DPS - Resolución 02621 de 2024
DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 02621 de 2024
- Autor
- DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2024
Prosperidad Social RESOLUCIÓN aún) Z 6 2 l DE 3 0 0CT 2024 «Por medio de la cual se amplía el periodo de pago de los ciclos 2 y 3 de la vigencia 2024 en el Municipio de Santa Rosa - Cauca del programa Esquema de Compensación del Impuesto sobre las ventas - IVA» LA DIRECTORA DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIALPROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 3 Decreto 1663 de 2021, el artículo 5 del Decreto legislativo 812 de 2020, el artículo 6 de la Resolución 01909 de 2024, el artículo 16 de la Resolución 1827 de 2023 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 21 de la Ley 2010 de 2019 «Por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones». establece una compensación a favor de la población más vulnerable para generar mayor equidad en el sistema del impuesto sobre las ventas (IVA), correspondiente a una suma fija en pesos, la cual se transferirá bimestralmente por el Gobierno nacional teniendo en cuenta el IVA que en promedio pagan los hogares de menores ingresos; la compensación se implementará gradualmente en los términos que defina el Gobierno Nacional, a ese se le ha denominado como la Transferencia Monetaria No Condicionada del Programa Esquema Compensación
menores ingresos; la compensación se implementará gradualmente en los términos que defina el Gobierno Nacional, a ese se le ha denominado como la Transferencia Monetaria No Condicionada del Programa Esquema Compensación del Impuesto sobre las Ventas - IVA. Que el artículo 1.3.1.19.3 del Decreto 1625 de 2016 «Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria» establece que: "El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social adoptará la metodología de focalización para la compensación del impuesto sobre las ventas - IVA, atendiendo las directrices aprobadas por la Mesa de Equidad". Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social expidió la Resolución No. 01827 del 24 de agosto de 2023 «por medio de la cual se establecen los criterios de identificación, selección, no elegibilidad y retiro de los hogares potenciales beneficiarios, se hacen unas delegaciones, asignación de funciones y se dictan otras disposiciones para la operatividad del programa Esquema Compensación del Impuesto sobre las Ventas — IVA». Que en el artículo 8 de la mencionada resolución, modificado por el artículo 3 de la Resolución No. 00552 del 05 de abril de 2024 «Por medio la cual se modifica parcialmente la Resolución 1827 de 2023, se establecen los criterios de identificación y selección de los hogares potenciales beneficiarios, se determinan los criterios para la ordenación y priorización del listado de hogares del programa Compensación del Impuesto sobre las Ventas — IVA», se determinan los criterios para la identificación y selección de potenciales beneficiarios del programa los Página 1 de 3Prosperid: d Social cuales son: a) Hogares en pobreza extrema de acuerdo con su clasificación en
para la identificación y selección de potenciales beneficiarios del programa los Página 1 de 3Prosperid: d Social cuales son: a) Hogares en pobreza extrema de acuerdo con su clasificación en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: AO01, AO2, AO3, A04, AO5 y los hogares indígenas y b) Hogares en pobreza moderada de acuerdo con su clasificación en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: BO01, B02, B03, BO04, Que en virtud del artículo 14 de la Resolución No. 1827 del 24 de agosto de 2023, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en cada ciclo operativo, expedirá un acto administrativo en el cual se determinará el listado de beneficiarios seleccionados, se aprobará la liquidación de recursos a dispersar, el monto del subsidio asignado, la modalidad de entrega, las fechas de pago, la vigencia del derecho otorgado. Que de conformidad con el artículo 16 de la Resolución No. 1827 del 24 de agosto de 2023, se delega en la Directora de Transferencias Monetarias de la Subdirección General de Programas y Proyectos del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social la expedición del acto administrativo. Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social expidió la Resolución No. 02302 del 16 de septiembre de 2024 «Por medio de la cual se reconoce el listado de beneficiarios, se aprueba la liquidación de recursos a dispersar, el monto del subsidio asignado, la modalidad de entrega, las fechas de pago, la vigencia del derecho otorgado y la autorización de pago correspondiente a los ciclos 2 y 3 de la vigencia 2024 a través de operador
dispersar, el monto del subsidio asignado, la modalidad de entrega, las fechas de pago, la vigencia del derecho otorgado y la autorización de pago correspondiente a los ciclos 2 y 3 de la vigencia 2024 a través de operador bancario para el programa Esquema Compensación del Impuesto sobre las Ventas - IVA». Que el artículo 6 de la precitada Resolución determinó que el periodo de pago de los ciclos 2 y 3 de la vigencia 2024 del Programa Esquema Compensación del Impuesto sobre las ventas - IVA será entre el 30 de septiembre y el 29 de octubre de 2024. Que mediante oficio No. 975 enviado por el Procurador 22 Judicial 11 de Familia y Mujer de Popayán, se solicitó a Prosperidad Social con carácter urgente la realización de una mesa técnica para revisión de los pagos de los programas de Renta Ciudadana y Compensación de IVA a la población de Santa Rosa Cauca. Que en consecuencia el día 28 de octubre de 2024 se realizó la mesa técnica liderada por el doctor Hernán Astaiza Lasso, procurador 22 judicial 11 de Familia y Mujer de Popayán , entre la Procuraduría General de la Nación, Banco Agrario de Colombia, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Alcaldía Municipal, Personería Municipal, Ejercito Nacional y Policía Nacional, en aras de revisar la situación en el Municipio de Santa Rosa del Departamento del Cauca, frente a la cual se acordó la ampliación del periodo de pago para los programas Renta Ciudadana y Compensación del IVA. Que, como resultado, se celebró Comité operativo entre Banco Agrario de Colombia y Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en el cual
frente a la cual se acordó la ampliación del periodo de pago para los programas Renta Ciudadana y Compensación del IVA. Que, como resultado, se celebró Comité operativo entre Banco Agrario de Colombia y Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en el cual se acordó extender el pago de los programas Renta Ciudadana y Compensación de IVA por dos (2) días calendario con el fin que los beneficiarios con giros pendientes de cobro puedan acceder al recurso programado. Que por lo expuesto y a fin de reducir la afectación económica de los hogares beneficiarios de los del programa Esquema Compensación del Impuesto sobre Página 2 de 3Prosperidad Social las ventas - IVA en el Municipio de Santa Rosa del departamento del Cauca beneficiarios, se estima viable ampliar el periodo de pago de los ciclos 2 y 3 ordenado mediante Resolución No. 02302 del 16 de septiembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Ampliación periodo de pago. El periodo de pago de los ciclos 2 y 3 de la vigencia 2024 del programa Esquema Compensación del Impuesto sobre las Ventas - IVA en el municipio de Santa Rosa, Cauca se extenderá por un término de dos (2) días calendario, correspondientes al 30 y 31 de octubre de 2024. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición, y estará vigente hasta el 31 de octubre de 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PAULA ANDREA ESCOBAR SERNA
Directora Transferencias Monetarias Oriana Salazar Beltrán - ais Suarez Moreno Subdirectora de Transferencias Contratista
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
PAULA ANDREA ESCOBAR SERNA
Directora Transferencias Monetarias Oriana Salazar Beltrán - ais Suarez Moreno Subdirectora de Transferencias Contratista Monetarias No Condicionadas Dirección de Transferencias Monetarias Dirección de Transferencias Monetarias Catalina Sotelo Gaviria Ana Cecilia Carrión Santos Ey Contratista Contratista / Dirección de Transferencias Subdirección de Transferencias Monetarias Monetarias No Condicionadas Raizza Yelena May Rojas Monica Alejandra Enriquez Medina))A),. Contratista yy HC. Contratista Subdirección de Transferencias Subdirección de Transferencias Monetarias No Condicionadas Monetarias No Condicionadas Página 3 de 3