DPS - Resolución 03070 de 2024
DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 03070 de 2024
- Autor
- DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2024
NE) 4 O Prosperidad Social RESOLUCIÓN NÚMERO) 3 0) 0 2024 16 DIC 202 «Por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para el octavo ciclo de pagos de la vigencia 2024 de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz» LA DIRECTORA DE TRANSFERENCIAS MONETARIAS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIALPROSPERIDAD SOCIAL En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 21 numeral 3 del Decreto 2094 de 2016, el artículo 40 Decreto 1649 de 2023, el artículo 6 de la Resolución 01909 del 1 de agosto de 2024, y, CONSIDERANDO Que, el artículo 348 de la ley 2294 de 2023, crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz el cual tiene como objeto la implementación de una ruta de atención integral a la juventud entre los 14 y 28 años "de edad que se encuentra en situación de extrema pobreza, jóvenes rurales, explotación sexual, vinculados a dinámicas de criminalidad y en condiciones de vulnerabilidad en territorios afectados por la violencia y el conflicto armado que han sido históricamente marginados y excluidos, que será implementado en todo el territorio nacional, mediante acciones en los ámbitos de la salud emocional, mental y física, educación, familiar, comunitario, deporte, empleo, emprendimiento, arte, cultura y formación de la ciudadanía Que, el inciso 3% del precitado artículo establece que el componente de transferencias monetarias estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en coordinación y articulación con el Departamento Nacional de Planeación, quien, a su vez,
Que, el inciso 3% del precitado artículo establece que el componente de transferencias monetarias estará a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en coordinación y articulación con el Departamento Nacional de Planeación, quien, a su vez, estará a cargo de la metodología de focalización territorial e individual de los potenciales beneficiarios del programa. Que, el artículo 8 del Decreto 1649 de 2023 «Por el cual se reglamenta el artículo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz» establece que es competencia del Departamento Nacional de Planeación la metodología de focalización territorial e individual de los potenciales beneficiarios del Programa, cuyos criterios y atributos técnicos darán cuenta de las condiciones de pobreza, vulnerabilidad y desigualdad económica y social que vienen afectado su bienestar y calidad de vida ubicados en los territorios afectados por la violencia y el conflicto armado que han sido históricamente marginados y excluidos.Prosperidad Social Que, el artículo 10 del precitado Decreto señala que la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad certificará la vinculación y cumplimiento de los componentes de trabajo comunitario o corresponsabilidad y componente educativo por parte de los beneficiarios del Programa Nacional Jóvenes en Paz con el fin de efectuar la transferencia monetaria. Que, el artículo 38 del Decreto 1649 de 2023 define que el componente de la transferencia monetaria condicionada consiste en la entrega de una transferencia monetaria a los y las jóvenes que cumplan con las condiciones de corresponsabilidad en sus territorios y la certificación de vinculación a la oferta formativa y educativa del programa. El mencionado componente está a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,
jóvenes que cumplan con las condiciones de corresponsabilidad en sus territorios y la certificación de vinculación a la oferta formativa y educativa del programa. El mencionado componente está a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, según lo señala el artículo 40 del Decreto mencionado. Que, en el artículo 43 del Decreto 1649 del 2023 se determina que la liquidación y entrega de la transferencia monetaria se realizará una vez se remitan por parte de la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad al Departamento Administrativo de la Prosperidad Social el certificado del cumplimiento de las condicionalidades en educación y corresponsabilidad o trabajo comunitario, el estado de los registros de los y las jóvenes beneficiarios en el Programa y el valor y porcentaje de pago de acuerdo con el cumplimento de las obligaciones contempladas para estos componentes. Posterior a ello, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social procederá entonces a la validación, liquidación y orden de entrega de la transferencia, que se dispondrá mediante acto administrativo debidamente motivado. Que, el artículo 44 del Decreto 1649 de 2023 dispone que el valor de las transferencias monetarias condicionadas del Programa Nacional Jóvenes en Paz se liquidará mensualmente y su monto será de hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1,000,000) de acuerdo con el cumplimiento y asistencia que certifique la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, con un máximo de doce (12) transferencias por beneficiario. Que, mediante la Resolución 02776 de 2023 el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social adopta el Manual Operativo del Programa Nacional Jóvenes en Paz, estableciendo en, en el Capítulo 4 “(...) los lineamientos generales y las actividades
Que, mediante la Resolución 02776 de 2023 el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social adopta el Manual Operativo del Programa Nacional Jóvenes en Paz, estableciendo en, en el Capítulo 4 “(...) los lineamientos generales y las actividades requeridas para la entrega de las transferencias monetarias condicionadas a las y los jóvenes que se encuentren vinculados al Programa Nacional Jóvenes en Paz que cumplen con los criterios requeridos para recibirla”, Que, en cumplimiento de lo reglamentado, la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, envió al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la información para la creación de cuentas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, donde se relacionan los datos personales de los beneficiarios del Programa Nacional Jóvenes en Paz y certificaciones bancarias. Que, en cada ciclo operativo, el Grupo Interno de Trabajo Antifraudes realiza los respectivos controles de calidad de la información registrada en el sistema de información por parte de 2» Prosperidad Social Ministerio de Igualdad y Equidad; términos de depuración y actualización de la información, con el fin de propender por la mayor confiabilidad de los registros, los cuales se constituyen en la base para los procesos de liquidación y dispersión de las transferencias. Que, mediante el memorando M-2024-4401-068636 del 16 de diciembre de 2024, la coordinación del GIT Antifraudes presentó el resultado del proceso realizado en relación con los beneficiarios del octavo ciclo de pago del programa Jóvenes en Paz. Que, el GIT Antifraudes identificó mediante cruce de información RUAF, PISIS, RNEC, lo siguiente: | RESULTADO ANTIFRAUDES CICLO 8 | Total Cancelada por muerte 3
Que, el GIT Antifraudes identificó mediante cruce de información RUAF, PISIS, RNEC, lo siguiente: | RESULTADO ANTIFRAUDES CICLO 8 | Total Cancelada por muerte 3 Cancelada por falsa identidad o Suplantación No 4 expedida Documento NO Vigente (NO es Cédula de , 70 ciudadanía) Documento NO Vigente (No es tarjeta de identidad) 3 ACTIVOS NO Documento NO Vigente (Este Tipo de Documento 163 PPT, NO se valida con entidades) Documento NO Vigente (Este Tipo de Documento 5 Cédula de Extranjería, NO se valida con entidades) Documento NO Vigente (Este Tipo de Documento > OTRO, NO se valida con entidades) Inconsistencias en la InformaciónTotal 247 Documento no vigente-“Baja por perdida de 14 derechos políticos”-(Cédula de Ciudadanía) Ha SI (Conido CUMPLE LA EDAD (Cédula de Ciudadanía) 23 NO CUMPLE LA EDAD (Tarjeta de Identidad) 15 Total 52 CONCURRENCIA_RC (Cédula de Ciudadanía) 1.484 a SI (CON CONCURRENCIA RC (Tarjeta de Identidad) 1.078 Total 2.562 CONCURRENCIA_RJ (Cédula de Ciudadanía) 101 ACTIVOS SI (Con CONCURRENCIA RJ (Tarjeta de Identidad) 15 Alerta) Total 116 Cédulas de Ciudadanía 3.317 ACTIVOS SI Tarjetas de Identidad 1.470 [Total 4.787 [Total Potenciales JEP Ciclo 8 | 7.764]Prosperidad Social Que, en consecuencia, luego de la validación respectiva se encuentra que hay 7.764
ACTIVOS SI Tarjetas de Identidad 1.470 [Total 4.787 [Total Potenciales JEP Ciclo 8 | 7.764]Prosperidad Social Que, en consecuencia, luego de la validación respectiva se encuentra que hay 7.764 potenciales para acceder a la transferencia monetaria del Programa Nacional Jóvenes en Paz en este Ciclo 8 de la vigencia 2024. Que, el 12 de diciembre de 2024, el Ministerio de Igualdad y Equidad, remitió al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social los certificados de cumplimiento en dos archivos. Que, el primer archivo remitido por el Ministerio de Igualdad y Equidad denominado Cumplimiento/Ciclo8/OficioCumplimiento_15112024165208 incluyó la certificación de vinculación y cumplimiento para 3.259 beneficiarios correspondiente a pagos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 una vez realizada la validación, se identificó que 2.964 beneficiarios tenían cuenta creada en la plataforma SIIF y 295 no tenían cuenta creada en la plataforma SIIF, al corte del 05 de diciembre del 2024, A su vez, 348 jóvenes no cumplieron criterios para la liquidación del ciclo de pago, como se muestra a continuación: Número Baja por Pérdida o Suspensión de los Derechos Políticos 4 Concurrencia TM RJ 30 Cancelado por muerte 2 Cuenta Inválida SIIF 24 Cuenta SIIF no vigente 6 No cumple la edad 23 No es cédula de ciudadanía 17 No es tarjeta de identidad Ll Consecutivo de pago inconsistente con fecha de inscripción 1 Pago anterior 500.000 23 Pago por reprogramación 15 Pendiente validación supervivencia 1
No es cédula de ciudadanía 17 No es tarjeta de identidad Ll Consecutivo de pago inconsistente con fecha de inscripción 1 Pago anterior 500.000 23 Pago por reprogramación 15 Pendiente validación supervivencia 1 Pendiente vigencia documento á Sin cuenta SIIF a la fecha de corte 191
TOTAL 348
Que, de acuerdo con lo anterior del primer archivo a 2.616 beneficiarios se les programará pago y a 348 no se les programará liquidación para el octavo ciclo de pago del programa Jóvenes en Paz. Que, el segundo archivo remitido por el Ministerio de Igualdad y Equidad denominado Cumplimiento/Ciclo8/OficioCumplimiento_15112024171630 incluyó la certificación de 4Prosperidad Social vinculación y cumplimiento para 523 beneficiarios correspondiente a pagos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 una vez realizada la validación, se identificó que 420 beneficiarios tenían cuenta creada en la plataforma SIIF y 103 no tenían cuenta creada en la plataforma SIIF, al corte del 6 de diciembre 2024. A su vez, jóvenes no cumplieron criterios para la liquidación del ciclo de pago, como se muestra a continuación: Archivo 2: Cumplimiento/Ciclo8/OficioCumplimiento_15112024171630 CAUSAL Número
BAJA POR PERDIDA O SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS 3
CONCURRENCIA TM RENTA JOVEN 29
CONSECUTIVO DE PAGO INCONSISTENTE CON FECHA DE INSCRIPCION 2
CUENTA SIIF INVALIDA 10
CUENTA SIIF NO VIGENTE 6
NO CUMPLE CON LA EDAD 20
NO ES CEDULA DE CIUDADANIA 13
NO ES TARJETA DE IDENTIDAD 1
CUENTA SIIF INVALIDA 10
CUENTA SIIF NO VIGENTE 6
NO CUMPLE CON LA EDAD 20
NO ES CEDULA DE CIUDADANIA 13
NO ES TARJETA DE IDENTIDAD 1
PAGO 500.000 CUMPLIMIENTO 1 14
PAGO POR REPROGRAMACION 8
PENDIENTE VIGENCIA DEL DOCUMENTO 1
PERIODO DE PAGO NO CERTIFICADO 6
SIN CUENTA SIIF ALA FECHA DE CORTE 14
TOTAL 127|' Que, de acuerdo con lo anterior, del segundo archivo de certificados de cumplimiento, a 293 beneficiarios se les programará pago y a 127 no se les programará liquidación para el octavo ciclo de pago del programa Jóvenes en Paz. Que,-una vez aplicada la novedad de actualización de la cuenta o producto financiero se debe realizar en este ciclo la reprogramación del valor de la TMC a (16) dieciséis beneficiarios. N NOMBRE Y £ > APELLIDO PAGOS REPROGRAMADOS ¡[VALOR REPROGRAMACIÓN 1 K. A.A.M! 1 $1.000.000 2 C.A.S.S 3 $900.000 3 Y.M.P.C 3 $800.000 4 C.R.Z 4 $1.000.000 5 A.B.G. 1y2 $1.800.000 6 D.M.M.C 2y3 $2.000.000 7 3,5,C.H 1y2 $2.000.000 1 El beneficiario no se encuentra en las certificaciones de cumplimiento remitidos por el Ministerio de Igualdad y Equidad para el octavo ciclo de pago, no obstante, por concepto de reprogramación y cumpliendo todos los criterios de validación se programa para liquidación. e)Prosperidad Social 8 F.A.L 3 y 4 $1.400.000 9 S.C.Q 1y2 $1.300.000
obstante, por concepto de reprogramación y cumpliendo todos los criterios de validación se programa para liquidación. e)Prosperidad Social 8 F.A.L 3 y 4 $1.400.000 9 S.C.Q 1y2 $1.300.000 10 E.G.M 3y4 $1.800.000 11 L.F.Z.E 1 $900.000 12 C.E.M.M 1 $1.000.000 13 J.D.R.R 2 $1.000.000 14 E. V. M.D 3 y 4 $1.800.000 15 J.R.T 1y2 $2.000.000 16 D.N.R.V. 1y2 $2.000.000
VALOR TOTAL $22.900.000
Que, luego de los ejercicios técnicos de validación, antifraudes para el ciclo octavo de la vigencia 2024 se pagará la transferencia monetaria del Programa Nacional Jóvenes en Paz a un total de 2.632 jóvenes. Que, a través de memorando M-2024-4420-068746 de 16 de diciembre de 2024, la Subdirección de Transferencias Monetarias no Condicionadas remitió el Informe Técnico en el cual consta, la explicación de los siguientes procesos: 1, Proceso creación de cuentas en plataforma SIIF, 2. Proceso validación, 3. Proceso Antifraudes y 4. Proceso de liquidación, los cuales se encuentran definidos en el Manual Operativo. Que, para este ciclo de la vigencia 2024 se reconocerá a las y los jóvenes beneficiarios del Programa Nacional de Jóvenes en Paz hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000,00) por cada pago y se podrán realizar hasta dos pagos al mismo participante, por lo cual se
Programa Nacional de Jóvenes en Paz hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000,00) por cada pago y se podrán realizar hasta dos pagos al mismo participante, por lo cual se podrán entregar hasta DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000,00) a aquellos jóvenes que según la certificación expedida por la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad hayan cumplido a cabalidad las obligaciones contempladas en. los componentes de educación y corresponsabilidad o trabajo comunitario. o Que, dentro del referido ciclo, resulta necesario reprogramar los pagos ordenados en ciclos anteriores y sobre los cuales se presentó causal de rechazo en la Plataforma SIIF. Que, de acuerdo con lo anterior, se realizarán 2.934 pagos correspondientes al octavo ciclo del programa Jóvenes en Paz. El número de pagos que recibirá cada beneficiario se señala a continuación: Distribución | yo. de Pagos L 1.473.300.000 1,2 351.700.000 2 123.200.000 2,3 24.400.000 3 120.700.000Prosperidad Social 3,4 30| 57.400.000 4 79| 60.300.000 4,5 14| 24.600.000 5 70| 51.700.000 5,6 37| 67.200.000 6 140| 103.900.000 6,7 17| 28.700.000 7 173| 118.900.000 5 9.200.000 15| 12.500.000 2.632 |2.627.700.000 Número de beneficiarios por pago: | Cantidad 2 o o -. O Valor total 1 1542| 1.473,300.000
5 9.200.000 15| 12.500.000 2.632 |2.627.700.000 Número de beneficiarios por pago: | Cantidad 2 o o -. O Valor total 1 1542| 1.473,300.000 1,2 372 351.700.000 2 164 123.200.000 2.3 26 24.400.000 3 147 120.700.000 3,4 60 57.400.000 4 79 60,300,000 4,5 28 24.600.000 5 70 51.700.000 5,6 74 67,200,000 6 140 103.900.000 6,7 34 28.700.000 7 173 118.900.000 7,8 10 9,200.000 8 15 12.500.000 Total general| 2.934|2.627.700.000 Que, de acuerdo con lo anterior, se realizarán 2.934 pagos a 2.632 beneficiarios en el octavo ciclo del programa Jóvenes en Paz, incluyendo a los beneficiarios con reprogramación.Prosperidad Social Que, por lo anterior, se ordena la dispersión y pago mediante la plataforma SIIF-Nación para el ciclo 8, por un valor de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES
SETECIENTOS MIL PESOS M/C. (2.627.700.000).
Que, en suma, la liquidación del ciclo 8 de la vigencia 2024 incluye pagos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 para los participantes certificados por el Ministerio de Igualdad y Equidad correspondientes a la vigencia 2024, Que, en cumplimiento de todo lo anterior, se hace necesario expedir el acto administrativo
7 y 8 para los participantes certificados por el Ministerio de Igualdad y Equidad correspondientes a la vigencia 2024, Que, en cumplimiento de todo lo anterior, se hace necesario expedir el acto administrativo que soporta la liquidación y pago del ciclo 8 de la vigencia 2024 del Programa Nacional Jóvenes en Paz. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Liquidación y pago de la transferencia Jóvenes en Paz. Aprobar la liquidación del octavo ciclo de pago de transferencias de la vigencia 2024, y ordenar su dispersión y entrega por un valor total de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/C. ($2.627.700.000) con cago al CDP No. 5224 del 20 de febrero del 2024. Artículo 2. Reconocimiento de la transferencia monetaria a las y los jóvenes beneficiarios para el octavo ciclo de pago. Reconocer como beneficiarios del ciclo 8 de la vigencia 2024 de la transferencia monetaria condicionada del Programa Nacional Jóvenes en Paz, a las y los 2.632 jóvenes beneficiarios que integran el listado de liquidación. Parágrafo. De conformidad con lo reglamentado en el literal d., del artículo 17 de la ley 1581 de 2012 y con el propósito de proteger la integridad, vida y honra, Prosperidad Social se abstendrá de publicar el listado de los jóvenes beneficiarios de que trata el presente artículo. Artículo 3. Monto de la Transferencia Monetaria del Programa Nacional Jóvenes en Paz. El monto de la transferencia monetaria condicionada del Programa Nacional Jóvenes en Paz para el ciclo 8 de la vigencia 2024 será la suma de hasta DOS MILLONES DE PESOS M/CTE
monto de la transferencia monetaria condicionada del Programa Nacional Jóvenes en Paz para el ciclo 8 de la vigencia 2024 será la suma de hasta DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000,00), que corresponde a un monto de hasta UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000,00) por cada pago del ciclo 8 de la vigencia 2024. Artículo 4. Reprogramación. Reprogramar para el ciclo octavo el pago de la transferencia monetaria condicionada a dieciséis (16) beneficiarios por un monto total de veintidós millones novecientos mil pesos M/C ($22.900.000).Prosperidad Social Artículo 5. Ordenación del Gasto. Ordenar el pago del valor correspondiente a la transferencia monetaria condicionada del ciclo 8 de la vigencia 2024 del Programa Nacional Jóvenes en Paz, a los jóvenes indicados en el artículo 2 de la presente Resolución, de acuerdo con los valores allí establecidos, los cuales ascienden a un valor total de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/C. ($2.627.700.000) Artículo 6. Modalidad de entrega de la Transferencia para el pago del octavo ciclo del Programa Nacional Jóvenes en Paz. La entrega de la Transferencia para este ciclo de pago se hace a través el Sistema de Pagos de la plataforma SIIF por medio del tipo de pago denominado pagos especiales. Artículo 7. Anexos. Hacen parte de la presente resolución: (1) Informe Técnico octavo ciclo de pago con radicado M-2024-4420-068746, (II) Memorandos GIT Antifraudes de radicado M-2024-4401-068636 (III) Listado de Jóvenes que integran la liquidación del ciclo 8 del
de pago con radicado M-2024-4420-068746, (II) Memorandos GIT Antifraudes de radicado M-2024-4401-068636 (III) Listado de Jóvenes que integran la liquidación del ciclo 8 del Programa Nacional Jóvenes en Paz. Artículo 8. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de 2024, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Directora de Transferencias onetarias Revisó: Oriana Nathaly Salazar Subdirectora de Transferencias Monetarias No Condicionadas Ly Diana Carolina Ramírez PérezGIT Proyectos Especiales (| Carlos Felipe Pérez MaciasAbogado Subdirección de Transferencias Monetarias No CondicionadasC-S£ Ana Cecilia Carrión - Financiera contratista Subdirección de Transferencias Monetarias No condicionadas N 77 «Catalina Sotelo - Financiera contratista Dirección de Transferencias Monetarias U: Y Andrei Alexander Suarez Moreno - Abogado Contratista Dirección de Transferencias Monetarias Elaboró: Laura Daniela García Cano - Contratista Subdirección de Transferencias Monetarias No Condicionadas 447