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EJ RODRIGO LARA B - Practica judicial en el regimen gral de ss en salud

Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla

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Detalles

Título
EJ RODRIGO LARA B - Practica judicial en el regimen gral de ss en salud
Autor
Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Laboral
Año

PRÁCTICA JUDICIAL EN EL RÉGIMEN

GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

1

PRÁCTICA JUDICIAL EN EL RÉGIMEN

GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

MÓDULO DE APRENDIZAJE AUTODIRIGIDO

PLAN DE FORMACIÓN DE LA RAMA JUDICIAL

2 P L A N D E F O R M A C I Ó N D E L A R A M A J U D I C I A L C O N S E J O S U P E R I O R D E L A J U D I C A T U R A S A L A A D M I N I S T R A T I V A Presidente

HERNANDO TORRES CORREDOR

Vicepresidente

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJO

Magistrados

JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES

NÉSTOR RAÚL CORREA HENAO

FRANCISCO ESCOBAR HENRÍQUEZ

RICARDO MONROY CHURCH

ESCUELA JUDICIAL

“RODRIGO LARA BONILLA”

GLADYS VIRGINIA GUEVARA PUENTES

Directora

ALEJANDRO PASTRANA ORTIZ

Coordinador Académico del Área Laboral 3

JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA

PRÁCTICA JUDICIAL EN EL RÉGIMEN GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN

SALUD

MÓDULO DE APRENDIZAJE AUTODIRIGIDO

PLAN DE FORMACIÓN DE LA RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA ADMINISTRATIVA

ESCUELA JUDICIAL “RODRIGO LARA BONILLA”

4 ISBN

JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, 2011

Derechos exclusivos de publicación y distribución de la obra Calle 11 No 9ª -24 piso 4 www.ramajudicial.gov.co Derechos exclusivos de publicación y distribución de la obra Calle 11 No 9ª -24 piso 4 www.ramajudicial.gov.co Primera edición: junio de 2011 Con un tiraje de 3000 ejemplares Asesoría Pedagógica y Metodológica: Carmen Lucía Gordillo Guerrero Impreso en Colombia Printed in Colombia 5

PLAN DE FORMACIÓN DE LA RAMA JUDICIAL

PROGRAMA DE FORMACIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN EL ÁREA DEL

TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL PRESENTACIÓN El Módulo de Práctica Judicial en el Régimen General de Seguridad Social en Salud forma parte del Programa de Formación Judicial Especializada en el Área del Trabajo y de la Seguridad Social del Plan de Formación de la Rama Judicial, aprobado por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y construido por la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛ de conformidad con su modelo educativo y enfoque curricular integrado e integrador y constituye el resultado del esfuerzo articulado entre Magistradas, Magistrados y Jueces, Juezas y la Red de Formadores y Formadoras Judiciales, los Comités Académicos y los Grupos Seccionales de Apoyo, bajo la coordinación del Magistrado Francisco Escobar Henríquez, con la autoría del doctor JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA, quien con su conocimiento y experiencia y con el apoyo permanente de la Escuela Judicial, se propuso responder a las necesidades de formación desde la perspectiva de una administración de justicia cada vez más justa, oportuna y cercana a

todos los colombianos. El Módulo de Práctica Judicial en el Régimen General de Seguridad Social en Salud que se presenta a continuación, responde a la modalidad de aprendizaje autodirigido orientado a la aplicación en la práctica judicial, con absoluto respeto por la independencia judicial, cuya construcción responde a los resultados obtenidos en los talleres de diagnóstico de necesidades que se realizaron a nivel nacional con servidoras y servidores judiciales y al monitoreo de la práctica judicial con la finalidad de detectar los principales núcleos problemáticos, frente a los que se definieron los ejes temáticos de la propuesta educativa a cuyo alrededor se integraron los objetivos, temas y subtemas de los distintos microcurrículos. De la misma manera, los conversatorios organizados por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura a través de la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛, sirvieron para determinar los problemas jurídicos m{s relevantes y ahondar en su tratamiento en los módulos. El texto entregado por el autor JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA fue validado con los Funcionarios y Empleados de los Comités Académicos quien con sus observaciones enriquecieron este trabajo. 6 Se mantiene la concepción de la Escuela Judicial en el sentido de que todos los módulos, como expresión de la construcción colectiva, democrática y solidaria de conocimiento en la Rama Judicial, están sujetos a un permanente proceso de retroalimentación y actualización, especialmente ante el control que ejercen las Cortes. Enfoque pedagógico de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” La Escuela Judicial como Centro de Formación Judicial Inicial y Continua de la Rama

Judicial responde al modelo pedagógico sistémico y holista de la educación, es decir, que el conocimiento se gesta y desarrolla como resultado de un proceso de interacción sistémica entre pares, todos los cuales participan de manera dinámica como formadores o discentes, en el contexto de innovación, investigación y proyección social de las sociedades del conocimiento, a partir de los siguientes criterios:  Respeto por los Derechos Fundamentales.  Respeto por la independencia de Jueces y Juezas.  Un modelo basado en el respeto a la dignidad humana y la eliminación de todas las formas de discriminación  Consideración de la diversidad y la multiculturalidad.  Orientación hacia el ciudadano.  Una dimensión personalizada de la educación.  Énfasis en una metodología activa apoyada en el uso de las TICs en educación, con especial énfasis en las tecnologías de educación virtual B-learning.  Mejoramiento de la práctica judicial  Compromiso socializador.  Dimensión creativa de la educación.  Aproximación sistémica, integral e integrada a la formación.  Aprendizaje basado en el estudio de problemas a través del método del caso y el análisis de la jurisprudencia. La EJRLB desarrolla la gestión pedagógica con base en los tres ejes fundamentales alrededor de los cuales se fundamenta la sociedad el conocimiento: investigación académica aplicada, el Plan de Formación de la Rama Judicial y la proyección social de la formación. 7

1. Investigación Aplicada: Conjunto de actividades que posibilita la integración de todos los elementos que contribuyen al desarrollo, la introducción, la difusión y el uso

del conocimiento.

2. Plan de Formación: Desarrollo de la capacidad y las condiciones para que los discentes construyan su propio modelo interpretativo de la realidad en búsqueda de lograr la transformación de su proyecto de vida y del contexto en el que interactúa. El aprendizaje se asume como el resultado de la interacción entre pares que con su experiencia se convierten en insumos de los unos para con los otros y de esta manera enriquecen los elementos y juicios para la toma de decisiones.

3. Proyección Social de la Formación: Se trata de la extensión de los programas de formación que realiza la EJRLB a comunidades distintas a los servidores y servidoras de la Rama Judicial. Se concibe el rol que la Escuela Judicial tiene como integradora de conocimiento y su labor de proyectarlo no sólo dentro de la Rama Judicial sino también en todas las comunidades que tienen que ver con la formación en justicia bajo todas sus manifestaciones.

Igualmente, el modelo pedagógico se enmarca dentro de las políticas de calidad y eficiencia establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura en el Plan Sectorial de Desarrollo, con el propósito de contribuir con la transformación cultural y el fortalecimiento de los fundamentos conceptuales, las habilidades y las competencias de los y las administradoras de justicia, quienes desarrollan procesos formativos sistemáticos y de largo aliento orientados a la cualificación de los mismos, dentro de criterios de profesionalismo y formación integral, que redundan, en últimas, en un mejoramiento de la atención de los ciudadanos y ciudadanas. Aprendizaje activo Este modelo educativo implica un aprendizaje activo diseñado y aplicado desde la práctica judicial para mejorar la organización; es decir, a partir de la observación directa

del problema, de la propia realidad, de los hechos que impiden el avance de la organización y la distancian de su misión y de sus usuario/as; invita a compartir y generalizar las experiencias y aprendizajes obtenidos, sin excepción, por todas las y los administradores de justicia, a partir de una dinámica de reflexión, investigación, evaluación, propuesta de acciones de cambio y ejecución oportuna, e integración de sus 8 conocimientos y experiencia para organizar equipos de estudio, compartir con sus colegas, debatir constructivamente los hallazgos y aplicar lo aprendido dentro de su propio contexto. Crea escenarios propicios para lograr estándares de rendimiento que permiten calificar la prestación pronta y oportuna del servicio en ámbitos locales e internacionales complejos y cambiantes; crear relaciones estratégicas comprometidas con los ‚usuarios y usuarias‛ clave del servicio público; usar efectivamente la tecnología; desarrollar buenas comunicaciones, y aprender e interiorizar conceptos organizativos para promover el cambio. Así, los Jueces, Juezas y demás servidores y servidoras no son simples transmisores del aprendizaje, sino gestores y gestoras de una realidad que les es propia, y en la cual construyen complejas interacciones con los usuarios y usuarias de esas unidades organizacionales. Aprendizaje social En el contexto andragógico de esta formación, se dota de significado el mismo decurso del aprendizaje centrándose en procesos de aprendizaje social como eje de una estrategia orientada hacia la construcción de condiciones que permitan la transformación de las organizaciones. Es este proceso el que lleva al desarrollo de lo que en la reciente literatura sobre el conocimiento y desarrollo se denomina como la promoción de sociedades

del aprendizaje ‚learning societies‛, organizaciones que aprenden ‚learning organizations‛, y redes de aprendizaje ‚learning networks‛1. Los procesos de aprendizaje evolucionan hacia los cuatro niveles definidos en el esquema mencionado: (a) nivel individual, (b) nivel organizacional, (c) nivel sectorial o nivel de las instituciones sociales, y (d) nivel de la sociedad. Los procesos de apropiación de conocimientos y saberes son de complejidad creciente al pasar del uno al otro. En síntesis, se trata de una formación que a partir del desarrollo de la creatividad y el espíritu innovador de cada uno de los y las participantes, busca convertir esa información y conocimiento personal, en conocimiento corporativo útil que incremente la efectividad y la capacidad de desarrollo y cambio de la organizacional en la Rama Judicial, trasciende al nivel sectorial y de las instituciones sociales contribuyendo al proceso de creación de ‚lo público‛ a través de la apropiación social del mismo, para, finalmente, en un cuarto nivel, propiciar procesos de aprendizaje social que pueden involucrar cambios en los valores y las actitudes que caracterizan la sociedad, o conllevar acciones orientadas 1 Teaching and Learning: Towards the Learning Society; Bruselas, Comisión Europea, 1997. 9 a desarrollar una capacidad para controlar conflictos y para lograr mayores niveles de convivencia. Currículo integrado-integrador En la búsqueda de nuevas alternativas para el diseño de los currículos se requiere partir de la construcción de núcleos problemáticos, producto de la investigación y evaluación permanentes. Estos núcleos temáticos y/o problemáticos no son la unión de asignaturas,

sino el resultado de la integración de diferentes disciplinas académicas y no académicas (cotidianidad, escenarios de socialización, hogar) que alrededor de problemas detectados, garantizan y aportan a la solución de los mismos. Antes que contenidos, la estrategia de integración curricular, exige una mirada crítica de la realidad. La implementación de un currículo integrado-integrador implica que la ‚enseñanza dialogante‛ se base en la convicción de que el discurso del formador o formadora, será formativo solamente en el caso de que él o la participante, a medida que reciba los mensajes magistrales, los reconstruya y los integre, a través de una actividad, en sus propias estructuras y necesidades mentales. Es un diálogo profundo que comporta participación e interacción. En este punto, con dos centros de iniciativas donde cada uno (formador, formadora y participante) es el interlocutor del otro, la síntesis pedagógica no puede realizarse más que en la interacciónde sus actividades orientadas hacia una meta común: la adquisición, producción o renovación de conocimientos. Aplicación de la Nuevas Tecnologías La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛, consciente de la necesidad de estar a la vanguardia de los avances tecnológicos al servicio de la educación para aumentar la eficacia de loa procesos formativos ha puesto al servicio de la Rama Judicial el Campus y el Aula Virtuales. Así, los procesos formativos de la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛, se ubican en la modalidad b-learning que integra la virtualidad con la presencialidad, facilitando los

escenarios de construcción de conocimiento en la comunidad judicial. La virtualización de los programas y los módulos, permite actualizar los contenidos en tiempo real y ampliar la información, ofrece la oportunidad de acceder a una serie de herramientas como videos, audios, animaciones, infografías, presentaciones 10 multimediales, hipertextos, etc., que hacen posible una mayor comprensión de los contenidos y una mayor cobertura. Planes de Estudio Los planes de estudio se diseñaron de manera coherente con el modelo educativo de la Escuela, en donde los autores/as contaron con el acompañamiento de la Red de Formadores y Formadoras Judiciales constituida por Magistrados y Jueces, quienes con profundo compromiso y vocación de servicio se prepararon a lo largo de varios meses en la Escuela Judicial tanto en los aspectos pedagógicos y metodológicos, como en los contenidos del programa, con el propósito de facilitar el proceso de aprendizaje que ahora se invita a desarrollar a través de las siguientes etapas: Etapa I. Preparatoria. Reunión Preparatoria. Con esta etapa se inicia el programa de formación; en ella la red de formadores/as con la coordinación de la Escuela Judicial, presenta los objetivos, la metodología y la estructura del curso; se precisan los módulos transversales y básicos que le sirven de apoyo, y se reitera el uso del Aula y Campus Virtuales. Así mismo, se lleva a cabo el Análisis Individual tanto de los módulos como del caso integrado e integrador cuyas conclusiones se comparten mediante su publicación en el Blog del Curso. Etapa II. Integración a la Comunidad Judicial. Los resultados efectivos del proceso formativo, exigen de los y las participantes el esfuerzo y dedicación personal, al igual que

la interacción con sus pares, de manera que se conviertan el uno y el otro en insumo importante para el logro de los propósitos formativos. Esta etapa está conformada por cuatro fases claramente identificables: La Reunión Inicial del Módulo en la cual se presentan los objetivos del módulo, la agenda, las guías didácticas y los materiales para su estudio y se fijan los compromisos pedagógicos por parte de los y las discentes con el curso de formación que inician. El Análisis Individual que apunta a la interiorización por parte de cada participante de los contenidos del programa, mediante la lectura, estudio y análisis del módulo, el desarrollo de los casos y ejercicios propuestos en el mismo, con apoyo en la consulta de jurisprudencia, la doctrina y el bloque de constitucionalidad, si es del caso. El Foro Virtual constituye la base del aprendizaje entre pares cuyo propósito es buscar espacios de intercambio de conocimiento y experiencias entre los y las participantes 11 mediante el uso de las nuevas tecnologías, con el fin de fomentar la construcción colectiva de conocimiento en la Rama Judicial. El Conversatorio del Curso que busca socializar el conocimiento, fortalecer las competencias en argumentación, interpretación, decisión y dirección alrededor del estudio de nuevos casos de la práctica judicial previamente seleccionados y estructurados por los formadores y formadoras con el apoyo de los expertos, así como la simulación de audiencias y juego de roles, entre otras estrategias pedagógicas. Etapa III. Aplicación a la Práctica Judicial: La aplicación a la práctica judicial es a la vez el punto de partida y el punto de llegada, ya que es desde la cotidianidad del

desempeño laboral de los servidores que se identifican los problemas, y, mediante el desarrollo del proceso formativo, se traduce en un mejoramiento permanente de la misma y por ende, una respuesta con calidad y más humana para los usuarios y usuarias. Esta etapa se desarrolla mediante tres fases: La Aplicación in situ busca "aprender haciendo" de manera que la propuesta académica se convierta en una herramienta útil en el quehacer judicial permitiendo identificar las mejores prácticas en los casos que se sometan al conocimiento de la respectiva jurisdicción o especialidad. El Seguimiento a través de conversatorios presenciales o por videoconferencia que posibiliten a los operadores y operadoras identificar las fortalezas y debilidades en la práctica cotidiana, con miras a reforzar los contenidos de los módulos desarrollados y fomentar el mejoramiento continuo de la labor judicial mediante su participación en el Blog de Mejores Prácticas. Las Monitorias en donde los formadores y formadoras se desplazan a los distintos distritos, con el fin de observar el funcionamiento de los despachos en cuanto a la aplicación de los contenidos de los módulos o reformas e intercambiar puntos de vista sobre dicha gestión; este ejercicio se complementa con los ‚conversatorios distritales‛ en los que participan todos los magistrados, magistradas, juezas y jueces de la sede, al igual que, otros intervinientes y usuarios involucrados en la problemática que se aborda. Todo lo anterior, con el fin de plantear nuevas estrategias de mejoramiento de la práctica, mediante la cualificación del programa formativo Etapa IV. Evaluación del Curso: Todo proceso formativo requiere para su mejoramiento y cualificación, la retroalimentación dada por los y las participantes del

mismo, con el fin de establecer el avance en la obtención de los logros alcanzados frente a 12 los objetivos del programa, así como la aplicación de indicadores y su respectivo análisis y mediante la profundización sobre casos paradigmáticos de la especialidad o jurisdicción en el Observatorio Académico de la EJRLB cuyos resultados servirán de insumo para EJRLB futuros programas de formación. Los módulos Los módulos son la columna vertebral en este proceso, en la medida que presentan de manera profunda y concisa los resultados de la investigación académica realizada durante aproximadamente un año, con la participación de Magistrados de las Altas Cortes y de los Tribunales, de los Jueces la República, Empleados y expertos juristas, quienes ofrecieron lo mejor de sus conocimientos y experiencia judicial, en un ejercicio pluralista de construcción de conocimiento. Se trata entonces, de valiosos textos de autoestudio divididos secuencialmente en unidades que desarrollan determinada temática, de dispositivos didácticos flexibles que permiten abordar los cursos a partir de una estructura que responde a necesidades de aprendizaje previamente identificadas. Pero más allá, está el propósito final: servir de instrumento para fortalecer la práctica judicial para prestar un buen servicio a las y los ciudadanos. Cómo abordarlos Al iniciar la lectura de cada módulo el o la participante debe tener en cuenta que se trata de un programa integral y un sistema modular coherente, por lo que para optimizar los resultados del proceso de formación autodirigida tendrá en cuenta que está inmerso en el Programa de Formación Judicial Especializada en el Área del Trabajo y de la

Seguridad Social. A través de cada contenido, los y las discentes encontrarán referentes o remisiones a los dem{s módulos del plan de formación de la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛, que se articulan mediante diversos temas transversales, tales como: La Ética Judicial, Igualdad de Género en la Administración de Justicia, Argumentación Judicial en Debates Orales y Escritos, Filosofía del Derecho, Estructura de la Sentencia, Prueba Judicial, Interpretación Constitucional, Interpretación Judicial, Derechos Humanos, Constitución Política de 1991, Bloque de Constitucionalidad, la ley específica, al igual que la integración de los casos problémicos comunes que se analizan, desde diferentes 13 perspectivas, posibilitando el enriquecimiento de los escenarios argumentativos y fortaleciendo la independencia judicial. Por lo anterior, se recomienda tener en cuenta las siguientes sugerencias al abordar el estudio de cada uno de los módulos del plan especializado: (1) Consulte los temas de los otros módulos que le permitan realizar un diálogo de manera sistémica y articulada sobre los contenidos que se presentan; (2) Tenga en cuenta las guías del y la discente y las guías de estudio individual y de la comunidad judicial para desarrollar cada lectura. Recuerde apoyarse en los talleres para elaborar mapas conceptuales, esquemas de valoración de argumentaciones, el estudio y análisis, la utilización del Campus y Aula Virtual y el taller individual de lectura efectiva del plan educativo; (3) Cada módulo presenta actividades pedagógicas y de autoevaluación que permiten al y la discente reflexionar sobre su cotidianidad profesional, la comprensión de los temas y su aplicación a la práctica. Es

importante que en el proceso de lectura aborde y desarrolle con rigor dichas actividades para que críticamente establezca la claridad con la que percibió los temas y su respectiva aplicación a su tarea judicial. Cada módulo se complementa con una bibliografía básica seleccionada, para quienes quieran profundizar en el tema, o complementar las perspectivas presentadas. Finalmente, el Programa de Formación Judicial Especializada del Área del Trabajo y de la Seguridad Social que la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛ entrega a la judicatura colombiana, acorde con su modelo educativo, es una oportunidad para que la institucionalidad, con efectiva protección de los derechos fundamentales y garantías judiciales, cierre el camino de la impunidad para el logro de una sociedad más justa. Agradecemos el envío de todos sus aportes y sugerencias a la sede de la Escuela Judicial ‚Rodrigo Lara Bonilla‛ en la Calle 11 No 9A -24 piso 4, de Bogotá, o al correo electrónico escuelajudicial@ejrlb.net los cuales contribuirán a la construcción colectiva del saber judicial alrededor del Programa de Formación Judicial Especializada en el Área del Trabajo y de la Seguridad Social. 14

TABLA DE CONTENIDO

CONVENCIONES

PRESENTACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA PARA

LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÓDULOS DE APRENDIZAJE AUTODIRIGIDO

EN EL AREA DEL DERECHO DE TRABAJO

INTRODUCCIÓN

IV. OBJETIVOS Objetivo general del Módulo Objetivos especificos del Módulo

Unidad 1

ORGANIZACIÓN E INSTITUCIONES DEL SISTEMA Objetivo general

Objetivos específicos 1.1 SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 1.1.1 PRINCIPIOS a) Equidad b) Obligatoriedad c) Protección integral d) Libre escogencia 15 e) Autonomía de instituciones f) Descentralización administrativa g) Participación social h) Concertación i) Calidad

J) CONTINUIDAD

1.2 ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.

1.3 INSTITUCIONES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 1.3.1 INSTITUCIONES DE DIRECCIÓN DEL SGSSS a) Ministerio de la Protección Social. b) Comisión de Regulación en Salud (CRES) c) Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. d) Entes Territoriales, Departamentos, Distritos, Municipios

1.3.2 INSTITUCIONES DE ADMINISTRACIÓN DEL SGSSS

EMPRESAS PROMOTORAS DE SALUD (EPS)

COMITÉ TECNICO CIENTFIFICO

1.3.3. INSTITUCIONES DE DE PRESTACION DEL SGSSS a) INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD b) Empresas Sociales del Estado (ESE) 1.3.4. INSTITUCIONES DE FINANCIAMIENTO DEL SGSSS a) Financiación de la subcuenta de compensación 16 b) Financiación de la subcuenta de solidaridad c) Financiación de la subcuenta promoción de la salud d) Financiación de la subcuenta de enfermedades catastróficas y accidentes de transito

1.3.5. INSTITUCIONES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL SGSSSS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

FUNCIONES JURISDICCIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

SALUD

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIEMENTOS

INVIMA

1.4. OTROS ORGANISMOS DEL SGSSS

INSTITUO NACIONAL DE SALUD

1.5. NORMAS INTERNACIONALES MODO DE EMPLEO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES 1.6. Decisiones sobre protección del derecho a la salud

1.7. ESTRUCTURA NORMATIVA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE

SALUD EN COLOMBIA 1.7.1. Constitución Política 1.7.2. Convenios y tratados internacionales ratificados por Colombia. 1.7.3. Ley 100 de 1993 y normas que la reglamenta o complementan 1.7.4. Ley 1122 de 2007 1.7.5. Acuerdos del CNSSS o decisiones de la CRES 1.7.6. Ordenanzas departamentales y Acuerdos Municipales 1.7.7. Resoluciones 1.7.8. Circulares 17

1.8. AUTO EVALUACION

1.9. CASOS

1.10 JURISPRUDENCIA

1.10.1. Sentencia C408/94 M.P. ALFREDO BELTRÁN SIERRA Naturaleza Jurídica de la Seguridad Social 1.10.2. Sentencia C067 de 2003

M.P: MARCO GERARDO MONROY CABRA El Bloque de constitucionalidad concepto, origen, aplicación. Sentido lato sensu, y strictu sensu. Fuerza normativa.

1.10.3. Sentencia C-559/04

M.P. ALVARO TAFUR GALVIS ALFREDO BELTRAN SIERRA La rentabilidad financiera, debe interpretarse en armonía con los principios constitucionales de la seguridad social. Argumentos financieros no justifican negativa de prestación eficiente y oportuna a afiliados y beneficiarios sin necesidad de acudir a la acción de tutela. Las Empresas Sociales del Estado constituyen una nueva categoría de entidad administrativa descentralizada -Régimen jurídico -Régimen laboral de servidores. Principio de eficiencia, universalidad y solidaridad 1.10.4. Sentencia C-117 /08. M.P. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA Concurrencia de facultades de inspección, vigilancia y control con facultades jurisdiccionales en la misma superintendencia. 1.10.5. Sentencia C-119 /08 18

M.P. MARCO GERARDO MONROY CABRA.

Facultades jurisdiccionales de la Superintendencia Nacional de Salud, procedimiento, recurso de apelación competencia. Procedencia de la tutela. 1.10.6. Sentencia T267/06 M.P. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ Alcance de los principios de progresividad y continuidad en el servicio de salud. Régimen especial de seguridad social en salud para los docentes. Régimen de beneficiarios de servicios de salud. ACTO ADMINISTRATIVO. Viabilidad de la tutela a pesar de la existencia de otro medio de defensa. El régimen especial de seguridad social en salud de los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Actividades pedagógicas Autoevaluación

1.8. CASOS

UNIDAD DOS

Objetivo general Objetivos específicos

2. AFILIACION 2.1. Afiliación al Régimen Contributivo 2.1.1. Financiación del régimen contributivo 2.1.2. Cotizaciones obligatorias 2.1.3. Pagos adicionales por planes complementarios 2.1.4. Pagos moderadores (cuotas moderadoras y copagos) 2.1.5. Cuotas de recuperación

19 2.1.6. INCAPACIDAD ECONOMICA Reglas probatorias para establecer la capacidad económica 2.1.7. CUADRO RESUMEN 2.2. AFILIACIÓN AL RÉGIMEN SUBSIDIADO 2.2.1. Procedimiento de afiliación al régimen subsidiado 2.2.2. Traslado del régimen subsidiado al contributivo 2.2.3. El financiamiento del régimen subsidiado

2.3. PERSONAS VINCULADAS AL SISTEMA

2.4. DEBERES DE LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS DEL SGSSS

2.5. DEBERES DE LOS EMPLEADORES

2.6. SANCIONES

2.7. MONTO DE COTIZACIONES EN EL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

2.8. INGRESO BASE DE COTIZACIÓN

2.9. COTIZACIONES EN INCAPACIDAD O LICENCIA DE MATERNIDAD

2.10. PERÍODOS DE COTIZACIÓN PARA PROFESORES

2.11. COTIZACIÓN EN VACACIONES O PERMISOS REMUNERADOS

2.12. COTIZACIÓN EN SITUACIÓN DE HUELGA O SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

DE TRABAJO

2.13. COTIZACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS CUANDO PRESTAN EL SERVICIO EN

EL EXTERIOR 2.14. NOVEDADES RELACIONADAS CON LA AFILIACIÓN 2.14.1. Suspensión de la afiliación 2.14.2. Desafiliación y pérdida de la antigüedad. 20

2.15. PERÍODOS MÍNIMOS DE COTIZACIÓN

2.16. MOVILIDAD EN EL SISTEMA

2.17. COBERTURA DE SERVICIOS Y PERIODO DE PROTECCIÓN LABORAL 2.18. CONTROLES ADICIONALES PARA EMPLEADORES 2.18.1. Empleadores De la construcción 2.18.2. Trabajadores de Transporte público 2.18.3. Empresas de Vigilancia privada, Cooperativas de vigilancia privada, empresas de transporte de valores y escuelas de capacitación 2.18.4. Empresas de servicios temporales.

JURISPRUDENCIA

2.19.1. Sentencia C-130/02 M.P. JAIME ARAUJO RENTERIA Libertad de configuración legislativa en sistema de seguridad social en salud. Régimen contributivo de seguridad social en salud. Definición, Afiliados obligatorios. Régimen subsidiado de seguridad social en salud. Personas más pobres y vulnerables y grupos familiares sin capacidad de cotizar. Beneficiarios. Participantes vinculados no constituyen un tercer régimen. Acceso en calidad de afiliados o no. Existencia de un mínimo de servicios igual para todos. Principio de solidaridad en sistema general de seguridad social en salud.

2.19.2. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA LABORAL Radicación 27145 07/1/06

M.P. CAMILO TARQUINO GALLEGO Validez afiliación persona discapacitada

2.19.3. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA LABORAL

21 Radicación 31025 30/07/07 M.P. LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ Dependencia económica beneficiarios 2.19.4. Sentencia T-120/99 M.P. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO Deber de afiliación por el empleador y consecuencias por el incumplimiento. Omisión de afiliación de trabajador y familiares por empleador. 2.19.5. Sentencia T-731/04 M.P. MARCO GERARDO MONROY CABRA Obligación EPS de aceptar afiliación. Entidad promotora de salud y empresa de medicina prepagada. Funciones que desempeñan en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Contrato de medicina prepagadaprevalencia del interés superior del menor. De la afiliación de la mad

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