DPS - Resolución 01997 del 23 de julio de 2019
Departamento para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 01997 del 23 de julio de 2019
- Autor
- Departamento para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2019
La equidad Prosperidad es de todos Social RESOLUCIÓN No. 01 9 9 7 DE 2 3 JUL. 2019 «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones» LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren la Ley 489 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el numeral 16 del artículo 10 del Decreto 2094 de 2016, el Decreto 1499 de 2017 y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el articulo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que el artículo 1 de la Ley 87 de 1993 establece que dentro el sistema de control interno se encuentra, entre otros, el conjunto de principios adoptados por la entidad con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. Que de acuerdo con Ley 1474 de 2011, se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Que de conformidad con Ley 1712 de 2014, se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.
pública. Que de conformidad con Ley 1712 de 2014, se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones. Que el Decreto 1499 de 2017, mediante el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, señala en el artículo 2.2.22.2.1, las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, dentro las cuales se encuentra comprendida la integridad. Que de conformidad con el capítulo 2 del Decreto 1499 de 2017, las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán, entre otras, las siguientes:
1. Planeación institucional
2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público.
3. Talento humano.
4. Integridad.
5. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción.
6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos.
7. Servicio al ciudadano.
8. Participación ciudadana en la gestión pública.
9. Racionalización de trámites.
10. Gestión documental.
11. Gobierno digital, antes Gobierno en línea.
12. Seguridad digital.
13. Defensa jurídica.
14. Gestión del conocimiento y la innovación.La equidad Prosperidad es de todos Social.
RESOLUCIÓN No. 01 99 7 DE 23 JUL. 2019
Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del
es de todos Social.
RESOLUCIÓN No. 01 99 7 DE 23 JUL. 2019
Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones»
15. Control interno.
16. Seguimiento y evaluación del desempeño institucional.
Que según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.22.3.3 del Decreto 1499 de 2017, uno de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPGes "Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas". Que conforme con el Decreto 1499 de 2017 y el Manual Operativo de Gestión MIPG, los "Valores del Servicio Público - Código de Integridad", deben hacer parte del engranaje de todas las entidades de la rama Ejecutiva con la inclusión de este en el componente de Política de Talento Humano dentro del Modelo Integrado de Planeación y Gestión II de cada entidad. Que se requiere transformar las entidades para recuperar la confianza en la administración pública y fortalecer de esta forma el Estado colombiano, siendo necesario promover la estrategia de cambio cultural, que permita promover otras percepciones, actitudes y comportamientos de los servidores públicos y ciudadanos para recuperar y aumentar la confianza de la ciudadanía en las instituciones. Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social en el año 2017 actualizó y adoptó el Código de Ética, mediante Resolución No. 00182 de 2017; sin embargo, el Departamento Administrativo de la Función Pública identificó la necesidad de desarrollar un código
actualizó y adoptó el Código de Ética, mediante Resolución No. 00182 de 2017; sin embargo, el Departamento Administrativo de la Función Pública identificó la necesidad de desarrollar un código de tipo general aplicable a todos los servidores de las entidades públicas de la Rama Ejecutiva, el cual se construyó de manera participativa, acogiendo tanto las opiniones de los servidores públicos y ciudadanos quienes votaron en buzones y plataformas web, para ayudar a construir los cinco (5) valores más importantes del servicio público. Que el Manual Operativo de Gestión MIPG, expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública señala que las entidades de la rama Ejecutiva deben adoptar el Código de integridad, el cual deberá contemplar los siguientes aspectos: • Contar con el liderazgo del equipo directivo y la coordinación de las áreas de gestión humana, • Llevar a cabo permanentemente ejercicios de participación para divulgación y apropiación de los valores y principios propuestos en el Código de Integridad, • Establecer un sistema de seguimiento y evaluación en la implementación del código para garantizar su cumplimento por parte de los servidores en el ejercicio de las funciones, • Promover el contacto de los servidores con el código, de manera experimental de tal manera que surjan en ellas reflexiones acerca de su quehacer y el rol como servidores públicos que eventualmente conduzcan a cambios en su comportamiento, y • Adoptar y apropiar el Código de Integridad, de conformidad con las particularidades y autonomía de cada entidad pública, adicionar principios de acción ("lo que hago", "lo que no hago") a los cinco (5) valores establecidos en el código e incluir hasta dos (2) valores adicionales.
autonomía de cada entidad pública, adicionar principios de acción ("lo que hago", "lo que no hago") a los cinco (5) valores establecidos en el código e incluir hasta dos (2) valores adicionales. Que el Código de Integridad se constituye en el principal instrumento técnico de la Política de Integridad del MIPG, la cual hace parte de la Dimensión de Talento Humano. Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social realizó el proceso de armonización entre el Código de Ética y el Código de Integridad del Departamento Administrativo de la Función Pública y encontró que algunos valores con los que se ha forjado la cultura ética de la entidad 2 7&•--La equidad Prosperidad es de todos Social
RESOLUCIÓN No. 0 1 9 97 DE
23 JUL. 2019 Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones» durante estos años no difieren de los valores consignados en el Código de Integridad, sino que por el contrario se fortalecen al encontrarse inmersos en ellos. Si bien se conserva en denominación común los valores de "honestidad", "compromiso" y "justicia", los otros tres (3) valores del Código Ético se asocian con los del Código de Integridad a través de los comportamientos o principios de acción definidos para cada uno de ellos, como se aprecia a continuación:
CÓDIGO DE
INTEGRIDAD CÓDIGO DE ÉTICA
Honestidad Honestidad Transparencia Solidaridad Respeto Compromiso Compromiso Justicia Justicia Diligencia Responsabilidad
CÓDIGO DE
INTEGRIDAD CÓDIGO DE ÉTICA
Honestidad Honestidad Transparencia Solidaridad Respeto Compromiso Compromiso Justicia Justicia Diligencia Responsabilidad Que con el fin de hacer la transición del Código de Ética del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social al Código de Integridad del Departamento Administrativo de la Función Pública, en sesión del Comité de Ética, con participación de representantes de la Secretaría General, de la Oficina Asesora de Planeación, de la Oficina de Control Interno, de la Oficina Asesora de Comunicaciones y de la Subdirección de Talento Humano, con la secretaría técnica de la Coordinación de Grupo Interno de Bienestar, se acordó iniciar gestiones para adelantar todos los trámites administrativos tendientes a la adopción del Código de Integridad del Departamento Administrativo de la Función Pública - Función Pública. Que con el fin de facilitar la implementación del Código de Integridad en las entidades públicas de la rama Ejecutiva, el Departamento Administrativo de la Función pública diseñó la "caja de herramientas" con la cual se busca garantizar que el contacto de los servidores públicos con el código sea experimental; en ese sentido señala para las entidades el deber de establecer un plan de trabajo que contenga acciones enmarcadas dentro de una estrategia en torno a la apropiación e interiorización del Código de Integridad, razón por la cual se considera que los niveles directivo, asesor y los coordinadores de grupos internos de trabajo deben apropiar y apoyar las estrategias definidas por el equipo de implementación del código liderado por el Grupo Interno de Bienestar de la Subdirección de Talento Humano. Que, para dar cumplimiento a la visión del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,
definidas por el equipo de implementación del código liderado por el Grupo Interno de Bienestar de la Subdirección de Talento Humano. Que, para dar cumplimiento a la visión del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, "...para el año 2030 en Colombia se habrá erradicado la pobreza extrema y la pobreza multidimensional"; se requiere lograr un cambio acorde a las percepciones, actitudes y comportamientos de los servidores públicos, contratistas, pasantes y colaboradores de la entidad, en torno a la integridad en la administración pública. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Adoptar el Código de Integridad en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, como guía del actuar y obrar los servidores públicos, pasantes y colaboradores, con el fin de cumplir con la misión, visión y los objetivos institucionales dentro del marco de integridad y legitimidad, acorde con los valores y principios institucionales en él establecidos. 3La equidad Prosperidad es de todos Social
RESOLUCIÓN No.0 1 9 9 7 DE 2 3 JUL. 2019
Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones» ARTÍCULO 2. El Código de Integridad reúne los valores institucionales de honestidad, respeto, compromiso, diligencia y justicia; cada uno de estos valores determina una línea de acción cotidiana para los servidores así: 1 - HONESTIDAD: actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud y siempre en favor del interés general. Como un servidor público de Prosperidad Social lo hago:
para los servidores así: 1 - HONESTIDAD: actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud y siempre en favor del interés general. Como un servidor público de Prosperidad Social lo hago: • Siempre digo la verdad, incluso cuando cometo errores, porque es humano cometerlos, pero es incorrecto esconderlos. • Cuando tengo dudas respecto de la aplicación de mis deberes, busco orientación en las instancias pertinentes dentro de mi entidad. • Se vale no saberlo todo y también se vale pedir ayuda. • Facilito el acceso a la información pública completa, veraz, oportuna y comprensible con los medios destinados para ello. • Siempre denuncio las faltas, delitos o violaciones de derechos que conozco en el ejercicio de mi cargo. • Apoyo y promuevo los espacios de participación para que los ciudadanos tengan acceso a la información pública y hagan parte de la toma de decisiones cuando corresponda. • Actúo de forma coherente con lo que pienso y con las funciones a mi cargo, lo cual genera credibilidad y confianza. Como un servidor público de Prosperidad Social NO lo hago: • Dar trato preferencial a las entidades importantes, sus directivos, servidores públicos o personas cercanas, para favorecerlos en los trámites a mi cargo. • Aceptar incentivos, favores, compensaciones, ni ningún otro tipo de beneficio que me ofrezcan personas o grupos que estén interesados en decisiones o actuaciones en que yo intervenga, directa o indirectamente. • Usar recursos públicos para fines personales, ajenos al ámbito laboral. • Permitir que personas no autorizadas tengan acceso a información clasificada o reservada, ni hacer uso indebido de la misma para favorecer intereses personales o de terceros.
- Usar recursos públicos para fines personales, ajenos al ámbito laboral. • Permitir que personas no autorizadas tengan acceso a información clasificada o reservada, ni hacer uso indebido de la misma para favorecer intereses personales o de terceros.
2RESPETO: reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición. Como un servidor público de Prosperidad Social lo hago: • Atiendo con amabilidad, igualdad y equidad a todas las personas y en cualquier situación por medio de mis palabras, gestos y actitudes, sin importar su condición social, económica, religiosa, étnica o de cualquier otro orden. • Establezco el límite de mis posibilidades teniendo como punto de partida el espectro de posibilidades de los demás; soy tolerante. • Reconozco, aprecio y valoro las cualidades, necesidades y decisiones de los otros, ya sea por su conocimiento, su experiencia o su condición de iguales. Estoy abierto al 4La equidad es de todos Prosperidad Social
RESOLUCIÓN No. 0 1 9 97 DE 23 JUL. 2019
Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones» diálogo y a la comprensión, a pesar de perspectivas y opiniones distintas a las mías. Todo se puede solucionar hablando y escuchando a los otros. Como un servidor público de Prosperidad Social NO lo hago: • Ofender, agredir, ignorar, maltratar, discriminar o lastimar en cualquier forma, con mis acciones, omisiones o palabras, la dignidad o la autoestima de las otras personas en
Como un servidor público de Prosperidad Social NO lo hago: • Ofender, agredir, ignorar, maltratar, discriminar o lastimar en cualquier forma, con mis acciones, omisiones o palabras, la dignidad o la autoestima de las otras personas en ninguna circunstancia. • Basar mis decisiones en presunciones, estereotipos o prejuicios. • Utilizar artefactos o dispositivos electrónicos que distraigan mi atención, mientras estoy atendiendo a alguna persona o cuando estoy en una reunión. • Incumplir o llegar tarde a las reuniones, eventos o citas a los que he sido convocado. Si no puedo asistir, aviso con la debida oportunidad. 3COMPROMISO: soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar. Como un servidor público de Prosperidad Social lo hago: • Asumo mi papel como servidor público, entendiendo el valor de los compromisos que he adquirido ante la ciudadanía y el país. • Escucho, atiendo y oriento de forma efectiva a quien necesite cualquier información o guía en algún asunto público. • Siempre que interactúo con otras personas estoy atento, sin distracciones de ningún tipo. • Desarrollo mis actividades con sentido de pertenencia y responsabilidad. • Conozco los objetivos institucionales y aplico de manera adecuada mis habilidades para aportar en su logro. Como un servidor público de Prosperidad Social NO lo hago: • Trabajar con una actitud negativa. La falta de entusiasmo, el pesimismo y una mala actitud afectan el trabajo de todo el equipo. • Pensar que mi trabajo como servidor sea un "favor" que le hago a la ciudadanía. Además
- Trabajar con una actitud negativa. La falta de entusiasmo, el pesimismo y una mala actitud afectan el trabajo de todo el equipo. • Pensar que mi trabajo como servidor sea un "favor" que le hago a la ciudadanía. Además de mi deber, es un compromiso y un orgullo. • Asumir que mi trabajo como servidor sea irrelevante para la sociedad. Reconozco y evidencio su importancia. • Ignorar a un ciudadano y sus inquietudes. • Divulgar comentarios u opiniones que puedan dañar el buen nombre de la entidad.
4DILIGENCIA: cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado. Como un servidor público de Prosperidad Social lo hago: • Uso responsablemente los recursos públicos para cumplir mis obligaciones. "Lo público es de todos y no se debe desperdiciar". 5La equidad es de todos
Prosperidad Social
RESOLUCIÓN No. 0 1 9 9 7DE 23 JUL 2019
Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones» • Cumplo los tiempos estipulados para el logro de cada obligación laboral. A fin de cuentas, el tiempo de todos es oro. • Aseguro la calidad en cada uno de los productos que entrego bajo los estándares del servicio público. No se deben presentar cosas a medias. • Siempre soy proactivo comunicando a tiempo propuestas para mejorar continuamente mi labor y la de mis compañeros de trabajo. • Planeo adecuadamente mi trabajo para optimizar el tiempo que tengo asignado para
servicio público. No se deben presentar cosas a medias. • Siempre soy proactivo comunicando a tiempo propuestas para mejorar continuamente mi labor y la de mis compañeros de trabajo. • Planeo adecuadamente mi trabajo para optimizar el tiempo que tengo asignado para realizar las tareas. En mis labores cotidianas, me esfuerzo por crear formas más eficientes de alcanzar los objetivos misionales de la dependencia y la entidad. Presto un servicio ágil, amable y de calidad. Como un servidor público de Prosperidad Social NO lo hago: • Dedicar mi tiempo laboral a actividades ajenas a las funciones propias de mi cargo. • Por ningún motivo evadir mis funciones y responsabilidades. • Postergar las decisiones ni actividades que den solución a problemáticas ciudadanas o que hagan parte del funcionamiento de mi cargo. Hay cosas que sencillamente no se dejan para otro día. • Malgastar los recursos públicos o despilfarrarlos en compras suntuarias o innecesarias. 5 - JUSTICIA: actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación. Como un servidor público de Prosperidad Social lo hago: • Tomo decisiones informadas y objetivas basadas en evidencias y datos contables. Es muy grave fallar en mis actuaciones por no tener la información clara. • Reconozco y protejo los derechos de cada persona de acuerdo con sus necesidades y condiciones. • Tomo decisiones estableciendo mecanismos de diálogo y concertación con todas las partes involucradas. • Tomo decisiones con el objetivo de buscar siempre el bienestar general; procuro la equidad en beneficios y costos asumidos por aquellos que se afectarán por mis decisiones. • Me esfuerzo por tener la mayor cantidad de información posible que me permita
- Tomo decisiones con el objetivo de buscar siempre el bienestar general; procuro la equidad en beneficios y costos asumidos por aquellos que se afectarán por mis decisiones. • Me esfuerzo por tener la mayor cantidad de información posible que me permita comprender la situación que debo resolver para hacerlo de la manera más acertada.
Como un servidor público de Prosperidad Social NO lo hago: • Promover o ejecutar políticas, programas o medidas que afecten la igualdad y la libertad de las personas. • Conceder preferencias o privilegios indebidos. • Favorecer el punto de vista de un grupo de valor, sin tener en cuenta a todos los actores involucrados en la respectiva situación. • Permitir que odios, simpatías, antipatías, caprichos, presiones o intereses de orden personal o grupal interfieran en mi criterio, toma de decisión y gestión pública. ARTÍCULO 3. Los principios institucionales del Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social son los siguientes:
6RESOLUCIÓN No0 1 9 9 DE 23 JUL. 2019
Continuación de la resolución que «Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se establecen otras disposiciones» 1El interés general prevalece sobre el interés particular. 2Los bienes públicos son sagrados. 3Los recursos y bienes públicos son para uso exclusivo del interés general. 4La finalidad del Estado es contribuir al mejoramiento de las condiciones de la vida de la población. 5Se promueve y facilita la participación ciudadana. ARTÍCULO 4. Los principios y valores del Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social serán asumidos y cumplidos de manera consciente y responsable por
población. 5Se promueve y facilita la participación ciudadana. ARTÍCULO 4. Los principios y valores del Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social serán asumidos y cumplidos de manera consciente y responsable por todos los servidores públicos de la entidad en todos los niveles y jerarquías, así como por los contratistas y pasantes, sin perjuicio de las normas, códigos o manuales vigentes y tendrán la obligación de cooperar en la ejecución de actividades programadas en la implementación del Código de Integridad. ARTÍCULO 5. El Código de Integridad del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social será vigilado y monitoreado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la entidad encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG y quien podrá tomar medidas procedentes de acuerdo con las normas vigentes. ARTÍCULO 6. La Subdirección de Talento Humano gestionará la articulación y coordinación de las acciones tendientes a la socialización del Código de Integridad. ARTÍCULO 7. La ejecución, seguimiento y evaluación a la implementación del Código de Integridad, queda supeditado en su ejecución a la disponibilidad presupuestal del rubro de servicios para la comunidad, sociales y personales de las estrategias de bienestar y desarrollo de la Subdirección de Talento Humano. ARTÍCULO 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No. 00182 de 2017. En adelante los ajustes o actualizaciones al presente código se harán a través de la herramienta destinada para tal fin en el Sistema Integrado de Gestión.
PÚBLIQU ESE Y CÚMPLASE
Resolución No. 00182 de 2017. En adelante los ajustes o actualizaciones al presente código se harán a través de la herramienta destinada para tal fin en el Sistema Integrado de Gestión.
PÚBLIQU ESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C. a los 2 3 JUL. 2019 CEE. ,
SUSANA CORREA BORRERO
Aprobó: Tatiana Buelvas. Secretaria Genera -1
Aprobó: Edward Fuentes. Subdirector de Tale
Genera'(' Humano
Revisó: Jorge Duarte
Revisó: Oficina Asesora Jurídica
Lucy Edrey Acevedo Meneses Omar Alberto Barón Avendaño
Proyectó: Rocío Acosta Rozo.
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