DPS - Resolución 02471 de 2023
DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 02471 de 2023
- Autor
- DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2023
EEES COLOMBIA Ze, 7. POTENCIA DELA SS) Prosperidad Social : VIDA E) Prosp ResoLución Nd) 2 471 De 29022 «Por medio de la cual se reglamenta el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz -FIP y se modifica el artículo 14 de la Resolución No. 01853 de 2022» | LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA | PROSPERIDAD SOCIAL - PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 13 de la Ley 489 de 1998, modificado por el artículo 45 del Decreto Ley 19 de 2012 y, CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley 4 de 1992, establece que «Con base en los criterios y objetivos contenidos en el artículo 2 el Gobierno Nacional, cada año, modificará el sistema salarial correspondiente a los empleados enumerados en el artículo 1 literal a, b y d, aumentando sus remuneraciones. Igualmente, el Gobierno Nacional podrá modificar el régimen de viáticos, gastos de representación y comisiones de los mismos empleados». Que en virtud del artículo 8 del Decreto 1338 de 2015, se delegó en los ministros del despacho y en los directores de departamentos administrativos la función de autorizar a los servidores públicos para que acepten cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales y para celebrar contratos con ellos, en los términos del artículo 129. Que el Decreto 648 de 2017, por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015 —
internacionales y para celebrar contratos con ellos, en los términos del artículo 129. Que el Decreto 648 de 2017, por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015 — Reglamentario Único del Sector de la Función Pública — determinó las disposiciones reglamentarias relativas a las situaciones administrativas, entre ellas, la comisión de servicios. Que mediante la Circular Externa No. 15 del 9 de abril de 2019, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público socializó el procedimiento para la utilización de la funcionalidad de viáticos dispuesta por el Sistema Integrado de Información Financiera «SlIF» Nación. Que de conformidad con el numeral 9, artículo 1, de la Resolución 00852 del 11 de mayo de 2022, se delegó en el (la) secretario(a) general del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la facultad de «Ordenar el gasto para atender las comisiones de servicio y los gastos de desplazamiento de funcionarios y contratistas del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz - FIP y del esquema de seguridad del (la) director(a) general, salvo las comisiones que por disposición legal deban ser autorizadas por el (la) director(a) general de Prosperidad Social y que requieran de su autorización expresa». Página 1 de 4a COLOMBIA POTENCIA DE LA z VIDA Es ' Prosperidad Social RESOLUCIÓN nó) 247108 12. 9 NOV 202 Continuación de la resolución. «Por medio de la cual se reglamenta el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la ProsperidadContinuación de la resolución. «Por medio de la cual se reglamenta el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la ProsperidadSocial — Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz -FIP y se modifica el artículo 14 de la Resolución No. 01853 de 2022» Que mediante la Resolución 01853 del 04 de agosto de 2022, se reglamentó el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz — FIP. Que en el Decreto 444 de 2023, se estableció el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, y en los artículos 7 y 8 se definen los lineamientos para el suministro de tiquetes y el reconocimiento de viáticos, entre otros. Que mediante el Decreto 908 de 2023, se fijó la escala de viáticos para los empleados públicos correspondiente a la vigencia 2023 y se dictaron otras disposiciones relacionadas con la comisión de servicios. Que de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto 444 de 2023 y el Decreto 908 de 2023, se hace necesario modificar la Resolución 01853 del 04 de agosto de 2022, por la cual se reglamentó el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz-FIP En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Capítulo | Disposiciones Generales
viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz-FIP En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Capítulo | Disposiciones Generales Artículo 1. Modificar. El artículo 14 de la Resolución 01853 del 04 de agosto de 2022 «Escala de viáticos y gastos de desplazamiento» el cual quedará así: Artículo 14. Escala de viáticos y gastos de desplazamiento. La escala por concepto de viáticos y gastos de desplazamiento del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de conformidad con los rangos establecidos por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 908 de 2023, es la siguiente:
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Ny ¡| RESOLUCIÓN No. 4 “+ / | Continuación de la resolución. «Por medio de la cual se reglamenta el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social — Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz -FIP y se modifica el artículo 14 de la Resolución No. 01853 de 2022»
COMISIONES DE SERVICIO EN EL INTERIOR DEL PAÍS
VIÁTICOS DIARIOS EN PESOS
BASE DE LIQUIDACIÓN DESPLAZAMIENTO [DESPLAZAMIENTO MAYOR A 60 KM | MENOR A 60 KM De S S a $ 1.510.229 Hasta S 136.975 | $ 27.395
De $ 1.510.230 a S 2.373.180 Hasta 5 187.201 | $ 37.440
MAYOR A 60 KM | MENOR A 60 KM De S S a $ 1.510.229 Hasta S 136.975 | $ 27.395
De $ 1.510.230 a S 2.373.180 Hasta 5 187.201 | $ 37.440 De S 2.373.181 a S 3.169.036 Hasta S 227.140 | $ 45.428 De S 3.169.037 a S 4.019.494 Hasta S 264.300 | $ 52.860 De S 4,019,495 a S 4.854.371 Hasta $ 303.499 | $ 60.700 De S 4.854.372 a S 7.321.125 Hasta Ss 342.557 | $ 68.511 De $ 7.321.126 a $ 10.232.411 Hasta $ 416.087 | $ 83.217 De $ 10.232.412 a $ 12.149.567 Hasta $ 561.304 | $ 112.261 De $ 12.149.568 a $ 14.956.568 Hasta $ 729.685 | $ 145.937 De S 14.956.569 a $ 18.085.358 Hasta $ 882.626 | $ 176.525 De S 18.085.359 En adelante Hasta S 1.039,425 | $ 207.885
COMISIONES DE SERVICIO EN EL EXTERIOR
VIÁTICOS DIARIOS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
¡ CENTRO AMERICA, . ESTADOS
EL CARIBEY UNIDOS, ri BASE DE LIQUIDACIÓN SURAMÉRICA CANADÁ, OCEANÍA
EXCEPTO BRASIL, | CHILE, BRASIL, MÉXICO Y
CHILE, ARGENTINA ÁFRICA Y ARGENTINA
Y PUERTO RICO PUERTO RICO
EXCEPTO BRASIL, | CHILE, BRASIL, MÉXICO Y
CHILE, ARGENTINA ÁFRICA Y ARGENTINA Y PUERTO RICO PUERTO RICO De 0 la 1.510.229 Hasta 80 Hasta 100 Hasta 140 ¿De 1.510.230 Ja 2.373.180 Hasta 110 Hasta 150 Hasta 220 ¡De 2.373.181 ja 3.169.036 Hasta 140 Hasta 200 Hasta 300 | De 3.169.037 la 4.019.494 Hasta 150 Hasta 210 Hasta 320 De 4.019.495 la 4.854.371 Hasta 160 Hasta 240 Hasta 350 ¡ De 4.854.372 |a 7.321.125 Hasta 170 Hasta 250 Hasta 360 | De 7.321.126 la 10.232.411 Hasta 180 Hasta 260 Hasta 370 -De 10.232.412 la 12.149.567 | Hasta 200 Hasta 265 Hasta 380 De 12.149.568 |a 14.956.568 Hasta 270 Hasta 315 Hasta 445 De 14.956.569 ¡a 18.085.358 Hasta 350 Hasta 390 Hasta 510 De 18.085.359 En adelante Hasta 440 Hasta 500 Hasta 640 E srl ips Página 3 de 4+ COLOMBIA POTENCIA DE LA 4 VIDA E) Prosperidad Social RESOLUCIÓN NO 2471 DE 28 NOV 2023, Continuación de la resolución. «Por medio de la cual se reglamenta el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad
Continuación de la resolución. «Por medio de la cual se reglamenta el trámite de comisiones de servicios, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social y el Fondo de Inversión para la Paz -FIP y se modifica el artículo 14 de la Resolución No. 01853 de 2022» Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 14 de la Resolución No. 01853 de 2022.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., alos 2 9 NOV 2023 lau ala LAURA C AM SARABIA TORRES
DIRECTORA GENERAL
Xx:
Revisó: Secretaría General — María Carolina Ramirez García
Revisó: Profesional especializado — Mariela Esther Cadena Diaz“ /
Revisó: Oficina Asesora Jurídica — Lucy Edrey Acevedo Meneses ] Revisó: Oficina Asesora Jurídica — John Fredy Rodriguez Barrer: Elaboró: GIT comisiones y desplazamientos — Sandra Janneth Gómez Guzmán .
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