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DPS - Resolución 183 de 2021

DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social

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Detalles

Título
DPS - Resolución 183 de 2021
Autor
DPS - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Diversidad
Año
2021

RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

“Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA

PROSPERIDAD SOCIAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren la Ley 489 de 1998, la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.14.1.1 del Decreto 1083 de 2015, el numeral 17 del artículo 10 del Decreto 2094 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Resolución No. 00053 del 14 de enero de 2020, se fijó el procedimiento de elección de los representantes de los empleados ante las comis iones de personal regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

Que mediante la Resolución No. 00561 del 18 de marzo de 2020, modificada por la Resolución No. 00671 del 02 de abril de 2020, se conformaron entre otras, la Comisión de Personal de la Direcci ón Regional Meta del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social , la cual quedó conformada por dos (2) representantes de los empleados, sin suplentes y dos (2) representantes de la Entidad.

Que al servidor público Ananías Rodriguez Estrada , representante de los em pleados principal ante de la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta elegido por los servidores públicos, presentó renuncia al cargo que desempeña en la Entidad, la cual le fue aceptada a partir del 18 de enero de 2021.

principal ante de la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta elegido por los servidores públicos, presentó renuncia al cargo que desempeña en la Entidad, la cual le fue aceptada a partir del 18 de enero de 2021.

Que la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta período 2020 – 2022, no cuenta con representantes de los empleados suplente(s), con quienes se puede suplir la vacancia absoluta que se generará ante la renuncia del presidente de la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta.

Que se ha ce necesario convocar nuevamente a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1. Comisiones de Personal de la Dirección Regional Meta. Convocar a elecciones de dos representantes de los empleados principal y suplente, ante la comisión de personal de las Dirección Regional Meta del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, que se surtirá n mediante el voto directo y secreto de los servidores públicos ubicados en las Dirección Regional Meta, la cuales se llevarán a cabo el día viernes 26 de febrero de 2021.RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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Artículo 2. Funciones de las comisiones de personal regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social. De acuerdo con lo

del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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Artículo 2. Funciones de las comisiones de personal regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social. De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 6 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 6 del Decreto Ley 760 de 2005, son funciones de las comisiones de personal regionales, las siguientes:

a) Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y de evaluación del desempeño se realicen c onforme con lo estableci do en las normas y proced imientos legales y re glamentarios y con los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la comis ión de p ersonal deber á elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera. b) Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección y evaluación del desempeño y encargo les sea n atribuidas por el proc edimiento especial. c) Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con v iolación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes. […] f) Velar porque los e mpleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas l egales y porq ue las listas de elegibles sean utilizadas dentro de

Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes. […] f) Velar porque los e mpleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas l egales y porq ue las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa. g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principi os y reglas previstas en la ley. h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento. i) Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional. j) Las demás funciones que le sean atribuidas por la ley o el reglamento.

Artículo 3. Procedimiento. Para la elección de los representantes de los empleados principal y el suplente ante la comisión de personal de las Dirección Regional Meta de Prosperidad Social se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:

1. Fecha y objeto de la convocatoria. La convocatoria se efect uará el 29 enero de 202 1, con el objeto de divulgar el proceso para realizar la elección de los

servidores públicos d e carrera admin istrativa del Departa mento Administrativo para la Prosp eridad Social ante la comisión de personal de la Dirección Regional Meta.

2. Requisitos que deben acreditar los aspirantes. Los requisitos para aspirar a ser candidato son: a) No haber sido sancionado disciplinariamente durante el añoRESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta,

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura y b) Ser empleado de carrera administrativa.

3. Dependencia en la cual se inscribirán los candidatos . Los c andidatos aspirantes a ser represe ntantes de los emple ados principal y suplente ante la comisión de personal d e la Dirección Regional Meta, cuyos cargos estén prestando sus servicios en esa sede, se deben inscribir ante la Subdirección de Talento Hu mano del Departa mento Ad ministrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social , a través del formulario diligenciado, firmado y escaneado remitido mediante correo electrónico de la Subdirecció n de T alento Human o a

thumano@prosperidadsocial.gov.co, el cual debe contener la siguiente información: nombres y apellidos completos del candidato, número de documento de identidad, dependencia, ubicación geográfica, cargo, manifestación expresa que reúne los requisitos ex igidos para ser candidato y firma del candidato como garantía de seriedad de la inscripción.

4. Inscripción y plazo para hacer la inscripción. El plazo para adelantar la inscripción será desde las 8:00 a.m. del día 01 de febrero de 20 21 y hasta las 5:00 p.m. del día 05 de febrero de 2021.

I. Si dentro de dicho término no se inscriben por lo menos dos (2) candidatos o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, este

5:00 p.m. del día 05 de febrero de 2021.

I. Si dentro de dicho término no se inscriben por lo menos dos (2) candidatos o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, este término de prorrogará automáticamente por un lapso igual. Es decir, de desde las 8:00 a.m. del día 08 de febrero de 2021 y hasta las 5:00 p.m. del día 12 de febrero de 2021.

Los candidatos que no se encuentren en condiciones de seguir en el proceso, deberán manifestar por escrito hasta el día 12 de febrero de 2021, ante la Sub dirección de Talento Humano su decisión de abstenerse de participar, con el fin de anular su candidatura.

II. En el e vento que en la Dirección Regional Meta no existan

servidores públicos de carrera o el número de éstos no sea posible cumplir con el mínimo de inscritos que reúnan los requisitos establecidos en la Ley 909 de 2004, para la conformación de la comisión de personal regional, podrán participar como electores y aspirantes, aquellos que se encuentren vinculados en calidad de provisi onales, en vi rtud de lo establecido en el artículo 2.2.14.2.16 del Decreto 1083 de 2015.

III. Si en las Dirección Regional Meta a pesar d e existir servidores de

carrera que cumplan con los requisitos, pero no se inscribe el número mínimo de c andidatos en representación de los empleados para la conformación de la comisión de personal regional un (1) principal y un (1) suplente para la Dirección Regional Meta, ni en la etapa inicial de inscripciones, ni en la prórroga, impidie ndo que la en tidad ad elante el

conformación de la comisión de personal regional un (1) principal y un (1) suplente para la Dirección Regional Meta, ni en la etapa inicial de inscripciones, ni en la prórroga, impidie ndo que la en tidad ad elante el proceso electoral; implica que esta situación se enmarca en laRESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

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imposibilidad para la entidad de conformar la comisión de personal Dirección Regional Meta, siendo procedente, en consecuencia, aplicar la excepción conte nida en dicha norm a en lo que respecta a la participación como aspirantes a los servidores vinculados a la entidad mediante de nombramiento provisional.

En este evento, correspo nderá a la entidad convocar nuevamente a elecciones, dejando constancia en el acto de convocatoria que, agotado el procedimiento para adelantar el proceso de elección de los representantes de los empleados ante la comisión de personal, no fue posible su conformación por circunstancias ajenas a la administració n e imputables a la falta de candidatos para conformar el número mínimo de servidores de carrera que permitan llevar a cabo el proceso electoral y , de contera, la conformación de la comisión de personal regional. En esta elección podrán participar como ele ctores todos los servidores públicos de la dirección regional.

IV. Procedimiento a seguir en el evento de presentarse alguna de las

siguientes situaciones:

a. Que en la prórroga resulte inscrito un candid ato. En este evento y

de la dirección regional.

IV. Procedimiento a seguir en el evento de presentarse alguna de las

siguientes situaciones:

a. Que en la prórroga resulte inscrito un candid ato. En este evento y con el fin de garantizar la con tinuidad de l a conformaci ón d e la comisión de personal de la Dirección Regional Meta, la cual en todo caso y conforme la Ley 909 de 2004, debe estar conformada por dos (2) representantes de los empleados , para cada regional, se adelantará el proce so de elección, teniendo e n cuent a que no se contará con el número requerido para suplir vacancias temporales o definitivas de los representantes principales.

b. Imposibilidad de garantizar la continuidad de la co nformación de la comisión de per sonal de la Dirección Regional Meta, por falta de servidores interesados en postularse como representantes ante la comisión de personal de la s Dirección Regional Meta. Cuando aun convocando a los servido res provision ales, no se presente n candidatos, e xiste u na imposibilidad de continuar con la conformación de la comisión de personal de la Dirección Regional Meta en los términos del Decreto 1083 de 2015, imposibilidad acaecida por la falta de los interesados, caso en el cual, a criterio de la Comisión Nacional del Servicio Civil, la administración se verá exenta de cualquier responsabilidad, siempre que se demuestre documentalmente que la imposibilidad de conformar la comisión de personal regional obedece a circunstan cias ajenas a e lla, e imputables a la falta de participación de los servidores de la dirección regional respectiva.RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

personal regional obedece a circunstan cias ajenas a e lla, e imputables a la falta de participación de los servidores de la dirección regional respectiva.RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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5. Publicación de lista general de votantes. Dos (2) días antes a la elección el día miércoles 24 de febrero de 2021, la Sub dirección de Tal ento Humano publicará la lista de los votantes habilitados (únicamente servidores cuyos cargos estén prestando sus servicios en la sede de la Dirección Regional Meta y sean de

libre nombramiento y remoción y con derecho s de carrera adm inistrativa, incluyendo quienes se encuentran en per íodo de prueba , independientemente si encuentran en vacaciones, permisos, licencias de maternidad o enfermedad, entre otras y exceptuando a quienes estén en licencia ordinaria o suspendidos en el ejercicio de sus funciones) para participar en las elecciones d el representante de los empleados ante las comisión de personal de la Dirección Regional Meta y Tolima y su respectivo suplente.

6. Lugar, día y hora en que se abrirá y se cerrará la votac ión. Se abrirán las elecciones virtuales, el viernes 26 de febrero de 2021, a partir de las 9:00 a.m. y se cerrarán a las 4:00 p.m. del mismo día, a través del enlace web que para el efecto comunique la Subdirección de T alento Humano , al cual podrán accede r

se cerrarán a las 4:00 p.m. del mismo día, a través del enlace web que para el efecto comunique la Subdirección de T alento Humano , al cual podrán accede r cada s ervidor pú blico habilitado para vo tar a través de su correo electrónico institucional para la elección de los representantes de los empleados ante la s comisiones de personal de la Dirección Regional Meta.

7. Lugar, día y hora en que se efectuará el escrutinio general y declaración de la elección. El escrutinio se realizará por parte de la Subdirección del Talento Humano del Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad So cial, el viernes 26 de febrero de 2021, una vez culmi nada la votación. Así mismo, al finalizar el proceso de escrutinio se efectuará la declaración de la elección correspondiente.

Artículo 4. Divulgación de candidatos inscritos. La Subdirección del Talento Humano de Prosperidad Social, al día hábil siguiente al vencimiento del término previsto para la inscripción de los candidatos , es decir, el día 15 de febrero de 2021 , divulgará ampliamente la lista de candidatos inscritos que cumplan con los requisitos exigidos para las comisiones de personal de las Dirección Regional Meta, de tal manera que se garantice el derecho al voto para todos los servidores públicos habilitados para votar de Prosperidad Social que se encuentran ubicados en la Dirección Regional Meta, respectivamente.

Artículo 5. Divulgación de jurados de votación . La elección estará vigilad a por los jurados de votación que designe aleatoriamente (herramientas estadísticas de Excel) la Subdirección de Talento Humano de Prosp eridad Social, se efectuará dentro de

Artículo 5. Divulgación de jurados de votación . La elección estará vigilad a por los jurados de votación que designe aleatoriamente (herramientas estadísticas de Excel) la Subdirección de Talento Humano de Prosp eridad Social, se efectuará dentro de los tres (3) días siguientes a la divulgación de los candidatos inscritos , es deci r, el día 18 de febrero de 2021.

La notificación de los jurados se efectuará mediante la publicación de la lista respectiva, el día hábil (1) siguiente al de su designación, es decir, 19 de febrero de 2021.RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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Artículo 6. Difusión de las propuestas de los c andidatos. Para la difusión de mensajes relacionados con la campaña para la elección de los candidatos a la comisión de personal de la Dirección Regional Meta, los candidatos podrán remitir vía correo electrónico a la Subdirección de Talento Humano a thumano@prosperidadsocial.gov.co máximo dos (2) publicaciones en Word o pdf ., que no superen una cuartilla de extensión (página), a compañado de u na fotografía reciente del candidato (a) y/o un video en formato horizontal de máximo 1 minuto 30 segundos de duración. El material que no cumpla con estas condiciones no será publicado. Estos correos pueden remitirse el día hábil (1) siguiente a la divul gación

reciente del candidato (a) y/o un video en formato horizontal de máximo 1 minuto 30 segundos de duración. El material que no cumpla con estas condiciones no será publicado. Estos correos pueden remitirse el día hábil (1) siguiente a la divul gación de los candidatos inscritos a pa rtir del 16 y hasta e l 25 de febrero de 2021 a las 11:00 am. Estos mensajes serán publicados en la Intranet por parte de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

Artí culo 7. Funciones de los jurados. Los jurados de votación tendrán las siguientes funciones:

a) Verificar que el enlace se encuentre en cero (0) número de votos b) Instalar la votación c) Vigilar el proceso de votación d) Verificar que los votantes efectúen una sola elección e) Verificar que los votantes coincidan con los que corresponden en la lista de sufragantes f) Realizar el es crutinio de los votos y consignar los resultados en el acta de escrutinio g) Firmar las actas

Artículo 8. Designación de testigos electorales. La Subdirección del Talento Humano solic itará a la Of icina de Gestión Regional que designe dos (2) testigos electorales en representación de todos los aspirantes inscritos como candidatos ante la comisión de personal de la Dirección Regional Meta que se conformará, para lo cual informa rán la designación de los mismos a través de correo electrónico a la Subdirección de Talento Humano dentro de los cuatro (4) días siguientes a la divulgación de los candidatos inscritos, esto es el 19 de febrero de 2021.

Artículo 9. Funciones de testigos electorales. Los testigos electorales ten drán las siguientes funciones:

divulgación de los candidatos inscritos, esto es el 19 de febrero de 2021.

Artículo 9. Funciones de testigos electorales. Los testigos electorales ten drán las siguientes funciones:

a) Verificar que el enlace se encuentre en cero (0) número de votos b) Verificar que los votantes efectúen una sola elección c) Verificar que los votantes coincidan con los que corresponden en la lista de sufragantes d) Acompañar y veri ficar el proceso de votación en las etapas de apertura, cierre y escrutinio de votación e) Firmar las actasRESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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Artículo 10. Designación de observadores. La Subd irección del Talento Humano solicitará a la Secretaría General y a la Comisión de Pers onal para que d esigne un observador para que asista al pr oceso de apertura, cierre y escrutinio el día de las elecciones, para lo cual informarán la designación de este a través de correo electrónico a la Subdirección de Talento H umano dentro de los cuatro (4) días siguientes a la divulgación de los candidatos i nscritos, esto es el 19 de febrero de 2021.

Artículo 11. Delegado de la Oficina de Control Interno . El jefe de l a Of icina de Control Interno delegará a un servidor público de esa oficina que acompañe el proceso de e lecciones de las comisiones de personal en el proceso de apertura,

Artículo 11. Delegado de la Oficina de Control Interno . El jefe de l a Of icina de Control Interno delegará a un servidor público de esa oficina que acompañe el proceso de e lecciones de las comisiones de personal en el proceso de apertura, cierre y escrutinio.

Artículo 12. Funciones de observadores. Los observadores tendrán las siguientes funciones:

a) Visualizar que el enlace se encuentre en cero (0) número de votos b) Visualizar que los votantes efectúen una sola elección c) Visualizar que los votantes coincidan con los que corresponden en la lista de sufragantes d) Acompañar el proc eso de v otación en l as etapas de apertura, cierre y escrutinio de votación e) Firmar las actas

Artículo 13. Votación. Las votaciones se efectuará n en un solo día y se abrirán y se cerrarán en las horas previstas en la convocatoria. Cerrada la votación, un mi embro del jurado al consultar los resultados de los enlaces previstos para la elección, leerá en voz alta el número total de sufragantes de la Dirección Regional Meta y se dejará constancia en el acta de escrutinio y en la lista general de sufragantes.

Artíc ulo 14. Escrutinio. En presencia de un servidor público de la Ofic ina de Control Interno del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, los jurados procederán a realizar el escrutinio y anotar en la correspondiente acta e l número de votos em itidos a favor de cada candid ato, así como el número de los votos en blanco.

De igual manera se deberán atender las siguientes directrices:

votos em itidos a favor de cada candid ato, así como el número de los votos en blanco.

De igual manera se deberán atender las siguientes directrices:

a) Los votos en los que no se identifique claramente la decisión del votante no serán válidos. b) Una vez terminado el escrutinio se leerá en voz al ta y los jura dos entregarán al Subdirector de Talento Hum ano las actas y demás documentos utilizados. De lo anterior, se dejará constancia en el acta de escrutinio que será firmada por los miembros del jurad o de votación y por el servidor público designado por la Oficina de Control Interno.RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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Parágrafo 1 . Será elegido representante de los empleados principal ante la s comisiones de personal de las Dirección Regional Meta, el candidato que obtenga la mayoría de los votos en estricto orden, respectivamente, y como suplente será elegido el candidato que tenga el segundo puesto, el cual reemplazará al principal elegido en el presente proceso de elecciones, respectivamente.

Parágrafo 2. Si el mayor número de votos fue re igual para dos (2) de los candidatos, estos serán decidido al aza r, a través del me canismo que determine el designado por la Oficina de Control Interno de Pr osperidad Social, para determinar cuál candidato queda como representante de los empleados principal y el otro quedará como representante suplente de los empleados ante la s

el designado por la Oficina de Control Interno de Pr osperidad Social, para determinar cuál candidato queda como representante de los empleados principal y el otro quedará como representante suplente de los empleados ante la s comisión de personal de la Dirección Regional Meta.

Parágrafo 3. Si el número de v otos a favor de más de dos (2) candi datos fuera igual, la elecció n se decidirá al azar, a través del mec anismo que determi ne el designado por la Oficina de Control Interno de Prosperidad Social , para determinar cuál candidato queda como representante de lo s empleados prin cipal y cual queda como representante suplente de los empleados ante las comisiones de personal de las Dirección Regional Meta de Prosperidad Social.

Parágrafo 4. Los candidatos o testigos electorales podrán en el acto m ismo del escrutinio presentar reclamaciones po r escrito, la s cuales serán resueltas p or el Subdirector (a) de Talento Humano. Resueltas las reclamaciones o solicitudes, el subdirector (a) de Talento Humano o quien haga sus veces comunicará los resultados de las votaciones.

Artículo 15. Publicación de l representan te de los empleados princi pal ante las comisiones de personal de la Dirección Regional Meta elegido y el suplente. Los resultados de las votaciones serán comunicados mediante correo electrónico a los servidores públicos ubicados en la sede de la Dirección Regional Meta por parte de la Subdirección de Talento Humano.

Artículo 16. Período. El re presentante de los empleados principal ante la s comisiones de personal d e la Dirección Regional Meta y su suplen te respectivo, serán elegidos por el período restante de la Comisión de Personal de la Dirección

Artículo 16. Período. El re presentante de los empleados principal ante la s comisiones de personal d e la Dirección Regional Meta y su suplen te respectivo, serán elegidos por el período restante de la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta conformada mediante Resolución No. 00561 del 18 de marzo de 2020, modificada por la Resolución No. 00671 del 02 de abril de 2020.

Artículo 17. Vacancias. Las faltas te mporales de los representantes de los miembros principales de los empleados ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta serán provistas por el suplente en caso d e que sea ele gido en el presente proceso de elecciones.

Parágrafo. Ante la falta absoluta de un representante principal de los empleados, el suplente asumirá tal calidad hasta el final del período.RESOLUCIÓN No. 00183 DEL 29 DE ENERO DE 2021 .

Continuación de la resolución. “Por medio de la cual se convoca a elecciones de dos representantes de los empleados, principal y suplente ante la Comisión de Personal de la Dirección Regional Meta, del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”

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Artículo 18. Vigencia. La pres ente resolución rige a par tir de la fec ha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQU ESE Y CÚMPLAS E

Dada en Bogotá D. C., a los veintinueve (29) días del mes de enero de 2021

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

SUSANA CORREA BORRERO

Revisó: Edward Fuentes

Revisó: Jorge Duarte

Proyectó: Erika González

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