DPS - Resolución 26881 de 2026
Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
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Detalles
- Título
- DPS - Resolución 26881 de 2026
- Autor
- Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad_Género_e_Inclusión
- Año
- 2026
==, Prosperidad Social RESOLUCIÓN find 6 8 8 1 De 04 MAY 202 «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones»'modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026» ( EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el numeral 10 del artículo 8 del Decreto No. 0017 del 14 de enero de 2025, el artículo 5 dei Decreto No. 0018 del 14 de enero de 2025, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 0017 del 14 de enero de 2025 se modificó la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, fortaleciendo las funciones de sus dependencias bajo criterios de especialidad y conexidad, liderando la articulación con las entidades del Estado para el seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. Que mediante Decreto No. 0018 del 14 de enero de 2025 se modificó la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, suprimiéndose y creándose unos empleos y en su artículo 3 se estableció la totalidad de la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, derogándose de
Administrativo para la Prosperidad Social, suprimiéndose y creándose unos empleos y en su artículo 3 se estableció la totalidad de la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, derogándose de manera expresa las disposiciones de los Decretos No. 4966 de 2011, modificado por los Decretos No. 2582 de 2012, 2562 de 2015, 2095 de 2016 y 1664 de 2021. Que mediante Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada por las Resoluciones No. 00535 de 21 de marzo de 2025, No. 01123 de 26 mayo de 2025, No. 01472 de 04 de julio de 2025, No. 02079 del 05 de septiembre de 2025, No. 03088 del 05 de diciembre de 2025 y No. 00755 15 abril de 2026, se establecieron los grupos internos de trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los objetivos, programas y proyectos institucionales y fortalecer la coordinación y eficiencia de la estructura administrativa de la entidad. Que con el propósito de fortalecer la gestión institucional del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Dirección de Infraestructura y Hábitat, mediante memorando No. M-2026-40200-017842 de fecha 17 de abril de 2026, identificó la necesidad de redistribuir algunos empleos de la planta global de personal de la Entidad, así como de suprimir y crear Grupos Internos de Trabajo al interior de dicha Dirección. Que este ajuste organizacional permitirá optimizar el direccionamiento estratégico para el cumplimiento de los objetivos misionales, en coherencia con los propósitos específicos de las distintas dependencias, contribuyendo a
Que este ajuste organizacional permitirá optimizar el direccionamiento estratégico para el cumplimiento de los objetivos misionales, en coherencia con los propósitos específicos de las distintas dependencias, contribuyendo a consolidar una estrategia institucional que atienda de manera efectiva las necesidades del servicio, en articulación con los procesos y programas estratégicos, misionales, transversales y de apoyo. Que lo anterior se orienta a mejorar la oportunidad, eficiencia y eficacia en el desarrollo de las funciones y responsabilidades propias de la Dirección de Infraestructura y Hábitat. Que adicionalmente, con el fin de fortalecer la gestión institucional del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, mediante correo electrónico de fecha 20 de abril de 2026, se solicitó la necesidad de modificar la distribución del Grupo Interno de Trabajo Desarrollo Metodológico y Formación de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario’ a la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz, junto con los empleos y servidores públicos que lo integran. Que dicha reubicación permitirá mejorar el direccionamiento estratégico de los objetivos misionales asociados al grupo, así como fortalecer la articulación con los procesos y programas estratégicos, misionales, transversales y de apoyo, contribuyendo a mejorar la oportunidad, eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus responsabilidades. Que en consecuencia, resulta procedente modificar la Resolución No. 00156 del 07 de febrero de 2025 «Por la cual se establecen los empleos que integran los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social», modificada mediante las Resoluciones 00535 dé 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo
cual se establecen los empleos que integran los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social», modificada mediante las Resoluciones 00535 dé 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026. ° Que en mérito de lo expuesto, Página 1 de 122.2
RESOLUCIÓN No. 76 8" 61 De 0 4 MAY 2026
Continuación de la Resolución: «Por medio de la ».20 se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026 » RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo 1° de la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025 modificada mediante las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026,
el cual quedará así:
de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026, el cual quedará así: «ARTÍCULO 1. Establecer los siguientes Grupos Internos de Trabajo en el Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialProsperidad Social. Oficina de Tecnologías de Información Estrategia y Proyectos de Tecnología de Información Arquitectura Tecnológica Gobierno de Tecnologías de Información Infraestructura y Servicios de Tecnología de Información Desarrollo de Sistemas de Información Oficina Jurídica Acciones Constituciones Defensa Judicial Producción Normativa y Conceptos Oficina Asesora de Planeación Formulación, seguimiento y Monitoreo Desarrollo y Fortalecimiento Institucional Enfoque Diferencial Prospectiva y Evaluación Oficina Asesora de Comunicaciones Prensa y Relacionamiento Externo Comunicación y Cultura Organizacional Producción y Gestión Digital Producción y Gestión de Imagen Oficina de Análisis de Datos y Focalización Gestión Análisis de Datos Regulación y Validación de Procedimientos Procesos a Beneficiarios Focalización Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz Coordinación Interinstitucional y Oferta Social Gestión de Articulación y Seguimiento Víctimas y Construcción de Paz Desarrollo Metodológico y Formación Dirección de Economía Popular Generación de Ingresos Empleabilidad Inclusión e Innovación Financiera Conexión a Mercados Dirección para la Soberanía Alimentaria / Atención Integral con Enfoque Diferencial Intervenciones Rurales Integrales Soberanía Alimentaria
Empleabilidad Inclusión e Innovación Financiera Conexión a Mercados Dirección para la Soberanía Alimentaria / Atención Integral con Enfoque Diferencial Intervenciones Rurales Integrales Soberanía Alimentaria | Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario Z| Pagina 2 de 12E P idad-Secial lke 26 88 1 ve 04MAY 2026
Continuación de la Resolución: «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026 » Acompañamiento para el Fortalecimiento de Capacidades Familiares y
| Comunitarias Acompañamiento Social Gestión Integral para el Acompañamiento Innovación para el Acompañamiento Subdirección General de Programas y Proyectos para el, Desarrollo Social Innovación Social Dirección de Transferencias Monetarias Sistema de Transferencias Gestión estratégica y seguimiento Rutas Diferenciales Gestión Jurídica de Transferencias Oficina de Operación de Transferencias Transferencias para Hogares Transferencias para Jóvenes Transferencias para la Vejez Transferencias Especiales Dirección de Infraestructura y Hábitat Seguimiento y cierre de proyectos Gestión financiera y jurídica
Transferencias para Hogares Transferencias para Jóvenes Transferencias para la Vejez Transferencias Especiales Dirección de Infraestructura y Hábitat Seguimiento y cierre de proyectos Gestión financiera y jurídica Planeación y prospectiva social Gestión de la información y soporte administrativo Secretaría General Comisiones y Desplazamientos Planeación y Seguimiento de Servicios de Apoyo Oficina de Contratación Investigación de Mercado Gestión Pre Contractual Gestión Contractual Gestión Post Contractual Oficina de Servicios Administrativos Administración de Bienes Prestación de Servicios Gestión Documental Servicios de Logística, Transporte y Sostenibilidad Ambiental Oficina Financiera Presupuesto Contabilidad Cuentas por Pagar Tesorería Gestión Tributaria y Fiscal Oficina de Talento Humano Provisión de Empleo Público y Carrera Administrativa Administración de Empleo Público y Nómina Bienestar Laboral Seguridad y Salud en el Trabajo Desarrollo de Talento Humano Página 3 de 12Prosperidad Social , — RESOLUCION No. 76 881 ve 04 MAY 2026
Continuación de la Resolución: «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de
Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026 » Oficina de Control Interno Evaluación y Seguimiento a Procesos Misionales, Estratégicos y de Apoyo Atención a Requerimientos Internos, Externos y enfoque hacia la prevención | Oficina de Relacionamiento con el Ciudadano Atención y Servicio al Ciudadano Participación Ciudadana ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo 8. de la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada mediante las Resoluciones 01472 de 04 de julio de 2025 y 03088 del 05 de diciembre de 2025, el cual quedará así: «Artículo 8. Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz. Harán parte de la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz los siguientes Grupos Internos de Trabajo, desarrollando las actividades que a continuación se le asignan: Grupo Interno de Trabajo - Coordinación Interinstitucional y Oferta Social. Grupo Interno de Trabajo - Gestión de Articulación y Seguimiento. Grupo Interno de Trabajo ~ Víctimas y Construcción de Paz. Grupo Interno de Trabajo - Desarrollo Metodológico y Formación aoco a. El Grupo Interno de Trabajo - Coordinación Interinstitucional y Oferta Social tendrá las siguientes funciones:
1. Diseñar e implementar procedimientos que permitan identificar la demanda de bienes en especie,
aoco a. El Grupo Interno de Trabajo - Coordinación Interinstitucional y Oferta Social tendrá las siguientes funciones:
1. Diseñar e implementar procedimientos que permitan identificar la demanda de bienes en especie, para complementar las acciones realizadas por el Departamento Administrativo para la
Prosperidad Social.
2. Garantizar que los bienes en especie recibidos en calidad de donación, de origen nacional o internacional, sean dirigidos a la población sujeto del Sector.
3. Gestionar, ante las instancias competentes, las actividades relacionadas con el recibo de bienes en especie en calidad de donación.
4. Articular con las Gerencias Regionales la programación, el desarrollo y la supervisión de las intervenciones en materia de donaciones.
5. Elaborar los informes requeridos por el Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz.
6. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
7. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.
b. El Grupo Interno de Trabajo - Gestión de Articulación y Seguimiento, tendrá las siguientes funciones:
1. Consolidar el plan general de Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz y sus direcciones técnicas, de acuerdo con su plan estratégico de la Entidad y con la normatividad vigente.
2. Coordinar la elaboración y realizar seguimiento al Plan de Acción de la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz y la articulación de estos con las direcciones técnicas mediante las metodologías establecidas institucionalmente en materia de gestión de procesos y procedimientos y conforme con los procesos misionales, de acuerdo con el sistema de Gestión Integral y la normatividad vigente.
las metodologías establecidas institucionalmente en materia de gestión de procesos y procedimientos y conforme con los procesos misionales, de acuerdo con el sistema de Gestión Integral y la normatividad vigente.
3. Apoyar técnicamente y brindar soporte a los directores técnicos que hacen parte de la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz, en la formulación y articulación de las políticas, planes, programas, estrategias y proyectos, necesarios para llevar a cabo iniciativas productivas de la población sujeto del Departamento Administrativos, conforme con los lineamientos del subdirector General.
4. Diseñar y ajustar los instrumentos necesarios para el seguimiento sobre los programas y proyectos de la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz que sirvan de retroalimentación para la mejora continua.
5. Revisar y hacer seguimiento a los procesos precontractuales, contractuales y su ejecución de las diferentes direcciones técnicas de la Subdirección General de Inclusión Productiva para la
Paz. Página 4 de 12po dd 881
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Continuación de la Resolución: «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de
septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026 »
6. Realizar el seguimiento a la prestación de los servicios brindados por cada una de las Direcciones Técnicas de la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz, acordados con los clientes interno y/o entidades adscritas a la Entidad, según los niveles y las especificaciones de calidad, tiempo y entrega de éstos.
7. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en sus actividades.
8. Elaborar los informes requeridos por el Subdirector General de Inclusión Productiva para la Paz.
c. El Grupo Interno de Trabajo - Víctimas y Construcción de paz, tendrá las siguientes funciones:
1. Formular lineamientos técnicos y operativos de la política pública de asistencia, atención y reparación integral de las víctimas del conflicto armado, de acuerdo con las directrices del Subdirector General de Inclusión Productiva para la paz y en articulación con las dependencias de Prosperidad Social y entidades del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.
2. Apoyar la construcción de lineamientos técnicos y operativos de las políticas de construcción de paz en articulación con las entidades competentes.
3. Participar el diseño e implementación de las estrategias de articulación interinstitucional, coordinación de ofertas, y demás proyectos dirigidos a la población víctima, en articulación con las entidades del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y demás entidades competentes.
4. Realizar los aportes técnicos para incluir los componentes de construcción de paz y atención de la población víctima que reside en el territorio nacional, en el exterior o retornada en los planes,
competentes.
4. Realizar los aportes técnicos para incluir los componentes de construcción de paz y atención de la población víctima que reside en el territorio nacional, en el exterior o retornada en los planes, programas, proyectos o estrategias ejecutadas por Prosperidad Social.
5. Coordinar la implementación de acciones y medidas toncretas en Prosperidad Social, necesarias para dar respuesta a los lineamientos derivados de las políticas públicas de atención y reparación de las víctimas, y construcción de paz, promoviendo la articulación operativa con las dependencias y entidades competentes.
6. Coordinar, participar y brindar apoyo en las instancias a las que se convoque o que sean lideradas por la entidad en el marco de la política pública de atención y reparación de las víctimas, y en los escenarios de justicia transicional, de conformidad con las directrices del Subdirector General de Inclusión Productiva para la paz.
7. Realizar acciones de seguimiento y monitoreo a la ejecución de las políticas públicas de atención y reparación de las víctimas y construcción de paz en articulación con la Oficina Asesora de
Planeación.
8. Elaborar los informes y reportes que requiera el Subdirector General de Inclusión Productiva para la Paz, acorde con la naturaleza del grupo
9. Las demás que le asigne el Subdirector General de Inclusión Productiva para la Paz, acorde con la naturaleza del grupo.
d. El Grupo Interno de Trabajo - Desarrollo Metodológico y Formación, tendrá las siguientes funciones:
1. Diseñar de manera colaborativa con los diferentes GIT de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario DAFC, las metodologías, lineamientos, guías y contenidos pedagógicos del acompañamiento, teniendo en cuenta su pertinencia técnica y adecuación territorial.
1. Diseñar de manera colaborativa con los diferentes GIT de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario DAFC, las metodologías, lineamientos, guías y contenidos pedagógicos del acompañamiento, teniendo en cuenta su pertinencia técnica y adecuación territorial.
2. Desarrollar colaborativamente con la Oficina Asesora de Planeación los procedimientos y Manuales de la Estrategia de Acompañamiento institucional.
3. Realizar los ajustes metodológicos y de contenido del acompañamiento, en atención a los lineamientos emitidos por la Dirección y la experiencia recogida desde el territorio.
4. Diseñar proceso de formación y capacitación dirigidos a los actores responsables de la implementación del acompañamiento.
5. Socializar con los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección los contenidos metodológicos y de capacitación definidos para la operación del acompañamiento, promoviendo su apropiación y aplicación.
6. Promover la difusión de la oferta institucional y territorial mediante el desarrollo de contenidos y procesos de formación orientados a los equipos en territorio.
7. Apoyar, mediante el desarrollo de metodologías y contenidos específicos, la implementación del acompañamiento en situaciones de emergencia, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección.
8. Promover y desarrollar de manera continua la implementación, mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en el marco de sus funciones.
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Continuación de la Resolución: «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la
Continuación de la Resolución: «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026 »
9. Elaborar los informes requeridos por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario, que sirvan como insumo técnico para la toma de decisiones y el fortalecimiento metodológico.
10. Evaluar los procesos de transferencia metodológica e identificar oportunidades de mejora para la actualización del modelo de acompañamiento.
11. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario, en coherencia con las prioridades institucionales y el marco normativo vigente.» ARTÍCULO TERCERO. Modificar el artículo 11° de la Resolución No. 00156 de 07 de febrero de 2025, modificada mediante la Resolución 01472 de 04 de julio de 2025, el cual quedará así: «Artículo 11. Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario. Harán parte de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario los siguientes Grupos Internos de Trabajo, desarrollando las
actividades que a continuación se le asignan: a. Grupo Interno de Trabajo - Acompañamiento para el Fortalecimiento de Capacidades Familiares y Comunitarias. 4
de Acompañamiento Familiar y Comunitario los siguientes Grupos Internos de Trabajo, desarrollando las actividades que a continuación se le asignan: a. Grupo Interno de Trabajo - Acompañamiento para el Fortalecimiento de Capacidades Familiares y Comunitarias. 4 b. Grupo Interno de Trabajo - Acompañamiento Social. c. Grupo Interno de Trabajo - Gestión Integral para el Acompañamiento. d. Grupo Interno de Trabajo - Innovación para el Acompañamiento. a. El Grupo Interno de Trabajo - Acompañamiento para el Fortalecimiento de Capacidades Familiares y Comunitarias, tendrá las siguientes funciones:
1. Desarrollar colaborativamente estrategias orientadas al fortalecimiento de capacidades individuales y colectivas de los beneficiarios de los programas de Prosperidad Social, en concordancia con los objetivos misionales del acompañamiento.
2. Desarrollar estrategias para el fortalecimiento del tejido social y la promoción del liderazgo, en alineación con los objetivos estratégicos de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario y con la aplicación de enfoques diferenciales.
3. Apoyar el diseño de las metodologías, lineamientos, guías y contenidos pedagógicos del acompañamiento familiar y comunitario, considerando su pertinencia temática y adecuación territorial.
4. Elaborar los planes operativos del acompañamiento familiar y comunitario, asegurando su coherencia con la planeación estratégica institucional.
5. Implementar mecanismos de seguimiento y evaluación del acompañamiento familiar y comunitario, permitiendo ajustes metodológicos y operativos fundamentados en la evidencia territorial.
6. Desarrollar las acciones de acompañamiento en los territorios, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario.
comunitario, permitiendo ajustes metodológicos y operativos fundamentados en la evidencia territorial.
6. Desarrollar las acciones de acompañamiento en los territorios, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario.
7. Articular la oferta institucional y social del Estado con el proceso de acompañamiento en territorio, orientando las acciones hacia el acceso efectivo de los beneficiarios a oportunidades sociales y productivas.
8. Implementar el acompañamiento en situaciones de emergencia, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Dirección.
9. Promover la mejora continua en la implementación del acompañamiento, garantizando que los procesos operativos del GIT se desarrollen en coherencia con los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).
10. Generar los informes técnicos sobre la implementación del acompañamiento, con el fin de aportar insumos para la toma de decisiones de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario y contribuir a la mejora continua del modelo.
11. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario, en coherencia con las prioridades institucionales y el marco normativo vigente.
b. El grupo Interno de Trabajo - Acompañamiento Social, tendrá las siguientes funciones: Página 6 de 12P idad Social. iS 881 ve 0 4 MAY 20% RESOLUCION No.
Continuación de la Resolución: «Por medio de la cual se modifica la Resolución 00156 de 07 de febrero de 2025, «Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones
«Por medio de la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones» modificada por las Resoluciones 00535 de 21 de marzo de 2025, 01123 de 26 mayo de 2025, 01472 de 04 de julio de 2025, 02079 del 05 de septiembre de 2025, 03088 del 05 de diciembre de 2025 y 00755 15 abril de 2026 »
1. Identificar y fortalecer, iniciativas locales de participación ciudadana y control social en el marco de los planes, programas y proyectos de Prosperidad Social desarrollados en los territorios.
2. Desarrollar colaborativamente lineamientos y estrategias que fomenten la participación ciudadana y el control social, en concordancia con los objetivos de los programas y proyectos institucionales.
3. Desarrollar estrategias de acompañamiento social orientadas a promover la asociatividad productiva y el fortalecimiento de capacidades comunitarias con enfoque territorial.
4. Implementar mecanismos de seguimiento y evaluación del acompañamiento social, permitiendo ajustes metodológicos y operativos fundamentados en los resultados obtenidos.
5. Monitorear la ejecución de acciones de participación ciudadana y control social en los territorios, en el marco de los planes, programas y proyectos de Prosperidad Social.
6. Desarrollar acciones de acompañamiento social a proyectos de infraestructura y hábitat, promoviendo su sostenibilidad social en los territorios intervenidos.
7. Articular con la Subdirección General de Inclusión Productiva para la Paz (SGIPP) y otras dependencias institucionales la integración del acompañamiento social con programas misionales, garantizando la coherencia y complementariedad de las estrategias.
8. Implementar el acompañamiento en situaciones de emergencia, conforme a los lineamientos
dependencias institucionales la integración del acompañamiento social con programas misionales, garantizando la coherencia y complementariedad de las estrategias.
8. Implementar el acompañamiento en situaciones de emergencia, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario.
9. Apoyar el diseño de metodologías, lineamientos, guías y contenidos pedagógicos del acompañamiento social, asegurando su pertinencia técnica y adecuación territorial.
10. Elaborar los planes operativos del acompañamiento social, asegurando su articulación con la planeación estratégica institucional y la operación territorial.
11. Implementar, mantener y fortalecer el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en el marco de sus funciones, garantizando estándares de calidad en la gestión social.
12. Generar los informes técnicos sobre la implementación del acompañamiento social, con el fin de aportar insumos para la toma de decisiones de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario y contribuir a la mejora continua del modelo.
13. Desarrollar las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario, en coherencia con las prioridades institucionales y el marco normativo vigente.
C. Grupo Interno de Trabajo - Gestión Integral para el Acompañamiento, tendrá las
siguientes funciones:
1. Desarrollar estrategias de programación, monitoreo y control del acompañamiento, estableciendo mecanismos de seguimiento y alertas tempranas que contribuyan a garantizar su efectividad.
2. Consolidar los planes operativos del acompañamiento, asegurando su coherencia con la planeación estratégica institucional y su alineación con las metas definidas.
3. Implementar mecanismos de seguimiento y evaluación del acompañamiento, generando
su efectividad.