DPS - Resolución 00487 del 07 de marzo de 2018
Departamento para la Prosperidad Social
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DPS - Resolución 00487 del 07 de marzo de 2018
- Autor
- Departamento para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2018
(t) PROSPERIDAD SOCIAL C) GOBIERNO DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 0 0 4 e 7 DE 07 MAR, 2018 "Por la cual se adopta la Guía Operativa del Programa para el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, Versión 3 y se dictan otras disposiciones" EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL - PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 10 del Decreto 2094 de 2016, y CONSIDERANDO: Que el artículo 8 de la Ley 487 de 1998 creó el Fondo de Inversión para la Paz, como una cuenta especial sin personería jurídica, como principal instrumento de financiación de programas y proyectos estructurados para la obtención de la Paz. Que al artículo 31 del Decreto 2094 de 2016 determina que el Fondo de Inversión para la Paz, continúa administrándose como un sistema separado de cuentas adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con el objeto de financiar y cofinanciar los programas y proyectos estructurados para la obtención de la paz en el país. Que de conformidad con el artículo 1 del Decreto 2094 de 2016, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social es el organismo principal de la Administración Pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación. Que el artículo 3 del Decreto 2094 de 2016 establece que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias y de la ley,
Pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación. Que el artículo 3 del Decreto 2094 de 2016 establece que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para la inclusión social y la reconciliación en términos de la superación de la pobreza y la pobreza extrema, la atención de grupos vulnerables, la atención integral a la primera infancia, infancia y adolescencia, y la atención y reparación a víctimas del conflicto armado a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, el cual desarrollará directamente o a través de sus entidades adscritas o vinculadas, en coordinación con las demás entidades u organismos del Estado competentes. Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, hace parte de la estrategia integral del Gobierno Nacional que se desarrolla a través de diversas entidades y programas para atender a la población más pobre y vulnerable del país por situaciones de desplazamiento, violencia, pobreza y presencia de cultivos ilícitos, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos Por un Nuevo País", en el cual se incluyeron especialmente las iniciativas relacionadas con la reducción de la pobreza extrema, promoción del empleo y la equidad, la consolidación de la paz y los soportes transversales para la prosperidad democrática, a través de la gestión ambiental y del riesgo, y la promoción del buen gobierno. Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos Por un Nuevo País" se contemplaron estrategias de Promoción Social que buscan garantizar los mínimos vitales, generar
Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos Por un Nuevo País" se contemplaron estrategias de Promoción Social que buscan garantizar los mínimos vitales, generar y fortalecer las capacidades de la población pobre y vulnerable y promover su inclusión social y productiva. La reducción del déficit habitacional cualitativo como acción estratégica, contempla dar continuidad a programas de mejoramiento de condiciones de habitabilidad.PROSPERIDAD SOCIAL C) GOBIERNO DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. O 0 4 87 DE O? MAR. 2018
Continuación de la Resolución "Por la cual se adopta la Guía Operativa del Programa para el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, Versión 3 y se dictan otras disposiciones" Que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 3 del artículo 20 del Decreto 2094 de 2016, a la Subdirección General de Programas y Proyectos le corresponde "Liderar la implementación y el seguimiento de las políticas, planes y proyectos de transferencias monetarias condicionadas, inclusión productiva, seguridad alimentaria e infraestructura social y hábitat". Que el artículo 23 del Decreto 2094 de 2016, asignó a la Dirección de Infraestructura Social y Hábitat, entre otras, las siguientes funciones: 1) "Diseñar, formular, identificar y adoptar planes, programas, estrategias y proyectos de infraestructura social y hábitat que permitan mejorar la calidad de vida de la población objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación" y 2) "Ejecutar y articular las políticas, planes, programas y proyectos de infraestructura social y hábitat dirigidos a reducir la vulnerabilidad de la población objeto del Sector Administrativo de
y 2) "Ejecutar y articular las políticas, planes, programas y proyectos de infraestructura social y hábitat dirigidos a reducir la vulnerabilidad de la población objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación". Que a través de la Resolución No. 00401 de 26 de febrero de 2018, se asignó al Grupo Interno de Trabajo de Infraestructura Social y Hábitat las funciones de "Coordinar las gestiones y actividades necesarias para la estructuración y maduración en fase 3 de proyectos especiales de Infraestructura Social y Hábitat, que determine la Dirección de Infraestructura Social y Hábitat de acuerdo a las necesidades estratégicas determinadas por la Dirección General para el cumplimiento del objeto misional de la Entidad y acciones estratégicas del Gobierno Nacional" y "Desarrollar las acciones tendientes a garantizar la focalización y verificación de los beneficiarios de los proyectos de mejoramiento de vivienda, garantizando el cumplimiento de los criterios de selección y acceso al programa establecidos por la Dirección General". Que mediante la Resolución No. 02706 del 3 de octubre de 2016, se reglamentó "el Programa para el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social", estableciendo los lineamientos para la focalización de potenciales beneficiarios, diagnóstico, ejecución, seguimiento y demás aspectos necesarios para el adecuado desarrollo de los proyectos de mejoramiento de vivienda. Que mediante Resolución 02774 del 10 de octubre de 2016, se adoptó la Guía del Programa para el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social Prosperidad Social. Que mediante Resolución 00096 del 15 de enero de 2018, se modificó la Resolución No. 02706 del
el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social Prosperidad Social. Que mediante Resolución 00096 del 15 de enero de 2018, se modificó la Resolución No. 02706 del 3 de octubre de 2016, que reglamenta el Programa para el Mejoramiento de Vivienda. Que por lo anterior, se hace necesario modificar la Guía del Programa para el Mejoramiento de Vivienda, para ajustarse a las modificaciones surtidas y hacer más expedido y dinámico el Programa para el Mejoramiento de Vivienda. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Guía Operativa del Programa para el Mejoramiento de Vivienda. Adáptese la Guía Operativa del Programa para el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, Versión 3; la cual forma parte integral del presente acto administrativo.
Pág iEMESIO RA L Re ARZÓN
PROSPERIDAD SOCIAL GOBIERNO DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN No.
O O 437 DE 0 7 MAR. 2018
Continuación de la Resolución "Por la cual se adopta la Guía Operativa del Programa para el Mejoramiento de Vivienda del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, Versión 3 y se dictan otras disposiciones" Artículo 2. Vigencia y derogatorias. El presente acto administrativo rige a partir de su publicación y deroga la Resolución No. 02774 del 10 de octubre de 2016.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los 0? MAR. 2018
Elaboró: Mónica Verdugo
Revisó: Margarita Palomo / Secr a General
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los 0? MAR. 2018
Elaboró: Mónica Verdugo
Revisó: Margarita Palomo / Secr a General
Lucy Acevedo / Jefe Ofi ina Asesora Jurídica Maycol Suarez / Director Técnico Página 3 de 3