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DPS - Resolución 01410 de 2025

Departamento para la Prosperidad Social

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Detalles

Título
DPS - Resolución 01410 de 2025
Autor
Departamento para la Prosperidad Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Diversidad
Año
2025

Prosperidad Social resoLución número 01 41 O ve 26 JUN 202 «Por medio de la cual se sustituye el capítulo 2 del título 1 de la Resolución No. 03290del 19 de diciembre de 2022, relativo al Comité Institucional de Gestión yDesempeño» LA DIRECTORA (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LAPROSPERIDAD SOCIAL, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por elartículo 8 del Decreto 0017 de 2025, Decreto 505 de 2025 y CONSIDERANDO: Que, dentro de sus objetivos estratégicos según el Decreto 0017 de 2025 se encuentra:«... formular, adoptar, dirigir coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas yproyectos para la inclusión social y la reconciliación, la atención grupos vulnerables, laatención y reparación a víctimas del conflicto armado a las que se refiere el artículo 3°de la Ley 1448 de 2011, el cual desarrollará directamente o a través de sus entidadesadscritas o vinculadas, en coordinación con las demás entidades u organismos delEstado competentes». Que el Decreto 0017 de 2025 modificó la estructura del Departamento Administrativopara la Prosperidad Social, para fortalecer las funciones de sus dependencias bajocriterios de especialidad y conexidad, liderando la articulación con las entidades delEstado para el seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas.

Que, en razón de lo anterior, se modificó la estructura del Departamento Administrativopara la Prosperidad Social, para efectos como la transformación de la Subdirección Gereralpara la Superación de la Pobreza en la Subdirección General de Inclusión Productiva pare laPaz; la transformación de la Oficina Asesora Jurídica en Oficina Jurídica; la creación dedespachos como la Oficina de Control Interno Disciplinario, la Oficina de Relacionamientocon el Ciudadano, la Oficina Asesora de Análisis de Datos y Focalización, y la Oficina Asesorade Cooperación Internacional; y, la creación y supresión de otras dependencias, junto conla modificación en las denominaciones de algunas existentes. Que, el Decreto 0018 de 2025, modificó la planta de personal del DepartamentoAdministrativo para la Prosperidad Social, de conformidad con la estructura determinada enel Decreto 0017 de 2025. Que se hace necesario actualizar el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de laentidad, con el propósito de que el espacio refleje, de manera precisa e inequívoca, «asdenominaciones de las dependencias actualizadas, los nuevos objetivos estratégicos de laentidad y las nuevas funciones, en concordancia con la estructura organizacional vigentedel Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, conforme a las disposicionesnormativas aplicables. Que, conforme a lo anterior, se hace necesario sustituir la reglamentación contenida en eltítulo 1 capítulo 2 de la Resolución 3290 del 19 de diciembre de 2022, con el fin dearmonizarla con la nueva estructura organizacional de la entidad y así actualizar laconformación y las funciones respectivas.

Que, en mérito de lo expuesto,Prosperidad Social resoLución Numero 0) 1 410 ve 26 JUN 2029 «Por medio de la cual se sustituye el capitulo 2 del titulo 1 de la Resolución No. 03290del 19 de diciembre de 2022, relativo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño» RESUELVE: Artículo 1. Sustitución de capítulo. Sustitúyase el capítulo 2 del título 1 de laResolución No. 03290 del 19 de diciembre de 2022, el cual quedará así:

Capítulo 2 COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO Artículo 1.2.1. Conformación. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño delDepartamento Administrativo para la Prosperidad Social estará conformado por:

1. El (la) secretario (a) General, quien lo presidirá.2. El (la) subdirector (a) General de Inclusión Productiva para la Paz.3. El (la) subdirector (a) General de Programas y Proyectos para el Desarrollo Social.4. El (la) jefe de la Oficina de Talento Humano.5. El (la) jefe de la Oficina Financiera.6. El (la) jefe de la Oficina de Servicios Administrativos.7. El (la) jefe de la Oficina de Contratación.8. El (la) jefe de la Oficina de Relacionamiento con el Ciudadano.9. El (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación.10. El (la) jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.11. El (la) jefe de la Oficina de Tecnologías de Información.12. El (la) jefe de la Oficina Jurídica.13. El (la) jefe de la Oficina de Gestión Regional.14. El (la) jefe de la Oficina de Análisis de Datos y Focalización.15. El (la) jefe de la Oficina de Cooperación Internacional.

Parágrafo 1. El jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Departamento Administrativopara la Prosperidad Social ejercerá la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestióny Desempeño. Parágrafo 2. En los casos en que se traten temas relacionados con las distintas políticas deGestión y Desempeño de la entidad serán invitados los responsables de la implementacióndel proyecto o tema a discutir, los cuales asistirán como invitados, con voz, pero sin voto.

Parágrafo 3. El jefe de la Oficina de Control Interno del Departamento Administrativo parala Prosperidad Social asistirá como invitado permanente, con voz, pero sin voto. Artículo 1.2.2. Funciones. El Comité Institucional de Gestión y desempeño tendrá ademásde las relacionadas en el artículo 2.2.22.3.8del Decreto 1083 de 2015, las siguientesfunciones generales:

1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones yestrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG.Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurarla implementación, sostenibilidad y mejora del Sistema de Gestión a partir de loslineamientos establecidos en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.3. Proponer al Comité de Gestión y Desempeño iniciativas que contribuyan al mejoramientoen la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG.4. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoracióninterna de la gestión.5. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materiade seguridad digital y de la información.

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«Por medio de la cual se sustituye el capítulo 2 del título 1 de la Resolución No. 03290del 19 de diciembre de 2022, relativo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño»

6. Aprobar y hacer seguimiento a los planes, programas, proyectos, estrategias yherramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión.7. Definir mejoras al Modelo Integrado de Planeación y Gestión implementado por la entidad,con especial énfasis en las actividades de control establecidas en todos los niveles de laorganización y estudiar y adoptar las mejoras propuestas por el Comité de Coordinacióndel Sistema de Control Interno.8. Efectuar recomendaciones al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno enrelación con las políticas de gestión y desempeño que puedan generar cambios o ajustesa la estructura de control de la entidad.9. Generar espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisis de temasrelacionados con políticas de gestión y desempeño, buenas prácticas, herramientas,metodologías u otros temas de interés para fortalecer la gestión y el desempeñoinstitucional y así lograr el adecuado desarrollo de sus funciones.10. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación delModelo.

Artículo 1.2.3. Deberes de los miembros del Comité Institucional de Gestión yDesempeño. Los miembros del Comité Institucional de Gestión y Desempeño deberán:

1. Asistir a las reuniones del Comité que sean convocadas.2. Remitir la documentación de los temas a tratar en la reunión, por lo menos con cinco (5)días de anticipación, para dar cumplimiento al término mínimo de citación y remisión dedocumentos previo a cada sesión.3. Suministrar la información necesaria para la consolidación de informes sobre el avancey resultados de la gestión del Comité.

Artículo 2. Vigencia y derogatorias. La presente resolución sustituye el capítulo 2del título 1 de la Resolución No. 03290 del 19 de diciembre de 2022 y rige a partir deldía de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C.alos 26 JUN 2095 LA DIRECTORA (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO ¡PARA LAPROSPERIDAD SOCIAL Aprob&Diana Carolina Martinez Jiménez. Secretaria Genera IÓRevisó: Antonio Daniel Gil Lozano. Jefe (E) Oficina Jurídica. ($2Revisó: Andrea Paola Sandra Beatriz Prieto Mosquera. Jefe Oficina Asesora de Planeación. ARevisó: Jair Samir Moreno Quiroz. Coordinador GIT producción normativa y conce, p>Revisó: Nury Gutiérrez Vega. Abogada contratista. Oficina Asesora de PlaneaciónElaboro: Sandra Sánchez Flórez. Profesional especializado. Oficina Asesora de Plane: clon te Página 3 de 3

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