DT-DGT-UCT-3-2023
SUPERINTENDENCIA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
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Detalles
- Título
- DT-DGT-UCT-3-2023
- Autor
- SUPERINTENDENCIA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2023
Fsar SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Directriz Técnica
DT-DGT-UCT-003-2023
Noviembre de 2023 Análisis de clasificación arancelaria de la mercancía “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas”! en el proceso de Verificación Inmediata regulado en el Artículo 336 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), o posterior regulado en el Artículo 86 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) Departamento de Gestión Técnica de las Mercancías Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancías Marco legal . Acuerdo Ministerial No. 0469-2008, Resolución No. 223-2008 (COMIECO-XLIX) Código Aduanero Uniforme Centroamericano —CAUCA-. Acuerdo Ministerial No. 0471-2008, Resolución No. 224-2008 (COMIECO-XLIX) Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano —-RECAUCA-. Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. Arancel Centroamericano de Importación, vigente Decreto Número 14-2013 Ley Nacional de Aduanas Decreto Numero 1-98 Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria Procedimiento Para la Verificación Inmediata de las Mercancías PR-IAD/DNOADU-GDE-03 Versión II.
Objetivo: El presente documento con carácter orientativo tiene por objeto fortalecer las capacidades técnicas del personal del Servicio Aduanero que realizan verificación inmediata o posterior, para el cumplimiento de los elementos determinantes de la
Objetivo: El presente documento con carácter orientativo tiene por objeto fortalecer las capacidades técnicas del personal del Servicio Aduanero que realizan verificación inmediata o posterior, para el cumplimiento de los elementos determinantes de la obligación tributaria aduanera, tales como la clasificación arancelaria. 1 A los vehículos automotores de tres ruedas se les conoce con nombres tales como: Autorickshaw, Trimotos, Tricimotos, Tuc-Tuc, Tuk-Tuk, Motocarro, Mototaxi Toritos, entre otros, según su ubicación geográfica. Página 1 de 14 Directriz Técnica DT-DGT-UCT-003-2023 Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancías MINC/efyvemarSUPERINTENDENCIA OE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Alcance: El presente documento podrá ser aplicado por el personal del Servicio Aduanero de
la Superintendencia de Administración Tributaria.
Antecedentes: Derivado de las solicitudes de verificación posterior y la información recabada, se pudo establecer como oportunidad de mejora en cuanto al proceso de despacho y la verificación a posterior de las mercancías que inicia el Servicio Aduanero. Es necesario fortalecer la capacidad de análisis y correcta aplicación de las Reglas Generales de Interpretación del Sistema Armonizado -SAaplicables, por lo cual se emite la presente Directriz Técnica.
COMO DETERMINAR LA CORRECTA CLASIFICACION ARANCELARIA DE LA MERCANCÍA “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas” “Si como resultado de la verificación inmediata el verificador tiene duda respecto a
COMO DETERMINAR LA CORRECTA CLASIFICACION ARANCELARIA DE LA MERCANCÍA “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas” “Si como resultado de la verificación inmediata el verificador tiene duda respecto a la clasificación arancelaria de la mercancía declarada, previo a su análisis debe establecer la siguiente información en relación a la mercancía:
1. Establecimiento de la información de la mercancía. a. ¿Qué es?
Como parte fundamental para la correcta clasificación arancelaria se debe responder al siguiente cuestionamiento ¿qué es la mercancía objeto de análisis?, en el ejemplo ilustrativo de esta directriz técnica se denomina: “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas”. Para la correcta interpretación de la mercancía en mención se debe conocer las siguientes definiciones: e Motocarro: “1. m. Vehículo de tres ruedas, con motor, para transportar cargas ligeras.” 2 Procedimiento Para la Verificación Inmediata de las Mercancías PR-IAD/DNO-ADU-GDE-03 Versión II 3 https://dle.rae.es/motocarro?m=form Página 2 de 14 Directriz Técnica
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancías Departamento de Gestión Técnica de las Mercancías MI oa SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA e Motocicleta: “1. f. Vehículo automóvil de dos ruedas, con uno o dos sillines y, a veces, con sidecar.” e Trimoto: “La trimoto es un vehículo de tres ruedas, que se encuentra ubicada
e Motocicleta: “1. f. Vehículo automóvil de dos ruedas, con uno o dos sillines y, a veces, con sidecar.” e Trimoto: “La trimoto es un vehículo de tres ruedas, que se encuentra ubicada entre la motocicleta (dos ruedas) y la cuatrimoto (cuatro ruedas).” e Neumático: “2. m. Pieza de caucho con cámara de aire o sin ella, que se monta sobre la llanta de una rueda.” e Caucho: “1. m. Látex producido por varias moráceas y euforbiáceas intertropicales, que, después de coagulado, es una masa impermeable muy elástica y tiene muchas aplicaciones en la industria."; “4. m. Col. y Ven. Cubierta exterior del neumático.” Y “5. m. Ven. Neumático de los automóviles, bicicletas, motocicletas, etc.'”7 b. ¿Cuál es su materia constitutiva? (de qué está hecha) La materia constitutiva es determinante para la clasificación arancelaria, considerando que las mercancias para su clasificación se encuentran determinadas por esta; sucede generalmente en las mercancías comprendidas en los Capítulos 01 al 83 del SACS3, para el caso de estudio “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas”, su materia constitutiva es el “CAUCHO”. c. ¿Para qué sirve? En esta interrogante debe revisar en la información técnica de la mercancía el uso que le confirió el fabricante, a veces sucede que el importador le da un uso secundario, sin embargo, siempre prevalecerá el uso que le confirió el fabricante. En el caso de estudio, el neumático sirve para garantizar al
el uso que le confirió el fabricante, a veces sucede que el importador le da un uso secundario, sin embargo, siempre prevalecerá el uso que le confirió el fabricante. En el caso de estudio, el neumático sirve para garantizar al vehículo automotor una buena adherencia y fricción con el pavimento, además de posibilitar el arranque, absorber pequeñas irregularidades de la vía y frenado del mismo. d. ¿Cuál es la utilización de la mercancía? En cuanto a esta interrogante, dependerá si la información técnica de la mercancía lo indica, se puede responder a esta pregunta, sin embargo, con los incisos a), b) y c) ya se puede formar opinión relacionada con la https://dle.rae.es/motocicleta?m=form 5 https://es.wikipedia.org/wiki/Trimoto 5 https://dle.rae.es/neum%C3%A1tico 7 https://dle.rae.es/caucho?m=form 8 SAC: Sistema Arancelario Centroamericano Página 3 de 14 Directriz Técnica DT-DGT-UCT-003-2023 Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias “YOSUPERINTENDENCIA OE ADMINISTRACION TRIBUTARIA mercancía; en el presente caso no es necesario responder a esta interrogante, debido a que ya se conoce el uso de la mercancía. Toda vez se pueda contestar las interrogantes anteriores se identificará la mercancía apropiadamente, lo que permitirá orientar la clasificación de la misma, sin embargo, “si la correcta identificación de la mercancía requiere de mayor información, el verificador puede solicitar al importador que proporcione la
mercancía apropiadamente, lo que permitirá orientar la clasificación de la misma, sin embargo, “si la correcta identificación de la mercancía requiere de mayor información, el verificador puede solicitar al importador que proporcione la información técnica necesaria para una mayor comprensión, a través de una solicitud de información?, realizada en los sistemas informáticos de la SAT o en los formatos establecidos.”
2. Clasificación Arancelaria de las Mercancías Para determinar la clasificación arancelaria de una mercancía, se debe partir de las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Arancelario Centroamericano —SAC-, ya que de conformidad con el Convenio Arancelario Centroamericano forman parte de las bases legales para la Clasificación Arancelaria.
a. Para el análisis del presente caso, se recurre a la RGI' número 1 que indica: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” En esta Regla, se indica claramente que “(...) la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas (...)". Por lo tanto, con base a la regla mencionada se ubica el Capítulo conforme a la constitución de la mercancía, en este caso “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas” constituidos de “caucho”; considerando que el caucho según la Nota Legal 1 del Capítulo 40 comprende
la constitución de la mercancía, en este caso “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas” constituidos de “caucho”; considerando que el caucho según la Nota Legal 1 del Capítulo 40 comprende varios productos como se indica a continuación: “En la Nomenclatura, salvo disposición en contrario, la denominación caucho comprende los productos siguientes, incluso vulcanizados o endurecidos: caucho natural, balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas, caucho sintético, caucho facticio derivado de los aceites y todos estos productos regenerados”. Para el caso de análisis la mercancía se encuentra dentro del alcance del Capítulo 40 que indica: “Caucho y sus Manufacturas”. 9 Procedimiento Para la Verificación Inmediata de las Mercancías PR-IAD/DNO-ADU-GDE-03 Versión II 10 RGI: Regla General para la Interpretación del Sistema Arancelario Centroamericano Página 4 de 14 Directriz Técnica
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancías Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias "TEAT INDENCIA OE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Establecido el Capítulo se debe definir la Partida Arancelaria, de conformidad con las características de la mercancía, en este caso parte de la presentación de ésta, quiere decir, cómo se presenta al momento de la importación; el neumático puede ser radial o convencional, y con métricas de diseño previamente definidos bajo estándares internacionales; siguiendo las características de la mercancía en estudio: Para la determinación de la clasificación arancelaria de “Neumáticos con
neumático puede ser radial o convencional, y con métricas de diseño previamente definidos bajo estándares internacionales; siguiendo las características de la mercancía en estudio: Para la determinación de la clasificación arancelaria de “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas”, y lo indicado previamente respecto a los distintos nombres que pueden recibir estos vehículos; se debe considerar su característica esencial es que son vehículos automotores de tres ruedas. En esta directriz las llantas analizadas son utilizadas exclusivamente para este tipo de vehículos. Las características generales para los neumáticos son: e Índice de carga (I. C.): peso máximo que un neumático puede soportar. e Índice de velocidad: velocidad máxima permitida que el neumático puede soportar durante un periodo definido sin poner en peligro a los pasajeros. e Dimensión: expresa en números e indica el tamaño de la llanta y el año al que corresponde. Tipo de estructura: indica el tipo de construcción de la carcasa del neumático. e Capacidad máxima de carga y presión: Indica la carga y presión de inflado máximas. Es de suma importancia considerar que el |.C. es “El índice de carga de la llanta es un número asignado que corresponde al peso máximo que ésta puede soportar cuando se infla correctamente.” “Mientras más alto sea el índice de carga de la llanta, mayor será su capacidad para transportar cargas”! Generalmente este tipo de vehículos su “peso total con carga máxima”? o masa máxima (MMA) oscila 975 kg a 1026 kg. 1 https://www.goodyear.com.mx/indice-cargacargas”! Generalmente este tipo de vehículos su “peso total con carga máxima”? o masa máxima (MMA) oscila 975 kg a 1026 kg. 1 https://www.goodyear.com.mx/indice-cargallanta#:~:text=%C2%BFQu¥%C3%A9%20es%20el%20%C3%ADndice%20de,su%20capacidad%20para%20trans portar%20cargas. 12 “El peso total con carga máxima es el peso total máximo en condiciones de marcha especificado por el constructor. Este peso comprende: el peso del vehículo, el peso de la carga máxima prevista, el peso del conductor y el peso del carburante con el depósito lleno.” Notas Explicativas del Sistema Armonizado. Página 5 de 14 Directriz Técnica
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias moSUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Para los neumáticos de este tipo de vehículos el fabricante indica que el Índice de Carga (I.C.) es de 76 que equivale a 400Kg,'3 o una medida de: 4.00-8. De lo anterior, es importante recordar que el índice de carga varía para cada tipo de vehículos; el vehículo de tres ruedas su Índice de carga, es completamente distinto al de los vehículos denominados automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para el transporte de personas, incluidos los del tipo familiar ("break o "station wagon"), los de carreras, livianos, pick up, entre otros; considerando que la carga que soportan este tipo de neumáticos son menores que los vehículos
transporte de personas, incluidos los del tipo familiar ("break o "station wagon"), los de carreras, livianos, pick up, entre otros; considerando que la carga que soportan este tipo de neumáticos son menores que los vehículos de cuatro o más ruedas. Es importante para la determinación de la partida verificar en los textos legales de la sección o del capítulo, con el objeto de establecer lo preceptuado por la Regla General de Interpretación 1 en cuanto a las Notas de Sección y de Capítulo. Con las consideraciones realizadas se establece que la mercancía objeto de análisis es susceptible de clasificarse en la partida 40.11 derivado que en ésta se clasifican los “NEUMÁTICOS (LLANTAS NEUMÁTICAS) NUEVOS
DE CAUCHO”.
Asimismo las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, amplían respecto a la clasificación arancelaria propiamente de las trimotos existe una condicionante, relacionado al diseño de fabricación de las trimotos, derivado a que si la trimoto fue diseñada para el transporte de personas y cumple con lo indicado en la nota explicativa del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías para la partida 87.03 “Los que utilizan motores y ruedas de motociclos, etc., que, por su estructura mecánica, presentan las características de los automóviles propiamente dichos: presencia de una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, marcha atrás y diferencial”. Se considerará una trimoto para el transporte de personas de la partida arancelaria 87.03, en el caso que no cumpla con lo indicado anteriormente se deberá considerar como una trimoto de la partida arancelaria 87.11.
tiempo, marcha atrás y diferencial”. Se considerará una trimoto para el transporte de personas de la partida arancelaria 87.03, en el caso que no cumpla con lo indicado anteriormente se deberá considerar como una trimoto de la partida arancelaria 87.11. Por lo que finalmente con base a la RGI 1, la partida que cumple con las características de la mercancía es la 40.11. 13 https://www.virtualllantas.com/llanta-ceat-buland-4.00-8_16959#tab-medidas-tab Página 6 de 14 Directriz Técnica
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancías Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias MINC/gf vemgrA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Cabe mencionar que los “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas”, su uso puede ser indistintamente si es para el para transporte de personas o para carga. La importancia radica en su capacidad de carga. b. Para la determinación de la Subpartida para la clasificación arancelaria de la mercancía, se utiliza la RGI número 6 que indica: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” La mercancía en estudio, de acuerdo a la RGI 6 indica “La clasificación de
solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” La mercancía en estudio, de acuerdo a la RGI 6 indica “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida (...)" considerando que la mercancía está constituida de caucho. Para la partida 40.11 tiene varias disgregaciones de primer nivel atendiendo la materia constitutiva de la mercancía, para el presente caso de estudio se tiene en consideración: 40.11 NEUMÁTICOS (LLANTAS NEUMÁTICAS) NUEVOS DE CAUCHO 4011.10 | - De los tipos utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar ("break" o "station wagon") y los de carreras) 4011.20 | - De los tipos utilizados en autobuses o camiones: 4011.30 | - De los tipos utilizados en aeronaves 4011.40 | - De los tipos utilizados en motocicletas 4011.50 | - De los tipos utilizados en bicicletas 4011.70 | - De los tipos utilizados en vehículos y máquinas agrícolas o — forestales: 4011.80 | - De los tipos utilizados en vehículos y máquinas para la construcción, minería o mantenimiento industrial: 4011.90 | - Los demás: De conformidad con la RGI 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores (...)" (La negrilla no forma parte del texto original) Página 7 de 14
textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores (...)" (La negrilla no forma parte del texto original) Página 7 de 14 Directriz Técnica DT-DGT-UCT-003-2023 Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias "USSUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA La subpartida 4011.10 es limitado su alcance y aplica exclusivamente a los vehículos indicados o citados en el texto de subpartida, es decir, no incluye otros tipo de vehículos de transporte de personas como los del caso de estudio es son vehículos de tres ruedas y de cortas distancias. Asimismo las subpartidas 4011.20, 4011.30, 4011.40, 4011.50, 4011.70 y 4011.80 corresponden a vehículos con especificaciones determinadas. Que excluyen los vehículos en que se utilizan los neumáticos en estudio. Considerando el descarte de subpartidas realizadas la subpartida “4011.90Los demás:” es la que contiene la mercancía objeto de análisis de acuerdo a sus características.
La Nota General D indica: “El alcance, condiciones, limitaciones o exclusiones de una partida, deberán considerarse implícitos en las subpartidas en que dicha partida se subdivide. El mismo criterio es aplicable a los incisos en relación a la subpartida a la que pertenecen.” (El subrayado no forma parte del texto original).
La subpartida “4011.90 - Los demás:" se subdivide en dos incisos arancelarios: [4011.90.10.00 | - - Con altos relieves en forma de taco, ángulo o similares
del texto original). La subpartida “4011.90 - Los demás:" se subdivide en dos incisos arancelarios: [4011.90.10.00 | - - Con altos relieves en forma de taco, ángulo o similares 4011.90.90.00 | - - Otros Considerando que la RGI 6 y la Nota General D, indican que solo puede compararse las subpartidas o en este caso los incisos arancelarios de un mismo nivel, al realizar la comparación el inciso arancelario “4011.90.10.00 - - Con altos relieves en forma de taco, ángulo o similares”, no contiene la mercancía objeto de análisis, por las características previamente detalladas; se determina que la mercancía denominada “Neumáticos con cámaras utilizadas en vehículos de tres ruedas”, se clasifica en el inciso arancelario 4011.90.90.00 - - Otros. Página 8 de 14 Directriz Técnica
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3. Base Legal de la clasificación arancelaria determinada.
Las RGI 1 y 6, expresan: “(...) la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” esto quiere decir, la base legal de una clasificación arancelaria está basada siempre en las RGI, las Notas de Sección o de Capítulo y “mutatis mutandis” Notas de
a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” esto quiere decir, la base legal de una clasificación arancelaria está basada siempre en las RGI, las Notas de Sección o de Capítulo y “mutatis mutandis” Notas de subpartidas de Sección o de Capítulo. Derivado que al Sistema Armonizado le realizan enmiendas generalmente cada cinco (05) años, siendo el Ministerio de Economía la Autoridad Competente en materia de política arancelaria, siempre que exista una nueva enmienda las adecuaciones que se realizan al Arancel Centroamericano de Importación, son hechas oficiales por medio de Acuerdo Ministerial para el inicio de vigencia y aplicación. En la base Legal debe agregarse el número del Acuerdo Ministerial que da vida a la Enmienda utilizada. Para la mercancía en estudio la base legal se consigna de la siguiente forma: Reglas Generales de Interpretación Números 1 y 6 del Sistema Arancelario Centroamericano contenidos en el Acuerdo Ministerial 458-2021 del Ministerio de Economía. Página 9 de 14 Directriz Técnica DT-DGT-UCT-003-2023 Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancías mi e Sla. JA SUPERINTENDENCIA OE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
4. Imagen llustrativa de la mercancía de estudio.' Medida 4.00/8 ver mas
UTOG: TT O
LONAS: 9
PROF. BANDA: 9
PAIS
ANCHO REAL DE BANDA: 9
FABRICADA EN
INDICE CARGA: 7
NDICE DE VEL: E
UTOG: TT O
LONAS: 9
PROF. BANDA: 9
PAIS
ANCHO REAL DE BANDA: 9
FABRICADA EN
INDICE CARGA: 7
NDICE DE VEL: E 14 https://www.virtualllantas.com/Ilanta-ceat-buland-4.00-8_169594inicio-carga Página 10 de 14 Directriz Técnica DT-DGT-UCT-003-2023
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©ANEXO 116
MANARANTIA Y MANTENIMIENTO Mo. munaurecoconcomoros_FÍV E auteco 16 Manual de Garantía y mantenimiento de vehículo de tres ruedas de la Marca “TVS KING” Página 11 de 14 Directriz Técnica
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MIMCIS "BSLA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL VEHÍCULO
Motor Diámetro x Carrera Cilindrada RPM de ralentí Relación de compresión Potencia máxima Torque máximo Sistema de alimentación Bujias Tolerancia de la bujia Arranque Transmisión Patrón de cambios Refrigeración Frenos de servicio Freno de emergencia Tipo de combustible Capacidad del depósito Capacidad de pasajeros Dimensiones Largo Alto Ancho
Arranque Transmisión Patrón de cambios Refrigeración Frenos de servicio Freno de emergencia Tipo de combustible Capacidad del depósito Capacidad de pasajeros Dimensiones Largo Alto Ancho Monociliniar 62x 66 mm 19926 cc 1150-1350 rpm 961 10.06 HP @ 5500 rpm 155 NM @ 3250 rpm Carburador BOSCH - URSDE 06-07 mm Eléctrico y pedal Mecánica 4 velocidades y reversa RA-N123-4 Aire Tambor accionamiento por pedal Palanca manual Corriente 751198 gal) Conductor +3 pasajeros 0.4 Tiempos 2724 mm 1740 mm 1329 mm Distancia entre ejes Altura libre al suelo Llanta delantera Llantas traseras Presión llanta delantera Presión llantas traseras Sistema eléctrico Lampara frontal Luz de posición Luz cola /Stop Luz de reversa Direccionales Luz placa Luces del panel de instrumentos Luz velocimetro Pito Batería Peso neto Capacidad de carga
ANEXO 217
1990 mm 400 - RE 76F 6PR 300D - RE 76E Epr 30 psi 34 psi 12V, 35/35W x 2 unds 12V, 4W x 2 unds 12V, 5/21W x 2 unds 12v,2W 12V,10W x 4 unds 12V, 5W 12V,2W x 5 unds 12V, 5W 12v DC 12V, 32 Ah 347 kg 677 ka
12v,2W 12V,10W x 4 unds 12V, 5W 12V,2W x 5 unds 12V, 5W 12v DC 12V, 32 Ah 347 kg 677 ka 17 Manual de servicio de vehículo de tres ruedas de la Marca “BAJAJ” conocido como TORITO Página 12 de 14 Directriz Técnica
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancías a dagawostos no 1 nen anto Motor y Transmisión Llantas : Delantera —:4.00-8,6 PR Tipo Cuatro tiempos, enfriado por are Posterior :4.00-8,6 PR forzado. Motor DTS-1 Presión de Llantas : Delantera :2.1 kgiem" (30psi) No. de Cilndros Posterior : 24 kg/cm” (34psi) Diametro Carrera Capacidad de Tanque Desplazamiento de Combustible : Lleno 8 litros - Reserva - 1.5 litros del motor 198.88 cc Relación de Controles : Compresión 987:1 Dirección Manubrio Velocidad de Ralenti : 1400 + 50 RPM Acelerador : Mango giratorio en el lado derecho Potencia Máxima — :8.1 kW at 5000 + 250 pm del manubrio Máx Torque Neto - 18 Nm at 3500 + 250 pm Cambios de Marcha: Tiempos de encendido: Variable Avance : Mango giratorio en el lado Hasta 1750 RPM - 10 e ente ANOTE 8 Reversa Mando manual, ubicado a la AMO -4500 REM 22 derecha del asiento del piloto.
Cambios de Marcha: Tiempos de encendido: Variable Avance : Mango giratorio en el lado Hasta 1750 RPM - 10 e ente ANOTE 8 Reversa Mando manual, ubicado a la AMO -4500 REM 22 derecha del asiento del piloto. 5000 - 6500 RPM - 30 Embrague Operación manual en el lado 6000 RPM - 29 izquierdo del timón s s 1N puja Champion - PRGEHCE! Delrter y Pomenor: Frenas oporacos con pedal. por el Luz de Bujia > Parqueo Operado manualmente Lubricación : Positiva, de Cárter húmedo S 5 mc : Sistoma : 12 Voltios (DO) de aceite :75 Umin @ 2400 RPM @1hglom’ Sito 7
Arranque Arranque eléctrico y de patada DT tante : No (181) Embrague + Multidiscos húmedos con E. . po embrague antivibración. Transmisión 4 marchas + 1 reversa meo ¿Tn Dre Horner Me - Electrical wiper motor, 12 Y DC Avene fonera Luz de Reversa 10N Relación de Marchas Claxon ii Primera 20661 Soma 16.38 :1 Dimensiones en mm : Tercera :10.64:1 Patada e Cuarta 738:1 : Reversa 226.04 :1 (en 1° piñón) Altura : 1704 Primaria 27431 orga E ejes : 2 lo de Gro : Chasis y Carrocería : Marco de Chasis : Chasis monocasco con barra Peso en kg. central y un travesaño soldado Peso en vacio 138
Suspensión : Peso total MAX : 678 kg|
Chasis y Carrocería : Marco de Chasis : Chasis monocasco con barra Peso en kg. central y un travesaño soldado Peso en vacio 138
Suspensión : Peso total MAX : 678 kg| Delantera Amortiguador hidráulico de doble efecto Desempeño 5 Posterior Trapecio con resones helicoidales — Velocidad Máxima km/h: 65 de compresión, amortiguadores hidráulicos de doble acción. Capacidad de Ascenso: Para Gasolina 19% (10.8) máx Sistema de Frenos : Delantero y Posterior: Hidráulica, zapata y tambor de Notas: expansión. Todas las dimensiones están en condición sin carga.
De mano : Mecánico. La información está sujeta a cambio. Para información aclualizada contacte con el área de Planeamiento de Servicio (International Business)
INTERNATIONAL BUSINESS RE 45
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias e prod
©ANEXO 318
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | — PRESTACIONES CHASIS —XTRAX TCAAUT. (51 MOLLVENCO AL CENDUCTERD, 560 PESO SIN CARGA (KGS) - PESO EN VACIO 315 | BASE DE LA RUEDA (MM). 1920 I DISTANCIA ENTRE RUEDAS (MM) — 1260
TISTAÑONA AL SUELO (MI! 240
T B + 18 Manual de garantía y mantenimiento de vehículo de tres ruedas de la Marca PIAGGIO Página 14 de 14 Directriz Técnica
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T B + 18 Manual de garantía y mantenimiento de vehículo de tres ruedas de la Marca PIAGGIO Página 14 de 14 Directriz Técnica
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Unidad de Clasificación Arancelaria y Trato Arancelario Preferencial de las Mercancias Departamento de Gestión Técnica de las Mercancias MIMClefyviemgr