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DPS - Resolución 03908 del 29 de diciembre de 2017

Departamento para la Prosperidad Social

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Detalles

Título
DPS - Resolución 03908 del 29 de diciembre de 2017
Autor
Departamento para la Prosperidad Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Diversidad
Año
2017

PROSPERIDAD SOCIAL ® GOBIERNO DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NO.0 3 908 DE 29 DIC. 2017 "Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 02717 de 2016" EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 1785 de 2016, el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007 y el Decreto 2094 de 2016 y, CONSIDERANDO Que teniendo en cuenta de manera íntegra los considerandos de la Resolución No. 02717 de octubre 4 de 2016 y respecto de la focalización de beneficiarios, el artículo 50 de la Ley 1785 de 2016 señala los hogares y comunidades que hacen parte de la Red Unidos y que serán beneficiarios del acompañamiento familiar y comunitario; disponiendo que: "Estos criterios de focalización de beneficiarios estarán sujetos a revisión y ajuste bianual por parte del Departamento para la Prosperidad Social con el fin de actualizarlos según las necesidades del país'. Que mediante la Resolución No. 02717 de octubre 4 de 2016, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, estableció los criterios de identificación, selección vinculación, permanencia y egreso de hogares en condición de pobreza extrema a la Estrategia para la Superación de la Pobreza Extrema - Red Unidos, de acuerdo con lo consagrado por la Ley 1785 de 2016. Que el artículo 9 de la Resolución No. 02717 de 2016, dispuso lo siguiente: "Artículo 9. Hogares vinculados a la Estrategia Red Unidos. La vinculación a la Estrategia Red Unidos

de 2016. Que el artículo 9 de la Resolución No. 02717 de 2016, dispuso lo siguiente: "Artículo 9. Hogares vinculados a la Estrategia Red Unidos. La vinculación a la Estrategia Red Unidos implica el acompañamiento familiar o comunitario y la permanencia en los listados para la gestión de oferta. Entiéndase por hogares vinculados a la Estrategia Red Unidos los siguientes: a. Hogares Acompañados por el Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social. b. Hogares que fueron vinculados a la Estrategia Red Unidos con anterioridad al 31 de diciembre de 2015 y que por los nuevos criterios de priorización de beneficiarios no tendrán acompañamiento. Estos hogares estarán vinculados hasta el 31 de diciembre de 2017. c. Hogares que fueron vinculados a la Estrategia Red Unidos con anterioridad al 31 de diciembre de 2015 y que se encuentren en proceso de Ubicación y Caracterización. Estos hogares estarán vinculados hasta el 31 de diciembre de 2017." (Subrayado y negrilla fuera de texto). Que el artículo 18 de la misma Resolución, señaló: "Artículo 18. Listas de espera de cupos disponibles. Los hogares acompañados con anterioridad al 31 de diciembre de 2015 y que no son focalizados para el acompañamiento quedarán a la espera de cupos disponibles, de acuerdo con el orden del listado de hogares potenciales y tendrán prelación en su atención respecto a un hogar que no está vinculado en la estrategia de la Red Unidos. Esta prioridad se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2017." (Subrayado y negrilla fuera de texto). Que se requiere modificar el artículo 9 de la Resolución No 02717 de 2016, en lo referente a la

prioridad se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2017." (Subrayado y negrilla fuera de texto). Que se requiere modificar el artículo 9 de la Resolución No 02717 de 2016, en lo referente a la fecha de vigencia de los listados de la Fuente UNIDOS 2015, en razón a que la operación vigente dio inicio en octubre del presente año y está proyectada hasta el 15 de septiembre de 2018. En este sentido, el no inicio de la operación en los tiempos previstos retrasó el proceso de localización y caracterización de los hogares de los listados en mención. Que se tiene prevista atender progresivamente durante la operación de los primeros 9 meses del 2018 los hogares de los listados entregados por Focalización, conforme a los criterios establecidos en la Resolución No. 02717 de 2016 y que se encuentran vigentes.

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RESOLUCIÓN No. () 3 g o 8 DE 29 OIL 20 17 "Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 02717 de 2016" Que por lo anterior se requiere prorrogar la fecha establecida en el artículo 9, así como la señalada en el artículo 18 "Listas de espera de cupos disponibles", fijando como fecha máxima para mantener la prioridad de los hogares acompañados con anterioridad al 31 de diciembre de 2015, hasta el 30 de septiembre de 2018. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 9 de la Resolución 02717 de 2016, el cual quedará así: "Artículo 9. Hogares vinculados a la Estrategia Red Unidos. La vinculación a la Estrategia

RESUELVE ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 9 de la Resolución 02717 de 2016, el cual quedará así: "Artículo 9. Hogares vinculados a la Estrategia Red Unidos. La vinculación a la Estrategia Red Unidos implica el acompañamiento familiar o comunitario y la permanencia en los listados para la gestión de oferta. Entiéndase por hogares vinculados a la Estrategia Red

Unidos los siguientes: a. Hogares Acompañados por el Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social.

b. Hogares que fueron vinculados a la Estrategia Red Unidos con anterioridad al 31 de diciembre de 2015 y que por los nuevos criterios de priorización de beneficiarios no tendrán acompañamiento. Estos hogares estarán vinculados hasta el 30 de septiembre de 2018. c. Hogares que fueron vinculados a la Estrategia Red Unidos con anterioridad al 31 de diciembre de 2015 y que se encuentren en proceso de Ubicación y Caracterización. Estos hogares estarán vinculados hasta el 30 de septiembre de 2018." ARTÍCULO 2. Modificar el artículo 18 de la Resolución 02717 de 2016, el cual quedará así: "Artículo 18. Listas de espera de cupos disponibles. Los hogares acompañados con anterioridad al 31 de diciembre de 2015 y que no son focalizados para el acompañamiento quedarán a la espera de cupos disponibles, de acuerdo con el orden del listado de hogares potenciales y tendrán prelación en su atención respecto a un hogar que no está vinculado en la estrategia de la Red Unidos. Esta prioridad se mantendrá hasta el 30 de septiembre de 2018." ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente

en la estrategia de la Red Unidos. Esta prioridad se mantendrá hasta el 30 de septiembre de 2018." ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución No. 02717 de 2016.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los

29 DIC. 2017

EMESIO FM' RO GA r ZÓN

Proyectó: Omar B.

Revisó: María E. Pintol Aprobó: Lucy Edrey Acevedo Meneses. Jefe Oficina Asesora Jurídica / Secretaria General 4k. Página 2 de 2

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