DPS - Resolución 02007 de 2025
Departamento para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 02007 de 2025
- Autor
- Departamento para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2025
Prosperidad SocialY RESOLUCION NUMERO () Z () 07 ve o1seP 2025 «Por medio de la cual se adoptan los instrumentos de gestión de la informaciónpública, de los que trata la Ley 1712 de 2014, en el Departamento Administrativopara la Prosperidad Social» EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LAPROSPERIDAD SOCIAL, en uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por elartículo 8 del Decreto 0017 de 2025, y CONSIDERANDO Que la Ley 1712 de 2014 «Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y delDerecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones»desarrolla el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicioy garantía del derecho, y las excepciones a la publicidad de la información, y constituye elmarco general de la protección del ejercicio del derecho de acceso a la información públicade Colombia. Que el Decreto 103 de 2015, que reglamenta la Ley 1712 de 2014, en su artículo 2,establece su aplicación a todos los sujetos obligados, es decir, a las entidades públicas.Asimismo, que en su artículo 35 se disponen los Instrumentos de Gestión de la InformaciónPública, y que son: el Registro de Activos de información, el índice de InformaciónClasificada y Reservada, el Esquema de Publicación de Información y el Programa deGestión Documental.
Que el Decreto 103 de 2015 fue compilado por el Decreto Único Reglamentario (DUR) 1080de 2015 del Sector Cultura y, en su artículo 2.8.5.2, se estableció que el Registro de Activosde Información, el índice de Información Clasificada y Reservada, el Esquema de Publicaciónde Información y el Programa de Gestión Documental deben ser adoptados y actualizadospor medio de acto administrativo o documento equivalente. Que el ejercicio de las funciones administrativas por parte del Departamento Administrativopara la Prosperidad Social implica el desarrollo de un trabajo permanente y dinámicorespecto a la gestión y clasificación de sus activos de información que dé cumplimiento alos lineamientos establecidos en la normatividad vigente. Que, la actualización de los Instrumentos de Gestión de la Información Pública Registro deActivos de Información, Indice de Información Clasificada y Reservada, Esquema dePublicación de Información y el Programa de Gestión Documental fueron revisados,presentados y aprobados por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño medianteacta del comité 006 del 01 de agosto de 2025. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adopción. Adoptar en el Departamento Administrativo para ProsperidadSocial los siguientes Instrumentos de Gestión de la Información Pública:
1. Registro de Activos de Información.2. Indice de Información Clasificada y Reservada.Prosperidad Social RESOLUCIÓN NÚMERO 0 2 0 0 7 DE 0 1SEP 2025
«Por medio de la cual se adoptan los instrumentos de gestión de la informaciónpública, de los que trata la Ley 1712 de 2014, en el Departamento Administrativopara la Prosperidad Social»
3. Esquema de Publicación de Información.4. Programa de Gestión Documental.
Parágrafo. Los instrumentos de gestión de la información pública hacen parte integralde la presente resolución. Artículo 2. Publicación. Realizar la publicación de los Instrumentos de Gestión de laInformación Pública, en la página web del Departamento Administrativo paraProsperidad Social, en la sección de Transparencia, así como en el portal de DatosAbiertos, de conformidad con lo establecido en la Ley 1712 de 2014. Artículo 3. Actualización. La actualización de los Instrumentos de Gestión de laInformación Pública deberá realizarse, de forma anual, de acuerdo con lo precisado enel Decreto 1080 de 2015. Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente de supublicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. alos () 1 SEP 2025 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LAPROSPERIDAD SOCIAL MAURICIO RODRÍGUÉZ AMAYA Proyectó: Mario Andrés Cadena. Profesional GIT. Producción Normativa y Conceptos. LARevisó: Jair Samir Moreno Quiróz. Coordinador GIT. Producción Normativa y Conceptos. AtRevisó: Glenis Astrid Medina Velásquez. Contratista Secretaría SencaligAprobó: Andrés Felipe Quintero Valencia. Jefe Oficina Juridic -Aprobó: Bibiana Mercedes Parra Ariza. Secretaria General. ae Página 2 de 2