DPS - Resolución 00384 de 2024
DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 00384 de 2024
- Autor
- DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2024
COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA RESOLUCIÓN Ng.O 3 / “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” EL DIRECTOR (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 10 del artículo 10 del Decreto 2094 de 2016, y CONSIDERANDO: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, establece como facultad de los representantes legales de las entidades del orden nacional, la creación y organización de grupos internos de trabajo, de carácter permanente o transitorio con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas a cargo de los respectivos organismos. Que mediante el Decreto 2094 de 2016, se modificó la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, modificado a través del Decreto 1663 de 2021 y Decreto 1075 de 2023. Que a su vez, mediante el Decreto 4966 de 2011, se estableció la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, modificado a través del Decreto 2582 de 2012, Decreto 2562 de 2015, Decreto 2095 de 2016 y Decreto 1664 de 2021, suprimiendo y creando unos empleos.
Administrativo para la Prosperidad Social, modificado a través del Decreto 2582 de 2012, Decreto 2562 de 2015, Decreto 2095 de 2016 y Decreto 1664 de 2021, suprimiendo y creando unos empleos. Que mediante la Resolución No. 01454 de 2023, se establecieron los grupos internos de trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones, corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. Que en atención a las necesidades del servicio existentes en la Dirección de Transferencias Monetarias, expresadas mediante el memorando M-2024-4000-003071 del 19 de enero de 2024, en aras de fortalecer la organización interna del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social garantizando un funcionamiento eficiente de los planes, programas y proyectos alineados a lo dispuesto en la Ley 2294 de 2023, que creó el Sistema de Transferencias y el Programa de Renta Ciudadana, es necesario modificar la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones», corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023. Que la Subdirección de Talento Humano verificó que las funciones de los grupos internos de trabajo de la Dirección de Transferencias Monetarias, Subdirección de Transferencias Monetarias Condicionadas y Subdirección de Transferencias Monetarias no Condicionadas, correspondan con las funciones determinadas para esta dependencia en el Decreto 2094 de 2016, modificado por el Decreto 1663 de
y Subdirección de Transferencias Monetarias no Condicionadas, correspondan con las funciones determinadas para esta dependencia en el Decreto 2094 de 2016, modificado por el Decreto 1663 de 2021 y el Decreto 1075 de 2023, así como con el manual especifico de funciones y de competencias laborales de la entidad, actualizado mediante la Resolución 2664 de 2020 corregida mediante Resolución 00843 de 2021, modificada por las Resoluciones 02873 de 2021, 00570 de 2022 y 01491 de 2022 y adicionada por la Resolución 00436 de 2022. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Grupos Internos de Trabajo. Modificar el artículo 1 de la Resolución No. 01454 de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 20 de octubre de 2023, el cual quedará así: «Artículo 1. Establecer los siguientes Grupos Internos de Trabajo en el Departamento Página 1 de 11COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA ed E , cy RESOLUCIÓN fib() 384 DE 01mAR 202 53) Prosperidad Social Continuación de la resolución. “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No, 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social: Proyectos de Tecnologías de Información Arquitectura Tecnológica
Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social: Proyectos de Tecnologías de Información Arquitectura Tecnológica Gobierno de Tecnologías de Información Aseso Formulación y Evaluación Gestión y Análisis de la Información Gestión de Proyectos y Presupuesto Mejoramiento Continuo Asesoría y Producción Normativa Representación Extrajudicial, Judicial y Cobro coactivo Acciones Constitucionales y Procedimientos Administrativos Actividad Legislativa Restitución de Tierras Gestión de Imagen Comunicación Externa Comunicación Interna Gestión Digital Focalización Oferta Pública Alianzas y Cooperación Internacional Innovación Social Donaciones Empleabilidad Direcció Implementación Información y Seguimiento Diseño Metodológico y Formación Subdirección General de Prog; Enfoque Diferencia de Dirección de a Antifraudes Pilotaje y Escalamiento de Proyectos Seguimiento y Monitoreo Sistema de Información Territorios y Poblaciones Renta Ciudadana Renta Joven Página 2 de 11COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA y Prosperidad Social ResoLucióÓN N3.0 384 De 01 mr 202 Continuación de la resolución. “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»”
2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»”
Proyectos Especiales Compensación del IVA Colombia Mayor Intervenciones Eurelós Integrales Emprendimiento Formulación y Monitoreo Sistemas de Información Seguridad Alimentaria Atención Integral con Enfoque Diferencial Formulación, Seguimiento y Monitoreo Desarrollo e Implementación Administración Funcional y Sostenibilidad Infraestructura Social y Hábitat Gestión Social Instrucción de Control Disciplinario Interno Participación Ciudadana Planeación y Seguimiento de Servicios de Apoyo Infraestructura y Servicios de Tecnologías de Información Comisiones y Desplazamientos Investigación de Mercado Gestión Pre Contractual Gestión Contractual Gestión Post Contractual Administración de Bienes Prestación de Servicios Gestión Documental Servicios de Logística y Transporte Presupuesto Contabilidad Cuentas por Pagar Tesorería Gestión Tributaria y Fiscal Administración del Talento Humano Bienestar, Seguridad y Salud en el Trabajo Desarrollo » Artículo 2. Modificar el artículo 10 de la Resolución No. 01454 de 2023, el cual quedará así: «Artículo 10. Dirección de Transferencias Monetarias. Harán parte de la Dirección de Transferencias Monetarias, los siguientes Grupos de Trabajo desarrollando las funciones que a Página 3 de 11COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA ES) Prosperidad Social ResoLución Ne 0 384 pg 01 mar 202
Transferencias Monetarias, los siguientes Grupos de Trabajo desarrollando las funciones que a Página 3 de 11COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA ES) Prosperidad Social ResoLución Ne 0 384 pg 01 mar 202 Continuación de la resolución. “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” continuación se asignan: Grupo Interno de Trabajo —- Antifraudes Grupo Interno de Trabajo - Pilotaje y Escalamiento de Proyectos Grupo Interno de Trabajo - Seguimiento y Monitoreo Grupo Interno de Trabajo - Sistema de Información Grupo Interno de Trabajo - Territorios y Población a. Grupo Interno de Trabajo - Antifraudes, tendrá las siguientes funciones:
1. Diseñar y ejecutar los planes de trabajo necesarios para el Control de calidad permanente a la base de datos de los programas a cargo de la Dirección de Transferencias Monetarias y - aquellas que la Institución determine.
2. Realizar depuraciones de información sobre las bases de datos de los programas: de la Dirección de Transferencias Monetarias y aquellas que la Institución determine.
3. Identificar y gestionar los riesgos relacionados con el control de calidad y la depuración de información de bases de datos de los programas de la Dirección de Transferencias Monetarias y aquellas que la Institución determine.
4. Definir los lineamientos para el cruce de las bases de datos de los programas transferencias monetarias y aquellas que la Institución determine con información de fuente primaria,
y aquellas que la Institución determine.
4. Definir los lineamientos para el cruce de las bases de datos de los programas transferencias monetarias y aquellas que la Institución determine con información de fuente primaria, atendiendo los lineamientos de la normatividad vigente.
5. Establecer los lineamientos para la aplicación del procedimiento que garantice el ejercicio del debido proceso de los beneficiarios de los programas de la Dirección de Transferencias Monetarias, que luego del control de calidad permanente a las bases de datos, evidencien alguna causal de incumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
6. Aplicar el procedimiento que garantice el ejercicio del debido proceso de los beneficiarios de los programas de la Dirección de Transferencias Monetarias, en coordinación con las Direcciones Regionales, las Administraciones Municipales y/o terceros autorizados, cuando a ello haya lugar.
Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Transferencias Monetarias. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
9. Las demás que le sean asignadas de acuerdo a su naturaleza.
b. El Grupo Interno de Trabajo - Pilotaje y Escalamiento de Proyectos, tendrá las siguientes funciones:
1. Diseñar proyectos piloto que permitan probar distintos esquemas de intervención de los programas de Transferencias Monetarias
2. Implementar proyectos piloto que evalúen nuevas propuestas de intervención para el mejoramiento de los Programas de la Dirección de Transferencias Monetarias.
3. Gestionar, en el marco de los proyectos piloto, la articulación intra e interinstitucional a nivel nacional y local para el adecuado desarrollo de los mismos, de acuerdo con los lineamientos de la entidad y las instituciones involucradas.
3. Gestionar, en el marco de los proyectos piloto, la articulación intra e interinstitucional a nivel nacional y local para el adecuado desarrollo de los mismos, de acuerdo con los lineamientos de la entidad y las instituciones involucradas.
4. Hacer seguimiento a la implementación de las pruebas piloto que permitan recolectar información para la toma de decisiones sobre su operatividad y escalabilidad.
5. Apoyar la implementación de las políticas y los planes que defina la Dirección de Transferencias Monetarias con el fin de articular las estrategias de intervención.
6. Conceptuar sobre la viabilidad del escalamiento de los proyectos piloto implementados por la
Dirección de Transferencias Monetarias.
7. Preparar documentos publicables a partir de la revisión tanto teórica como técnica de experiencias internacionales y nacionales relacionadas con los programas de Transferencias
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VIDA RESOLUCIÓN N3.() 3 8 4 DE E MAR 2024
Continuación de la resolución. “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” Monetarias.
8. Gestionar y participar en el diseño e implementación de evaluaciones internas y externas de impacto, resultados, operaciones o procesos de los programas de la Dirección de
Transferencias Monetarias.
9. Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Transferencias Monetarias.
10. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo
impacto, resultados, operaciones o procesos de los programas de la Dirección de Transferencias Monetarias.
9. Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Transferencias Monetarias.
10. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.
c. El Grupo Interno de Trabajo - Seguimiento y Monitoreo, tendrá las siguientes funciones:
1. Realizar la medición permanente, oportuna y confiable de los avances en toda la cadena de valor de la Dirección de Transferencias Monetarias.
2. Proyectar la formulación del Plan Operativo de la Dirección de Transferencias Monetarias.
3. Formular y actualizar los proyectos de inversión de la Dirección de Transferencias Monetarias en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional - BPIN, en concordancia con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.
4. Formular y hacer seguimiento al Plan de Acción de la Dirección de Transferencias Monetarias.
5. Diseñar el esquema de seguimiento a metas de la Dirección de Transferencias Monetarias, que contenga unidades de análisis, indicadores y herramientas de consulta.
6. Establecer los lineamientos y realizar acompañamiento en la construcción de indicadores, estructuración de tipos de reporte, metodologías de análisis, herramientas de consulta y retroalimentación para los diferentes grupos que componen el ciclo de operación de los - programas.
7. Consolidar los informes de seguimiento y monitoreo del avance físico y financiero de la ejecución de los programas, así como de aquellos requerimientos realizados por los entes de control.
8. Divulgar los resultados de seguimiento a la gestión de la Dirección, pertinentes para la toma de decisiones
ejecución de los programas, así como de aquellos requerimientos realizados por los entes de control.
8. Divulgar los resultados de seguimiento a la gestión de la Dirección, pertinentes para la toma de decisiones
9. Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Transferencias Monetarias.
10. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo a su naturaleza.
d. El Grupo Interno de Trabajo - Sistema de Información, tendrá las siguientes funciones:
1. Gestionar los requerimientos solicitados por la Dirección de Transferencias Monetarias, que deben ser aplicados en los Sistemas de Información bajo su administración.
2. Implementar los sistemas de información que se definan institucionalmente para habilitar la operación de los programas a cargo de la Dirección de Transferencias Monetarias.
3. Administrar técnicamente los Sistemas de Información de la Dirección de Transferencias Monetarias, generando interoperabilidad con las demás dependencias del Departamento Administrativo para la Prosperidad y sus entidades adscritas.
4. Garantizar la operación en los sistemas de información a los usuarios que interactúan con ellos.
5. Articular con la Oficina de Tecnologías de Información y la Subdirección de Operaciones del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, los requerimientos técnicos y de infraestructura que demanda la Dirección de Transferencias Monetarias.
Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Transferencias Monetarias. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
8. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.
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VIDA í Prosperidad Social
Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
8. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.
Página 5 de 11COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA í Prosperidad Social RESOLUCIÓN 0) 384 pe 01 mar 202 Continuación de la resolución. “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” e. Grupo Interno de Trabajo - Territorios y Poblaciones, tendrá las siguientes funciones:
1. Proporcionar lineamientos y asesoría técnica para la programación e implementación del Componente Social y Comunitario a las Direcciones Regionales, de acuerdo con los procedimientos establecidos, para los programas de la Dirección de Transferencias Monetarias.
2. Gestionar con los diferentes sectores a nivel nacional y con las demás dependencias de la Entidad la articulación de la oferta que promueva el fortalecimiento de capacidades y las oportunidades de inclusión social y productiva de los participantes, en función de los objetivos de los Programas.
3. Elaborar los lineamentos y orientaciones para la gestión a nivel territorial de la oferta en función de los objetivos de los programas asignados, en coordinación con las demás dependencias de la Entidad. 4, Realizar seguimiento a la ejecución del componente Social y Comunitario de los Programas de la Dirección de Transferencias Monetarias en los municipios, en coordinación con las Direcciones
Regionales.
5. Incorporar el enfoque diferencial en las líneas y actividades del Componente Social y comunitario
la Dirección de Transferencias Monetarias en los municipios, en coordinación con las Direcciones Regionales.
5. Incorporar el enfoque diferencial en las líneas y actividades del Componente Social y comunitario con la población participante de los programas de la Dirección de Transferencias Monetarias, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente.
6. Promover y fortalecer desde el componente Social y Comunitario temas relacionados con salud y educación, sistema de cuidado, educación nutricional, adaptación al cambio climático, inclusión productiva, tejido social y trabajo comunitario y, otros que contribuyan en el mejoramiento de las condiciones de vida de los participantes.
7. Articular con entidades públicas, aliados privados, cooperantes y organizaciones para fortalecer las iniciativas de economía popular y comunitaria de los participantes de los programas de Transferencias Monetarias. -8. Estructurar los procesos contractuales requeridos para la adecuada ejecución del componente Social y Comunitario, incluyendo las fases de seguimiento, supervisión y evaluación de estos.
9. Realizar trabajo directo y coordinado con las Direcciones Regionales para la realización de las actividades que permitan la ejecución del Componente Social y Comunitario, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección de Transferencias Monetarias y en articulación con la
Oficina de Gestión Regional.
10. Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Transferencias Monetarias.
11. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.» Artículo 3. Modificar el artículo 11 de la Resolución No. 01454 de 2023, el cual quedará asi:
Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.» Artículo 3. Modificar el artículo 11 de la Resolución No. 01454 de 2023, el cual quedará asi: «Artículo 11. Subdirección de Transferencias Monetarias Condicionadas. Harán parte de la Subdirección de Transferencias Monetarias Condicionadas, los siguientes Grupos de Trabajo desarrollando las funciones que a continuación se asignan:
a. Grupo Interno de Trabajo - Renta Ciudadana. b. Grupo Interno de Trabajo - Renta Joven. a. Grupo Interno de Trabajo - Renta Ciudadana, tendrá las siguientes funciones:
1. Efectuar la correcta ejecución de los procedimientos del Ciclo Operativo de Renta Ciudadana, de acuerdo con los recursos humanos, técnicos y financieros disponibles.
2. Garantizar el cumplimiento de las metas anuales propuestas por la Entidad, para la vigencia correspondiente.
3. Realizar el seguimiento y consolidación de la información financiera y administrativa de la ejecución de los contratos que desarrolla el Departamento a través del Grupo.
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VIDA ES) Prosperidad Social resoLución Bo0 384 DE 01M 42 Continuación de la resolución. “Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»”
4. Realizar la incorporación de hogares identificados por el proceso de focalización de acuerdo
2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»”
4. Realizar la incorporación de hogares identificados por el proceso de focalización de acuerdo con los criterios establecidos e implementar los mecanismos de verificación,
5. Reportar al Grupo Interno de Trabajo de Seguimiento y Monitoreo de la Dirección dé Transferencias Monetarias, el avance físico y financiero de la ejecución de Renta Ciudadana, - así como la información relacionada con los requerimientos realizados por las entidades de control y ministerio público.
6. Ejecutar los registros que corresponda en el sistema de información generando la interoperabilidad necesaria con las bases de datos y registros existentes en el Sector.
7. Responder por el Esquema de Corresponsabilidades, la verificación, la liquidación y pago a los hogares participantes y por el trámite de las novedades quejas y reclamos presentados por los - beneficiarios en desarrollo de las operaciones propias de Renta Ciudadana.
8. Prestar asesoría técnica y operativa en relación con el programa en el nivel regional a los municipios e instituciones prestadoras de servicios del Sistema de Corresponsabilidades, en desarrollo del procedimiento establecido en el Manual Operativo y de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección de Transferencias Monetarias.
9. Articular con actores institucionales y sociales las estrategias de corresponsabilidad, así como - en aquellos temas que por su carácter estratégico garantizan que los actores intervinientes respondan de manera cualificada, oportuna y corresponsable frente a la operación del programa, teniendo en cuenta el enfoque diferencial definido por la subdirección general, y en coordinación con las direcciones regionales.
respondan de manera cualificada, oportuna y corresponsable frente a la operación del programa, teniendo en cuenta el enfoque diferencial definido por la subdirección general, y en coordinación con las direcciones regionales.
10. Realizar un trabajo directo y coordinado con las Direcciones Regionales para la realización de - actividades que permitan la prestación y mejoramiento de los servicios institucionales y la -Operación de los programas, de acuerdo con los lineamientos de la Dirección de Transferencias
Monetarias.
11. Implementar las políticas y planes que defina la Dirección General con el fin de articular las estrategias de las transferencias monetarias del Programa.
12. Estructurar los procesos contractuales requeridos para la adecuada operación del programa - Renta Ciudadana en las diferentes etapas, incluyendo las fases de seguimiento, supervisión y evaluación de estos. 13, Elaborar los informes requeridos por la Subdirección de Transferencias Monetarias Condicionadas y la Dirección de Transferencias Monetarias.
14. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.
b. Grupo Interno de Trabajo — Renta Joven, tendrá las siguientes funciones:
1. Definir, ajustar, implementar y realizar el seguimiento a los procesos, estrategias y actividades - del programa a cargo del Grupo Interno de Trabajo Renta Joven.
2. Planear y ejecutar los procesos y procedimientos operativos del componente de entrega de Transferencia Monetaria Condicionada de los programas, de acuerdo con los recursos técnicos y financieros disponibles.
3. Diseñar, coordinar, implementar y realizar seguimiento de las diferentes estrategias de acompañamiento para el bienestar integral y la movilidad social de la población participante del
y financieros disponibles.
3. Diseñar, coordinar, implementar y realizar seguimiento de las diferentes estrategias de acompañamiento para el bienestar integral y la movilidad social de la población participante del
programa Renta Joven.
4. Efectuar los procesos de articulación interinstitucional y la consolidación de alianzas estratégicas que faciliten la operación y el cumplimiento de los objetivos de programa Renta
Joven.
5. Realizar un trabajo directo y coordinado con las Direcciones Regionales para la realización actividades que permitan la prestación y mejoramiento de los servicios institucionales y la operación del programa Renta Joven de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Subdirección de Transferencias Monetarias Condicionadas y la Dirección de Transferencias
Monetarías. Página 7 de 112 COLOMBIA POTENCIA DELA - VIDA a 3) Prosperidad Soaíal 0.1 MAR 2024 RESOLUCIÓN NÓ 038 4 DE Continuación de la resolución. "Por la cual se modifica la Resolución No. 01454 del 13 de julio de 2023 corregida a través de la Resolución No. 01892 de 2023, y modificada mediante la Resolución No. 02181 de 2023. «Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»” Realizar la gestión administrativa, financiera y logística del programa Renta Joven. Estructurar los procesos contractuales requeridos para la adecuada operación del programa Renta Joven en las diferentes etapas, incluyendo las fases de seguimiento, supervisión y evaluación de estos.
8. Elaborar los informes y reportes requeridos por la Subdirección de Transferencias Monetaria
Renta Joven en las diferentes etapas, incluyendo las fases de seguimiento, supervisión y evaluación de estos.
8. Elaborar los informes y reportes requeridos por la Subdirección de Transferencias Monetaria Condicionadas y la Dirección de Transferencias Monetarias.
9. Promover continuamente la implementación, desarrollo y mejora del Modelo Integrado de Gestión en las actividades propias del Grupo Interno Renta Joven.
10. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.» Artículo 4. Modificar el artículo 12 de la Resolución No. 01454 de 2023, el cual quedará así: «Artículo 12. Subdirección de Transferencias Monetarias no Condicionadas. Harán parte de la Subdirección de Transferencias Monetarias no Condicionadas, los siguientes Grupos de Trabajo desarrollando las funciones que a continuación se asignan:
Grupo Interno de Trabajo — Proyectos Especiales Grupo Interno de Trabajo - Compensación del IVA c. Grupo Interno de Trabajo - Colombia Mayor a. Grupo Interno de Trabajo - Proyectos Especiales, tendrá las siguientes funciones:
1. Apoyar a la Dirección de Transferencias Monetarias en el diseño, ejecución, seguimiento y articulación de los planes, programas y proyectos de transferencias monetarias dirigidos a la atención con enfoque diferencial a la población en situación de pobreza y de vulnerabilidad del
Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.
2. Ejecutar, gestionar y realizar seguimiento a los procesos, procedimientos y herramientas establecidas en los ciclos operativos de los programas y proyectos estratégicos especiales, en cumplimiento de los objetivos principales y específicos de la dependencia.
3. Coordinar que los procesos de pago de las transferencias monetarias realizadas en el marco
establecidas en los ciclos operativos de los programas y proyectos estratégicos especiales, en cumplimiento de los objetivos principales y específicos de la dependencia.
3. Coordinar que los procesos de pago de las transferencias monetarias realizadas en el marco de los programas y proyectos estratégicos especiales se realicen de acuerdo con mecanismos de pago aprobados por la Dirección de Transferencias Monetarias.
4. Implementar y articular el ciclo operativo de alistamiento y pagos los programas y proyectos estratégicos especiales, con las dependencias de Prosperidad Social, así como con las entidades del Gobierno Nacional a
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