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DPS - Resolución 02157 del 21 de diciembre de 2012

Departamento para la Prosperidad Social

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Detalles

Título
DPS - Resolución 02157 del 21 de diciembre de 2012
Autor
Departamento para la Prosperidad Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Diversidad
Año
2012

DPS Y ¿PROSPERIDAD RESOLUCION No.021 57 be 21 Dit. 2012 “Por la cual se reglamentan las Direcciones Regionales en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de conformidad con el artículo 09, numeral 7 del Decreto 4155 de 2011” EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 y por el Decreto 4155 de 2011, y CONSIDERANDO desconcentración administrativa, delegación y la integración de la administración pública. lb Que la Ley 489 de 1998, en sus artículos 7”, 8” 9” y 39”, trata sobre descentralización administrativa, Que mediante Decreto 4155 de 2011 se transforma la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Acción Social - en Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, perteneciente al Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, y se fija su objetivo y estructura. Que el numeral 7 del artículo 09 del Decreto 4155 de 2011, al momento de establecer la estructura interna del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, crea las Direcciones Regionales. Que el artículo 27 del Decreto 4155 de 2011, establece las funciones de las Direcciones Regionales Que mediante Decreto número 4966 del 30 de diciembre de 2011, se estableció planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Que se hace necesario fortalecer la organización interna del Departamento con el propósito de lograr eficiencia y agilidad en el desarrollo de planes, programas y proyectos y garantizar su eficiente funcionamiento, en el territorio.

RESUELVE:

Que se hace necesario fortalecer la organización interna del Departamento con el propósito de lograr eficiencia y agilidad en el desarrollo de planes, programas y proyectos y garantizar su eficiente funcionamiento, en el territorio.

RESUELVE: ARTÍCULO 1. Direcciones Regionales. Harán parte del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — DPS como Direcciones Regionales, desarrollando las funciones que a continuación se le asignan, las

siguientes: Dirección Regional Amazonas, sede Leticia Dirección Regional Antioquia, sede Medellín Dirección Regional Arauca, sede Arauca Dirección Regional Atlántico, sede Barranquilla Dirección Regional Bogotá D.C, sede Bogotá Dirección Regional Bolívar, sede Cartagena Dirección Regional Boyacá, sede Tunja Dirección Regional Caldas, sede Manizales Dirección Regional Caquetá, sede Florencia

10. Dirección Regional Casanare, sede Yopal

11. Dirección Regional! Cauca, sede Popayán

12. Dirección Regional Cesar, sede Valledupar

13. Dirección Regional Chocó, sede Quibdó

14. Dirección Regional Córdoba, sede Montería

15. Dirección Regional Cundinamarca, sede Bogotá , A KEDPSO) ¡menea 02157, 21DIc.2012 RESOLUCION No.

Continuación Resolución: “Por la cual se reglamentan las Direcciones Regionales en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de conformidad con el artículo 09, numeral 7 del Decreto 4155 de 201 Poo...

16. Dirección Regional Guanía sede Puerto Inírida

17. Dirección Regional Guaviare, sede San José del Guaviare

18. Dirección Regional Huila, sede Neiva

19. Dirección Regional La Guajira, sede Riohacha

20. Dirección Regional Magdalena, sede Santa Marta

17. Dirección Regional Guaviare, sede San José del Guaviare

18. Dirección Regional Huila, sede Neiva

19. Dirección Regional La Guajira, sede Riohacha

20. Dirección Regional Magdalena, sede Santa Marta

21. Dirección Regional Magdalena Medio, sede Barrancabermeja

22. Dirección Regional Meta, sede Villavicencio

23. Dirección Regional Nariño, sede Pasto

24. Dirección Regional Norte de Santander, sede Cúcuta

25. Dirección Regional Putumayo, sede Mocoa

26. Dirección Regional Quindío, sede Armenia o 27. Dirección Regional Risaralda, sede Pereira

28. Dirección Regional San Andrés, sede San Andrés Islas

29. Dirección Regional Santander, sede Bucaramanga

30. Dirección Regional Sucre, sede Sincelejo

31. Dirección Regional Tolima, sede Ibagué

32. Dirección Regional Urabá, sede Apartadó

33. Dirección Regional Valle del Cauca, sede Cali

34. Dirección Regional Vaupés, sede Mitú

35. Dirección Regional Vichada, sede Puerto Carreño Las Direcciones Regionales, tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

1. Coordinar intersectorialmente en el territorio la suscripción de compromisos y definición de responsabilidades, que permitan ejecutar la política para la inclusión social y la reconciliación.

2. Adoptar y ejecutar en el territorio las distintas” políticas, procesos, planes, programas, estrategias, proyectos y funciones del Departamento Administrativo, a fin de garantizar su integralidad, eficiencia y eficacia.

O 3. Coordinar con las entidades territoriales la ejecución de la política pública para la inclusión social y la reconciliación y garantizar su articulación con las políticas que en estas materias fijen los Entes Territoriales.

eficacia. O 3. Coordinar con las entidades territoriales la ejecución de la política pública para la inclusión social y la reconciliación y garantizar su articulación con las políticas que en estas materias fijen los Entes Territoriales.

4. Coordinar la construcción de alianzas con organizaciones privadas presentes en el territorio, para aunar esfuerzos técnicos, financieros y operativos, que contribuyan a elevar el impacto de los programas y proyectos que el Departamento Administrativo emprenda en la jurisdicción.

5. Promover en el marco de la construcción y ejecución de los Planes de Desarrollo Territoriales, la inclusión, la integración y articulación con las políticas, planes, programas, estrategias y proyectos que defina el Departamento Administrativo para el Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

6. Adoptar en el ámbito departamental estrategias de difusión, asistencia, asesoría y capacitación sobre políticas, planes, estrategias, programas y proyectos del Departamento Administrativo.

7. Prestar asistencia técnica a las entidades territoriales en materia de políticas de inclusión social y reconciliación.

8. Coordinar a través de los Consejos de Política Social, la articulación funcional entre las entidades nacionales y territoriales para la concertación de políticas, planes, programas y proyectos, que conduzcan al mejoramiento de la calidad de vida de la población vulnerable en el territorio y, acompañar la organización y funcionamiento de estos Consejos.

9. Ejecutar los procesos, procedimientos y actividades de administración del talento humano y de los recursos físicos y financieros asignados a la Regional.

10. Coordinar y tramitar los asuntos de carácter jurídico que se requieran para la gestión de la Regional y rendir lós respectivos informes a la Oficina Asesora Jurídica.

recursos físicos y financieros asignados a la Regional.

10. Coordinar y tramitar los asuntos de carácter jurídico que se requieran para la gestión de la Regional y rendir lós respectivos informes a la Oficina Asesora Jurídica.

11. Formular, ejecutar y realizar seguimiento al Plan Anual de Operaciones de la Regional, con base en el análisis de la situación social de su jurisdicción, señalando prioridades de intervención para garantizar la inclusión social y la reconciliación. NV / >] ] YDESO | PARA robos DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL Sy | RESOLUCION NO 2151 DE 21 DIC. 2012

Continuación Resolución: “Por la cual se reglamentan las Direcciones Regionales en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de conformidad con el artículo 09, numeral 7 del Decreto 4155 de 2011...

12. Garantizar la ejecución de los convenios o contratos suscritos para el territorio por el Departamento Administrativo, asegurando el cumplimiento de objetivos y metas de los mismos, bajo estándares de calidad y sostenibilidad.

13. Promover la participación y control social en la gestión y ejecución de los procesos que desarrolle el Departamento Administrativo en el territorio.

14. Adoptar mecanismos de control interno en la regional y efectuar seguimiento a su cumplimiento. '

15. Orientar y coordinar las acciones del enlace social en los diferentes municipios de su jurisdicción.

16. Coordinar las acciones de prestación de servicios de orientación y atención del ciudadano - cliente, bajo los principios de calidad, eficiencia y oportunidad, de acuerdo con las directrices del Nivel Nacional.

17. Promover el fortalecimiento institucional y comunitario de las organizaciones sociales.

18. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema

los principios de calidad, eficiencia y oportunidad, de acuerdo con las directrices del Nivel Nacional.

17. Promover el fortalecimiento institucional y comunitario de las organizaciones sociales.

18. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema |) Integrado de Gestión en la Dependencia.

19. Apoyar en la revisión y seguimiento de los procesos judiciales que se adelanten en cada uno de los municipios a su cargo, contra el Departamento Administrativo de la Prosperidad Social, en el evento que sea requerido.

20. Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

ARTÍCULO 2 La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE as pin 5 . 4

Dada en Bogotá, D. C. alos

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Py

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