimiento de los factores de nivel sobresaliente, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos yevidencias: Factor .. :, Des'cripción ..- _._... Re~qiiisitos - ---"- Evideñcias .- - j -~--- - Para acceder al presente factor Este factor se aplica cuando el servidor público de carrera el servidor público de carrera administrativa, deberá acreditar administrativa, realiza la que los compromisos pactados Todos los registros que entrega anticipada de los dentro de su evaluación de acrediten el cumplimiento de Calidad y Oportunidad productos, en términos desempeño, se ejecutaron en sus compromisos en las inferiores a los establecidos, un tiempo inferior al inicialmente características exigidas por el cumpliendo con los pactado yque sus entregables o factor de Calidad y estándares de calidad productos cumplen con los Oportunidad exigidos por su evaluador. estándares de calidad exigidos por el evaluador.@):DPSDepartamento fUlra la Prosperidad Socia\ RESOLUCION No DE 02 FEB.2lHS Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se establecen y definen los factores para el acceso al nivel sobresaliente en la evaluación del desempeño laboral de los servidores públicos de carrera administrativa" Facto'¡' Des¿ri~~i~n
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"~~~uisitos _. Evidencias Este factor se aplica cuando Estos aportes, propuestas o iniciativas adicionales deberán el servidor público de carrera Para acceder al presente factor ser entregados por escrito al
administrativa, presenta el servidor público de carrera evaluador y consignados en el aportes o propuestas administrativa, deberá acreditar portafolio de evidencias. adicionales, para elque que los aportes, propuestas o cumplimiento de los objetivos iniciativas adicionales, tuvieron Asi mismo, deberá ser estratégicos, metas y líneas origen desde la ejecución de las verificable que dichos aportes, Aportes, propuestas o tácticas que componen el plan funciones propias del empleo y propuestas e iniciativas fueron iniciativas adicionales de acción definido para la que incidieron directamente yde aplicadas durante el periodo dependencia en que se manera positiva en el anual de evaluación en el encuentra prestando sus cumplimiento de las metas interno de trabajo, la funciones, efectué de y grupo se líneas tácticas que componen el dependencia o en la entidad, forma eficiente y eficaz o cuando presenta iníciativas plan de acción definido para la impactando de manera dependencia o mejoraron sus positiva bien sea los objetivos encaminadas a mejorar los estratégicos, las metas o las procesos o procedimientos procesos. líneas tácticas que componen dentro de la misma. el plan de acción. Factor - Q~,~~iij'-ción ~equisitos _. EvidenciasDebe aportar la certificación o constancia que acredite la Para acceder al presente factor el participación y aprobación de servidor público de las capacitaciones brindadas carrera la entidad las cualespor a Participación y administrativa, deberá asistir a asista, cuando ello haya Este factor se aplica cuando el capacitaciones ofertadas la a
aprovechamiento de por lugar. capacitación servidor público de carrera Entidad, tales como cursos, administrativa participa de la seminarios, talleres, entre otros, ya relacionada con las oferta de capacitaciones sean presenciales ovirtuales. Adicional a lo anterior, se actividades propias establecidas dentro del Plan deben justificar las razones del empleo y que Institucional de Formación y Además deberá acreditar que la por las cuales considera que genere un valor la asistencia a la capacitación agregado para la Capacitación de la Entidad que asistencia al evento de capacitación ha generado valor tengan relación directa el genera un valor agregado para la un entidad o la con agregado para ladependencia dependencia empleo, y que generen un valor dependencia o entidad. o laentidad. agregado para laentidad@DPS Departamento para LaProsperidad Sod.al
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RESOLUCION No 00315 DE O2FEB.2015
Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se establecen y definen los factores parael acceso al nivel sobresalienteenlaevaluacióndeldesempeñolaboraldelosservidorespúblicosdecarreraadministrativa" Participación en grupos o en actividades que requieren de disposición voluntaria Este factor se aplica cuando el
servidor público de carrera administrativa participa en grupos o en actividades que requieren de disposición voluntaria, siempre que se trate de grupos reconocidos en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o de actividades de carácter voluntario,
convocadas por la Entidad u otras Entidades Públicas. Para acceder al presente factor el servidor público de carrera administrativa, podrá participar entre otros en comités o comisiones , tales como Comités {Emergencia, Copaso, de Convivencia, de Evaluación en procesos de contratación, de incentivos)Comisión de Personal, equipos interdependencia les ( Auditores de Calidad y Equipos Deportivos que representen a la Entidad) Esta participación está sujeta a la asistencia activa, siempre y cuando el tiempo de dedicación a estas actividades, no afecte el cumplimiento de las obligaciones propias del empleo. En caso de evidenciarse el retiro o la inasistencia reiterada en los grupos o en actividades que requieran disposición voluntaria, este factor no podrá ser tenido en cuenta para el acceso al nivel sobresaliente. Actas de reunión, control de asistencia y todos aquellos registros que evidencien la participación en las actividades que desarrollen los diferentes grupos antes relacionados
PARAGRAFO: En el evento que los servidores públicos de carrera administrativa del DPS, deseen acreditar alguno de los factores de nivel sobresaliente antes mencionados, para la calificación definitiva u ordinaria del periodo 2015 - 2016, se requiere que se aporten las evidencias antes señaladas en el respectivo portafolio, del cual deberá tener conocimiento el evaluador como responsable del proceso de evaluación del desempeño del empleado, posibilitando que sea tenido en cuenta el correspondiente factor para el acceso al nivel sobresaliente al momento de realizar la evaluación y calificación del
desempeño laboral. ARTíCULO SEGUNDO. El acceso al nivel sobresaliente de conformidad con lo previsto en el literal b) del numeral 4.2.2 del artículo 4' del acuerdo 137 de 2010, solo será posible cuando al momento de realizar laevaluación y calificación definitiva se presente cualquiera de las siguientes situaciones:
1. Cuando el evaluado alcance entre el 95% y el 99% de cumplimiento de los compromisos laborales fijados, demostrándose con evidencias el cumplimiento de por lo menos dos (2) de los factores en los términos definidos en la presente resolución.
2. Cuando el evaluado alcance el 100% de cumplimiento de los compromisos laborales fijados, demostrándose con Evidencias el cumplimiento de por lo menos uno (1) de los factores definidos por la presente resolución.IDPSDepartamento _ . par~la Prosperidad
SOCJ,al
RESOLUCION No DE 02 FEB.2015
Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se establecen y definen losfactores para el acceso al nivel sobresalienteenlaevaluacióndeldesempeñolaboraldelosservidorespúblicosdecarreraadministrativa" En todo caso, los evaluados podrán agregar valor a la gestión yresultados institucionales, mediante el cumplimiento de factores diferentes a los señalados para el período definido por laentidad; sin embargo, no podrán tenerse en cuenta para acceder al nivel sobresaliente de la evaluación del desempeño laboral, aque se refiere el presente artículo.
ARTicULO TERCERO. De conformidad con lo establecido en el parágrafo del Artículo 78 del Decreto
1227 de 2005, la aplicación del presente Acto Administrativo se hace extensiva a la evaluación del desempeño laboral de los empleados de libre nombramiento y remoción que no sean considerados de Gerencia Pública. ARTicULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de lafecha y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 00659 del 28 de marzo de 2014.
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C.a los
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO,
Aprobó: Carine Peníng
JlReViSÓ: Uljan Hurtado - .lUiSCorredor
1Pcoyectó:GustavoROjaV/ I 02 FEB.2015