DPS - Resolución 00319 de 2024
DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 00319 de 2024
- Autor
- DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2024
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POTENGADELA z : VIDA €] Prosperidad Social RESOLUCIÓN No. () ) 3 1 9 DeL 22 FE 2024 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de
Prosperidad Social» LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL -— PROSPERIDAD SOCIAL En uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por los artículos 209 y 21 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 8 y 9 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 2094 de 2016 modificado por el Decreto 1663 de 2021, y CONSIDERANDO: Que la Ley 970 de 2005 aprobó por parte de Colombia la «Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción», adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el 2003. Esta convención busca promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir la corrupción, así como la integridad, rendición de cuentas y debida gestión de los asuntos y bienes públicos. Que el 18 de enero de 2022 fue expedida la Ley 2195 a través de la cual el Estado Colombiano adoptó medidas en materia de transparencia, prevención, y lucha contra la corrupción. Que el artículo 31 ibidem que modificó el artículo 73 de la ley 1474 de 201 señala «Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal, cualquiera que sea su régimen de contratación, deberá implementar Programas de Transparencia y Ética Publica con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad.»
Programas de Transparencia y Ética Publica con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad.» Que a través de la Ley 1/12 de 2014, se creó la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional. Que el artículo 3 de la ley 1437 de 2011, consagra los principios que rigen la función pública y señala en el numeral 5: «En virtud del principio de moralidad, todas las personas y los servidores públicos están obligados a actuar con rectitud, lealtad y honestidad en las actuaciones administrativas.» Que mediante la Resolución 01997 del 23 de julio de 2019, se adoptó el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Que la integridad y la transparencia son pilares fundamentales en todas las actividades y relaciones institucionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social. Que, en el marco del compromiso institucional con estos valores, Prosperidad Social establece y adopta la presente «Política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social», para guiar la conducta de nuestros servidores públicos y asegurar que todas las acciones reflejen nuestro compromiso con la ética y el servicio público. En mérito de lo expuesto, la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Establecer y adoptar la política ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social o entidades que tengan o puedan tener relaciones comerciales o institucionales con Prosperidad Social. ARTÍCULO 2. La presente Política de Ética y Transparencia para Prosperidad Social constituye nuestro
Prosperidad Social o entidades que tengan o puedan tener relaciones comerciales o institucionales con Prosperidad Social. ARTÍCULO 2. La presente Política de Ética y Transparencia para Prosperidad Social constituye nuestro estándar de Ética y es el marco de referencia que guía nuestras acciones y decisiones. Comprometidos con los más altos estándares de conducta, aseguramos la integridad, la equidad y la transparencia como fundamentos de nuestra labor y como garantía del bienestar social.E E AE COLOMBIA E él fo. POTENCIADE LA E VIDA RESOLUCIÓN No) O 3 1 Cbe 92 FEB 202 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» ARTÍCULO 3. PRINCIPIOS: Prosperidad Social acoge los siguientes principios como rectores de la política de ética y transparencia institucional, en consecuencia, los empleados públicos de la entidad, u otras personas o entidades que tengan o puedan tener relaciones comerciales o institucionales con Prosperidad Social, deberán actuar con: 3.1. Integridad: Actuar con honestidad, coherencia y rectitud en todas nuestras acciones. Fomentar una cultura organizacional basada en la integridad y la ética en todas las actividades y decisiones de Prosperidad Social. +. Establecer mecanismos para la identificación y resolución de conflictos de interés. e Promover la declaración de intereses de todos los empleados y colaboradores como medida preventiva. 3.2. Transparencia: Garantizar la claridad y apertura en la gestión de los recursos y procesos. e Publicar de manera proactiva información relevante sobre las actividades y resultados del Prosperidad Social. e Implementar sistemas de información y seguimiento que permitan a la ciudadanía acceder a datos de interés público.
e Publicar de manera proactiva información relevante sobre las actividades y resultados del Prosperidad Social. e Implementar sistemas de información y seguimiento que permitan a la ciudadanía acceder a datos de interés público. e Establecer un proceso de revisión y divulgación de informes financieros y administrativos de manera oportuna y precisa. 3.3.Equidad: Promover la justicia y la igualdad de oportunidades en el servicio a la comunidad. Garantizar que los programas y servicios de Prosperidad Social se distribuyan de manera justa y equitativa, sin discriminación. Implementar políticas de inclusión y diversidad para asegurar igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, e Monitorear y evaluar regularmente la equidad en la prestación de servicios y programas. 3,4. Responsabilidad: Asumir con el más alto grado de compromiso los deberes inherentes a nuestra gestión, junto con las consecuencias de nuestras acciones y decisiones. e Establecer mecanismos de rendición de cuentas para todos los empleados y colaboradores de Prosperidad Social. « Promover la cultura de asumir la responsabilidad por errores o incumplimientos, y tomar medidas correctivas. e Implementar procesos de seguimiento y evaluación de acciones y decisiones para garantizar su efectividad, e Promover la cultura de planeación que permita la estructuración de programas y proyectos para aumentar los índices de ejecución del presupuesto, 3.5.Servicio Público: Comprometernos con el servicio a la ciudadanía como eje de nuestra misión institucional. + Capacitar a los empleados en la importancia de brindar un servicio público de calidad. e Establecer mecanismos de retroalimentación ciudadana para mejorar constantemente los servicios ofrecidos. e Evaluar el desempeño institucional en función de su impacto positivo en la sociedad.
e Establecer mecanismos de retroalimentación ciudadana para mejorar constantemente los servicios ofrecidos. e Evaluar el desempeño institucional en función de su impacto positivo en la sociedad. ARTÍCULO 4. OBLIGATORIEDAD. La Política de Ética y Transparencia de Prosperidad Social es vinculante para todos los empleados y colaboradores. Su cumplimiento asegura la integridad de nuestras operaciones y fortalece la confianza que la sociedad deposita en nosotros. Además, nos comprometemos a cumplir conES a, => A E Prosperidad Social RESOLUCIÓN Nal) [) 3 $ QpE 22 FEB 202 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» todas las medidas específicas que defina el Gobierno Nacional dentro del año siguiente a la expedición de esta norma, incluyendo los reportes de operaciones sospechosas a la UlAF, consultas en las listas restrictivas y otras acciones requeridas para prevenir el lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas, así como para gestionar y administrar los riesgos de corrupción. También promovemos la creación de redes interinstitucionales para el fortalecimiento de la prevención de actos de corrupción, transparencia y legalidad, y la implementación de estrategias ARTÍCULO 5: RESPONSABLES Y FUNCIONES: son responsables de la implementación, prornoción y seguimiento de la politica de ética y transparencia de Prosperidad Social, las siguientes dependencias, las cuales cumplirán las funciones de: 5.1. Dirección General: 51,1. Asegurar la implementación de la política en todos los niveles de la organización. 5,1,2, Promover y modelar el comportamiento ético y transparente.
cuales cumplirán las funciones de: 5.1. Dirección General: 51,1. Asegurar la implementación de la política en todos los niveles de la organización. 5,1,2, Promover y modelar el comportamiento ético y transparente. 513 Establecer un canal de comunicación para recibir retroalimentación y denuncias éticas. 5,2, Oficina de Control Interno: 5.2.1. Vigilar el cumplimiento de la política y reportar desviaciones. 5.2.2. Facilitar procesos de auditoría y evaluación ética de manera independiente. 5,23, Establecer un mecanismo de denuncias internas para identificar posibles infracciones éticas. 5.3. Oficina de Tecnologías de Información: 5.31. Implementar y mantener sistemas que promuevan la transparencia y protejan la integridad de la información. 5.3.2. Garantizar la seguridad de los datos y la protección contra posibles amenazas cibernéticas. 5.3.3. Colaborar con la Oficina de Control Interno en la auditoría de sistemas relacionados con la ética y la transparencia. 5,4. Oficina Asesora de Planeación: 5,41. Integrar principios éticos en la planificación estratégica y operativa de Prosperidad Social. 5.4.2. Establecer indicadores de rendimiento relacionados con la ética y la transparencia en los planes estratégicos. 5.4.3. Realizar evaluaciones periódicas del cumplimiento de los objetivos éticos y de transparencia en los planes de acción. 5.5, Oficina Asesora Jurídica: 5,5,1,Asesorar en la aplicación de normativas relacionadas con la ética y la transparencia. 5.5.2, Colaborar con la Oficina de Control Interno en investigaciones relacionadas con posibles violaciones éticas.
5,5,1,Asesorar en la aplicación de normativas relacionadas con la ética y la transparencia. 5.5.2, Colaborar con la Oficina de Control Interno en investigaciones relacionadas con posibles violaciones éticas. 5.6. Oficina Asesora de Comunicaciones: 5.6.1. Comunicar la política y sus resultados a empleados, colaboradores y ciudadanía. 5.6.2. Gestionar la recepción y el tratamiento de denuncias éticas de manera confidencial y efectiva. 5.6.3. Promover la cultura de denuncia ética y proteger a los denunciantes de represalias.
57. Oficina Gestión Regional y Direcciones Regionales: 5.7.1. Implementar y adaptar la política a las particularidades regionales, garantizando su aplicación uniforme. 5.7.2. Monitorear el cumplimiento de la política a nivel regional y reportar cualquier desviación a la Dirección General,(72 COLOMBIA e ed do UNS? VIDA " Prosperidad Social resoLución NA) 0 3 1 Ube 9 9 FEB 202 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» 5.7.3. Promover la capacitación en ética y transparencia en todas fas direcciones regionales. 5,8. Secretaría General: 5.8.1. Coordinar las actividades transversales de ética y transparencia entre las diferentes unidades administrativas. 5.8.2. Supervisar la gestión de denuncias y su seguimiento en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones. 5.8.3. Participar en la elaboración de informes de cumplimiento ético y de transparencia para las autoridades competentes.
5.9, Subdirecciones:
Comunicaciones. 5.8.3. Participar en la elaboración de informes de cumplimiento ético y de transparencia para las autoridades competentes. 5.9, Subdirecciones: 5.9.1, Asegurar la alineación de sus procesos y procedimientos especificos con la política de ética y transparencia de Prosperidad Social. 5.9.2. Designar un responsable de ética y transparencia en cada subdirección para promover y supervisar el cumplimiento de la política. ARTÍCULO 6: CREACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ ASESOR DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA Con el propósito de fortalecer la implementación, supervisión y mejora continua del Programa de Transparencia y Ética Pública en Prosperidad Social, se crea el Comité Asesor de Ética y Transparencia. Este Comité tiene como objetivo principal promover y garantizar la integridad, la transparencia y el cumplimiento de las normas éticas y legales en todas las operaciones y decisiones de la organización, así como fomentar una cultura organizacional donde la ética y la responsabilidad sean valores fundamentales. Además, el Comité contribuirá a la lucha contra la corrupción y al fortalecimiento de la confianza pública en la institución. ARTÍCULO 7: COMPOSICIÓN DEL COMITÉ ASESOR DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA: El Comité estará compuesto por los siguientes miembros: El director de Prosperidad Sacial o quien este delegue, quien presidirá el Comité, + —Unasesor de la Dirección designado por el director de Prosperidad Social. + Lasecretaria general de Prosperidad Social, quien ejercerá la secretaría técnica del comité. + Unencargado de la Oficina de Control Interno de Prosperidad Social. Además, el Comité Asesor de Ética y Transparencia podrá contar con la presencia de invitados permanentes,
+ Unencargado de la Oficina de Control Interno de Prosperidad Social. Además, el Comité Asesor de Ética y Transparencia podrá contar con la presencia de invitados permanentes, quienes tendrán voz pero no voto. Estos invitados permanentes serán postulados por la directora de Prosperidad Social y podrán ser de l a 3 asesores externos o expertos en materia de ética, gobierno corporativo, cumplimiento, y/o derecho administrativo. Asimismo, se invitará a un miembro de la sociedad civil, como ONGs, ESAL, Fundaciones, Veedurías, entre otros, para enriquecer la perspectiva y el enfoque del Comite en asuntos éticos y de transparencia. ARTÍCULO 8: FUNCIONES DEL COMITÉ ASESOR DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA, El Comité Asesor de Ética y Transparencia tendrá las siguientes funciones: . Elaborar y proponer la estrategia global del Programa de Transparencia y Ética Pública, asegurando su alineación con los objetivos y políticas generales de la organización, así como con las regulaciones vigentes. » Asesorar a la Dirección de Prosperidad Social en la formulación de políticas y procedimientos especificos para la implementación efectiva del programa. Esto incluye proporcionar lineamientos para la prevención, detección y gestión de conductas no éticas o corruptas, tales corno el Estándar del Sistema para el Control de la Corrupción y el Fraude (SCCP), el Estándar del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Financiación de la ProliferaciónE G COLOMBIA t : MG VIDA Prosperidad Social ResoLución NA 03 19 pg 22 FEB 202 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de
ResoLución NA 03 19 pg 22 FEB 202 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» de Armas de Destrucción Masiva (PADM), así como los estándares de los canales de denuncia y de capacitación. + Realizar un monitoreo y evaluación periódica del Programa de Transparencia y Ética Pública para medir su efectividad y proponer mejoras continúas basadas en los resultados y retroalimentación recibida. . Proponer estrategias para promover una cultura organizacional de transparencia, integridad y ética, incluyendo la realización de campañas de sensibilización y formación para todos los empleados. e Preparar y presentar informes periódicos sobre el progreso y los desafíos del programa a la dirección de la organización y a otros grupos de interés relevantes. + Ejecutar cualquier otra función que, en relación con la transparencia y la ética pública, sea asignada por las leyes, reglamentos o por la dirección de la organización, acorde con la naturaleza y objetivos del Comité. PARÁGRAFO. Para el desarrollo de estas actividades, el Comité podrá apoyarse en todas las dependencias de la entidad que sean requeridas, delegando y asignando funciones en consideración del rol que desempeñan. ARTÍCULO 9. El Comité Asesor de Ética y Transparencia trabajará de manera colaborativa y eficiente para asegurar la implementación efectiva del Programa de Transparencia y Ética Pública en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, contribuyendo así a la consolidación de una institución ética, transparente y comprometida con el servicio público y el bienestar de la sociedad.
ARTÍCULO 10: FUNCIONES DEL ASESOR DE LA DIRECCIÓN
Administrativo para la Prosperidad Social, contribuyendo así a la consolidación de una institución ética, transparente y comprometida con el servicio público y el bienestar de la sociedad. ARTÍCULO 10: FUNCIONES DEL ASESOR DE LA DIRECCIÓN En el marco del Comité Asesor de Ética y Transparencia, el asesor de la Dirección deberá contar con experticia en materia de Ética y Transparencia con la responsabilidad principal de liderar la ejecución y el acompañamiento continuo de esta política en todas las áreas de la organización. La designación de este asesor tiene como objetivo garantizar la efectividad y el cumplimiento de los principios y valores éticos establecidos en la política, así como promover una cultura de integridad y transparencia en toda la institución.
Serán atribuciones del asesor: Acompañar la implementación de la Política de Ética y Transparencia de Prosperidad Social en coordinación con los diferentes departamentos y unidades administrativas de la organización. Colaborar estrechamente con el Comité Asesor de Ética y Transparencia en la formulación de estrateglas y programas relacionados con la promoción de una cultura ética y transparente en la organización. « Asesorara la Dirección General y demás áreas de la organización en la aplicación de políticas y procedimientos específicos para la implementación efectiva del programa de ética y transparencia. Coordinar la realización de capacitaciones y actividades de sensibilización sobre ética y transparencia para todos los empleados y colaboradores de Prosperidad Social. + Monitorear y evaluar periódicamente el programa de ética y transparencia para medir su efectividad y proponer mejoras basadas en los resultados y retroalimentación recibida. «| Apoyar en la preparación informes periódicos sobre el estado de cumplimiento de la política y los
+ Monitorear y evaluar periódicamente el programa de ética y transparencia para medir su efectividad y proponer mejoras basadas en los resultados y retroalimentación recibida. «| Apoyar en la preparación informes periódicos sobre el estado de cumplimiento de la política y los avances en la promoción de una cultura ética y transparente en la organización, presentándolos a la Dirección General y al Comité Asesor de Ética y Transparencia.
ARTÍCULO 1: ACTIVIDADES DE IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN, CONTROL Y MONITOREO.
Serán actividades para la correcta implementación y ejecución del programa de ética y transparencia pública: Til Realización de encuestas de clima ético:' Prosperidad Social resoLución ná) 03 19pg 22F 2024 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» zz COLOMBIA ( 7. POTENCIADELA SE VIDA » Realizar encuestas periódicas para evaluar el ambiente ético y la percepción de los empleados respecto a la política de ética y transparencia. e Analizar los resultados de las encuestas para identificar áreas de mejora y tomar medidas correctivas, 11.2. Establecimiento de indicadores de desempeño ético: Definir indicadores específicos que permitan medir el cumplimiento de los principios éticos y de transparencia en todas las áreas de Prosperidad Social. + Monitorear regularmente los indicadores y tomar acciones correctivas en caso de desviaciones. 1,3. —Auditorías regulares enfocadas en ética y transparencia: + Programar auditorías internas y externas enfocadas en evaluar el cumplimiento de la política de ética y transparencia.
1,3. —Auditorías regulares enfocadas en ética y transparencia: + Programar auditorías internas y externas enfocadas en evaluar el cumplimiento de la política de ética y transparencia. e Garantizar la independencia de los auditores y la confidencialidad de los informes de auditoría. e Implementar recomendaciones y mejoras sugeridas por las auditorías. 11.4. — Revisión de procesos para la identificación de riesgos éticos: . Realizar revisiones periódicas de los procesos internos para identificar posibles riesgos éticos. + Diseñar y aplicar controles internos que mitiguen estos riesgos y aseguren el cumplimiento de la política. e Capacitar a los empleados en la identificación y gestión de riesgos éticos en sus actividades diarias. TL5. — Implementación de un sistema de denuncias anónimas: » Establecer un sistema confidencial y seguro que permita a los empleados y ciudadanos denunciar posibles infracciones éticas de manera anónima. »s Garantizar la protección del denunciante y la investigación adecuada de las denuncias recibidas. Promover la cultura de denuncia ética y transparente en toda la organización. 11.6. Formación continua en ética para los empleados: + Ofrecer programas de formación y capacitación en ética y transparencia para todos los empleados y grupos de interés. Integrar la ética en los programas de inducción y desarrollo profesional, + Realizar sesiones de sensibilización periódicas sobre la importancia de la ética en el trabajo. 11.7. Revisión periódica de la política y su actualización: e Establecer un proceso de revisión y actualización de la política de ética y transparencia de Prosperidad Social de manera periódica. e Incluir la retroalimentación de empleados, colaboradores y partes interesadas en la revisión de la política.
e Establecer un proceso de revisión y actualización de la política de ética y transparencia de Prosperidad Social de manera periódica. e Incluir la retroalimentación de empleados, colaboradores y partes interesadas en la revisión de la política. + Adaptar la política a cambios legislativos y normativos relevantes, ARTÍCULO 12: SEÑALES DE ALERTA Y ACCIONES A SEGUIR Son señales de alerta frente a los riesgos administrados en la política de ética y transparencia: 12.1. Conflictos de interés no declarados. Son acciones a seguir para la mitigación del riesgo: BisE ME ae y FOIEN io A “ VIDA E) Prosperidad Social RESOLUCIÓN nd) Ú 3 1 Cbe 2 2 FEB 2024 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» + Establecer un proceso de declaración de conflictos de interés obligatorio para todos los empleados y colaboradores. + Implementar mecanismos de revisión y seguimiento para detectar y abordar posibles conflictos de interés no declarados. 12,2, Decisiones no documentadas o sin justificación clara. Son acciones a seguir para la mitigación del riesgo: e Promover la documentación adecuada de todas las decisiones y procesos relacionados con la gestión de recursos y proyectos. . Establecer revisión y aprobación de decisiones por parte de supervisores o comités éticos, cuando sea necesario. 12.3. Quejas frecuentes de la ciudadanía o los empleados: Son acciones a seguir para la mitigación del riesgo: + Establecer canales de retroalimentación ciudadana y de empleados para detectar y abordar quejas y preocupaciones de manera efectiva.
12.3. Quejas frecuentes de la ciudadanía o los empleados: Son acciones a seguir para la mitigación del riesgo: + Establecer canales de retroalimentación ciudadana y de empleados para detectar y abordar quejas y preocupaciones de manera efectiva. + Analizar de manera sistemática las quejas recurrentes y tomar medidas correctivas. 12.4. Incumplimientos reiterados de procedimientos: Son acciones a seguir para la mitigación del riesgo: . Establecer procedimientos claros y detallados para todas las actividades y procesos de Prosperidad Social. 12.5. Retrasos inexplicables en la publicación de información pública: Son acciones a seguir para lá mitigación del riesgo: . Establecer plazos y procesos para la publicación oportuna de información de interés público. » Identificar y abordar las causas de cualquier retraso injustificado en la divulgación de información. 12.6. Anomalías en los informes financieros o administrativos: Son acciones a seguir para la mitigación del riesgo: e Implementar controles internos sólidos en la preparación de informes financieros y administrativos. . Realizar revisiones periódicas de los informes para detectar cualquier anomalía y tomar medidas correctivas. ARTÍCULO 13: OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: El oficial de cumplimiento es la persona natural, la cual, está a cargo del diseño, dirección, implementación, auditoria, verificación del cumplimiento y monitoreo del sistema SAGRILAFT, asimismo, entre sus funciones está la de promover, desarrollar y velar por el cumplimiento de Jos procedimientos específicos de prevención y mitigación del riesgo ARTÍCULO 14: DESIGNACIÓN DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: El oficial de cumplimiento será designado por la Dirección. Debe ser un funcionario de carrera, que acredite experiencia no menora 6 meses en gestión de riesgos.
ARTÍCULO 14: DESIGNACIÓN DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: El oficial de cumplimiento será designado por la Dirección. Debe ser un funcionario de carrera, que acredite experiencia no menora 6 meses en gestión de riesgos.
ARTÍCULO 15: MEDIDAS DE DEBIDA DILIGENCIA A CARGO DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: Se ssa)
7 COLOMBIA [AL POTENCIADE LA SE VIDA Y Prosperidad Social RESOLUCIÓN nd) 031 Sbe 29 FEB 2024 «Por la cual se establece y adopta la política de ética y transparencia para los empleados públicos de Prosperidad Social» establecen las siguientes medidas de debida diligencia a cargo del oficial de cumplimiento: e Realizaruna evaluación continua de los riesgos asociados a nuestras operaciones y transacciones para determinar el nivel de riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo, proliferación de armas y corrupción. Esta evaluación nos permitirá priorizar nuestras actividades de prevención. e Através de las medidas de mitigación del riesgo que se adopten con contrapartes, realizar monitoreo constante de todas las transacciones registradas, con el fin de detectar cualquier actividad sospechosa o inusual que pueda indicar la presencia de actividades ilícitas. e En caso de identificar cualquier operación o actividad que genere sospechas de lavado de activos, financiación del terrorismo o corrupción, proceder a reportarla de inmediato a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) y a las autoridades competentes, de acuerdo con la normativa vigente. . Establecer controles internos sólidos para garantizar el cumplimiento de las políticas y procedimientos de prevención, y llevará a cabo auditorías regulares para identificar y corregir posibles desviaciones.
vigente. . Establecer controles internos sólidos para garantizar el cumplimiento de las políticas y procedimientos de prevención, y llevará a cabo auditorías regulares para identificar y corregir posibles desviaciones. Implementar un sistema de protección al denunciante para fomentar la comunicación de posibles irregularidades de manera confidencial y segura, garantizando que los denunciantes estén protegidos contra represalias. Implementar un sistema de declaración de conflictos de intereses de los funcionarios y/o contratistas que participen en las distintas etapas de los procesos de selección de contratistas. PARÁGRAFO 1. Todos los empleados y colaboradores recibirán capacitación periódica sobre las políticas y procedimientos de prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo, proliferación de armas y corrupción, así como sobre las señales de alerta y la importancia de su cumplimiento. ARTÍCULO 16. CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS ESPECÍFICAS DEL GOBIERNO NACIONAL: PROSPERIDAD SOCIAL se compromete a cumplir con todas las medidas específicas que defina el Gobierno Nacional dentro del término de implementación previsto en la ley 2195 de 2022, incluyendo, pero sin limitarse a, los reportes de operaciones sospechosas a la UIAF, consultas en las listas restrictivas y otras acciones requeridas para fortalecer la prevención y detección de actividades ilícitas. ARTÍCULO 17: REDES INTERINSTITUCIONALES Y ESTRATEGIAS DE TRANSPARENCIA Prosperidad Social colaborará activamente en redes interinstitucionales destinadas al fortalecimiento de la prevención de actos de corrupción, transparencia y legalidad, compartiendo buenas prácticas y conocimientos con otras entidades gubernamentales y organizaciones afines. Además, implementará
Prosperidad Social colaborará activamente en redes interinstitucionales destinadas al fortalecimiento de la prevención de actos de corrupción, transparencia y legalidad, compartiendo buenas prácticas y conocimientos con otras entidades gubernamentales y organizaciones afines. Además, implementará estrategias de transparencia, Estado abierto, acceso a la información pública y una cultura de legalidad en todas sus actividades, promoviendo la rendición de cuentas y la participación ciudadana. Con la implementación de estas medidas de debida diligencia y prevención, así como el compromiso con las acciones especfficas del Gobierno Nacional y la colaboración en redes interinstitucionales, Prosperidad Social reafirmará su compromiso con la integridad, la equidad y la transparencia en todas sus operaciones, contribuyendo a fortalecer la confianza de la sociedad en nuestra entidad, ARTÍCULO 18. La presente resolución rige a partir de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
LON bal LAURA € SARABIA TORRES
Directora . : ñ sa 7 Elaboró: Andrea Molina Álvar
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