DPS - Resolución 00755 de 2026
Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 00755 de 2026
- Autor
- Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad_Género_e_Inclusión
- Año
- 2026
an Prosperidad Social RESOLUCIÓDÚ 7 5 5¡ 15 ABR 2026 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 del 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025 «Por megio de la cual se establecen los Grugos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en el numeral 10 del artículo 8 de Decreto 0017 del 2025, el artículo 2.2.5.1.1 y el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el articulo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía, celeridad, coordinación y responsabilidad, los cuales orientan la organización y funcionamiento de las entidades públicas. Que en concordancia con lo anterior, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 dispone que los representantes legales de las entidades del orden nacional podrán crear, organizar, modificar o suprimir grupos internos de trabajo, de carácter permanente o transitorio, cuando ello resuite necesario para atender las necesidades del servicio y asegurar el cumplimiento eficaz de los objetivos institucionales.
de las entidades del orden nacional podrán crear, organizar, modificar o suprimir grupos internos de trabajo, de carácter permanente o transitorio, cuando ello resuite necesario para atender las necesidades del servicio y asegurar el cumplimiento eficaz de los objetivos institucionales. Que de conformidad con el régimen de empleo público y carrera administrativa previsto en la Ley 909 de 2004 y sus normas reglamentarias, la organización interna de las entidades debe garantizar el adecuado ejercicio de las funciones, la eficiencia en la gestión y el respeto por los derechos de los servidores públicos vinculados a la planta de personal. Que mediante Decreto No. 0017 del 14 de enero de 2025 se modificd la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social, fortaleciendo las funciones de sus dependencias bajo criterios de especialidad y conexidad, liderando la articulación con las entidades del Estado para el seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. Que mediante Decreto No. 0018 del 14 de enero de 2025 se modificó la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, suprimiéndose y creándose unos empleos y en su artículo 3 se estableció la totalidad de la planta de personal, derogándose de manera expresa las disposiciones de los Decretos No. 4966 de 2011, madificado por los Decretos No. 2582 de 2012, 2562 de 2015, 2095 de 2016 y 1664 de 2021. Que mediante Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de
y 1664 de 2021. Que mediante Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 del 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025, se establecieron los grupos internos de trabajo del Departamento Acministrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los objetivos, programas y proyectos institucionales y fortalecer la coordinación y eficiencia de la estructura administrativa de la entidad. Que mediante la Resolucion Ne. 01472 dei 4 de julio de 2025 se establecieron tres (03) Grupos Internos de Trabajo en la Oficina de Cooperación Internacional, a saber: (i) Cooperación Internacional Multilateral, (ii) Cooperación Internacional Bilateral y Regional, y (iii) Asuntos Internacionales y Aliados Estratégicos. Que, en ejercicio de la facultad de dirección, organización y administración del talento humano, y conforme a los principios de la función pública, es necesario ajustar el esquema interno de funcionamiento de la Oficina de Cooperación Internacional, con el fin de fortalecer la articulación de sus procesos, optimizar la asignación de responsabilidades y facilitar una gestión integral, eficiente y orientada a resultados. Que la oficina de Cooperación Internacional adscrita a la Dirección del Departamento, está a cargo de la coordinación de la gestión de ayuda proveniente de los organísmos de cooperación internacional y otros actores relevantes que son clave para el desarrollo de los abjetivos estratégicos institucionales, promoviendo la participación de Prosperidad Social en negociaciones para ia adopción de
la coordinación de la gestión de ayuda proveniente de los organísmos de cooperación internacional y otros actores relevantes que son clave para el desarrollo de los abjetivos estratégicos institucionales, promoviendo la participación de Prosperidad Social en negociaciones para ia adopción de instrumentos de ayuda y cooperación, la ejecución de disposiciones de dichos instrumentos y la coordinación de eventos internacionales que contribuyan al desarrollo de los planes, programas y proyectos misionaies de Prosperidad Social. Que la adopción de un modelo organizativo sin Grupos Internos de Trabajo permite simplificar la estructura de funcionamiento de la Oficina de Cooperación internacional, favorecer una gestión transversal de las actividades y fortalecer la capacidad de respuesta instituciona! frente a las necesidades del servicio. Página 1 de2— Prosperidad Social Continuación de la Resolución: «por medio de le cual se modifica la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 del 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025» Que la decisión de suprimir los grupos internos de trabajo se fundamenta en los principios de eficiencia, economía, coordinación, eficacia y mejora continua de la gestión pública, en armonía con los postulados de la función administrativa. Que la supresión de las Grupos Internos de Trabajo constituye un ajuste de carácter estrictamente organizacional que no implica modificacion de la planta de personal, ni la supresión de empleos, ni desmejora de las condiciones laborales, ni afectación de los derechos adquiridos de los servidores públicos, en especial aquellos protegidos por
que no implica modificacion de la planta de personal, ni la supresión de empleos, ni desmejora de las condiciones laborales, ni afectación de los derechos adquiridos de los servidores públicos, en especial aquellos protegidos por el régimen de carrera administrativa, ni la interrupción o modificación de las funciones a cargo de la Oficina de Cooperación Internacional, las cuales continuarán desarrollándose conforme a las competencias asignadas. Que, en este sentido, se garantiza la continuidad en la prestación del servicio y el desarrollo de las funciones asignadas a la Oficina de Cooperación Internacional, conforme al manual especifico de funciones y competencias laborales vigente. Que la presente decisión no afecta los empleos asignados a la Oficina de Cooperación Internacional, incluidos aquellos que se encuentren en situación de vacancia definitiva o temporal, los cuales permanecen vigentes dentro de la planta de personal de la entidad y conservan su adscripción a dicha dependencia. Que, en consecuencia, y en ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, resulta procedente suprimir los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina de Cooperación Internacional. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Supresión de Grupos Internos de Trabajo: Suprimir los Grupos Internos de Trabajo (i) Cooperación Internacional Multilateral, (ii) Cooperación Internacional Bilateral y Regional, y (ili) Asuntos Internacionales y Estratégicos dependientes de la Oficina de Cooperación Internacional, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución, Parágrafo: Los empleos asignados a los Grupos Internos de Trabajo que se suprimen continuarán adscritos a la Oficina de Cooperación Internacional y ejercerán sus funciones conforme a la distribución interna que determine el Jefe de la dependencia, de acuerdo con el manual específico de funciones y competencias laborales.
Oficina de Cooperación Internacional y ejercerán sus funciones conforme a la distribución interna que determine el Jefe de la dependencia, de acuerdo con el manual específico de funciones y competencias laborales. En todo caso, la presente decisión no implica modificación de la planta de personal ni afecta los empleos existentes, incluidos aquellos que se encuentren vacantes. ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo 1 de la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025 modificada mediante las Resoluciones No. 00535 de 21 de marzo de 2025, No, 01123 del 26 de mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 de 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025, el cual quedara así: «ARTÍCULO 1. Establecer los siguientes Grupos Internos de Trabajo en el Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social. Oficina de Tecnologías de Información Estrategia y Proyectos ce Tecnología de Información Arquitectura Tecnológica Gobierno de Tecnologías de Información Infraestructura y Servicios de Tecnología de Información Desarrollo de Sistemas de Información ' Oficina Jurídica Acciones Constituciones Defensa Judicial Producción Normativa y Conceptos Oficina Asesora de Planeacion Formulación, seguimiento y Monitoreo Página 2 de 5— Prosperidad Social RESOLUCION NDO-D 75 5)5 15 ABR 2026
Continuación de la Resolución: «por medio de la cual se medifica iz Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025,
Prosperidad Social RESOLUCION NDO-D 75 5)5 15 ABR 2026
Continuación de la Resolución: «por medio de la cual se medifica iz Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Rescluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 dei 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025»
Desarrollo y Fortalecimiento Instituciona! Enfoque Diferencial L Prospectiva y Evaluacion “ Oficina Asesora de Comunicaciones Prensa y Relacionamiento Externo Comunicación y Cultura Organizacional Producción y Gestión Digital Producción y Gestión de Imagen Oficina de Análisis de Datos y Focalización Gestión Análisis de Datos Regulación y Validacién de Procedimientos Proceses a Beneficiarios I Focalización Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz Coordinación Interinstitucional y Oferta Social Gestión de Articutación y Seguimiento Víctimas y Construcción de Paz Dirección de Economía Popular Generación de Ingresos Empleabilidad Inclusión e Innovación Financiera Conexión a Mercados Dirección para la Soberanía Alimentaria Atención Integral con Enfoque Diferencial _Intervenciones Rurates Integrales Soberania Alimentaria Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario ! Desarroilo Metodológico y Formación Acompañamiento para el Fortalecimiento de Capacidades Familiares Y Comunitarias ! Acompafiamiento Social [
Soberania Alimentaria Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario ! Desarroilo Metodológico y Formación Acompañamiento para el Fortalecimiento de Capacidades Familiares Y Comunitarias ! Acompafiamiento Social [ íís:stión Integral para el Acompañamiento Innovación para el Acompañamiento Subdirección General de Programas y Proyectos para el Desarrollo Social Innovación Social Dirección de Transferencias Monetarias Sistema de Transferencias Gestión estratégica y seguimiento Rutas Diferenciales Gestión Jurídica de Transferencias Oficina de Operación de Transferencias Página 3 de 5 /— Prosperidad Social RESOLUCIÓN NDD 7 5 5DE 15 ABR ;025 Continuación de la Resolución: «por medio de la cual se modifica la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 del 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025» Transferencias para Hogares Transferencias para Jovenes Transferencias para la Vejez _ Transferencias Especiales Dirección de Infraestructura y Hábitat Gestión Administrativa y de la Información Planeación y Acompañamiento a la Ejecución Seguimiento a la Ejecución de Convenios y Contratos Secretaría General Comisiones y Desplazamientos Planeación y Seguimiento de Servicios de Apoyo Oficina de Contratación Investigación de Mercado Gestión Pre Contractual Gestión Contractual Gestión Post Contractual
Secretaría General Comisiones y Desplazamientos Planeación y Seguimiento de Servicios de Apoyo Oficina de Contratación Investigación de Mercado Gestión Pre Contractual Gestión Contractual Gestión Post Contractual Oficina de Servicios Administrativos Administración de Bienes Prestación de Servicios Gestión Documental Servicios de Logística, Transporte y Sostenibilidad Ambiental Oficina Financiera Presupuesto Contabilidad Cuentas por Pagar Tesorería Gestión Tributaria y Fiscal Oficina de Talento Humano Provisión de Empleo Público y Carrera Administrativa Administración de Empleo Público y Nómina Bienestar Laboral Seguridad y Salud en el Trabajo Desarrollo de Talento Humano Oficina de Control Interno Evaluación y Seguimiento a Procesos Misionales, Estratégicos y de Apoyo Atención a Requerimientos Internos, Externos y enfoque hacia la prevención Oficina de Relacionamiento con el Ciudadano Atención y Servicio al Ciudadano Participación Ciudadana | ARTICULO TERCERO. Comuríquese el contenido de la presente resolución a los servidores públicos vinculados a la Oficina de Cooperación Internacional. ARTICULO CUARTO. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución la resolución 00156 del siete (07) de febrero de 2025, modificada por las resoluciones Página 4 de 5?5 Prosperidad Social RESOLUCIÓN nd) () 7 5 Bpe 1.5 A8R 2026 Continuación de !a Resolución: «por medio de la cual se modifica la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025,
Prosperidad Social RESOLUCIÓN nd) () 7 5 Bpe 1.5 A8R 2026 Continuación de !a Resolución: «por medio de la cual se modifica la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 del 05 de septiembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025» No.00535 del 21 de marzo de 2025, No. 01123 del 26 de mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 2079 de 05 de diciembre de 2025 y No. 03088 del 05 de diciembre de 2025.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los \. ABP 2026 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPER Agrobó: Sandra Mileno Montoya Amarites — Secretaria smaniLf_ T Revisó- Christhion Leonarda Solis Rinño — Contratista. Revisó- Gienis Astrid Medina VelásquezContratista, Fá¿¡ Aprobó: L2 Alexandro Clovijo Perdomo — Jefe de ojitna de Tolenio Humano % .. .- Eloboro Kotherine Moroles León - Coprdinadoro GIT Prouslón del empleo Público y Correra Administariva < AE Página 5 de 5 Y