DPS - Resolución 0232 del 10 de febrero de 2025 Jóvenes en Paz (Ciclo 2 del I)
Departamento para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 0232 del 10 de febrero de 2025 Jóvenes en Paz (Ciclo 2 del I)
- Autor
- Departamento para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2025
Prosperidad Social RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 Z 3 2 DE 1 0 FEB 2025 «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» 4 LA DIRECTORA DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIALPROSPERIDAD SOCIAL En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 40 Decreto 1649 de 2023, el artículo 25 del Decreto No. 0017 del 14 de enero de 2025, el artículo 6 de la Resolución 00031 del 14 de enero de 2025, y, CONSIDERANDO Que, el artículo 348 de la ley 2294 de 2023, creó el Programa-Nacional Jóvenes en Paz que será implementado en todo el territorio nacional y tiene como objeto la implementación de una ruta de atención integral a la juventud entre los 14 y 28 años de edad que se encuentra en situación de extrema pobreza, jóvenes rurales, explotación sexual, vinculados a dinámicas de criminalidad y en condiciones de vulnerabilidad en territorios afectados por la violencia y el conflicto armado que han sido históricamente marginados y excluidos. Que, el inciso 3% del precitado artículo establece que el componente de transferencias monetarias estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en coordinación y articulación con el Departamento Nacional de Planeación, quien, a su vez, estará a cargo de la metodología de focalización territorial e individual de los potenciales beneficiarios del programa.
monetarias estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en coordinación y articulación con el Departamento Nacional de Planeación, quien, a su vez, estará a cargo de la metodología de focalización territorial e individual de los potenciales beneficiarios del programa. Que, el artículo 8 del Decreto 1649 de 2023 «Por el cual se reglamenta el artículo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz» estableció que es competencia del Departamento Nacional de Planeación la metodología de focalización territorial e individual de los potenciales beneficiarios del Programa. Que, según los artículos 10 y 38 del Decreto 1649 de 2023, en el marco del Programa Nacional Jóvenes en Paz se estableció que los jóvenes beneficiarios recibirán una transferencia monetaria condicionada a su vinculación y cumplimiento de los componentes de trabajo comunitario o corresponsabilidad y componente educativo, certificadas por laProsperidad Social «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, y gestionadas por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Que, en el artículo 43 del Decreto 1649 del 2023 se determinó que la liquidación y entrega de la transferencia monetaria se realizará una vez se remitan por parte de la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad al Departamento Administrativo de la Prosperidad Social el certificado del cumplimiento de las condicionalidades en educación y corresponsabilidad o trabajo comunitario, el estado de los registros de los y las jóvenes
Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad al Departamento Administrativo de la Prosperidad Social el certificado del cumplimiento de las condicionalidades en educación y corresponsabilidad o trabajo comunitario, el estado de los registros de los y las jóvenes beneficiarios en el Programa y el valor y porcentaje de pago de acuerdo con el cumplimento de las obligaciones contempladas para estos componentes. Posterior a ello, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social procederá entonces a la validación, liquidación y orden de entrega de la transferencia, que se dispondrá mediante acto administrativo debidamente motivado. Que, el artículo 44 del Decreto 1649 de 2023 dispone que el valor de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz se liquidará mensualmente y su monto será de hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000) de acuerdo con el cumplimiento y asistencia que certifique la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, con un máximo de doce (12) transferencias por beneficiario, Que, mediante la Resolución 02776 de 2023 el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social adoptó el Manual Operativo del Programa Nacional Jóvenes en Paz, estableciendo en, el Capítulo 4 (...) los lineamientos generales y las actividades requeridas para la entrega de las transferencias monetarias condicionadas a las y los jóvenes que se encuentren vinculados al Programa Nacional Jóvenes en Paz que cumplen con los criterios requeridos para recibirla”, Que, en cumplimiento de lo reglamentado, la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, cargó en el aplicativo de creación de terceros dispuesto por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la información para la creación de
Que, en cumplimiento de lo reglamentado, la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, cargó en el aplicativo de creación de terceros dispuesto por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la información para la creación de cuentas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, donde se relacionan los datos personales de los beneficiarios del Programa Nacional Jóvenes en Paz y certificaciones bancarias. Que, de conformidad con lo definido en el Manual Operativo, en cada ciclo operativo, el Grupo Interno de Trabajo Antifraudes realiza controles de calidad sobre la información registrada por el Ministerio de Igualdad y Equidad en el sistema de información, mediante la depuración y actualización de los datos, buscan garantizar la máxima confiabilidad de los registros, los cuales son esenciales para los procesos de liquidación y distribución de las transferencias.Prosperidad Social «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» Que, con ocasión de los acuerdos establecidos en mesa de trabajo del pasado 4 de febrero de 2025, adelantada con jóvenes participantes de la ciudad de Bogotá y delegados de la institucionalidad responsable del Programa, en relación con la información consolidada y entregada para el componente de TMC por parte del Ministerio de Igualdad y Equidad, se estableció la necesidad de realizar una liquidación y orden de pago para los beneficiarios de la ciudad de Bogotá para quienes el Ministerio de Igualdad y Equidad ya había consolidado la información de certificación de cumplimiento de condicionalidades pero que no alcanzó a ser integrada en las certificaciones de cumplimiento allegadas en el mes de enero, siendo
la ciudad de Bogotá para quienes el Ministerio de Igualdad y Equidad ya había consolidado la información de certificación de cumplimiento de condicionalidades pero que no alcanzó a ser integrada en las certificaciones de cumplimiento allegadas en el mes de enero, siendo este mes en el que los jóvenes tenían expectativa de recepción de la TMC. Que, el 10 de febrero de 2025, mediante memorando No. M-2025-4401-007062, la coordinación del GIT Antifraudes presentó el resultado del proceso realizado en relación con los beneficiarios del segundo ciclo de pago del programa Jóvenes en Paz. Que, el GIT Antifraudes identificó mediante cruce de información RUAF, PISIS y RNEC, lo siguiente: RESULTADO ANTIFRAUDES Cancelada por muerte 7 - [Cancelada por falsa identidad o Suplantación No expedida 4 - [Documento NO Vigente (NO es Cédula de ciudadanía) 38 => [Documento NO Vigente (No es tarjeta de identidad) a - Documento NO Vigente (Este Tipo de Documento PPT, NO se valida 202 [con entidades) - ¿JDDocumento NO Vigente (Este Tipo de Documento Cédula de 3 JExtranjería, NO se valida con entidades) - Documento NO Vigente (Este Tipo de Documento OTRO, NO se valida 0 [con entidades) E pana en la Información 0 Jrotal. ds E 251 o ¡Documento no vigente - "Baja por perdida de derechos políticos”- 12 o E (Cédula de Ciudadanía) ACTIVOS Sl (Con Alerta) [NO CUMPLE LA EDAD (Cédula de Ciudadanía) 22 do [NO CUMPLE LE EDAD (Tarjeta de Identidad) 16 _ [Tota o dd dE e 50
ACTIVOS Sl (Con Alerta) [NO CUMPLE LA EDAD (Cédula de Ciudadanía) 22 do [NO CUMPLE LE EDAD (Tarjeta de Identidad) 16 _ [Tota o dd dE e 50 O CONCURRENCIA_RC (Cédula de Ciudadanía) 2.526 ACTIVOS Sl (Con Aero) ia RC ariete de ldentdas) 1.877 - [CONCURRENCIA_RJ (Cédula de Ciudadanía) 139 a) AE RJ gatas de 'dentidad) El DI mo Pg ES 4 k h a E y 143 - [Cédulas de Ciudadanía 5.474] [Tarjetas de Ea as 2.278 A _ [Total o 075782Prosperidad Social «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» Que, en consecuencia, luego de la validación respectiva se encuentra que hay 12.599 potenciales para acceder a la transferencia monetaria del Programa Nacional Jóvenes en Paz en este segundo ciclo de la vigencia 2025. Que, el 7 de febrero de 2025, el Ministerio de Igualdad y Equidad, remitió al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social el certificado de cumplimiento en un archivo. Que, el archivo remitido por el Ministerio de Igualdad y Equidad denominado OficioCumplimiento_07022025175701 incluyó la certificación de vinculación y cumplimiento para 483 jóvenes beneficiarios de la ciudad de Bogotá, correspondiente a pagos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9; una vez realizada la validación, se identificó que 468 beneficiarios tenían
para 483 jóvenes beneficiarios de la ciudad de Bogotá, correspondiente a pagos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9; una vez realizada la validación, se identificó que 468 beneficiarios tenían cuenta creada en la plataforma SIIF y 15 no tenían cuenta creada en la plataforma SIIF, al corte del 10 de febrero del 2025. Que, del listado remitido por la Cartera, 18 jóvenes no cumplieron criterios para la liquidación del ciclo de pago, como se muestra a continuación: olimiento_07022025175701. de yl CAUSAL Número
CUENTA NO ACTIVA 7
PENDIENTE VALIDACION SUPERVIVENCIA 2
NO CORRESPONDE A T.!. | SIN CONSULTA O RESULTADO ANTIFRAUDES 2
PENDIENTE VIGENCIA DOCUMENTO 1
INCONSISTENCIAS NOMBRES Y/O APELLIDOS 1
: : 1 1 1
CUENTA SIIF INVALIDA | PAGO POR REPROGRAMACION PENDIENTE VERIFICACION PERIODO DE PAGO | PERIODO DE PAGO NO CERTIFICADO
CUENTA SIIF INVALIDA | SIN CONSULTA O RESULTADO ANTIFRAUDES
CONSECUTIVO DE PAGO INCONSISTENTE CON FECHA DE INSCRIPCION
CUENTA SIIF NO VIGENTE | SIN CONSULTA O RESULTADO ANTIFRAUDES
TOTAL 18
Que, de acuerdo con lo anterior del archivo remitido a 450 jóvenes beneficiarios de la ciudad de Bogotá se les programará pago y a 18 no se les programará liquidación para el segundo ciclo de pagos del programa Jóvenes en Paz. Que, luego de los ejercicios técnicos de validación y de conformidad con el reporte del GIT Antifraudes para el ciclo dos de la vigencia 2025 se pagará la transferencia monetaria del
segundo ciclo de pagos del programa Jóvenes en Paz. Que, luego de los ejercicios técnicos de validación y de conformidad con el reporte del GIT Antifraudes para el ciclo dos de la vigencia 2025 se pagará la transferencia monetaria del Programa Nacional Jóvenes en Paz a un total de 450 jóvenes beneficiarios de la ciudad de Bogotá. Que, el 10 de febrero de 2025, la Oficina de Operación de Transferencias remitió el Informe Técnico primera liquidación ciclo 2 de 2025 en el cual consta, la explicación de los siguientes procesos: 1. Proceso creación de cuentas en plataforma SIIF, 2. Proceso validación, 3. ñ 4Prosperidad Social «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» Proceso Antifraudes y 4. Proceso de liquidación, los cuales se encuentran definidos en el Manual Operativo. Que, para este segundo ciclo de la vigencia 2025 se reconocerá a las y los jóvenes beneficiarios de la ciudad de Bogotá del Programa Nacional de Jóvenes en Paz hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000,00) por cada pago y se podrán realizar hasta dos pagos al mismo participante, por lo cual se podrán entregar hasta DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000,00) a aquellos jóvenes que según la certificación expedida por la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad hayan cumplido a cabalidad las obligaciones contempladas en los componentes de educación y corresponsabilidad o trabajo comunitario. Que, de acuerdo con lo anterior, se realizarán 450 pagos correspondientes al segundo de
cabalidad las obligaciones contempladas en los componentes de educación y corresponsabilidad o trabajo comunitario. Que, de acuerdo con lo anterior, se realizarán 450 pagos correspondientes al segundo de ciclo de 2025 para jóvenes del programa Jóvenes en Paz. El número de pagos que recibirá cada beneficiario se señala a continuación: $ 24.800.000 $ 74.100.000 $ 126.200.000 $ 95.600.000 $ 9.800.000 $ 4.000.000 $ 12.900.000 $ 25.000.000 $ 63.300.000 700.000 24.800.000. 74.100.000 126.200.000 35.600.000 9.800.000 4.000.000 12.900.000 25.000.000Prosperid ad Social «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» 3 64 63.300.000 A 507 pr f Que, de acuerdo con lo anterior, se realizarán 450 pagos a 450 jóvenes de la ciudad de Bogotá en el segundo ciclo de 2025 del programa Jóvenes en Paz. Que, por lo anterior, se ordena la dispersión y pago mediante la plataforma SIIF-Nación para el ciclo 2 de 2025 por un valor de CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO
MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/C. (435.700.000, 00).
Que, en suma, la liquidación del ciclo 2 de la vigencia 2025 incluye pagos 1, 2, 3, 4, 5, 6,
MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/C. (435.700.000, 00).
Que, en suma, la liquidación del ciclo 2 de la vigencia 2025 incluye pagos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 para los jóvenes participantes de la ciudad de Bogotá certificados por el Ministerio de Igualdad y Equidad correspondientes a la vigencia 2025. Que, en cumplimiento de todo lo anterior, se hace necesario expedir el acto administrativo que soporta la liquidación y pago del ciclo 2 de la vigencia 2025 a los jóvenes beneficiarios de la ciudad de Bogotá del Programa Nacional Jóvenes en Paz. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Liquidación y pago de la transferencia Jóvenes en Paz. Aprobar la liquidación del segundo ciclo de pago de transferencias de la vigencia 2025, ordenar su dispersión y entrega por un valor total de CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/C. (435.700.000, 00) con cargo al CDP No. 2225 del 17 de enero del 2025, Artículo 2. Reconocimiento de la transferencia monetaria a las y los jóvenes beneficiarios para el segundo ciclo de pago de 2025, Reconocer como beneficiarios del ciclo 2 de la vigencia 2025 de la transferencia monetaria condicionada del Programa Nacional Jóvenes en Paz, a las y los 450 jóvenes que integran el listado de liquidación. Parágrafo. De conformidad con lo reglamentado en el literal d., del artículo 17 de la ley 1581 de 2012 y con el propósito de proteger la integridad, vida y honra, Prosperidad Social
Parágrafo. De conformidad con lo reglamentado en el literal d., del artículo 17 de la ley 1581 de 2012 y con el propósito de proteger la integridad, vida y honra, Prosperidad Social se abstendrá de publicar el listado de los jóvenes beneficiarios de que trata el presente artículo. Artículo 3. Monto de la Transferencia Monetaria del Programa Nacional Jóvenes en Paz. El monto de la transferencia monetaria condicionada del Programa Nacional Jóvenes en Paz para el ciclo 2 de la vigencia 2025 será la suma de hasta DOS MILLONES 6Prosperidad Social «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el segundo ciclo de pagos de la vigencia 2025 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» DE PESOS M/CTE ($2.000.000,00), que corresponde a un monto de hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000,00) por cada pago del ciclo 2 de la vigencia 2025. Artículo 4. Ordenación del Gasto. Ordenar el pago del valor correspondiente a la transferencia monetaria condicionada del ciclo 2 de la vigencia 2025 del Programa Nacional Jóvenes en Paz, a las y los jóvenes indicados en el artículo 2 de la presente Resolución, de acuerdo con los valores allí establecidos, los cuales ascienden a un valor total de CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/C. (435.700.000, 00). Artículo 5. Modalidad de entrega de la Transferencia para el pago del segundo ciclo de 2025 del Programa Nacional Jóvenes en Paz. La entrega de la Transferencia para este ciclo de pago se realizará a través el Sistema de Pagos de la plataforma SIIF por
Artículo 5. Modalidad de entrega de la Transferencia para el pago del segundo ciclo de 2025 del Programa Nacional Jóvenes en Paz. La entrega de la Transferencia para este ciclo de pago se realizará a través el Sistema de Pagos de la plataforma SIIF por medio del tipo de pago denominado pagos especiales. Artículo 6. Anexos. Hacen parte de la presente resolución: (I) Informe Técnico Informe Técnico primera liquidación ciclo 2 de 2025, (11) Memorandos GIT Antifraudes de radicado M-2025-4401-007062 (III) Listado de Jóvenes que integran la liquidación del ciclo 2 de 2025 del Programa Nacional Jóvenes en Paz. (IV) Acta de compromisos mesa de trabajo del 4 de febrero de 2025 Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C. 4 FEB 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PAULA ANDREA ESCOBAR S
e Directora He Transferéncias onetarias
Revisó: A, Jairo Fernando ContrerasJefe Oficina de Operación de Transferencias A, Diana Carolina Ramírez Pérez - Oficina de Operación de rensterencas JE Carlos Felipe Pérez MaciasAbogado - Oficina de Operación de Transferencias a Haensch Edward Gómez Huepa - Financiero - Oficina de Operación de Trans rencias Yaneth Romero Neissa - Financiera contratista Dirección de rrenstrencas Y Nicolás Ivan Gonzalez Guevara - Abogado Contratista Dirección de Transferencias Monetarias
Elaboró: Mónica Alexandra Pardo Morales - Oficina de Operación de Transferencias